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Descubrimiento y Conquista de chile

Descubrimiento y Conquista de chile. Prof. Inés Molinari. Gobernaciones otorgadas por la Corona Española en el siglo XVI:. Capitulación Real de 1529 y ampliada en CR. de 1534. Capitulación Real de 1534. Capitulación Real de 1534. Capitulación Real de 1534.

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Descubrimiento y Conquista de chile

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Presentation Transcript


  1. Descubrimiento y Conquista de chile Prof. Inés Molinari

  2. Gobernaciones otorgadas por la Corona Española en el siglo XVI: Capitulación Real de 1529 y ampliada en CR. de 1534 Capitulación Real de 1534 Capitulación Real de 1534 Capitulación Real de 1534 Capitulación Real de 1539 entrega N. León a Camargo y se extiende más al sur la gobernación. 48°21’ 52°42’ Tierras Australis a Sancho de la Hoz Capitulación Real de 1539 55°39’

  3. Capitulaciones Reales que otorgan las gobernaciones en A. del Sur en el siglo XVI: Capitulación Real de Toledo de 1534:Consumada laconquista del Perú, por Francisco Pizarro y Diego de Almagro, la Corona comenzó a distinguir las costas del Pacífico o Mar del Sur y las costas Magallánicas, en el extremo austral del continente, donde aún quedaba un enorme territorio sin explorar. Por tal motivo, Carlos V celebró, el 21 de mayo de 1534, tres capitulaciones o contratos en Toledo, para emprender la conquista hacia el Sur, creando con ellas tres gobernaciones al Sur de la de Nueva Castilla, de Pizarro: Nueva Toledo, para Diego de Almagro (desde el 14º al 25º 31' 26'', cerca de Taltal); Nueva Andalucíao Río de laPlata, para Pedro de Mendoza (desde el 25º 31' 26'' al 36º 57' 09'') y Nueva León o Tierra Magallánica, para Simón de Alcazaba (desde el 36º 57' 09'' al 48º 22' 52'', más o menos a la altura de isla la Campana).

  4. Al morir Alcazaba, en 1536, su capitulación fue trasferida por Carlos V a Francisco de Camargo el día 6 de noviembre, prolongándola hasta el Estrecho de Magallanes. Esto demuestra que ya entonces el territorio patagónico y magallánico estaba destinado a la administración política colonial española. Capitulación Real de Toledo de 1539: A partir de 1539, la futura Capitanía de Chile comenzó a recibir insistentes instrucciones de la Corona para ejercer dominio sobre las Tierras Magallánicas. Por esta razón, el 24 de enero de ese mismo año se había creado una cuarta Gobernación, al Sur del Estrecho, la "Terra Autralis", para Pero Sancho de la Hoz, que también quedaría dentro de los límites del Chile colonial.

  5. Diego de Almagro y el Descubrimiento de Chile: Diego de Almagro llegó a América en 1514, estableciéndose en Panamá, donde conoció a Francisco Pizarro. Al tiempo, se hicieron socios, y gracias a la ayuda del clérigo Hernando Luque y de los banqueros Espinoza, se lanzaron a la conquista del imperio Inca (Perú). Conquistado el Perú, la amistad entre los socios se quebró, pues todo el honor de esta conquista la obtuvo Pizarro, y a Almagro sólo se le dio la Gobernación de la Fortaleza de Tumbes. Más tarde, cuando Luque medió, Pizarro accedió a entregarle a Almagro el título de Adelantado.

  6. La asignación de la gobernación de Nueva Toledo a Almagro y la disputa por el Cuzco con Pizarro, llevó a Diego a la conquista de Chile, territorio según los indios de suelos fértiles y rico en oro. Por eso, decidió iniciar junto a un grupo de soldados españoles, la conquista de dichos territorios. Almagro partió del Cuzco en julio de 1535 con 300 soldados y mil indios auxiliares. La parte más dura de la travesía de los Andes, fue el cruce del paso San Francisco, cercano al valle del río Copiapó (1536). Al llegar hasta el Aconcagua y no haber encontrado nada de riquezas, incendiaron poblados indios y esclavizaron a sus pobladores para transportarlos hasta el Perú. El regreso se hizo por el camino del desierto. A su regreso a Perú, Almagro peleó con Pizarro, lo que dio origen a una guerra civil. En Las Salinas, en 1538, Almagro fue tomado preso y muerto en prisión.

  7. Expedición de Almagro Cuzco, julio 1535 Lago Titicaca Río Desaguadero Paria Lago Poopó Tupiza Chicoana Paso Sn Francisco 4.000 m.s.n.m. Valle de Copiapó Juan de Saavedra descubre bahía de Valparaíso Almagro se asentó en el valle de Aconcagua 1536 Leyenda: = Viaje a Chile = Regreso al Perú

  8. Pedro de Valdivia y la Conquista de Chile: Los desastrosos resultados de la expedición de Almagro, dieron a Chile, entre los conquistadores españoles del Perú, una fama muy triste, de país pobre y miserable. Por ello, le costó a Valdivia reunir gente que le acompañara en su aventura por Chile (150 soldados españoles y 1000 indios). Partió del Cuzco en enero de 1540, y siguió el camino que atraviesa los caminos del norte. Las duras penalidades y fatigas de los avances por el desierto, fueron muy bien soportados por los expedicionarios que llegaron al valle de Copiapó, si contar una baja. La fertilidad del valle les permitió renovar provisiones y reponerse de la fatiga. Allí se tomó posesión formal del territorio.

  9. Cuzco, enero 1540 Arequipa Arica Tarapacá Chiuchiu Atacama Valle de Copiapó. Valdivia rebautizó la gobernación como Nueva Extremadura (sept.1540) Río Elqui Valdivia se asienta en el valle del Mapocho (Dic. 1540) Río Aconcagua 12 feb. 1541 Funda Santiago

  10. Fundación de Santiago (12 febrero 1541), por Pedro Lira

  11. Los Dominios Españoles en América

  12. Leyenda: Conjunto de los territorios americanos que en algún momento España consideró propios.

  13. División Política en América del Sur

  14. Colonias Europeas y pueblos originarios (S. XVI - XVIII)

  15. Mapa Político de América en 1794

  16. Sistema Administrativo Español en América Instituciones, Autoridades y otros

  17. Gobierno: Al principio los jefes de las expediciones recibían el título de adelantados quienes se encargaban del gobierno político, económico y militar de las regiones descubiertas. Este título se concedía de manera vitalicia y era otorgado por los reyes de Castilla. Paulatinamente, la Corona decidió terminar con el poder de los adelantados y crear complejas instituciones de gobierno, de modo que nadie estaba en posición de ganar demasiado poder.

  18. Las Instituciones en España y América

  19. PODER REAL EN ESPAÑA Instituciones ubicadas en España Instituciones ubicadas en América Cabildo en Santiago de Chile (1541) La casa de Contratación ubicada en Sevilla (1503), trasladada a Cádiz en1717 El Consejo de Indias ubicado en Madrid (1511) composición definitiva en 1542 La Real Hacienda La Real Audiencia, en Concepción (1565) y Santiago (1609) La Casa de la Moneda creada en Chile en 1743 en operación 1749 Tribunal de Minería en Chile (1802) Consulado en Chile (1795

  20. La Casa de Contratación de Sevilla, junto a la catedral de la ciudad.

  21. La Casa de Contratación: Creada por los Reyes Católicos en el puerto fluvial de Sevilla en 1503, y luego traslada a Cádiz en 1717. Bajos los principios del mercantilismo su función más importante será Controlar el Monopolio Comercial entre España y sus colonias Americanas, con el fin de impedir o minimizar los efectos del contrabando. Otras funciones: aplicar justicia en causas comerciales; celebrar las capitulaciones con los conquistadores; en su calidad de aduana, cobrar los impuestos de la alcabala y el almojarifazgo; oficina de inmigración, escuela náutica y cosmografía.

  22. El Consejo de Indias: • Creado por Fernando de Aragón en 1511, alcanzo su composición definitiva en 1542 con Carlos V. Asesoraba al rey en todos los asuntos coloniales. Entre sus funciones están: • Administrativas: propone las autoridades políticas, militares y religiosas; elaboraba las políticas americanas y ejercía en nombre del rey el Derecho de Patronato (1). • Legislativas: elaboraba las leyes las cuales debían contar con la aprobación real. • Judiciales: máximo tribunal de justicia sus fallos eran inapelables. Resolvía los juicios de residencia (2)

  23. (1) EL DERECHO DE PATRONATO: El Real patronato de las Indias suele considerarse como el conjunto de facultades ejercidas por los reyes de España en cuestiones eclesiásticas hispanas de orden administrativo y disciplinario, principalmente. Tales facultades arrancan, en esencia, de derechos cedidos por los propios pontífices a los reyes de España, tendientes a asegurar el predominio de la Iglesia Católica y a garantizar sus relaciones con el Estado español. Pase Regio o Regium Exequatur, permitía someter los documentos pontificios a la censura real antes de ser despachados para América. Derecho de Presentación, la Corona proponía al Papa las ternas para llenar las vacantes en los cargos de arzobispo, obispo y otras dignidades eclesiásticas.

  24. (2) Juicio de Residencia: Juicio al cual se sometían todas las autoridades al termino de su gestión. Este se realizaba en la casa de dicha autoridad y cualquier persona podía dar testimonio de su gestión. La resolución final era adoptada por el Consejo de India en España.

  25. Los Cabildos:Se encargaban de la administración de la ciudad y sus alrededores. Lo presidían dos alcaldes (de primero y segundo voto), que tenían a cargo la administración de justicia en asuntos de menor importancia. • Funcionarios y sus funciones: • Alcalde: presidía el cabildo. • Regidor: asesoraban y fiscalizaban al alcalde. • Mayordomo: tesorero. • Alférez Real: Cuidador y portaestandarte. • Fiel Ejecutor: vela por el cumplimiento de precios y medidas. • Alarife: director de obras públicas. • Procurador: representante de los vecinos en el cabildo. • Alguacil Mayor: jefe de policía y alcaide de la cárcel.

  26. La Real Audiencia: Fueron organismos creados por Fernando el Católico para la administración de justicia en América. Estos tribunales estaban integrados por cinco jueces llamados oidores y otros funcionarios. Intervenían en juicios civiles, criminales y administrativos. Las Audiencias se convirtieron en las organizaciones de mayor confianza para la Corona. Vigilaban el desempeño de Virreyes y gobernadores e informaban al Rey sobre su conducta. Ejercía de manera colectiva el poder en ausencia del gobernador.

  27. La Real Hacienda: Organismo en cargado de cobrar y administrar el dinero de los impuestos. Elaboraba estrategias para impulsar el desarrollo económico de la colonia. Por su importancia este organismo dependía del Rey, el Consejo de Indias, la Casa de Contratación y la Real Audiencia.

  28. LA CASA DE MONEDA (1749): constituía una vieja aspiración de los criollos, porque desde antiguos tiempos debían enviar su oro y plata a acuñar a la Casa de Moneda de Lima, lo que significaba gastos, entorpecimientos y riesgos, sin contar que los derechos reales por acuñación quedaban en Perú y no en Chile. También pesaba el hecho de que los comerciantes chilenos debían pagar a sus proveedores del Perú en metales no acuñados. Durante largo tiempo la corona se había negado a establecer una casa de moneda en Chile, en la creencia de que no lograría financiarse; pero finalmente acogió la petición de un avecindado en Chile, don Francisco García Huidobro, para crearla como una concesión particular. En 1750 comenzó a aparecer moneda con la ceca de la Casa de Moneda de Santiago.

  29. REAL TRIBUNAL DEL CONSULADO (1795): Compuesto por comerciantes, le correspondía fallar en los juicios de comercio que se suscitaban. Generalmente sus procedimientos eran verbales y sumarios, sin intervención de abogados, lo que le daba agilidad a su proceder. A más de lo anterior, se le entregó la función de promover el desarrollo de la agricultura, industria y comercio. Anualmente el secretario del con tribunal debía presentar una memoria relativa a esas materias, donde además se expresaban los propósitos de los reformistas en cuestiones económicas. La defensa de los intereses del comercio chileno se manifestaron a través de este tribunal, con el cual se robusteció el poder de los comerciantes locales, pudiendo enfrentar el ámbito de las decisiones oficiales a los mercaderes peruanos y desprender la dependencia del Tribunal de Lima, que se había ganado la sospecha de ser parcial en los litigios a favor de los comerciantes del virreinato.

  30. REAL TRIBUNAL DE MINERIA (1802): La minería contó con este organismo en alguna medida similar al Consulado. Las tareas encomendadas a este Tribunal fueron: administrar justicia sumariamente en litigios mineros, hacer cumplir la legislación y propugnar el fomento de la actividad del sector, ya fuera con apoyo crediticio a la difusión de nuevos métodos de explotación. Para cumplir su función en cada comarca minera se elegía un diputado que tenía jurisdicción local. Para los mineros significó la organización de una institución representativa de sus intereses. En cambio, para la corona el fomento de laminería le significaría considerables aumentos en sus entradas fiscales.

  31. Las Autoridades

  32. El Virrey a cargo del Virreinato Era la máxima autoridad en América. Representante directo del Rey, el desempeño de su cargo solía durar entre tres y seis años. Entre sus facultades y prerrogativas estaba presidir la Audiencia, supervisar la hacienda real y tener control sobre la Iglesia. Los territorios bajo su jurisdicción eran los virreinatos.

  33. Los virreinatos se dividieron en provincias, dirigidas por los gobernadores. Tenían funciones políticas y administrativas y estaban subordinados a la autoridad del Virrey. En los territorios fronterizos, las provincias estaban a cargo de un capitán general, que además de las funciones de gobierno se encargaba de la defensa de la región. Las provincias estaban integradas por distritos a cargo de los corregidores. Estos se encargaban del gobierno local. Los pueblos de indios estaban a cargo de un corregidor de indios. Estos funcionarios terminaron con el poder de los encomenderos sobre los aborígenes

  34. LAS INSTITUCIONES COLONIALES BAJO LAS REFORMAS BORBÓNICAS. SIGLO XVIII Y

  35. El gobierno de la dinastía Borbón significó para España desde un comienzo una nueva orientación de acuerdo con las ideas políticas francesas. Se trató de una modernización del gobierno monárquico a fin de asegurar: • Una mayor centralización del poder. • Perfeccionar el sistema de defensa.

  36. En concreto, se trató de ejercer un mayor control sobre las colonias, reforzando el poder de los monarcas sobre la base de reformas administrativas, tales como: • 1° Creación de nuevos organismos de gobierno: • Secretaría de Mariana e Indias (1714) • Régimen de Intendencias (1782) • Establecimiento de los regentes(1706) • Tribunal del Consulado (1795) • Casa de la Moneda (1750) • Tribunal de Minería (1802) • 2° Acentuación del control administrativo. • 3° Rigurosa selección de los funcionario públicos. • 4° Política de fundación de ciudades.

  37. LA SECRETARIA DE MARINA E INDIAS (1714): El afán centralizador de los Borbones ocasionó que los consejos perdieran notablemente su influencia, sobre todo con la creación de la Secretaría de Marina e Indias que absorbe atribuciones propias de la Casa de Contratación (la que finalmente desaparece en 1790) y del Consejo de Indias. Por medio de este organismo se coloca poco a poco los asuntos americanos bajo la tuición directa del monarca.

  38. EL REGIMEN DE INTENDENCIAS: En la segunda mitad del siglo XVIII se terminó de introducir en América el régimen de intendencias, con el fin de manejar más directamente los dominios de ultramar. En Chile se establecieron dos intendencias: la de Santiago, que comprendía desde el río Copiapó al río Maule, y la de Concepción, que abarcaba desde el río Maule hasta la frontera araucana. El intendente de Santiago debía ser el mismo gobernador del reino, siendo el de Concepción subalterno del anterior, pero nombrado por el rey. El primer gobernador que desempeñó el cargo de intendente fue Ambrosio Benavides y el primero de la de Concepción fue Ambrosio O'Higgins.

  39. Los intendentes eran responsables de la administración de justicia; debían procurar el fomento de la economía, vigilar la provisión de agua y el funcionamiento de los graneros, mercados, casa de moneda, puentes y posadas; atender al acuartelamiento, provisión y pago de tropas; tenía voz y voto en los consejos presididos por el gobernador en el planeamiento de las campañas militares. Pero una atribución muy importante aparte de sus funciones políticas, judiciales y militares, recayó en ellos: tenía jurisdicción exclusiva en cuanto a la recaudación de las rentas reales. Cada intendencia se dividió en subdelegaciones que a cargo de subdelegados reemplazaron a los corregidores.

  40. LA INSTRUCCIÓN DE REGENTES(1706): Por medio de esta Instrucción se creó el cargo de Regente en la Real Audiencia. Este funcionario, que pasó a presidir la Audiencia en reemplazo del gobernador, consiguiendo la corona un mayor control sobre ella. Tenía entre sus funciones presidir y repartir las salas de justicia y distribuir las causas

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