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MEDIDAS CAUTELARES en la Justicia Especializada para Adolescentes

MEDIDAS CAUTELARES en la Justicia Especializada para Adolescentes. Javier Carrasco Solís, Juris Doctor www.presunciondeinocencia.org.mx INSTITUO DE JUSTICIA PROCESAL PENAL, A.C. TEMARIO. INTRODUCCIÓN DEL MODULO: 5 SESIONES Prisión Preventiva y Presunción de Inocencia

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MEDIDAS CAUTELARES en la Justicia Especializada para Adolescentes

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Presentation Transcript


  1. MEDIDAS CAUTELARES en la Justicia Especializada para Adolescentes Javier Carrasco Solís, Juris Doctor www.presunciondeinocencia.org.mx INSTITUO DE JUSTICIA PROCESAL PENAL, A.C.

  2. TEMARIO • INTRODUCCIÓN DEL MODULO: 5 SESIONES • Prisión Preventiva y Presunción de Inocencia • Objetivos de las Medidas Cautelares • Imposición de las Medidas Cautelares • Servicios Previos al Juicio • Casos Prácticos • FORMA DE EVALUACIÓN • Pregunta Diaria: Objetivos de repaso • Evaluación final • SESIÓN I

  3. Sesión I: Reformas, Prisión Preventiva y Presunción de Inocencia • Reformas Constitucionales • Definición Conceptual: Medidas Cautelares • Principios de Justicia para Adolescentes en contexto de las Medidas Cautelares • Estado de la Reforma en el contexto de Medidas Cautelares • Prisión Preventiva: Efectos directos, indirectos y colaterales en adolescentes • Presunción de Inocencia • Estándares Internacionales • Informe sobre el Uso de la Prisión Preventiva en las Américas: CIDH

  4. Dic. 2005: JUSTICIA PARA ADOLESCENTES, Art. 18 CPEUM Junio 2008: Seguridad y Justicia (SIST. ACUSATORIO); 10 artículos (Medidas Cautelares y Sistema Acusatorio: Arts. 18, 19 y 20) Junio 2011: DERECHOS HUMANOS, Art. 1ro CPEUM Oct. 2013: Legislación Única, Art. 73 ¿2014?: Ley Única sobre Justicia para Adolescentes

  5. Definición Conceptual Medidas Cautelares • Medida: • Decisión de la autoridad • Limita derechos • Persona (adolescente) 2) Cautelar: Cuidado Ejemplos: Detención, Citatorio, Aprehensión, Restricciones, Comportamiento, Prohibiciones, Prisión Preventiva

  6. Medidas Cautelares MEDIDAS CAUTELARES: • Decisiones judiciales • Restrictivas de derechos • Impuestas durante el proceso penal • Para cuidar que el adolescente • No se sustraiga, • No obstaculice el proceso, o • No ponga en riesgo a la víctima/ofendido o testigos

  7. Sistema Integral Especializado Art. 18 … La Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integralde justicia que será aplicable a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el que se garanticen los derechos fundamentales que reconoce esta Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos. Las personas menores de doce años que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, solo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social. La operación del sistema en cada orden de gobierno estará a cargo de instituciones, tribunales y autoridades especializados en la procuración e impartición de justicia para adolescentes. Se podrán aplicar las medidas de orientación, protección y tratamiento que amerite cada caso, atendiendo a la protección integral y el interés superior del adolescente. Las formas alternativas de justicia deberán observarse en la aplicación de este sistema, siempre que resulte procedente. En todos los procedimientos seguidos a los adolescentes se observará la garantía del debido proceso legal, así como la independencia entre las autoridades que efectúen la remisión y las que impongan las medidas. Éstas deberán ser proporcionales a la conducta realizada y tendrán como fin la reintegración social y familiardel adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades. El internamientose utilizará solo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la comisión de conductas antisociales calificadas como graves. Interés Superior Debido Proceso Reintegración Social y Familiar • Internamiento: • Solo MEDIA EXTREMA • Tiempo MÁS BREVE

  8. Prisión preventiva CUANDO OTRAS MEDIDAS NO SEAS SUFICIENTES… • - Comparecencia… • Desarrollo de la investigación • Protección de la víctima… Art. 19 … El ministerio público solo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la victima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado este siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenara la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.  … Art. 20 • De los principios generales: … B. De la persona imputada: I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa; … C. De los derechos de la víctima o del ofendido: … SE PRESUMA SU INOCENCIA

  9. REFORMAS: Estado de las Cosas • CAMBIOS NORMATIVOS • CAMBIOS OPERATIVOS • CAMBIOS CULTURALES

  10. RESULTADOS DE DIVERSOS ESTUDIOS: • REALIDAD NACIONAL • Prácticas del sistema tradicional: La decisión aún se basa en aspectos no directos a los riesgos procesales • Algunos lugares aún no cuentan con una audiencia para esta decisión • Estudios sobre la información: Ausencia de información o información no verificada • Ausencia de unidades administrativas de supervisión • Percepción sobre la ineficiencia de las medidas cautelares • Contrarreforma

  11. Resultados de la Situación Actual

  12. Resultados de la Situación Actual

  13. Resultados de la Situación Actual MEDIDAS CAUTELARES 1) Modelo Cautelar: - Avances en la Norma- Aun tenemos modelos mixtos2) Operativo: En proceso de cambio- Preeminencia del uso de la prisión preventiva- Falta de recursos- Prácticas del sistema tradicional- Falta de unidades administrativas3) Cultural: Aún no se la logrado en cambio- Exclusión- Etiqueta- Presumimos que mienten- Peligrosos- Algo tiene que ver, por eso lo detuvieron

  14. PRISIÓN PREVENTIVAEfectos Directos, Indirectos y Colaterales en Adolescentes

  15. PRISIÓN PREVENTIVAEfectos Directos, Indirectos y Colaterales en Adolescentes • CIFRAS NACIONALES: • Más de 100,000 personas en prisión preventiva (40%) • Hacinamiento • Efecto Criminógenos • Poblaciones Conviven: Procesados y Sentenciados • 124 de sobrepoblación • Autogobierno • FALTA DOCUMENTAR LAS CIFRAS DE ADOLESCENTES

  16. PRISIÓN PREVENTIVAEfectos Directos, Indirectos y Colaterales en Adolescentes • USO EXCESIVO: • Políticas criminales para combatir la inseguridad • Clamor social • Independencia

  17. PRISIÓN PREVENTIVAEfectos Directos, Indirectos y Colaterales en Adolescentes

  18. Presunción de Inocencia y Debido Proceso

  19. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. 11): “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.”

  20. Presentación ante los medios Declaraciones ante los medios Prisión Preventiva Oficiosa HISTORIA PRESUNCIÓN DE CULPABILIDAD EN EL SISTEMA TRADICIONAL El acusado, desde la averiguación y durante el proceso tiene el estigma de ser culpable. “El Presunto” “El Probable” “Presunto Responsable” “Inculpado” “El Homicida”

  21. HISTORIA DEL DESARROLLO DE LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Derecho Romano: Edad Media: - La presunción de inocencia se debilitó - Presunción de culpabilidad - México hereda el sistema inquisitivo de la Edad Media Italia: Siglo XVII-XIX • Limite al ius puniedi del Estado • operación dentro de los limites de la legalidad) Ulpiano: “Nadie debe ser condenado por sospechas, porque es mejor que se deje impune el delito de un culpable, que condenar a un inocente”.

  22. HISTORIA Derecho Inglés: “Ningún hombre será detenido o encarcelado como no sea en virtud de un juicio legal de sus pares o de la ley del país.” Estados Unidos: Constitución 1791 Enmienda V (1791): “No person shall..be deprived of life, liberty, or propeprty without due process of law…” Enmienda XIV (1868): “…nor shall any state deprive anyperson of life, liberty o property without due process of law.” Francia: Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano 9°.- “Todo hombre será considerado inocente hasta que haya sido declarado culpable…”

  23. HISTORIA México: Apatzingán, 22 de octubre de 1814 Artículo 30 “…todo ciudadano se reputa inocente mientras no se declare culpado.” Decisión SCJN: Tesis del 2002 PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. EL PRINCIPIO RELATIVO SE CONTIENE DE MANERA IMPLÍCITA EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

  24. INTERNACIONAL Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Art. 14.2 Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.

  25. INTERNACIONAL Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) Artículo 8 «Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad».

  26. “Toda persona acusada de un delito tiene • derecho a que se presuma su inocencia • mientras no se pruebe su culpabilidad”. • Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 11.1 (1948) • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Art. 14.2 (1966) • Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, Art. 6.2 (1950) • Convención Americana sobre Derechos Humanos, Art. 8.2 (1969) • Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, Art. 7.1.b (1981) • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 20.B.I (18 junio 2008)

  27. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y LA REFORMA CONSTITUCIONAL Artículo 20 Const., Apartado B • A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa; Es decir, además de un derecho, es una regla evidenciaria.

  28. Artículo 21 Const. La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.

  29. REQUISITOS DEL SISTEMA ACUSATORIO • Presunción de Inocencia: • Juez imparcial, no puede prejuzgar • Estado tiene la carga de probar la culpabilidad • Investigación Científica • Trato de imputado como inocente durante el proceso (restricciones mínimas) • Acceso a la Justicia • Nueva definición de flagrancia • Eliminación de la prueba ilegal (confesión bajo tortura, presión y etc.) • Derecho a la Libertad y Seguridad Personal

  30. ESTÁNDARES INTERNACIONALES USO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA

  31. EXCEPCIONALIDAD

  32. ESTANDARES INTERNACIONALES • PRESUNCIÓN DE INOCENCIA • EXCEPCIONALIDAD DOS FINES LEGITIMOS: SISTEMA INTERMAERICANO 1) Peligro de sustracción y 2) Peligro de obstaculización

  33. ESTANDARES INTERNACIONALES Informe. PP. 61-62: “…la Corte Interamericana ha establecido consistentemente que de las disposiciones de la Convención Americana … se deriva la obligación estatal de no restringir la libertad del detenido más allá de los límites estrictamente necesarios para asegurar que no impedirá el desarrollo eficiente de las investigaciones y que no eludirá la acción de la justicia, pues la prisión preventiva es una medida cautelar, no punitiva” FUENTES: Art. 7.3 CADH y CoIDH, Casos: Barreto Leiva vs. Venezuela, sentencia de 17 de noviembre de 2009, párr. 111; López Álvarez vs. Honduras, sentencia de 1 de febrero de 2006, párr. 69; Tibi vs. Ecuador, sentencia de 7 de septiembre de 2004, párr. 180; Acosta Calderón vs. Ecuador, sentencia de 24 de junio de 2005, párr. 111; y, Palamara Iribarne vs. Chile, sentencia de 22 de noviembre de 2005, párr. 198.

  34. REGLAS PARA LAS PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD • Registro: Identidad, motivos, autoridad, día y hora de ingreso y de su saluda • Separación: género, edades, procesados, sentenciados • Condiciones: iluminación suficiente, higiene, agua potable y adaptada al clima para su aseo personal. • Vestimenta y cama: institución proporcionará vestimenta si no se le permite usar la propia, limpieza de las prendas. • Alimentación: horario adecuado, calidad, nutrición. • Ejercicio: • Asistencia médica: • Disciplina • Medios de coerción: no se podrán utilizar cadenas o grilletes

  35. REGLAS PARA LAS PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD • Contacto con el exterior: • Estudios • Religión • Depósito de objetos de valor • Notificación de defunción, enfermedades y traslados: comunicar a la familia • Traslado • Personal penitenciario capacitado PROCESADOS • Presunción de inocencia • Propia prenda de vestir o diferente al de los sentenciados • Trabajo si lo acepta • Estudio • Comunicación

  36. RECOMENDACIONES DEL INFROME 64 RECOMENDACIONES, DIVIDIDAS EN 7 TEMAS • General relativas a políticas del Estado • Aplicación de otras medidas cautelares distintas a la prisión preventiva • Marco legal y aplicación de la prisión preventiva • Condiciones de detención • Defensa • Independencia de los operadores de justicia • Registros y estadística

  37. PUERTA DE SALIDA: Alternativas a la prisión, sustitutivos penales y beneficios preliberacionales REFORMA: SISTEMA DE JUSTICIA EN LIBERTAD PUERTA DE ENTRADA: Alternativas a la prisión preventiva PUERTA INTERMEDIA: Salidas alternas

  38. ¿Cuáles son las Finalidades de las Medidas Cautelares? Tipos de Medidas Cautelares • Citación • Detención (Flagrancia o por Orden) • Otras Medidas Cautelares Personales (no restrictivas de la libertad) • Prisión Preventiva Características de las Medidas Cautelares • Excepcionalidad (Presunción de inocencia; restricción mínima) • Instrumentalidad(Subordinación al proceso penal) • Provisionalidad (Efectos no son definitivos , duración limitada) • Jurisdiccionalidad (Aplicación sólo pertenece al Poder Judicial) • Proporcionalidad (Relación entre la medida y el fin procesal) • Sumisión a los Objetivos del Procedimiento (Garantizar comparecencia, proteger investigación, a la víctima y sociedad)

  39. ¿MODELO CAUTELAR VS. LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN

  40. Tipos de Medidas Cautelares

  41. Tipos de Medidas Cautelares

  42. Tipos de Medidas Cautelares

  43. REQUISITOS DE IMPOSICIÓN Art. 55 (LFJA): MP: Deberá acreditar • La existencia del hecho atribuido, y • La probable participación

  44. Excepcionalidad del Internamiento Preventivo Art. 56 (LFJA): Excepcional Hasta por un plazo máximo de TRES meses Otra medida cautelar menos gravosa resulta insuficiente para 1) Garantizar la presencia en el procedimiento 2) Adolescente debe ser mayor de 14 años 3) Conducta considerada como grave 4) Concurrir las circunstancias siguientes A) Riesgo que se sustraiga, Obstaculización o Destrucción de los medios de convicción; o B) Se estime que puede cometer una conducta tipificada como delito contra la víctima, algún testigo, servidores públicos o algún tercero

  45. ¿MEDIDAS CAUTELARES COMO CASTIGOS? MC resultan en castigos cuando no se racionaliza su imposición, lo cual resulta en medidas desproporcionadas o imposibles de cumplir.

  46. RACIONALIZACIÓN DE LASMedidas Cautelares

  47. DINAMICA DE LA AUDIENCIA: IMPOSICIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES

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