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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE BABAHOYO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, SOCIALES Y DE LA EDUCACIÓN

UNIVERSIDAD TÉCNICA DE BABAHOYO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, SOCIALES Y DE LA EDUCACIÓN TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE: ABOGADO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR TEMA

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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE BABAHOYO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, SOCIALES Y DE LA EDUCACIÓN

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Presentation Transcript


  1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE BABAHOYO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, SOCIALES Y DE LA EDUCACIÓN TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE: ABOGADO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR TEMA LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL Y LA EMISIÓN DE LOS GASES TÓXICOS VEHICULARES, EN EL CANTÓN EL EMPALME, EN EL PERIODO 2011. AUTOR: EUDI ISAURO GARCIA ESPINOZA TUTOR: MSc. ERWIN KLEBER CALLE GALARZA. LECTOR: DR. HORACIO MANUEL VASCONEZ BUSTAMANTE. MSc. QUEVEDO – LOS RIOS – ECUADOR 2011 – 2012

  2. INTRODUCCIÓN El Cantón El Empalme de la Provincia del Guayas, desde hace más de tres décadas se encuentra desbastado de bosques que son los protectores del medio ambiente y con la llegada de la sociedad de consumo, el uso del vehículo se hizo una necesidad y todos optaron por adquirir un automotor aunque sea de segunda o tercera mano, lo que importaba era tener vehículo, sin importarles en lo absoluto sus condiciones mecánicas. A eso se ha sumado la falta de control de por parte de las Autoridades Municipales, de Tránsito y del Medio Ambiente, que nada han hecho ni hacen para controlar la contaminación ambiental que ocasionan la emisión de gases tóxicos, incumpliendo las disposiciones de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que sanciona las contravenciones ambientales.

  3. TEMA LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL Y LA EMISIÓN DE LOS GASES TÓXICOS VEHICULARES, EN EL CANTÓN EL EMPALME, EN EL PERIODO 2011.

  4. ¿De qué manera influye la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en el control de la emisión de los gases tóxicos vehiculares, en El Cantón el Empalme, en el periodo 2011? FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

  5. DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

  6. Una de las principales razones para realizar un estudio de la contaminación que están produciendo los vehículos en el cantón el Empalme, Provincia del Guayas es mejorar nuestra calidad de vida, conservando nuestro aire puro. Este lugar elegí por tener una gran concentración de motorizados en circulación, de servicio público y privado debido al poco control de las autoridades ambientales y a la falta de educación vial que tienen los conductores de vehículos, lo que ocasiona que se produzca una elevada emanación de gases contaminantes a la atmósfera. JUSTIFICACIÓN

  7. OBJETIVOS • OBJETIVO GENERAL • Determinar de qué manera influye la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en el control de los gases tóxicos vehiculares, en El Cantón el Empalme, en el periodo 2011. • OBJETIVOS ESPECIFICOS • Identificar cuáles son los niveles de contaminación ambiental que tiene el cantón El Empalme. • Revisar la forma en la que se aplica el reglamento establecido en busca de una reducción significativa de los niveles de contaminación ambiental. • Analizar las consecuencias que se genera en la colectividad el elevado nivel de contaminación que enfrentan los habitantes del cantón El Empalme en el periodo 2011. • Generar propuesta Jurídica que coadyuven a mejorar las condiciones ambientales producidas por la emanación de gases tóxicos por vehículos.

  8. HIPÓTESIS Una de las principales causas de contaminación ambiental y enfermedades respiratorias de los habitantes del cantón El Empalme, es la falta de control y revisión de los automotores que circulan emanando gases tóxicos que exceden el máximo permitido por la ley.

  9. VARIABLES VARIABLE INDEPENDIENTE. Gases tóxicos emitidos por los automotores provoca altos índices de contaminación ambiental y enfermedades respiratorias. VARIABLE DEPENDIENTE. La falta de control y revisión de los automotores permite que éstos circulen emanando gases tóxicos que excede el máximo permitido, afectando al ambiente.

  10. UNIVERSO Y MUESTRA La problemática de la contaminación ambiental ha hecho presa de los habitantes de todos los extractos sociales, por tal razón el universo consistirán en la población, del Cantón El Empalme, víctimas de la contaminación ambiental.

  11. CONCLUSIONES • Se ha podido concluir que la mayoría de las personas que habitan o trabajan en El Cantón desconocen el grado de contaminación del aire provocado por vehículos, que circulan por la ciudad pese a que es evidente darse cuenta que es uno de los principales factores contaminante en la ciudad. • Se considera que el humo y gases tóxicos que emanan los vehículos, provocan irritación en los ojos, molestias al respirar, tanto a las personas que transitan por la ciudad, afectándoles el derecho a vivir en un ambiente sano y saludable. • Se determinó que es de gran importancia que exista un departamento o institución de control y revisión técnica mecánica para evitar la circulación de vehículos en mal estado por el bienestar de todos, incluso de quienes lo ocupan.

  12. RECOMENDACIONES • Que se realicen estudios urgentes para determinar el grado de contaminación ambiental en el Cantón El Empalme y se ponga en conocimiento de sus habitantes, para que éstos realicen los correctivos correspondientes. • Que el Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón El Empalme tome las medidas necesarias para contrarrestar la contaminación del aire ocasionada por el parque automotor, el mismo que provoca molestias en los habitantes del cantón así como ser causal de afecciones respiratorias pulmonares. • Que se cree una institución de control y revisión técnica mecánica, la misma que deberá pasar la aprobación para la matriculación vehicular como requisito previo, para evitar la circulación de vehículos que no cumplan con los estándares establecidos en la Ley, y que estén en mal estado.

  13. PROPUESTA JURIDICA

  14. PROPUESTA JURÍDICA. Sr. Arq. FERNANDO CORDERO CUEVA. PRESIDENTE DE LA ASAMBLENA NACIONAL. En su Despacho. EUDI ISAURO GARCÍA ESPINOZA, de la forma más respetuosa, haciendo uso de la facultad que me otorga el numeral 23 del artículo 66 de la Constitución del Estado Ecuatoriano vigente, acudo ante usted para manifestarle y solicitarle lo siguiente: Es de conocimiento público que en el año 2011, el Cantón El Empalme, Provincia del Guayas se han visto afectado por la grave contaminación ambiental debido a la emanación de gases contaminantes de los vehículos que circulan sin el control correspondiente, contradiciendo estándares permitidos por la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y su Reglamento General de Aplicación. Con lo antes expuesto, acudo ante usted Señor Presidente de la Asamblea Nacional, y le solicito se digne tramitar con carácter de urgente la creación de un Art. Innumerado para que sea agregado al Art. 145.4. del Libro III, Capítulo V, Sección VII, de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que diga: Art. 145.5. “Incurre en contravención muy grave, y será sancionado con 15 días de prisión, multa de 3 remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general, reducción de 10 puntos en su licencia de conducir y retención del vehículo por igual tiempo, el conductor, nacional o extranjero que circule contraviniendo las normas establecidas en el Reglamento de la presente Ley y demás disposiciones aplicadas relacionadas con la emanación de gases contaminantes. La reincidencia en la comisión de ésta contravención será sancionada con el doble de las sanciones establecidas en éste artículo. Por la atención pronta y favorable que se digne dar a la presente, le reitero mis debidos agradecimientos. Atentamente. Dios, Patria y Libertad Eudi Isauro García Espinoza.

  15. CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que se “reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”; Que, asimismo, el mencionado artículo declara como interés público “la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.”; Que, el artículo 15 de la Constitución de la República del Ecuador, norma que “El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto.”; Que, el artículo 30 del mencionado cuerpo normativo supremo establece que “las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable”; Que, el número 3 artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador, regula como deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y ecuatorianos el de “Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible.”; Que, Art. 327 del Reglamento Orgánico para la aplicación de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial dispone que ningún vehículo que circule en el país, podrá emanar o arrojar gases de combustión que excedan del 60% en la escala de opacidad establecida en el Anillo Ringelmann o su equivalente electrónico.

  16. Expide lo siguiente: A continuación del Art. Innumerado 145.4. del Libro III, Capítulo V, Sección VII, de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, agréguese el Art. Innumerado 145.5 que diga: “Incurre en contravención muy grave, y será sancionado con 15 días de prisión y multa de 3 remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general, reducción de 10 puntos en su licencia de conducir y retención del vehículo por igual tiempo, el conductor, nacional o extranjero que conduzca un automotor contraviniendo las normas establecidas en el Reglamento de la presente Ley y demás disposiciones aplicadas relacionadas con la emanación de gases contaminantes. La reincidencia en la comisión de ésta contravención será sancionada con el doble de las sanciones establecidas en éste artículo. Atentamente Fernando Cordero Cueva. Presidente de la Asamblea Nacional.

  17. CONTENIDOS Concluido el trabajo de investigación respecto LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL Y LA EMISIÓN DE LOS GASES TÓXICOS VEHICULARES, EN EL CANTÓN EL EMPALME, EN EL PERIODO 2011, se ha logrado obtener varias conclusiones y recomendaciones que de ser puestas en práctica contribuirán al mejoramiento del medio ambiente en el Cantón El Empalme, Provincia del Guayas, en donde no existe ningún tipo de control ambiental, siendo la principal fuente de contaminación la circulación vehicular, por constituir un paso obligatorio que une a la costa con la sierra diariamente pasan centenares de vehículos. Como agente secundario contaminante del medio ambiente del Cantón El Empalme es el polvo que en forma amenazante se esparce por la ciudad causando problemas respiratorios en especial a niños y personas de la tercera edad que son más vulnerables a las enfermedades. Desde siempre las autoridades municipales no se han preocupado de atender a los sectores periféricos en donde en épocas de verano el polvo constituye uno de los más grandes contaminantes del medio ambiente y de la atmósfera. La Constitución vigente nos proporciona todas las herramientas para ser parte de la lucha en contra de la contaminación ambiental, las autoridades tienen en sus manos a los Textos Unificados de Legislación Ambiental Secundaria, solo les hace falta la voluntad y empeño de ponerlas en práctica y de hacerlo, mientras más pronto lo hagan empezaremos a remediar los daños ambientales que hemos ocasionado en el mismo lugar en que habitamos, conscientes de esa contaminación. Se ha analizado leyes ambientales de los EE.UU. de Norte América, de Colombia y Brasil, de cuyo análisis se ha logrado establecer las diferencias que existen en las legislaciones ambientales de los Estados Norteamericanos, con los países Latinoamericanos, en donde, el único país que cuenta con una Constitución que reconoce y garantiza los derechos de la naturaleza o Pacha Mama es el Ecuador, considerada como la Mejor del mundo, pues respeta los derechos de todo ser todo ser viviente que habita en el planeta. Solo hace falta quienes la hagan cumplir.

  18. GRACIAS.

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