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Aspectos significativos a tener en cuenta

INICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL. Aspectos significativos a tener en cuenta. Iva Ganancias Autónomos. Régimen simplificado. INSCRIPCION EN AFIP. Responsable Inscripto (régimen general). Monotributo. Régimen simplificado Monotributo.

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Aspectos significativos a tener en cuenta

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Presentation Transcript


  1. INICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL Aspectos significativos a tener en cuenta

  2. Iva Ganancias Autónomos Régimen simplificado INSCRIPCION EN AFIP Responsable Inscripto(régimen general) Monotributo * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  3. Régimen simplificadoMonotributo • Conceptos e impuestos comprendidos:a) Impuesto al valor agregado. b) Ganancias c) Seguridad social (Aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)d) Obra social (Aporte al Sistema Nacional del Seguro de Salud) * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  4. Los profesionales universitarios que por esa actividad se encontraren obligatoriamente afiliados a uno o más regímenesprovinciales para profesionales (por ejemplo: aporte a la Caja del Arte de Curar) no están obligados a pagar el componente previsional. Cabe aclarar que aquellos profesionales que agreguen a la actividad profesional una actividad comercial como por ejemplo la Compra-Venta de productos veterinarios (medicamentos, vacunas, alimentos, accesorios, entre otros) deberán abonar la totalidad del impuesto, es decir tanto el componente impositivo como el previsional, con independencia del aporte a la Caja Profesional. * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  5. Formalidades • RECATEGORIZACIONES cuatrimestrales considerando ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados enlos 12 meses inmediatos anteriores • DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA para los monotributistas que resulten empleadores y todos aquellos que se encuentren en la categoría F o superior * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  6. Categorización - Valores actualizados vigentes a partir del 1° de julio de 2012 Locaciones y/o prestaciones de servicios * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  7. Resto de actividades * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  8. Responsable Inscripto • Impuesto al Valor Agregado (IVA): Alícuota general 21% • Impuesto a las Ganancias: Para personas físicas se tributa del 14% al 35% sobre los ingresos netos anuales. En el caso de sociedades el tributo es del 35%. * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  9. Situación especial • Autónomos: se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar. * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  10. Provinciales - Provincia de Santa Fe Ingresos Brutos La provincia de Santa Fe establece la EXENCIÓN para las profesiones liberales no organizadas bajo la forma de empresa (Art. 160inc l), las que deberán inscribirse solicitando el reconocimiento de la exención. La Res. 180/88, vigente a la fecha, define la profesión liberal como aquellas regladas por ley, que requieren matriculación o inscripción en los respectivos Colegios o Consejos Profesionales... La Administración Provincial de Impuestos, para los monotributistas que resulten alcanzados, tiene prevista la exención correspondiente a los primeros TRES ANTICIPOS, contados desde la fecha de iniciación de actividades. (Art. 160inc s). Alícuota básica 3,50% Guardería de animales 4,50% Matrícula Profesional: regulada por el Colegio de Médicos Veterinarios de cada jurisdicción. Ley provincial 6718 (Farmacia Veterinaria): Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos y medicamentos veterinarios deberán poner al frente del mismo a un Regente o Director Técnico Médico Veterinario Ley provincial 12.818: Caja de los Profesionales del Arte de Curar * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  11. MunicipalesCiudad de Santa Fe • Derecho de Registro e Inspección La Municipalidad de Santa Fe tiene prevista la EXENCIÓN para “el ejercicio de profesiones liberales, cuando no estén organizadas en forma de empresa” (Art. 44 inc. 5 Ordenanza 11.839) y se realice en forma exclusiva, es decir sin combinarla con una actividad comercial. Deberán realizar la INSCRIPCIÓN con la Solicitud del reconocimiento de exención. Para los que no resulten exentos, también tiene prevista la exención por TRES MESES para los monotributistas que inicien actividades en tanto cumplimenten en tiempo y forma los requisitos para su inscripción y habilitación. (Art. 44 inc. 13 Ordenanza 11.839). En general la alícuota a aplicar es del 6 por milpara actividades comerciales y de servicios que no tengan previsto otro tratamiento especial • Habilitación: en caso de tener local * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

  12. Organización Administrativa • Registro de Ingresos y Egresos • Movimiento de Fondos • Movimiento de Bancos Muchas gracias por su atención CPN - Magister Alejandro Paillet Estudio Paillet y Asoc. SRL * Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular

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