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Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS)

Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS). Aspectos generales Mtro. Alejandro Luna Bernal. Visión de la SEP sobre la EMS. DIMENSION INDIVIDUAL: Formación personal para estudios superiores, trabajo y vida. DIMENSIÓN SOCIAL: Ciudadanía (impacto en su comunidad y país).

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Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS)

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Presentation Transcript


  1. Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS) Aspectos generales Mtro. Alejandro Luna Bernal

  2. Visión de la SEP sobre la EMS • DIMENSION INDIVIDUAL: Formación personal para estudios superiores, trabajo y vida. • DIMENSIÓN SOCIAL: Ciudadanía (impacto en su comunidad y país). • DIMENSIÓN ECONÓMICA: Competitividad del país/ mejores oportunidades de empleo.

  3. Actual oferta educativa de la EMS • Bachillerato tecnológico: DGETI, DGETA, DEGECyTM. • DF: IPN, COLBACH. • Estados: bachilleratos estatales, COBACH, CECyTES. • CONALEP, CETI. • DGB (Centros de estudios de bachillerato, Preparatorias Federales por cooperación, Lázaro Cárdenas, Particulares Incorporadas) • UNAM, CCH, ENP. • Universidades

  4. Dicotomía de la EMS • Formación propedéutica para la educación superior • Preparación para el trabajo

  5. Aspectos positivos y negativos • Pluralidad: permite atender necesidades diversas de la población. • Dispersión: falta de identidad de la EMS • Dificulta la movilidad: deserción

  6. Falta de identidad de la EMS • Carencia de un perfil de egreso • Carencia de objetivos comunes • Falta de definición de los diferentes servicios educativos • Falta de articulación entre los subsistemas • Ausencia de estándares y reglas claras • Dificultad para garantizar la calidad y pertinencia de la EMS

  7. Propósito de la RIEMS • Crear el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad: - Garantizar la identidad de la EMS (avance ordenado, movilidad) - Pero mantener la diversidad

  8. Principios de la RIEMS • Reconocimiento universal de todas las modalidades y subsistemas del bachillerato • Pertinencia y relevancia de los planes y programas de estudio • Tránsito de estudiantes entre subsistemas y escuelas

  9. Ejes de la RIEMS • Marco curricular común (MCC) con base en competencias. • Definición y regulación de las modalidades de oferta de la EMS. • Mecanismos de gestión. • Certificación complementaria del SNB.

  10. Niveles de concreción curricular de la RIEMS • Interinstitucional • Institucional • Escuela • Aula

  11. EJES DE LA RIEMS

  12. Ejes de la RIEMS • Marco curricular común (MCC) con base en competencias. • Definición y regulación de las modalidades de oferta de la EMS. • Mecanismos de gestión. • Certificación complementaria del SNB.

  13. Competencia • Una competencia es la integración de habilidades, conocimientos y actitudes en un contexto específico. • Esta estructura reordena y enriquece los planes y programas de estudio existentes y se adapta a sus objetivos; no busca reemplazarlos, sino complementarlos y especificarlos. Define estándares compartidos que hacen más flexible y pertinente el currículo de la EMS.

  14. Tipos de competencias en la RIEMS • GENÉRICAS • DISCIPLINARES BÁSICAS • DISCIPLINARES EXTENDIDAS • PROFESIONALES BÁSICAS • PROFESIONALES EXTENDIDAS

  15. Competencias Genéricas Las competencias genéricas que han de articular y dar identidad a la EMS y que constituyen el perfil del egresado del SNB son las que todos los bachilleres deben estar en capacidad de desempeñar; les permiten comprender el mundo e influir en él; les capacitan para continuar aprendiendo de forma autónoma a lo largo de sus vidas, y para desarrollar relaciones armónicas con quienes les rodean.

  16. Características competencias genéricas

  17. Se autodetermina y cuida de sí • 1. Se conoce y valora a sí mismo y aborda problemas y retos teniendo en cuenta los objetivos que persigue. • 2. Es sensible al arte y participa en la apreciación e interpretación de sus expresiones en distintos géneros. • 3. Elige y practica estilos de vida saludables. • Se expresa y comunica • 4. Escucha, interpreta y emite mensajes pertinentes en distintos contextos mediante la utilización de medios, códigos y herramientas apropiados. • Piensa crítica y reflexivamente • 5. Desarrolla innovaciones y propone soluciones a problemas a partir de métodos establecidos. • 6. Sustenta una postura personal sobre temas de interés y relevancia general, considerando otros puntos de vista de manera crítica y reflexiva. • Aprende de forma autónoma • 7. Aprende por iniciativa e interés propio a lo largo de la vida. • Trabaja en forma colaborativa • 8. Participa y colabora de manera efectiva en equipos diversos. • Participa con responsabilidad en la sociedad • 9. Participa con una conciencia cívica y ética en la vida de su comunidad, región, México y el mundo. • 10. Mantiene una actitud respetuosa hacia la interculturalidad y la diversidad de creencias, valores, ideas y prácticas sociales. • 11. Contribuye al desarrollo sustentable de manera crítica, con acciones responsables.

  18. Competencias disciplinares básicas • Las competencias disciplinares básicas son los conocimientos, habilidades y actitudes asociados con las disciplinas en las que tradicionalmente se ha organizado el saber y que todo bachiller debe adquirir. Se desarrollan en el contexto de un campo disciplinar específico y permiten un dominio más profundo de éste.

  19. Las competencias disciplinares básicas se organizan en los campos disciplinares siguientes

  20. Marco curricular común (MCC) con base en competencias. • Toda la oferta académica del SNB deberá tener competencias genéricas y competencias disciplinares básicas comunes. • Según los objetivos específicos de cada subsistema se definirán competencias disciplinares extendidas (propedeúticas) y competencias profesionales (para el trabajo)

  21. La lucha de los filósofos 13 de Mayo de 2009 propuesta de acuerdo de la CONAEDU

  22. Competencias disciplinares extendidas • Las competencias disciplinares extendidas son las que amplían y profundizan los alcances de las competencias disciplinares básicas y dan sustento a la formación de los estudiantes en las competencias genéricas que integran el perfil de egreso de la EMS. • Estas competencias se definirán al interior de cada subsistema, según sus objetivos particulares.

  23. ACUERDO 486 Bach. General • Las competencias disciplinares extendidas implican los niveles de complejidad deseables para quienes opten por una determinada trayectoria académica y, en consecuencia, tienen una función propedéutica en la medida que prepararán a los estudiantes de la EMS para su ingreso y permanencia en la educación superior.

  24. Competencias profesionales • Las competencias profesionales son las que preparan a los jóvenes para desempeñarse en su vida laboral con mayores probabilidades de éxito, al tiempo que dan sustento a las competencias genéricas. • Las competencias profesionales pueden ser básicas o extendidas.

  25. Competencias profesionales • 1. Las competencias profesionales se desarrollan y despliegan en contextos laborales específicos. • 2. La construcción de las competencias profesionales se apoya en las distintas normas nacionales, internacionales e institucionales, según sea conveniente. • 3. Las competencias profesionales permiten avanzar hacia estructuras curriculares flexibles. • 4. Las competencias profesionales deben evaluarse en el desempeño y, dentro de lo posible, su desarrollo debe verse reflejado en certificados.

  26. NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR DE LA RIEMS

  27. Ejes de la RIEMS • Marco curricular común (MCC) con base en competencias. • Definición y regulación de las modalidades de oferta de la EMS. • Mecanismos de gestión. • Certificación complementaria del SNB.

  28. (I) Educación Presencial. Esta opción de la modalidad escolarizada se caracteriza por la existencia de coincidencias espaciales y temporales entre quienes participan en un programa académico y la institución que lo ofrece. • (II) Educación Intensiva. Esta opción de la modalidad escolarizada comparte los elementos de la educación presencial. Su diferencia radica en la condensación curricular y la reducción de los calendarios. • (III) Educación Virtual. En esta opción no existen necesariamente coincidencias espaciales y/o temporales entre quienes participan en un programa académico y la institución que lo ofrece. Esta circunstancia implica estrategias educativas y tecnológicas específicas para efectos de comunicación educativa, acceso al conocimiento, procesos de aprendizaje, evaluación y gestiones institucionales. Esta educación se ubica dentro de la modalidad no escolarizada. • (IV) Educación Auto planeada. Esta opción de la modalidad mixta se caracteriza por la flexibilidad en el horario y para acreditar la trayectoria curricular, así como por la variable que refleja en el ámbito de la mediación docente. • (V) Educación Mixta. Esta opción de la modalidad mixta combina estrategias, métodos y recursos de las distintas opciones de acuerdo con las características de la población que atiende, la naturaleza del modelo académico, así como los recursos y condiciones de la institución educativa. • (VI) Certificación por Evaluaciones Parciales. Esta opción de la modalidad no escolarizada se caracteriza por la flexibilidad de los tiempos, de la trayectoria curricular y de los periodos de evaluación con propósitos de certificación.

  29. Ejes de la RIEMS • Marco curricular común (MCC) con base en competencias. • Definición y regulación de las modalidades de oferta de la EMS. • Mecanismos de gestión. • Certificación complementaria del SNB.

  30. Opciones para la certificación SNB • Actualmente se consideran tres opciones para la certificación. 1. La primera es que los diplomas de todos los subsistemas y modalidades de la EMS compartan ciertos elementos gráficos. En adición a estos elementos comunes, los diplomas incluirán otros que precisen el tipo de estudios cursados e identifique la institución correspondiente. 2. Una segunda opción es la entrega de un título adicional al que otorgan los distintos subsistemas y modalidades. En este caso, el egresado tendría dos títulos: uno de su institución y otro del SNB. 3. Una tercera opción consistiría en el establecimiento de una cédula de bachillerato similar a la que ofrece la SEP para las distintas profesiones de la Educación Superior. • Como parte de los trabajos de la Reforma se elegirá la opción más conveniente.

  31. Ejes de la RIEMS • Marco curricular común (MCC) con base en competencias. • Definición y regulación de las modalidades de oferta de la EMS. • Mecanismos de gestión. • Certificación complementaria del SNB.

  32. Seis mecanismos de gestión • Generar espacios de orientación educativa y atención a las necesidades de los alumnos • Formación y actualización de la planta docente • Mejorar las instalaciones y el equipamiento • Profesionalizar la gestión • Evaluar el sistema de forma integral • Implementar mecanismos para el tránsito entre subsistemas y escuelas

  33. Formación y actualización de la planta docente • La actualización y profesionalización de los maestros es un requisito indispensable para que la Reforma Integral sea exitosa. Se requerirá que los profesores, además de dominar su materia, cuenten con las capacidades profesionales que exige el enfoque de competencias.

  34. ACUERDO NUMERO 447 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS DOCENTES PARA QUIENES IMPARTAN EDUCACION MEDIA SUPERIOR EN LA MODALIDAD ESCOLARIZADA • Artículo 3.- Las competencias docentes son las que formulan las cualidades individuales, de carácter ético, académico, profesional y social que debe reunir el docente de la EMS, y consecuentemente definen su perfil. • Artículo 4.- Las competencias y sus principales atributos que han de definir el Perfil del Docente del SNB, son las que se establecen a continuación:

  35. 1. Organiza su formación continua a lo largo de su trayectoria profesional. • 2. Domina y estructura los saberes para facilitar experiencias de aprendizaje significativo. • 3. Planifica los procesos de enseñanza y de aprendizaje atendiendo al enfoque por competencias, y los ubica en contextos disciplinares, curriculares y sociales amplios. • 4. Lleva a la práctica procesos de enseñanza y de aprendizaje de manera efectiva, creativa e innovadora a su contexto institucional. • 5. Evalúa los procesos de enseñanza y de aprendizaje con un enfoque formativo. • 6. Construye ambientes para el aprendizaje autónomo y colaborativo. • 7. Contribuye a la generación de un ambiente que facilite el desarrollo sano e integral de los estudiantes. • 8. Participa en los proyectos de mejora continua de su escuela y apoya la gestión institucional.

  36. TERCERO.- Para articular y dar identidad a la educación media superior acorde con los intereses de los estudiantes y las necesidades de desarrollo del país, la Secretaría, con pleno respeto al federalismo educativo y a la autonomía universitaria, promoverá entre las autoridades educativas de las entidades federativas y las instituciones públicas que impartan educación del tipo medio superior, la adopción de las competencias a que se refiere el presente Acuerdo. • Para tales efectos la Subsecretaría propiciará la celebración de los instrumentos jurídicos correspondientes. • CUARTO.- En los planteles dependientes de la Secretaría y de sus órganos desconcentrados los docentes deberán contar con el perfil descrito en el presente Acuerdo antes del inicio del ciclo escolar 2009-2010. • QUINTO.- La Secretaría deberá prever lo necesario para dar cumplimiento a lo que dispone el artículo anterior, sin perjuicio de los derechos laborales adquiridos de quienes a la fecha impartan el tipo educativo materia del presente Acuerdo.

  37. ACUERDO 480. POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL INGRESO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS AL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO •  Artículo 5.- Para que los planteles procedan a su ingreso al Sistema Nacional de Bachillerato deberán acreditar el cumplimiento o asumir el compromiso, según sea el caso, de lo siguiente: • I.       La adopción del marco curricular común, y consecuentemente, la instauración de mecanismos para fortalecer el desempeño académico de los alumnos y el logro de las competencias genéricas y disciplinares básicas, así como la inclusión de las competencias disciplinares extendidas y profesionales que correspondan en sus planes de estudio; • II.      La existencia de una planta docente suficiente y con las competencias que se determinan en el instrumento a que se refiere el artículo 3, fracción IV de este Acuerdo; • III.     Las instalaciones que satisfagan las condiciones de higiene, de seguridad y pedagógicas adecuadas para los servicios que se ofrezcan; • IV.     Los requisitos aplicables en función de la modalidad educativa en la que se imparta el servicio; • V.      La generación de espacios de orientación y tutoría para la atención de las necesidades de los alumnos; • VI.     La participación en los procesos de evaluación que determine la Secretaría; • VII.    La operación de la gestión escolar con base en el establecimiento de metas, objetivos, priorización, transparencia y planes de mejora continua del Sistema Nacional de Bachillerato; • VIII.   La adopción del sistema de control escolar del Sistema Nacional de Bachillerato; • IX.     El facilitar el tránsito de alumnos de tal manera que sólo esté condicionado a la disponibilidad de espacios en los planteles, y • X.      La expedición de una certificación complementaria a la conclusión de los estudios en el Sistema Nacional de Bachillerato. • En los planteles dependientes de la Secretaría y de sus órganos desconcentrados el director deberá contar con el perfil descrito en el instrumento a que se refiere el artículo 3, fracción V de este Acuerdo. En los demás casos dicho perfil podrá ser adoptado de manera voluntaria por las instituciones educativas.

  38. ACUERDO 480. POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL INGRESO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS AL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO • Artículo 7.- El plantel público será responsable del desarrollo, capacitación y certificación de su personal docente conforme a lo previsto en el Programa de Formación Docente de la Educación Media Superior. • El plantel particular será responsable del desarrollo, capacitación y certificación de su personal docente conforme a los criterios que para el efecto establezca el Comité.

  39. ACUERDO número 484 por el que se establecen las bases para la creación y funcionamiento del Comité Directivo del Sistema Nacional de Bachillerato. • CUARTO.- Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del presente Acuerdo, la Secretaría llevará a cabo las acciones conducentes para la celebración de la primera sesión ordinaria de trabajo del Comité. • QUINTO.- El Comité deberá expedir las reglas dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se verifique su primera sesión ordinaria de trabajo.

  40. Reglas para el ingreso, permanencia y salida delSistema Nacional de Bachillerato • Documento de trabajo noviembre 2008 • Documento de trabajo enero 2009

  41. PROFORD EMS: Módulos 40 hrs 100 hrs. 60 hrs

  42. Estructura del Diplomado Competencias Docentes en el Nivel Medio Superior

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