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Uniones entre personas de un mismo sexo ANALISIS DE LA LEGISLACION CHILENA JUNIO 2009

Uniones entre personas de un mismo sexo ANALISIS DE LA LEGISLACION CHILENA JUNIO 2009. Descenso de la tasa de nupcialidad. Realidad en Cifras. Nacimiento de niños/as cuyos padres y madres no están casados en el 2005 fue de un 58,4%

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Uniones entre personas de un mismo sexo ANALISIS DE LA LEGISLACION CHILENA JUNIO 2009

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Presentation Transcript


  1. Uniones entre personas de un mismo sexo ANALISIS DE LA LEGISLACION CHILENA JUNIO 2009

  2. Descenso de la tasa de nupcialidad

  3. Realidad en Cifras Nacimiento de niños/as cuyos padres y madres no están casados en el 2005 fue de un 58,4% Legislación nacional únicamente protege a personas que han establecido régimen contractual conyugal Existencia de normas dispersas que protegen en algunos aspectos solo a mujeres madres heterosexuales.

  4. Efectos de una Ley 1.- Reconocimiento: Existencia, se puede medir, cuantificar, tiene efecto simbólico y real 2.- Define quienes pueden acceder: Personas, parejas, mayores de edad, exigencia o no de convivencia previa. 3.- Tipo de Constitución: Por escritura pública o ante registro civil.

  5. 4.- Materias que regula: Efectos Patrimoniales, efectos sucesorios, derecho a adopción, subsidios y beneficios del Estado. 5.- Disolución

  6. Proyectos de Ley Presentados Año 2004 moción presentada por el senador Viera Gallo que establece un régimen legal para las uniones de hecho. Este proyecto apunta a la regulación de comunidad de bienes en parejas heterosexuales Año 2007 moción presentada por el senador Bianchi que establece un régimen legal para las uniones de hecho. Este proyecto apunta a la regulación de comunidad de bienes en parejas heterosexuales

  7. Proyectos de Ley Presentados 2008 moción presentada por el diputado Enriquez Ominami, que regula la unión civil entre personas de un mismo sexo. Plantea un contrato de unión civil regulado por el Código Civil. 2006Presentado por diputados/as concertación, Acorsi, Farias, Montes, Muñoz, Soto y Vidal, el cuál establece regulación para las uniones de hecho

  8. Votación 17 de Junio • Votaron en Contra: Ramón Barros UDI, Sergio Bobadilla UDI, Alberto Cardemil Indep, María Angélica Cristi UDI, José Antonio Kast UDI, Nicolás Monckeberg RN, Carlos Olivares PRI , Jorge Sabag.DC • A Favor: Marcelo SchilligPS, Adriana Muñoz PPD, Abel Jarpa PR • No votaron : Antonieta Saa PPD y Carolina Goic DC

  9. Instituciones que participaron • Universidad de Chile • Fundación Jaime Guzmán Jueza del Tercer Juzgado de Familia de Santiago • ONG Investigación, Formación y Estudios de la Mujer ISFEM • Iglesia Anglicana de Chile, • Iglesia Metodista Pentecostal de Chile (Conferencia Episcopal de Chile • Fundación Chile Unido

  10. Corporación Humanas • Universidad de Concepción • Movimiento de Integración y Liberación Homosexual Móvil • Corporación de Interés Público • Centro UC de la Familia de la Pontificia Universidad Católica de Chile • ONG Acción Familia • ONG ISFEM • Instituto Libertad y Desarrollo

  11. Argumentos en contra • La existencia de una ley natural superior Benedicto XVI: “la ley natural, que está en la base del reconocimiento de la verdadera igualdad entre personas y pueblos, debe reconocerse como la fuente en la que se ha de inspirar también la relación entre los esposos en su responsabilidad al engendrar vida”.

  12. La institución del matrimonio responde de mejor manera a lo que la persona es y al sentido de su existencia. No es una construcción social, sino que hunde sus raíces en la naturaleza del hombre en su dimensión personal, sexual, social y espiritual. • La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. El matrimonio es la base principal de la sociedad

  13. La aceptación de las relaciones de pareja debilitaría el matrimonio Darle estatuto jurídico a las uniones de hecho lo único que logra es empobrecer el matrimonio Para que consagrar un matrimonio de 2 clase

  14. Las consecuencias para los niños/as y jóvenes • La estructura precaria de la unión de hecho no garantiza la estabilidad de los hijos y de la familia. • No reconocen la necesidad de regular estas materias, porque las personas voluntariamente definen estar al margen de la ley. Plantean que además esta la ley de divorcio

  15. Existen regulaciones jurídicas patrimoniales suficientes para adquirir bienes en común y dejar testamento para disponer la cuarta de bienes en común. • La única utilidad que le ven seria para las parejas del mismo sexo, por lo que no están de acuerdo • Consideran que es el matrimonio la forma en que las personas pueden llevar vidas buenas y criar bien a sus hijos

  16. Argumentos a Favor • La necesidad social: Se necesita regular • La falta de regulación se presta para una incertidumbre jurídica respecto de los bienes. • Principios de Igualdad y No Discriminación y la obligación del Estado de garantizar derechos a todos sus ciudadanos, asi como hacer cumplir las convenciones y tratados internacionales-

  17. Imposibilidad de contraer matrimonio, las parejas no se casan por razones ajenas a su voluntad • Resistencias al matrimonio

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