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Rocío Escauriaza Leal – Jurista

La Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción (CAB). Rocío Escauriaza Leal – Jurista. LA CAB.

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Rocío Escauriaza Leal – Jurista

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  1. La Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción (CAB) Rocío Escauriaza Leal – Jurista Seminario sobre la Convención sobre Armas Biológicas y temas relacionados con la Resolución 1540

  2. LA CAB La Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción (CAB) Tratado de desarme multilateral Fue el primer tratado internacional que prohibió toda una categoría completa de armas. • Adoptada: 10 Abril 1972 • Entra en vigor: 26 Marzo 1975 • Estados Partes: 165 • Estados Signatarios: 12 • Estados no Partes: 19 • Página web de la Convención: www.unog.ch/bwc La República de Ecuador la firmó el 14 de Junio 1972 y la ratificó el 12 de Marzo 1975 Toda la región de las Américas ha ratificado la CAB menos Guayana y Haití. Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  3. La CAB – Artículo I La prohibición de las armas biológicas • Compromiso de los Estados Partes de no desarrollar, producir, almacenar, adquirir y retener armas biológicas. • Las Conferencias de Examen han acordado que el ‘uso’ también queda prohibido. • Se utiliza el CRITERIO DEL PROPÓSITO GENERAL para interpretar el contenido y las obligaciones de la CAB “1) agentes microbianos u otros agentes biológicos, o toxinas sea cual fuere su origen o modo de producción, de tipos y en cantidades que no estén justificados para fines profilácticos, de protección u otros fines pacíficos; 2 ) amas, equipos o vectores destinados a utilizar esos agentes o toxinas con fines hostiles o en conflictos armados.” Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  4. La CAB – Artículo II Compromiso de destrucción de las armas biológicas • Destrucción o desviar a fines pacíficos los stocks de armas biológicas • En su poder o bajo su jurisdicción • Plazo de 9 meses desde la entrada en vigor de la CAB • Precaución necesarias y proteger a la población y el medio ambiente Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  5. La CAB – Artículo III Prohibición de transferencias y asistencia • Prohíbe las transferencias directas o indirectas (ejemplo empleo de intermediador) de armas biológicas - tal y como especificadas en el articulo I • Compromiso de no ayudar, alentar o inducir en forma alguna a ningún Estado, grupo de Estados u organizaciones internacionales a fabricar armas biológicas o adquirirlas de otra manera - tal y como especificadas en el articulo I Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  6. La CAB – Artículo IV Adopción de medidas nacionales • Medidas necesarias para prohibir y prevenir el desarrollo, la producción, el almacenamiento, la adquisición o la retención de armas biológicas (como definidas en el Articulo I) • Medidas jurídicas (leyes, reglamentos, medidas administrativas) • Medidas practicas de aplicación de la ley • En conformidad con sus procedimientos constitucionales • Aplicables en el territorio nacional del Estado, bajo su jurisdicción o bajo su control en cualquier lugar. Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  7. La CAB – Artículos VI Violación de las disposiciones de la CAB • Todo Estado Parte que advierta que cualquier otro Estado viola las obligaciones de la CAB podrá presentar una denuncia al Consejo de Seguridad de las NNUU. • La denuncia deberá ir acompañada de todas las pruebas posibles y de una solicitud para que la examine el Consejo de Seguridad. • Los Estado Parte se comprometen a cooperar en toda investigación • El Consejo de Seguridad informará a los Estados Parte de la CAB acerca de los resultados de la investigación. Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  8. La CAB – Artículo X Intercambio avances científicos • Los Estados Partes se comprometen a facilitar el intercambio de equipo, materiales e información científica y tecnológica para la utilización con fines pacíficos de los agentes bacteriol6gicos (biológicos) y toxinas. • Los Estados Partes que estén en condiciones de hacerlo deberán cooperar para contribuir, al mayor desarrollo y aplicación de los descubrimientos científicos en la esfera de la bacteriología (biología) para la prevención de las enfermedades u otros fines pacíficos. • La CAB se aplicará de manera que no ponga obstáculos al desarrollo económico o tecnológico de los Estados Partes Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  9. ¿Cómo funciona la CAB? • El contenido de la CAB se revisa cada 5 años • Hasta ahora la CAB ha tenido 7 Conferencias de Revisión - la última en diciembre de 2011 (declaración final) • Proceso entre-sesiones con reuniones temáticas anuales: • Reunión de Expertos en Julio • Reunión de Estados Partes en Diciembre • Próximas reuniones: • Reunión de Expertos de 2012 se celebrará en Ginebra del 16 al 20 de julio de 2012 • Reunión de los Estados Partes de 2012 se celebrará en Ginebra del 10 al 14 de diciembre de 2012. TEMA - Cooperación y asistencia, con especial hincapié en el fortalecimiento de la cooperación y asistencia en virtud del artículo X Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  10. La Dependencia de Apoyo a la CAB • Se creó en la Sexta Conferencia de Examen de la CAB y su mandato se ha renovado en la Séptima Conferencia de Examen (2011) • Se compone de 3 personas • Localizada en la sede de Ginebra de la Oficina de Naciones Unidas para el Desarme • Funciones: • Organizan las Conferencias de la CAB (apoyo administrativo) • Promoción de la CAB - Universalidad • Recaban los formularios de las Medidas de Fomento de la Confianza • Son un punto focal de contacto para obtener asistencia Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  11. La Verificación del Cumplimiento Protocolo de Verificación • La CAB no cuenta con un Protocolo de Verificación • Se intento negociar pero las negociaciones fracasaron en 2001 Medidas de Fomento de la Confianza (MFC) • Mecanismo para fomentar la transparencia y la confianza en el cumplimiento de las obligaciones de la CAB • Actualmente cuenta con 6 formularios – sobre actividades nacionales relacionadas con agentes biológicas. • Mecanismo que funciona desde 1987 • Los formularios han sido revisados y complementados a lo largo de la historia de la CAB - la ultima revisión fue el la Séptima Conferencia de Examen de 2011 • Declaraciones Nacionales presentadas antes del 15 de Abril de cada año Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  12. Las Medidas de Fomento de la Confianza Formularios Medida de fomento de la confianza "A” • Parte 1 Intercambio de datos sobre centros y laboratorios de investigación • Parte 2 Intercambio de información sobre los programas nacionales de investigación y desarrollo para la defensa biológica Medida de fomento de la confianza "B”: Intercambio de información sobre brotes de enfermedades infecciosas o fenómenos análogos causados por toxinas Medida de fomento de la confianza "C”: Fomento de la publicación de resultados y promoción del empleo de conocimientos Medida de fomento de la confianza "D” (Suprimida) Medida de fomento de la confianza "E” Declaración de legislación, reglamentos y otras medidas Medida de fomento de la confianza "F” Declaración de actividades anteriores en programas de investigación y desarrollo biológicos con fines ofensivos y/o defensivos Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  13. Una Autoridad Nacional para la CAB Sexta Conferencia de Examen Los Estados Partes designaran un contacto nacional encargado de preparar la presentación de medidas de fomento de la confianza y enviaran los detalles del contacto a la Dependencia. (BWC/CONF.VI/6) La Séptima Conferencia de Examen exhorto a los Estados partes a designar dicho punto de Contacto. La Autoridad Nacional para la CAB Numerosos Estados han visto los beneficios de establecer una Autoridad Nacional para la CAB para • centralizar los controles necesarios de los materiales conexos en un organismo administrativo • Canalizar de forma efectiva las comunicaciones internacionales cobre el tema incluidas las MFC Una unión de la Autoridad Nacional para la CAQ y la CAB es posible y puede resultar en un empleo efectivo de los recursos existentes. Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

  14. Datos de contacto Rocío Escauriaza Leal, Jurista, rocio.escauriaza@vertic.org / +34 639 609 101 VERTIC Development House, 56-64 Leonard Street London EC2A 4LT, United Kingdom Tel +44 20 7065 0880 Fax +44 20 7065 0890 Web www.vertic.org Seminario sobre la CAB y temas relacionados con la Resolución 1540

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