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Decreto con rango valor y fuerza de LEY

Decreto con rango valor y fuerza de LEY. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS jasmine morella García Junio, 2012. LOTTT: Principios generales. Nueva CONFIGURACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO.

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  1. Decreto con rango valor y fuerza de LEY LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS jasminemorella GarcíaJunio, 2012

  2. LOTTT: Principios generales

  3. Nueva CONFIGURACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO • 1.Trabajador: Supresión de las categorías de obrero, empleado y trabajador de confianza y se preservan las categorías de trabajador de dirección (art. 37), inspección y vigilancia (art. 38). Supresión de la ajenidad como presupuesto de la relación de trabajo (art. 35) 2. Patrono: Supresión de la mención ajenidad, y fines de lucro, se señala dependencia y proceso social trabajo (art. 40). 3. Empresa:Entidad de trabajo (art. 45). Supresión dela mención de fines de lucro.(art. 18 LOT), y de la ajenidad como presupuesto de la relación de trabajo (art. 35). 4. Consejo de Trabajadores: Participación en la gestión. Titulo VII, Capitulo IV y 498. Monopolio de la participación en la gestión (control obrero/ajenidad/noción de empresa). Funciones de autoformación.

  4. TERCERIZACIÓN LOT

  5. TERCERIZACIÓN LOTTT

  6. TERCERIZACIÓN 1. Potencial colisión entre concepciones doctrinaria y legal: 1.1. Método de gestión empresarial asociado a la eficiencia: outsourcing, toyotismo descentralización, o externalización. 1.2. Práctica patronal asociada a la simulación de relaciones civiles o mercantiles, y al fraude laboral 1.3 Forma de explotación capitalista incompatible con el proceso social y productivo de trabajo.

  7. TERCERIZACIÓN 2. LOTTT (arts. 47 y 48): Alude a la simulación o el fraude laboral con el objeto de desvirtuar, desconocer u obstaculizar la recta aplicación de la legislación laboral: 1. Identidad temporal (permanente), espacial (instalaciones de la entidad contratante) y material ( relación directa con el proceso productivo de la contratante). 2. Contratación de trabajadores [evasión]. 3. Entidades laborales simuladas. 4. Contratos simulados; y 5. Otras formas de simulación o fraude.

  8. TERCERIZACIÓN 3. Supuestos de la tercerización art 47 LOTT: 1. Contrato con una entidad de trabajo. 2. Carácter permanente 3.Desarrollada dentro de las instalaciones de la contratante. 4. Relación directa con el proceso productivo de la contratante. 5. Si no se ejecuta afecta o interrumpe sus operaciones. 6. Objeto: Evadir obligaciones derivadas de la relación laboral simulación y fraude. 7. Contratos simulados. 8. Otras formas de simulación o fraude.

  9. TERCERIZACIÓN 3. Componentes esenciales: 3.1. Prestación personal de servicios. 3.2. Deslaboralizada o en condiciones laborales inferiores, y/o bajo el ámbito de organización del beneficiario; y 3.3. Mediante simulación[de vínculo civil o mercantil que encubre la relación laboral] y/o fraude de ley.

  10. TERCERIZACIÓN 4. Consecuencias jurídicas (art. 48 in fine y disposición transitoria Primera): 4.1. Trabajadores tercerizados gozarán de inamovilidad y gozarán de idénticas condiciones laborales que el resto de los trabajadores del beneficiario. 4.2. Patrono [beneficiario] deberá incorporar en su nómina a los trabajadores tercerizados en el plazo máximo de 3 años desde el 30/4/2012. ( Disposición Transitoria Primera).

  11. TERCERIZACIÓN 4.3. Vacatiolegis: Lapso no mayor de tres años, que genera conflictividad por expectativas urgentes. 5. La Responsabilidad de patronos y patronos será establecida por los órganos administrativos o judiciales con competencia laboral. 6. Simulación Bilateral: Hay interés del trabajador pero esto no modifica los efectos ilegales. 7.Poderes del Órgano Administrativo: por vía de reclamo, o inspección decide directamente. Art. 524, 425 Ord. 2, 535 LOTT.)

  12. INTERMEDIARIAS 1. Manifestación típica de tercerización evasión de las obligaciones. Art. 48.2 LOTTT. 2. Conceptualmente se podrá concebir una intermediación lícitasi no pretende evadir las obligaciones derivadas de la relación laboral del contratanteno exista fraude o simulación. 3. Utilidad de la noción para demarcar, por contraste, otros actores: Art. 49 in fine LOTTT. Contratista no se considerara intermediario. 4. La ley derogada contempla la intermediación existiendo responsabilidad solidaria con el patrono beneficiario. Art. 54 LOT.

  13. Obra inherente o conexa 1. Responsabilidad solidaria determinar si no hay inherencia o conexidad (arts. 49 y 50). 2. Principal fuente de lucro: presunción de inherencia o conexidad (art. 50) 4. Inherencia entraña necesariamente identidad temporo-material, relación directa con el proceso productivo. 5.Conexidad relación intima afecta las operaciones del beneficiario.

  14. CONTRATISTAS 1. Componentes esenciales: 1.1 Contrato. 1.2 Elementos o recursos propios. 1.3. Trabajadores bajo dependencia; y 1.4. Sin ánimo simulatorio y fraudulento (art. 50 in fine). Si existe se considera intermediario. 1.5 Licitud, incluso cuando existe inherencia o conexidad, si no hay fraude o simulación.

  15. CONTRATISTAS 2. Elementos : 2.1. Licitud, incluso inherencia o conexidad, si no hay fraude o simulación. 2.2. Responsabilidad solidaria determinar si no hay inherencia o conexidad (arts. 49 y 50). 2.3. Principal fuente de lucro: presunción de inherencia o conexidad (art. 50) 2.4. Inherencia entraña necesariamente identidad temporo-material, sin desvirtuar coincidenciaespacial.

  16. TERCERIZACIÓN Test de indicios de tercerización. Dr. Augusto Carballo, (relaciones triangulares). 1. Identidad temporal, espacial y material 2. Elementos y/o recursos propios. 3. Organización autónoma del proceso productivo. 4. Asunción de riesgos. 5. Pluralidad de clientes/ ejecución de actividades especializadas u obras complejas (Ley N° 29245, que Regula los Servicios de Tercerización, junio 2008, Perú). 6. Contraprestación recibida.

  17. TERCERIZACIÓN Conclusiones: 1. Auditoria legal de los contratistas y determinar zonas de riesgo. 2. Calificar quienes son tercerizados. 3.Hacer una previsión hacia el futuro y hacia el pasado. 3. Revisar los trabajadores que no están en la empresa y que aun no les haya transcurrido la prescripción. 4. Revisar los acuerdos externos ya que estos interrumpen la prescripción.

  18. CONTRATO DE TRABAJO 1. Prestación de servicios en el Proceso Social Trabajo bajo dependencia. Desaparece la ajenidad dentro del nuevo contexto. 2.Verbal: se presume veracidad de lo alegado por el trabajador. (art. 58 in fine). 3. Contrato escrito: contiene nuevas estipulaciones y mas exigencias. ( Art. 58) 4. Contrato a tiempo determinado: Duración máxima de un (1) año (art. 62). Tres (3) meses de discontinuidad para enervar las prórrogas, salvo que se demuestre fraude.

  19. CONTRATO DE TRABAJO Indicación de fecha y hora de entrega del contrato al trabajador o trabajadora en un libro llevado al efecto. Acuse de recibo 5.Período de prueba: 5.1. Ingreso: ¿un (1) mes? (art. 87.1) 5.2. Ascenso: 3 meses (art. 80, tercera parte, lit. a) 6. Se mantienen los 3 supuestos del art. 77 LOT se incluye requerimiento de los servicios cuando no haya terminado la labor por la que fue contratado o contratada y se requiera de sus servicios.

  20. Atraso o Quiebra del Patrono 1. Competencia de los Jueces del trabajo para la ejecución de los créditos laborales. (Art 150) 2.Exclusion de la competencia del Juez del atraso o quiebra quien no podrá actuar ni tramitarlo hasta concluir la ejecución y sean satisfechos totalmente los derechos laborales. 3. Todos los créditos laborales gozan de privilegio y preferencia absoluta sobre cualquier deuda del patrono. 4. Las personas naturales en el carácter de patronos y los accionistas son solidariamente responsables de las obligaciones derivadas de la relación laboral. Medidas preventivas(Art.151)

  21. Notificaciones 1. Mediante cartel indicando el día y hora del acto. 2. Fijación del cartel en la puerta de la entidad de trabajo. 3. A partir de la fijación del cartel comenzará a correr el lapso para la celebración del acto. 4. El funcionario dejara constancia de haber cumplido con la notificación. ( Art. 42).

  22. Algunas facultades dEL MTSS 1. Ocupación de empresas por riesgo de extinción (art. 148) o cierre patronal inamovilidad (art. 149). 2. Función dirimente en caso de reclamos (art. 513). 3. Decisiones inaudita parte por antisindicalidad(art. 363) y reinstalación (art. 425).

  23. Algunas facultades dEL MTSS 4. Auxilio de autoridades policiales y militares (Art. 12 y 512). Flagrancia (Art. 425.6 y 538). 5. Recurribilidadcondicionada en caso de reinstalación previo cumplimiento del acto administrativo. (Art. 94). 6. Sanciones. (521 y siguientes) - Multa - Privación de libertad

  24. “Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz, como sustitutivo bondadoso de la Justicia; y sobre todo ten fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, ni Justicia, ni Paz” Eduardo J Couture

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