1 / 25

MTRO. ADÁN ARMENTA GÓMEZ

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. RECURSO DE INCONFORMIDAD MORELOS. MTRO. ADÁN ARMENTA GÓMEZ. RECURSO DE INCONFORMIDAD. C ONCEPTO.

clyde
Download Presentation

MTRO. ADÁN ARMENTA GÓMEZ

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN RECURSO DE INCONFORMIDAD MORELOS MTRO. ADÁN ARMENTA GÓMEZ

  2. RECURSO DE INCONFORMIDAD CONCEPTO Medio de impugnación establecido en favor de los partidos políticos para cuestionar la validez de una elección, los resultados obtenidos en los cómputos, el otorgamiento de las constancias de mayoría, en las elecciones de diputados, Gobernador y Ayuntamientos, por las causas, en los supuestos y para los efectos, expresa y limitativamente establecidos en la ley.

  3. PROCEDENCIA PROCEDIBILIDAD TEMPORAL Exclusivamente durante el proceso electoral: en la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones.

  4. TERCERA ETAPA RESULTADOS DECLARACIONES DE VALIDEZ PROCESO ELECTORAL CONCLUSION declaración de validez de las elecciones con la resolución de la última impugnación INICIO Seis meses antes del mes de la elección PRIMERA ETAPA PREPARACION ELECCION SEGUNDA ETAPA JORNADA ELECTORAL RENOVACION PERIODICA DE LOS INTEGRANTES DE LOS PODERES EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y DE LOS AYUNTAMIENTOS

  5. TERCERA ETAPA RESULTADOS DECLARACIONES DE VALIDEZ PROCESO ELECTORAL Recepción, depósito y salvaguarda de los paquetes por parte de los consejos respectivos Cómputos municipales, distritales, estatal y de representación proporcional Declaración de validez de las elecciones Otorgamiento de las constancias de mayoría Asignación de diputados y regidores de representación proporcional

  6. PROCEDIBILIDAD Gobernador Diputados de M.R. y RP Ayuntamientos Elecciones impugnables

  7. PROCESO ELECTORAL 3ª ETAPA ACTOS COMPUTOS IMPUGNABLES VÍA INCONFORMIDAD Obtención de resultados de los cómputos de diputados de MR y RP y Gobernador en el distrito Expedición de constancias de Mayoría en elección de diputados MR (Presidente del Consejo) DISTRITALES CONSEJOS DISTRITALES Obtención resultados de los cómputos de la elección de integrantes de ayuntamientos Expedición de constancias de Mayoría MUNICIPALES CONSEJOS MUNICIPALES Ver artículos 106, frac., XXXIV; 133, frac.. IX; 134, frac. IX y 295, frac. III

  8. PROCEDIBILIDAD Actos impugnables Resultados en las actas de cómputo distritales o municipales. La declaraciones de validez de las elecciones y el otorgamiento de constancias La asignación de diputados de RP y el otorgamiento de las constancias por error en la aplicación de la fórmula Los cómputos para Gobernador, diputados y ayuntamientos por error aritmético

  9. ESCRITO DE PROTESTA Artículo 266 Medio para establecer la existencia de presuntas violaciones durante el día de la jornada electoral. No constituye requisito de procedibilidad, para los recursos, sino que tiene el carácter de documental privada con valor probatorio indiciario.

  10. RECURSO DE INCONFORMIDAD Artículo 266 Durante el transcurso de la jornada electoral Escrito de protesta presentación ANTE EL CONSEJO DISTRITAL O MUNICIPAL

  11. RECURSO DE INCONFORMIDAD Escrito de protesta Requisitos El partido político o coalición que lo presenta Número y ubicación de la casilla ante la que se presenta. Los actos ilegales que repercutan en el escrutinio y cómputo, describiendo hechos y citando preceptos violados La causa por la que se presenta la protesta, y El nombre, firma o huella dactilar y cargo partidario de quien lo presenta. Si se presenta ante el Consejo Distrital o Municipal, se deberá identificar individualmente cada una de las casillas impugnadas.

  12. REQUISITOS DE LA DEMANDA Narración de los hechos Nombre y firma del promovente Por escrito Ante la autoridad responsable Expresión de agravios Domicilio para oír y recibir notificaciones Cita de Preceptos Presuntamente Violados Acreditar personería Identificación del acto y autoridad responsable Ofrecer y Aportar pruebas

  13. REQUISITOS ESPECIALES Señalar la elección que se impugna, si se objetan: resultados del cómputo, la declaración de validez y/o el otorgamiento de la constancia; Mención individualizada del acta de cómputo municipal o distrital; Mención individualizada de las casillas cuya votación solicite sea anulada y la causal invocada; Conexidad o relación con otras impugnaciones. En la impugnación de la asignación de diputados de RP indicará el supuesto y razones para considerar que debe modificarse el resultado

  14. COMPETENCIA TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS

  15. LEGITIMACIÓN PARTIDOS POLÍTICOS A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES ACREDITADOS ANTE LOS ÓRGANOS Los registrados formalmente ante el órgano responsable Los dirigentes de los Comités Estatales Distritales y Municipales Quienes Tengan facultades de representación

  16. PLAZOS COMPUTO MUNICIPAL COMPUTO DISTRITAL Gobernador y diputados Ayuntamientos JULIO 1 2 3 DÍAS A PARTIR DEL SIGUIENTE DE LA CONCLUSIÓN DEL CÓMPUTO RESPECTIVO O SE NOTIFIQUE LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30

  17. ACTOR: AUTORIDAD RESPONSABLE: TERCERO: NUM. EXP: MAGDO. PONENTE: SECRETARIO: Cuernavaca, Morelos, a treinta de agosto de dos mil once ------------------ RESULTANDOS Resumen de los hechos y agravios expuestos----------------------------------------- CONSIDERANDOS Argumentación jurídica, fundamentos Jurídicos, Valoración de pruebas,---------------------------------------------------------------- RESOLUTIVOS PRIMERO. ----------------------------------------SEGUNDO. --------------------------------------- SENTENCIA Se deberán suplir las deficiencias u omisiones en los agravios cuando puedan deducirse de los hechos. Cuando los preceptos se citan de manera equivocada o no se señalan, se resolverá tomando en consideración los que debieron invocarse o resulten aplicables.

  18. SENTENCIAS Efectos Declarar nulidad de elección Revocar la declaración de validez u otorgamiento de constancia Revocar la constancia y otorgarla al que resultó ganador Declarar nulidad de votación Modificar actas de cómputo respectivas Confirmar el acto

  19. SENTENCIAS DIPUTADOS 15 DE AGOSTO GOBERNADOR 1 DE SEPTIEMBRE AYUNTAMIENTOS 1 DE OCTUBRE

  20. NOTIFICACIONES Siguientes a la sentencia Artículo 332 Personal o por estrados Partidos políticos Por escrito (copia certificada) Consejo Estatal del IEE 48 horas

  21. GRACIAS

  22. JUSTICIA SOCIAL JUSTICIA SOCIAL • MESA DIRECTIVA DE CASILLA 0737TIPO: BÁSICA • DISTRITO ELECTORAL 14 • C. PABLO GARCÍA TORRES, representante del Partido Justicia Social, personalidad que tengo debidamente acreditada ante el órgano en que se actúa, comparezco para exponer: • Que a nombre del partido político que represento y con fundamento en los artículo 200 párrafo 1, inciso d) del Código electoral y 51 de la Ley de medios de impugnación, vengo a presentar ESCRITO DE PROTESTA, en contra de los resultados contenidos en el acta de escrutinio y cómputo de la casilla en la que se actúa, respecto de la elección de DIPUTADO FEDERAL, por los siguientes hechos: • Se encontraron más boletas de las que se recibieron, pues se extrajeron de la urna 400, se inutilizaron 100, lo que da un total de 500, y en el acta de jornada consta que se recibieron 450, es decir, 50 más de las que se recibieron. • Por lo expuesto, solicito: • UNICO. Relacionar el presente en el acta respectiva y agregarlo al expediente. • Firma del Representante: Luis Flores García • Recibí original_______________________ México, D. F. a 6 de julio de 2010 SECRETARIO

  23. SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN JUSTICIA SOCIAL HERIBERTO BRAVO ALCALÁ, representante propietario ante el Consejo Distrital del 15 Distrito Electoral Federal en el Distrito Federal, del PARTIDO JUSTICIA SOCIAL, personalidad que tengo acreditada y reconocida ante el órgano responsable, con domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en el número 25 de la Calle Colima, Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc en esta Ciudad, C.P. 06700 y autorizo para tales efectos a los CC. Roberto Bermudez Guillen, Ignacio López Méndez y Sandra Pérez Florez, ante Ustedes, comparezco para exponer: Que vengo a interponer JUICIO DE INCONFORMIDAD, para impugnar los resultados consignados en el acta de cómputo distrital, la declaración de validez y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría de la elección de Diputado por el principio de Mayoría Relativa, por nulidad de la votación recibida en las casillas siguientes: 61 B 63 EX 102 C 224 B 275 B 398 C 401 B 524 C 578 ES Señalo como AUTORIDAD RESPONSABLE al Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral correspondiente al 15 Distrito Electoral Federal en el Distrito Federal.

  24. JUSTICIA SOCIAL HECHOS La casilla 61 B, se instaló sin causa justificada en lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital, pues el domicilio que aparece en el acta es el de calle Melchor Ocampo, número 42, colonia y en el encarte aparece Avenida López Mateos, núm. 325, Col. Niños Héroes. En la casilla 63 EX, se encontraron más boletas de las que se recibieron, pues se extrajeron de la urna 400, se inutilizaron 100, lo que da un total de 500, y en el acta de jornada consta que se recibieron 450, es decir, 50 más de las que se recibieron. HECHOS AGRAVIOS La instalación de la casilla 61 B en un lugar distinto al aprobado por el Consejo Distrital, sin causa justificada, contraviene lo dispuesto por el artículo 205 del código electoral y además vulnera los principios de certeza, legalidad e imparcialidad que establece el artículo 41 Constitucional. En relación a la casilla 63 EX, por el hecho de haberse encontrado más boletas de las que se recibieron, se vulneran los principios de certeza, legalidad y objetividad establecidos en la Constitución y contraviene lo dispuesto en el artículo 227 del código electoral.

  25. JUSTICIA SOCIAL PRUEBAS Copias certificadas del acta de escrutinio y cómputo de la elección de Diputados de mayoría relativa, la que relaciono con el hecho 1 y 2 Copia certificada de la lista oficial de ubicación de casillas electorales e integración de las mesas directivas, la que relaciono con el hecho 1 Copia certificada del acta de la sesión de cómputo distrital de la elección de diputados de mayoría relativa Copias de los escritos de protesta relacionados con las casillas impugnadas HECHOS Por lo expuesto, solicito a esta sala regional, lo siguiente: PRIMERO: Tenerme por presentado en tiempo y forma el juicio de inconformidad, con la personería que ostento. México, Distrito Federal a los 11 días del mes de julio de 2010 A T E N T A M E N T E HERIBERTO BRAVO ALCALÁ

More Related