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EL ESTATUS CONSULTIVO DEL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL

EL ESTATUS CONSULTIVO DEL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL. La carta de las Naciones Unidas prevé la participación formal de las ONGs por medio de mecanismos de estatus consultivo a través del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC)

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EL ESTATUS CONSULTIVO DEL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL

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  1. EL ESTATUS CONSULTIVO DEL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL • La carta de las Naciones Unidas prevé la participación formal de las ONGs por medio de mecanismos de estatus consultivo a través del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) • Las bases para la relación consultiva entre las naciones Unidas y las ONGs fueron fijadas en la Resolución del ECOSOC 1996/31.

  2. EL ESTATUS CONSULTIVO DEL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL • Esta relación consultiva es el medio eficaz y principal por el cual ECOSOC recibe los aportes de las ONGs para sus deliberaciones en los encuentro públicos y sus organismos subsidiarios, así como en la conferencias Internacionales de las Naciones Unidas y sus instancias preparatorias

  3. EL ESTATUS CONSULTIVO DEL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL • El artículo 71 de la Carta estipula que "El Consejo Económico y Social podrá hacer arreglos adecuados para celebrar consultas con organizaciones no gubernamentales que se ocupen en asuntos de la competencia del Consejo". • Dichos arreglos están regidos por la resolución 1296 (XLIV) del 23 de mayo de 1968 de ECOSOC, la cual toma medidas para que las ONG sean reconocidas como entidades consultivas con ECOSOC y para que sostengan consultas con su secretaria.

  4. EL COMITÉ DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE NACIONES UNIDAS Es un comité permanente del ECOSOC Su mandato está fijado en la Resolución 1996/31 de ECOSOC y son: • La consideración de las aplicaciones para estatus consultivo y solicitudes de reclasificación enviadas por las ONG • La consideración de los reportes cuatrimestrales enviados por las ONGs de las Categorías General y Especial • La implementación de lo que prevé la resolución 1996/31 del Consejo y monitoreo de la relación consultiva • Todo tema que la ECOSOC pueda solicitar al Comité

  5. QUE ES UNA ONG • Es una organización no gubernamental (ONG). Es un grupo no lucrativo de ciudadanos voluntarios, que está organizada a nivel local, nacional o internacional, con tareas orientadas y dirigidas por personas con un interés común. • Las ONG realizan una variedad de servicios y funciones humanitarias, llevan los problemas de los ciudadanos a los Gobiernos, supervisan las políticas y alientan la participación de la comunidad. Proveen de análisis y experiencia,

  6. Las ONGs sirven como mecanismos de advertencia temprana y ayudan en la supervisión e implementación de acuerdos internacionales. • Algunas están organizadas sobre temas específicos, tales como los derechos humanos, el medio ambiente o la salud. • Su relación con las oficinas y las agencias del sistema de las Naciones Unidas difiere dependiendo de sus metas, ubicación y mandato.

  7. RESOLUCION 1996-31 ECOSOC • La resolución 1996/31 de ECOSOC, estandarizó las medidas de acreditación de las ONG para las conferencias de la ONU • Modernizó el proceso de aplicación para entidades consultivas con ECOSOC y decidió que las ONG nacionales podrían ser elegidas para aplicar.

  8. RESOLUCION 1996-31 ECOSOC • Estableció que las ONG comprendidas en esta resolución beben estar comprometidas con asuntos comprendidos dentro de la competencia de ECOSOC y sus organismos subsidiarios. • Los objetivos y propósitos de las ONG deben concordar con el espíritu, propósito y principios de la Carta de la ONU. • Para determinar el tipo de relación –estatus - se debe tener en cuenta la naturaleza y fines de las actividades de las ONG

  9. EL ESTATUS CONSULTIVO DEL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL • Se le otorga el nombre de "entidades de carácter consultivo general" a las ONG internacionales que trabajan en casi todos los puntos de la agenda de ECOSOC • Se le otorga el nombre de "entidades de carácter consultivo especial" es otorgado a las ONG que tienen competencia en algunas áreas de la agenda de ECOSOC • Se le otorga el nombre de "lista" a las ONG que ECOSOC considera pueden hacer contribuciones útiles ocasionales a su trabajo.

  10. Las ONG y el Consejo Económico y Social • Un segundo resultado de la revisión de ECOSOC en julio de 1996 fue la decisión 1996/297, que recomienda que la Asamblea General examine, en su quincuagésima primera sesión, el tema de la participación de las ONG en todas las áreas del trabajo de la ONU, en vista de la experiencia obtenida a través de las medidas consultivas entre las ONG y ECOSOC. • Posteriormente en el Grupo de Trabajo de la Asamblea General que evaluaba el fortalecimiento del sistema de la ONU se formó un subgrupo de ONG. Este subgrupo, que trabaja en forma continua, está examinando lo concerniente al acceso de las ONG, en particular lo que se refiere a la Asamblea General.

  11. ECOSOC • ECOSOC decide reconocer como entidades consultivas a las ONG basándose en las recomendaciones del Comité Intergubernamental sobre Organizaciones No Gubernamentales. Este Comité se compone de 19 Estados Miembros y se reúne anualmente.

  12. Conferencia de Organizaciones No Gubernamentales en relación consultiva con la Naciones Unidas • La Conferencia sobre Organizaciones No Gubernamentales reconocidas como entidades consultivas por el Consejo Económico y Social (CONGO, por sus siglas en inglés), sirve como una voz representativa de las ONG reconocidas como entidades consultivas por ECOSOC. • Sus objetivos son asegurar que las ONG disfruten de todas las oportunidades y de los medios apropiados para realizar sus funciones consultivas, proporcionar un foro para el proceso consultivo y convocar a reuniones de las organizaciones miembros para intercambiar puntos de vista sobre temas de interés común.

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