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FONDOS FEDERALES 2014

AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO. FONDOS FEDERALES 2014. INTEGRACION DE EXPEDIENTES. MAYO 2014. INFORMACION PARA PROGRAMAR AUDITORIA (PAAVI) CUENTA PUBLICA EJERCICIO FISCAL 2013 Oficio a municipios, Gob. del estado, organismos, dependencias, (se envío

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FONDOS FEDERALES 2014

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  1. AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO FONDOS FEDERALES 2014 INTEGRACIONDE EXPEDIENTES MAYO 2014

  2. INFORMACION PARA PROGRAMAR AUDITORIA (PAAVI) • CUENTA PUBLICA • EJERCICIO FISCAL 2013 • Oficio a municipios, Gob. del estado, organismos, dependencias, (se envío • la distribución de los entes a fiscalizar). • Municipios: Solicitando el Presupuesto de egresos (inversión publica) y Relación de obras y acciones impresa y en archivo digital formato • Excel respaldado en CD de los recursos: fism, fortamun, subsemun, fopedep, decretos autorizados por la Legislatura, recursos propios, convenios especiales etc. • Como se requiere en la información: • El nombre de la obra, localidad, modalidad de ejecución, contrato, contratista, importe contratado, importe ejercido, estados financieros, y auxiliares contables, además se deberá indicar las obras que por su naturaleza hayan sido realizadas en mas de un ejercicio fiscal mencionando los importes ejercidos por año.

  3. RECURSOS PUBLICOS TRANSFERIDOS A MUNICIPIOS OBJETIVO : Que el funcionario publico identifique las fuentes de inversión autorizado en el presupuesto de egresos e integre la cuenta publica de las obras y acciones. 1.- FONDOS FEDERALES, MUNICIPALES, OTROS 2.- INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNIT. 2.1.- Propuestas de inversión 2.2.- Expedientes técnicos 2.3- Procedimiento de contratación 2.4.- Procedimiento de ejecución y entrega

  4. INVERSION PUBLICA RAMO 33 FISM FORTAMUN Ley estatal FOPEDEP (RAMO 23) Ley federal FONDO DE INF. DEPORTIVA (RAMO 23) Ley federal SUBSEMUN (SUBSIDIO DE SEG. PUB.) Ley federal EMPRESTITOS Mpio Solid 117 Mpio Cozum 139 Mpio OPB 159 Ley estatal • Recursospropios. Ley estatal - Existen recursos de la Sedesol: Habitat, rescate de espacios públicos, piso firme - Gob. del edo. : Fise, Fafef • PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION • PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO • PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO

  5. RAMO GENERAL 33.- Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios FAEB FASSA FAM Asist. Social Inf. Educativa FAETA Educ. Tecnolog. Educ. Adultos FASP FISE FAFEF Recursos a cargo del municipio: FISM FORTAMUN Recursos que se deben dar a conocer en el DOF y en el Periódico Oficial, la distribución y calendarización antes del 31 de enero.

  6. Auditorias a fiscalizar ASE y ASF

  7. Principio de anualidad, Cuenta bancaria y registros especificos

  8. Art. 134 Constitución, Art. 166 y 167 del Estado • Eficiencia, eficacia, economía, trasparencia y honradez para satisfacer los objetivos. • Serán evaluados por las instancias técnicas, • Las adquisiciones, arrendamientos y enajenación de bienes, prestación de servicios y contratación de obra, se adjudicaran a través de licitaciones publicas a fin de asegurar las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad.

  9. Fondo de aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM) Ley de coordinación fiscal 2014 Articulo 33. Las aportaciones federales que reciban los municipios, se destinaran exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población en condiciones de rezago social y pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social, conforme a lo previsto en la Ley Gral. de Desarrollo Social y en las zonas de atención prioritaria en los siguientes rubros: • Agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización municipal, electrificación rural y colonias pobres, infraestructura básica del sector salud y educativa, mejoramiento de vivienda, mantenimiento de infraestructura, caminos rurales e infraestructura productiva rural, de acuerdo al catalogo de acciones establecido en los lineamientos del Fondo, que emita la Sedesol. LCF de fecha 9 de dic de 2013, DOF Lineamientos grales. para la operación del Fism, fecha 14 feb. 2014, DOF

  10. Ley de Coordinación Fiscal (09- dic – 2013) Las obras y acciones se deberán orientar preferentemente conforme al Informe anual de la situación de pobreza y rezago social y se deberá Publicar en el DOF a mas tardar el ultimo día hábil de enero/ 14. Obligaciones: Sedesol - Publicar informe anual de la situación de pobreza y rezago social. - Proporcionar capacitación sobre el funcionamiento del Fism, Fise y del Prodim, en termino a los Lineamientos del Fondo. Entidades y Municipios - Hacer el conocimiento a los habitantes, al menos en la pagina oficial de internet de la entidad federativa y del municipio. - Informar a los habitantes los avances del ejercicio trimestralmente y al termino de cada ejercicio, al menos en la pagina oficial de internet de la entidad federativa y del municipio. - Promover la participación, en su destino, aplicación y vigilancia - Proporcionar información adicional que solicite, para la supervisión y seguimiento de los recursos.

  11. GASTOS INDIRECTOS 3% Para ser aplicados a las obras señaladas en el art. 33 LCF; para la verificación y seguimiento de las obras y acciones que se realicen, así como para estudios y evaluación de proyectos que cumplan con los fines específicos de este articulo. Anexo 3 de los lineamientos del Fism • PAGO DE SUPERVISION DE OBRA (remuneración al personal) • ESTUDIOS Y EVALUACION DE PROYECTOS • ADQ. DE MATERIAL Y EQUIPO FOTOGRAFICO • ADQ. DE EQUIPO TOPOGRAFICO • MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS, GASOLINA • VIATICOS (AUTORIZADO CABILDO) PARA COMUNIDADES RURALES. • SE DEBERA INTEGRAR EL EXPEDIENTE UNITARIO CON LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE COMO: PRESUPUESTO, FACTURAS, CONTRATOS, ORDENES DE COMPRA, DE SERVICIO, POLIZAS, TRASFERENCIAS ELECTRONICAS, ETC.

  12. PROGRAMA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 2% Que será convenido por la Sedesol, Gob. del edo. y municipio, podrán utilizarse para proyectos con la finalidad de fortalecer las capacidades de gestión del municipio, de acuerdo al catalogo de acciones establecido en los lineamientos del fondo que emita la Sedesol. Anexo 4 • CONVENIO (Municipio-Sedesol-Gob. del edo.) • DIAGNOSTICO, PROBLEMATICA • DESCRIPCION DEL PROYECTO • COSTO, OBJETIVO, JUSTIFICACION, METAS Financiamiento de actividades al fortalecimiento administrativo e institucional, para fortalecer al municipio en la gestión y calidad. SE DEBERA INTEGRAR EL EXPEDIENTE UNITARIO CON LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE COMO: PRESUPUESTO, FACTURAS, CONTRATOS, ORDENES DE COMPRA, DE SERVICIO, POLIZAS, TRASFERENCIAS ELECTRONICAS, INVENTARIO, RESGUARDO, ETC.

  13. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las demarcaciones territoriales del D.F (FORTAMUN-DF) Ley de coordinación fiscal Articulo 37 Las aportaciones federales que reciban los municipios, se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras , al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, descargas de aguas residuales, a la modernizacion de los sistemas de recaudacion local, mantenimiento de infraestructuray a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad publica de sus habitantes. Los municipios tendrán las mismas obligaciones a que se refiere el art 33 apartado B, fracción II, inciso a y c de la LCF.

  14. DIFUSION DE LAS OBRAS, ACCIONES E INVERSIONES FISM Y FORTAMUN • Los municipios deberán hacer del conocimiento a través de la pág. oficial del internet, conforme a los lineamientos de información publica financiera en línea del consejo de armonización contable, el monto asignado, el costo, ubicación, metas, beneficiarios, de las obras y acciones a realizar, • Los municipios deberán informar a los habitantes al termino de cada ejercicio los resultados alcanzados, a través de la pág. oficial del internet, • Constituir el Coplademun, las obras estén amparadas por la solicitud, constituir comités comunitarios, • Informes trimestrales a la SHCP y su publicación, Art. 48 LCF). • Aperturar una cuenta, mantener registros específicos de cada fondo, presentar documentación original que justifique y compruebe el gasto y se deberá cancelar la documentación en la leyenda de “OPERADO”. Art. 69 y 70 LGCG. • Las retenciones efectuadas se hayan enterado ISR, IMSS. ISSSTE, Inspección y vigilancia, tener la comprobación.

  15. Propuesta de inversión: Demandas, solicitudes, actas de los subcomités sectoriales, actas del Coplademun, presupuesto de egresos, poa, etc. Expediente técnico: presupuesto base, tarjetas de análisis p.u, permisos de construcción, estudio o dictamen de impacto ambiental, orden de ocupación, croquis de ubicación, planos del proyecto, acta constitutiva del comité, oficio de validación o aprobación. Procedimiento de contratación, ejecución y entrega. El expediente unitario de la obras, acciones e inversiones: Deberán contener todos los documentos, que sean pruebas fehacientes de que los procesos para la ejecución de las recursos públicos, se han apegado al marco normativo que rige sobre la materia.

  16. Ing. Luis Alfonso Briceño Herrera Director a la fiscalización a la obra publica en la zona sur Correo electrónico luis.briceno@aseqroo.gob.mx

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