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Superintendencia de Sociedades de Colombia

Superintendencia de Sociedades de Colombia Es un organismo técnico , mediante el cual el Presidente de la República de Colombia ejerce las funciones de INSPECCIÓN, VIGILANCIA y CONTROL de las SOCIEDADES MERCANTILES Y funciones especiales en relación con otras personas jurídicas o naturales

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Superintendencia de Sociedades de Colombia

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Presentation Transcript


  1. Superintendencia de Sociedades de Colombia Es un organismo técnico, mediante el cual el Presidente de la República de Colombia ejerce las funciones de INSPECCIÓN, VIGILANCIA y CONTROL de las SOCIEDADES MERCANTILES Y funciones especiales en relación con otras personas jurídicas o naturales Tiene personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio

  2. La SUPERSOCIEDADES ejerce simultáneamente: • Funciones JURISDICCIONALES en materia concursal (reorganización y/o reestructuración de empresas en crisis, y su eventual liquidación) • SUPERVISIÓN de las SOCIEDADES del sector real de la economía colombiana.

  3. DOING BUSINESS IN COLOMBIA 2009 Cierre de una empresa Cierre de una empresa DB09 rank:30 Cierre de una empresa DB08 rank:28 cambio:-2 El tiempo y costo requerido para resolver una situación de bancarrota se explica enseguida. Los datos muestran debilidades en la ley y dificultades procesales y administrativas durante el proceso de bancarrota. La tasa de recuperación también se muestra y esta expresada en términos de cuantos centavos por cada dólar recibe el demandante por parte de la firma insolvente.

  4. SOCIEDADES INSPECCIONADAS, VIGILADAS Y CONTROLADAS • FUNCIONES DE SUPERSOCIEDADES SOBRE ELLAS: • Análisis de riesgo (predicción de Insolvencia) • Velar por el cumplimiento de las normas • Impulsar buenas prácticas de Gobierno Corporativo • Conciliación • SIREM

  5. LEY 550 - ACUERDOS DE REESTRUCTURACIÓN 2000 - 2007

  6. LEY 1116 - ACUERDOS DE REORGANIZACIÓN

  7. LEY 222 DE 1995 - LIQUIDACIÓN OBLIGATORIA

  8. LEY 1116 – LIQUIDACIÓN JUDICIAL

  9. 1. RÉGIMEN DE INSOLVENCIA COLOMBIANO • CARACTERÍSTICAS. El Régimen de insolvencia Empresarial en la República de Colombia fue expedido a finales del año 2006, entrando en vigencia en junio de 2007, a través de la Ley 1116 • Tiene una doble finalidad: • La protección del crédito y • La conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo • Es de naturaleza judicial

  10. 1. RÉGIMEN DE INSOLVENCIA COLOMBIANO • Dirigido al sistema empresarial, no aplica a la persona natural no comerciante • Lo administran judicialmente la Superintendencia de Sociedades, como organismo administrativo con facultades jurisdiccionales de manera excepcional, y los jueces civiles del Circuito • Tiene dos clases de procesos: la reorganización y la liquidación judicial • Se apoya en auxiliares de la justicia: promotor y liquidador

  11. 1. RÉGIMEN DE INSOLVENCIA COLOMBIANO • Está sustentado en la información jurídica, contable y financiera de la empresa en crisis. El comportamiento del empresario como “un buen hombre de negocios” es importante para este régimen • Está soportado en principios especiales, que hacen que sus normas sean autónomas, de aplicación preferencial y de obligatorio cumplimiento en aras de proteger el orden público, económico y social • El juez tiene facultades especiales, entre otras, para solicitar información útil y decretar medidas de protección y custodia de los bienes del deudor (embargo, secuestro, etc.).

  12. NORMAS ANTERIORES • Código de Comercio de 1971 • Decreto 350 de 1989 • Ley 222 de 1995 • Ley 550 de 1999

  13. B. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES ÚLTIMAS REFORMAS La ley 222 contenía la regulación de la liquidación obligatoria como proceso de carácter judicial, el cual era demasiado largo e inoperante Ley 550(expedida a raíz de crisis sistémica a finales de los años 90) introdujo el acuerdo de reestructuración como sistema de carácter contractual: no existía juez sino múltiples autoridades administrativas (superintendencias, cámaras de comercio y Ministerio de Hacienda) creando acuerdos sin revisión legal, poniéndose en riesgo a la empresa y acreedores

  14. C. INFLUENCIAS SISTEMAS NORTEAMERICANO Y EUROPEO En general el Régimen de Insolvencia Colombiano se inspira en los trabajos de la Comisión de las Naciones Unidas para la Unificación del Derecho Mercantil Internacional – CNUDMI

  15. C. INFLUENCIAS SISTEMAS NORTEAMERICANO Y EUROPEO DEL SISTEMA NORTEAMERICANO Se tomaron la figura de la confirmación del acuerdo por parte del juez y la posibilidad de que el deudor busque la renegociación con los acreedores por contratos de tracto sucesivo, como las entidades de leasing y contratos de arriendo en general

  16. C. INFLUENCIAS SISTEMAS NORTEAMERICANO Y EUROPEO DEL DERECHO EUROPEO. Se tomó la tendencia de que el juez debe contar con un auxiliar de la justicia para apoyar su gestión en la administración de los procesos, pues se descongestiona el procedimiento y las diferentes tareas asignadas por la ley, en aras de proteger la empresa

  17. C. INFLUENCIAS SISTEMAS NORTEAMERICANO Y EUROPEO No obstante, fueron tenidos en cuenta comentarios y sugerencias de gremios, entidades públicas y privadas y abogados colombianos Igualmente experiencias, aportes doctrinales y jurisprudenciales de la Superintendencia de Sociedades en 38 años, desde la expedición del Código de Comercio en 1971

  18. 2. OPERACIÓN TÍPICA DE LA REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL O INSOLVENCIA CARACTERÍSTICAS DE LA LEY 1116 El juez concursal confirma el acuerdo de reorganización El juez concursal confirma el acuerdo de adjudicación en la liquidación judicial Los procesos de insolvencia buscan celeridad con garantía del derecho de defensa

  19. 2. OPERACIÓN TÍPICA DE LA REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL O INSOLVENCIA CARACTERÍSTICAS DE LA LEY 1116 Los bienes siempre se venden o adjudican por el valor comercial determinado en los avalúos, buscándose un aprovechamiento del patrimonio del deudor Contiene el Régimen de Insolvencia Transfronterizo

  20. 2. OPERACIÓN TÍPICA DE LA REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL O INSOLVENCIA APERTURA. Puede iniciarse por solicitud del deudor o de acreedor calificado, o de oficio (función exclusiva de Supersociedades) EFECTOS. Suspensión de procesos ejecutivos ADMINISTRACIÓN. En reorganización, la administración y órganos sociales continúan con las limitaciones del proceso; en liquidación los administradores quedan separados FINANCIAMIENTO DE LA EMPRESA.

  21. 2. OPERACIÓN TÍPICA DE LA REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL O INSOLVENCIA PAPEL DE DEUDORES Y ACREEDORES. Las partes, en liquidación y reorganización, son los acreedores PREPARACIÓN Y APROBACIÓN DEL ACUERDO. El Juez lo aprueba o rechaza EJECUCIÓN DEL ACUERDO DE REORGANIZACIÓN. El acuerdo es ley para las partes; las mayorías se imponen sobre las minorías EJECUCIÓN. Está a cargo de los deudores y acreedores *En Colombia no está limitado el plazo para terminación del proceso

  22. 2. OPERACIÓN TÍPICA DE LA REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL O INSOLVENCIA REUNIONES ANUALES. El pleno de acreedores debe reunirse anualmente MODIFICACIÓN. Los acuerdos son susceptibles de ser modificados tantas veces se requiera

  23. 2. OPERACIÓN TÍPICA DE LA REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL O INSOLVENCIA OTROS TRIBUNALES O ENTIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALIZADAS FUNCIÓN DUAL AL INTERIOR DE SUPERSOCIEDADES. Hay dos áreas que son interdependientes (Delegaturas) y frente a otras Entidades del Estado (ministerios) El Juez Civil del Circuito SELECCIÓN, EVALUACIÓN Y REMOCIÓN DE ADMINISTRADORES. Ley 1116 contempla sorteo de los administradores, previo cumplimiento de requisitos REMOCIÓN. Por el Juez (sanción) o acreedores

  24. 2. OPERACIÓN TÍPICA DE LA REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL O INSOLVENCIA COOPERACIÓN O INTERCAMBIO CON OTROS PAÍSES: Régimen de Insolvencia Transfronteriza establecido en la Ley 1116 PROCESOS ARBITRALES O DE CONCILIACIÓN. El Juez ejerce como conciliador para algunos trámites del proceso, y el promotor (administrador designado por el Estado) puede promover la conciliación

  25. POSIBLES DESAFÍOS ANTE CRISIS SISTÉMICA Ley 550 se expidió ante crisis sistémica de Colombia al final de la década de los 90 Capacidad institucional: Supersociedades tiene 70 años de experiencia; cuenta con oficinas en las 7 principales ciudades del país; alto nivel profesional de la Entidad y alta permanencia de sus funcionarios

  26. POSIBLES DESAFÍOS ANTE CRISIS SISTÉMICA MEDIDAS EFECTIVAS. Medidas preventivas en Decreto 4350 de 2006, que contempla todo el universo de vigiladas Otras superintendencias con distintos modelos de supervisión (financiera, puertos y transporte, salud, servicios públicos, vigilancia y seguridad privada…) pero la competencia de Supersociedades es residual frente a todas, excepto la Financiera. Simposio Internacional con superintendencias en agosto de 2009 en Bogotá D.C.

  27. EXPERIENCIAS RECIENTES DE LA APLICACIÓN DEL MARCO LEGAL • Estadísticas de Ley 550 (diapositivas 5, 6, 7 y 8) • Mejoramiento en tiempos • REFORMAS LEGALES E INSTITUCIONALES PROPUESTAS • Reciente Ley 1116 no hace prever reforma pronta

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