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AIROTSIH III

1939. 1910. AIROTSIH III Siguen apareciendo documentos, que ponen al descubierto la manipulación oficial, de las agencias del Estado Colombiano y la negligencia del Ejecutivo, para garantizar los Derechos Constitucionales, que juro cumplir . 1921. MINISTRO vs. Ministro

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AIROTSIH III

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  1. 1939 1910 AIROTSIH III Siguen apareciendo documentos, que ponen al descubierto la manipulación oficial, de las agencias del Estado Colombiano y la negligencia del Ejecutivo, para garantizar los Derechos Constitucionales, que juro cumplir. 1921 MINISTRO vs.Ministro (1969-1993) (1996-2009)

  2. Explotación de campos de petróleo en la Costa Atlántica. • Despachos de prensa recibidos de Colombia indican el gran suceso de la compañía explotadora de petróleo de los campos del distrito de Tubará, provincia de Barranquilla, ahora serán rápidamente desarrollados. La compañía en referencia es una corporación Canadiense, organizada en Toronto bajo el nombre de Atlantic Oil Co. (anteriormente la Colombian Oil & Gas Co.), con un capital de $ 4,000,000. • Cuatro pozos de 10 pulgadas han sido ya abiertos, y los ingenieros están ahora creando tres pozos más de 14 pulgadas de ancho. En Las Perdices, la localización de los pozos, una colonia ha sido establecida con 20 casas y un hospital para trabajadores. • La calidad del petróleo es excelente, y el producto fue galardonado con el primer premio en la Exposición Centenaria realizada en Bogotá en julio de 1910 • Fuente:Bulletin of the Pan American Union. Vol. XXXII. January-June, 1911. • En la siguiente diapositiva, veremos el reconocimiento del ex Ministro Rodolfo Segovia, dado en la conferencia internacional de ARPEL: Asociación Regional de Empresas de Petróleo y Gas Natural en Latinoamérica y el Caribe, a los descubrimientos de hidrocarburos en esas regiones.

  3. HYDROCARBON DISCOVERY (AFTER TITUSVILLE, 1859) DATES DISCOVERING WELLS ARGENTINA 1907 Comodoro Rivadavia BOLIVIA 1924 Bermejo-2,Tarija BRAZIL 1939 Candeis, Recôncavo CHILE 1945 Springhill, Magallanes COLOMBIA 1886 Las Perdices. Atlantic 1921 La Cira – Infantas, Sant. PERÚ 1883 Zorrillos, Tumbes URUGUAY …. VENEZUELA 1914 Zumaque -1, Lago de Maracaibo Fuente: “History and Transformation of the oil and gas industry in Latin America”, por Rodolfo Segovia, ex Ministro de Minas y Energía de Colombia. ARPEL40 años (1965-2005). Conferencia, octubre 2005.

  4. Pronunciamiento en 1993 En 1993, el Ministro de Minas y Energía: Nule Amín, se pronunciaba categóricamente y en nombre del Gobierno Nacional, sobre el concepto que debía primar en cuanto al definir y reconocer las propiedades privadas del subsuelo de petróleo (bajo la Ley interpretativa y sin violar el articulo constitucional 332, a las excepcionalidades). Y lo expresa, enfatizando: Sin añadir conceptos extrajudiciales (expropiación de facto), con la celosa aplicación de medidas cautelares (garantiza imparcialidad) y sobre todo respetando (sin anticiparse a la Sentencia Judicial).

  5. Carta del Ministro Nule Amin • Santafé de Bogotá, D.C.., 07 de abril de 1993. • Honorables Senadores Comisión • y Senado de la República, • Atentamente: Presidente doctor Jairo Calderón Sossa. • Ciudad • Respetados Honorables Senadores: •                                                        Causa gran preocupación al Gobierno Nacional -Ministerio de Minas y Energía- la propuesta formulada p0r el honorable Senador Álvaro Araújo que fue aprobada en el seno de esa comisión el día miércoles 31 de marzo pasado referente a abrir a debate nuevamente, el proyecto de Ley de la referencia, como resultado de una serie de comunicaciones telegráficas enviadas por los alcaldes de algunos municipios que dicen tener sentencias de la Corte Suprema de Justicia mediante las cuales se les han concedido derechos de propiedad sobre el subsuelo de la nación. • Reabrir el debate del proyecto de Ley en mención resulta improcedente porque lo que este pretende es interpretar por vía de autoridad, con base en los Artículos 14 y 25 del Código Civil, la Ley 20 de 1969 y la Ley que interpreta no puede ir mas allá de la Ley interpretada, situación que se daría de incluirse en el proyecto de Ley que se debate un tratamiento especial a los municipios frente a los particulares. • Por otro lado, los municipios que alegan que una sentencia de la Corte les reconoció la propiedad sobre el subsuelo, tuvieron las mismas oportunidades que los particulares para demostrar en el término que la ley estableció para el efecto, la existencia de un yacimiento mediante perforación, requisito exigido, entre otros (*), por la ley que se interpreta (Ley 20 de 1969) para poder tener la calidad de propietario del subsuelo. Al no demostrarse por los municipios la existencia de este yacimiento a más tardar a la fecha en que comenzó su vigencia la Ley 20 de 1969, (22 de diciembre) el subsuelo reclamado continúa en poder de la nación, propietaria legitima por mandato constitucional y legal. • Para el Gobierno Nacional uno de los aspectos más importantes del proyecto de ley es el que se refiere a la adopción de medidas cautelares (**) de embargo y secuestro de los dineros en pleito entre la nación y particulares. Hasta tanto las autoridades judiciales emitan el fallo correspondiente (***), medidas con los cuales se están protegiendo los bienes del Estado y al mismo tiempo se les esta garantizando a los particulares su pago si al final de los procesos adelantados estos resultan favorecidos con el fallo. • Cordialmente, • Guido Nule Amín, Ministro de Minas y Energía. • Fuente: Periódico El Heraldo-Política. Articulo: “Debate de la propiedad del subsuelo. El Gobierno está preocupado: Nule”. Barranquilla, jueves 15 de abril de 1993. Página 10ª // El énfasis, en bold, es nuestro.

  6. CITAS CITABLES • ‘Hasta 1918 se habían taladrado ocho pozos en la región de Las Perdices, ... compañía canadiense y se continuaron en 1913 por la compañía Kelly Oil Company’. • Fuente: La industria del petróleo en Colombia: Estudio elaborado • By Félix Mendoza, Benjamin Alvarado • Published by Ministerio de la economía nacional, Departamento de petróleos, 1939 • Original from the University of Michigan. Digitized Aug 1, 2007. 217 pages

  7. INGEOMINAS • Mapa del Ingeominas. • Localización de los recursos minerales del Departamento del Atlántico. • En su Leyenda (lado inferior izquierdo), se identifica un ítem correspondiente a ‘Pozo Petrolero’ y los correspondientes, a los Linderos de la PP Corintuba, le fueron dados a Lewis Energy de Texas. ‘En 1907 se realizaron algunas perforaciones en Las Perdices, lugar próximo a Barranquilla’: Historia extensa de Colombia • By Luis Martínez Delgado, Academia Colombiana de Historia • Published by Ediciones Lerner, 1964 • Original from the University of Virginia • Digitized Apr 4, 2008

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