1 / 19

por el pueblo que quieres

por el pueblo que quieres. www.actuatorre.org. LA MISMA LLAVE QUE SIRVE PARA ABRIR. PUEDE SER USADA TAMBIEN PARA CERRAR. MUY IMPORTANTE : ¿CUÁNTO PUEDE CONTROLAR EL PLENO MUNICIPAL A UN ALCALDE?. ¿Un alcalde con minoría en el Pleno estará totalmente atado de manos?.

Download Presentation

por el pueblo que quieres

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. por el pueblo que quieres www.actuatorre.org

  2. LA MISMA LLAVE QUE SIRVE PARA ABRIR... PUEDE SER USADA TAMBIEN PARA CERRAR

  3. MUY IMPORTANTE : ¿CUÁNTO PUEDE CONTROLAR EL PLENO MUNICIPAL A UN ALCALDE? ¿Un alcalde con minoría en el Pleno estará totalmente atado de manos?

  4. Hay quien cree que • UN ALCALDE, GOBERNANDO EN MINORÍA: • TENDRÁ QUE HACER SIMPRE LO QUE DIGA LA MAYORÍA DE LOS CONCEJALES DEL PLENO MUNICIPAL ¿estás seguro?

  5. Hay quien cree que • Basta con controlar las votaciones en el Pleno Municipal • Para poder lograr que el Alcalde y su equipo de gobierno nos gobiernen como decida la mayoría de los concejales • Para impedir que el Alcalde y su equipo de gobierno hagan lo que les parezca conveniente ¿estás seguro?

  6. “VECINOS POR TORRELODONES” HA DICHO: • Ante la posibilidad de pactar con otras fuerzas políticas preferimos tener un gobierno en minoría del PP • Los votos que recibamos en mayo no servirán para “SOSTENER” a nadie que no esté en nuestra lista electoral.

  7. “VECINOS POR TORRELODONES” HA DICHO: (En su portal web lo puede leer cualquiera) • ¿Vamos a realizar pactos con las otras fuerzas políticas? : • Nuestra respuesta es clara y rotunda: no vamos a pactar con ninguna fuerza política ni antes ni después de las elecciones. [ ] • ... debéis saber que no vamos a utilizarlo para abaratar el proyecto en el que habéis confiado. V por T no es un atajo que termine en una mayoría en forma de coalición a dos, tres o cuatro bandas.. [ ] Los votos que recibamos en mayo no servirán para sostener a nadie que no esté en nuestra lista electoral. • fuente : http://www.vecinosportorrelodones.org/partido-preguntas-respuestas.htm#2

  8. “VECINOS POR TORRELODONES” HA DICHO: (En su portal web lo puede leer cualquiera) Fuente: Bitácora de Elena Biurrum / Candidata a la alcaldía de Vecinos por Torrelodones: Va de pactos / Jueves 3 de mayo de 2007/ 11:29 h.: • Estimado amigo: Permíteme que te comente algo que jamás nos cansaremos de repetir: Vecinos por Torrelodones no ha pactado con nadie antes de las elecciones; no pensamos pactar con nadie durante la campaña ni tampoco lo vamos a hacer una vez se conozcan los resultados. Es importante que sepas que no tenemos la más mínima intención de llegar a la Alcaldía a cualquier precio. Ante la posibilidad de pactar con otras fuerzas preferimos tener un gobierno en minoría del PP. • Si conoces a alguno de los componentes de la candidatura te animo a que les plantees tu duda. Verás como todos y cada uno de ellos te confirma este compromiso en los mismos términos que estoy usando en estos momentos.Un cordial saludo. ELENA BIURRUM

  9. Si esto es lo que quieres... dales tu apoyo, pero...

  10. el ciudadano debe saber que: • Según la legislación vigente sobre competencias de los órganos municipales • un alcalde, aún gobernando en minoría, fuera o no del PP, • legalmente podría ejercer, entre otras muchas competencias, • y sin necesidad de aprobación previa por parte del Pleno de Torrelodones (que es el único órgano municipal donde estaría en minoría el alcalde al votar algunos asuntos del municipio) las siguientes competencias unipersonales del Alcalde...

  11. Atribuciones exclusivas de un Alcalde, con y sin mayoría en el Pleno municipal • (LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL)Art. 21.1. El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones: • f)El desarrollo de lagestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por 100 de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. • j)Las aprobaciones delos instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

  12. Atribuciones exclusivas de un Alcalde, con y sin mayoría en el Pleno municipal • k) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamientoen las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación. • m)Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno. ( pero después de adoptadas) • ñ)Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los seis millones de eurosincluidas las de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatroaños, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

  13. Atribuciones exclusivas de un Alcalde, con y sin mayoría en el Pleno municipal • o) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto. • p)La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni lostres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos: 1.° La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el presupuesto. 2.° La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el presupuesto. • q)El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. • s)Todas las demásque expresamente le atribuyan la leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales.

  14. Atribuciones exclusivas de un Alcalde, con y sin mayoría en el Pleno municipal • Estas son algunas, pero no son todas las atribuciones que recaen en la persona del Alcalde de un municipio También le corresponde al Alcalde legalmente otras como: la contratación y despido del personal laboral, la separación del servicio de funcionarios, la Jefatura de la Policía Local, etc. puedes conocer más en: LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL LEY 57/2003, DE 16 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DEL GOBIERNO LOCAL LEY 51/2002, DE 27 DE DICIEMBRE, DE REFORMA DE LA LEY 39/1988, DE 28 DE DICIEMBRE, REGULADORA DE LAS HACIENDAS LOCALES R D 2568/1986, DE 28 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES LOCALES, etc

  15. Si esto es lo que quieres... Dales tu apoyo, pero,

  16. PERO Si lo que quieres es... que todo eso cambie en Torrelodones y sean los propios ciudadanos y ciudadanas quienes puedan controlar de forma efectiva y permanente, cada vez que sea necesario, las decisiones de los gobernantes municipales...

  17. ... no renuncies a ello, porque ¡es tu derecho! ¡es completamente posible! ... no renuncies a ello, porque es más fácil de lo que imaginas

  18. No basta quizás con tener LA LLAVE... ...ES NECESARIO, ADEMÁS, ¡ USARLA CORRECTAMENTE !

  19. por el pueblo que quieres www.actuatorre.org

More Related