1 / 9

FINANCIAMIENTO TEMPORAL

FINANCIAMIENTO TEMPORAL. NORMATIVIDAD.

salaam
Download Presentation

FINANCIAMIENTO TEMPORAL

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. FINANCIAMIENTO TEMPORAL

  2. NORMATIVIDAD • La Resolución Directora N° 053-2013-EF/52.03 señala que el Financiamiento Temporal constituye Recursos que las Ues del Gobierno Nacional, Regional y Local pueden obtener de manera directa de las entidades del Sistema Financiero Nacional sujeto a reembolso dentro del mismo Año Fiscal en el que se acuerda el financiamiento. • El propósito es cubrir los descalces estacionales de los ingresos respecto a los pagos en el año fiscal en las fuentes de financiamiento diferentes de Recursos Ordinarios. • La norma establece procedimientos administrativos a través del SIAF. • La norma adicionalmente está orientado a controlar: - El desembolso de los Recursos del Financiamiento Temporal - La efectiva percepción de los fondos materia de dicho financiamiento. - El reembolso del financiamiento (pago de las cuotas al banco). - Identificación de la utilización de los recursos del Financiamiento.

  3. ESQUEMA GENERAL DEL PROCEDIMIENTO DE FINANCIAMIENTO CONCERTACIÓN DEL PRÉSTAMO UTILIZACIÓN DEL PRÉSTAMO BANCO BANCO UE METAS Operaciones con el Financiamiento GASTOS INGRESOS Agentes Deudores UE BANCO Operaciones con la percepción real de los ingresos INGRESOS REALES REEMBOLSO PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICEMBRE

  4. ESQUEMA GENERAL DEL PROCEDIMIENTO APLICADO EN EL SIAF ADMMÓDULO DE DEUDA: OPERACIONES DE TESORERÍA INGRESOS (FD) GASTOS (N) BANCO BANCO UE METAS Operaciones con el Financiamiento Clasificador 263221 Maquinaria Equipo Clasificador 1339214 Publicaciones Ingresos reales Y/g Reembolso y/G FT Agentes Deudores UE BANCO Operaciones con la percepción real de los ingresos 1- Sin clasificador presupuestal Sin clasificador presupuestal 000000498 000000257 2- Con clasificador PPTAL para control 1339214 Registro para efecto sólo de control

  5. INGRESO POR EL DESEMBOLSO DEL ENTE FINANCIADORSe elige Clasificador 1339214 que requiere “adelanto” de recursos a cuenta de captaciones 2014.

  6. INGRESOS REALES CAPTADOS POR LA UE Y GASTOS PARA PAGAR PRÉSTAMOEN EL RECAUDADO: CONTROL PARA CLASIFICADOR FINANCIADO.El control se activa al invocar Exp. Fin. Temporal 0000075 y visualizo en Documento B Recaudado

  7. INGRESOS REALES CAPTADOS POR LA UE Y GASTOS PARA PAGAR PRÉSTAMOEN EL RECAUDADO: CONTROL PARA CLASIFICADOR FINANCIADO.El control se activa al invocar Exp. Fin. Temporal 0000075 y visualizo en Documento B Compromiso

  8. ASPECTOS COMPLEMENTARIOS • Para aplicar la normatividad señalada y la RD 031 del 10-04-2014 deben tener en cuenta los usuarios: 1.- Contar con los Créditos Presupuestales suficientes en la FF materia del financiamiento. 2.- Seleccionar cuidadosamente el o los clasificadores de ingresos de la FF que la UE identifique que tendrá una efectiva recaudación en el ejercicio para que este sea materia del financiamiento. 3.- Haber registrado la Certificación del Gasto materia del financiamiento. 4.- Los ingresos por desembolso del Banco se registran con el TR vinculado a la ctacte que lo recepciona. 5.- Los giros o desembolso de los recursos provenientes del financiamiento temporal, para gastarlo presupuestalmente, se realizará a través de la Cta bancaria de la FF materia del F.T. 6.- En el caso de RDR y RD los gastos se realizarán registrando en sus respectivas cuentas centrales. 7.- No olvidar que esta operación del FT es válido sólo dentro de un ejercicio presupuestal. El sistema podrá controlarlo administrativa y contablemente. 8.- Sin embargo, el sistema podrá registrar la operación del pago por reembolso sin existir el Ingreso. La contaduría deberá establecer procedimientos contables en este caso. 9.- Pedir que el BN informe a la DGETP la existencia de este FT para que parte de la Asignación Financiera, si fuera el caso, el Tesoro lo deposite en la cuenta que corresponda al cobro del BN. 10.- No es aceptable que al finalizar el ejercicio exista deudas por FT para ser pagadas en otro ejercicio.

  9. RECOMENDACIONES • El sistema de registro debe tener una validación para cuando se registre una operación de ingresos cuyo clasificador está vinculado a una operación de FT que aún no completado su percepción, este no sea en una operación de “Y” porque estará duplicando el registro del ingreso presupuestal. • El sistema debiera de tener una marca visible en los Reportes de Ingresos Presupuestales que aclare cuanto de lo recaudado se refiere a un financiamiento temporal para una mejor interpretación de la información. • El sistema debiera tener flexibilidad más adelante, que permita reemplazar los clasificadores iniciales de ingresos seleccionados para el FT por otros de efectiva percepción, especialmente en determinadas FF.

More Related