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EXPROPIACIONES

EXPROPIACIONES. Valoración del perjuicio. Aspectos legales. Legislación aplicable Ley de Expropiación 1954. Proceso Expropiación. Expediente de expropiación forzosa debe respetar unas normas Declaración de utilidad pública o de interés social Declaración de necesidad de ocupación

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EXPROPIACIONES

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Presentation Transcript


  1. EXPROPIACIONES Valoración del perjuicio

  2. Aspectos legales • Legislación aplicable • Ley de Expropiación 1954 Risc Valor

  3. Proceso Expropiación • Expediente de expropiación forzosa debe respetar unas normas • Declaración de utilidad pública o de interés social • Declaración de necesidad de ocupación • Determinación “justo precio” Risc Valor

  4. 15 días (6 meses) 20 días • Expediente Expropiación • Listado de bienes o derechos a expropiar Proceso Expropiación Interviene: Afectado Administración (si hay acuerdo) Jurado Provincial de Expropiación (si no hay acuerdo) Cualquier persona puede: Rectificar errores Oponerse a motivos de ocupación Administración Examina los casos Publica y notifica individualmente a los afectados Administración determina: Motivo Expropiación Bienes a ocupar Determinación Valor: JUSTO PRECIO Risc Valor

  5. Proceso Valoración • Según Ley de Expropiación (art. 29 y 30) • Los propietarios en el plazo de 20 días desde la notificación, podrán concretar el valor de lo expropiado en hoja de aprecio. • La valoración debe ser motivada • Puede estar avalada por un perito Risc Valor

  6. Proceso Valoración • Según Ley de Expropiación (art. 29 y 30) • La Administración en el plazo de 20 días deberá aprobar o rechazar la valoración presentada por el expropiado • Caso de aceptación  determinación definitiva del justo precio y pago antes de ocupación Risc Valor

  7. Proceso Valoración • Caso de NO aceptación  Jurado provincial Expropiación determinará y notifica al expropiado un valor. El propietario en el plazo de 10 días podrá: • Aceptar  Pago • Rechazar  Presentar alegaciones oportunas Risc Valor

  8. Afectado por expropiación(*): Concretar el valor (*) Afectado: propietario de bienes/ explota o realiza una actividad en un local … Administración: Rechazar o aprobar el valor determinado por el afectado Jurado Expropiación Determina y notifica el valor de los bienes afectados x 20 días 20 días Desde Notificación Administración: Si aprueba el valor determinado por el afectado  Pago Justo precio Afectado: Notificado el valor tiene 10 días para aceptar o rechazar Proceso Valoración Risc Valor

  9. Enfoque de la Valoración

  10. Valoración del Perjuicio • Elementos a valorar • Pérdida directa de los bienes y elementos no trasladables : • Instalaciones , obras... • Derechos arrendaticios • Gastos de traslado de bienes y elementos • Pérdida transitoria de actividad y de beneficio • Gastos de honorarios técnicos y permisos • Costes de acondicionamiento del nuevo local Risc Valor

  11. Valoración del Perjuicio • Valoración del perjuicio económico • Análisis de los costes directos en explotación • Diferencial de los beneficios generados en el futuro VALORACIÓN DINÁMICA DE LA CÍA analizando la situación antes y después de la expropiación Risc Valor

  12. Valoración del Perjuicio Económico • Diferencial del beneficio generado • Valor en dimensión actual (Valor A) • Análisis de los últimos 3 ejercicios cerrados • Estimación cuenta de resultados futura • Cálculo de valoración por descuento del beneficio en la dimensión actual (Valor A) • Valor en dimensión post expropiación (Valor B) • Análisis de la variabilidad de partidas de la cuenta de resultados. • Cálculo de la capacidad de producción post expropiación Risc Valor

  13. Valoración del Perjuicio económico • Diferencial del beneficio generado • Estimación de la cuenta de resultados en dimensión post expropiación, teniendo en cuenta que, • las ventas tienen una relación directa con la capacidad de producción • En expropiación temporal ( lo que dure) • En expropiación definitiva ( indefinida) • Existirán gastos extraordinarios sobrevenidos Risc Valor

  14. Valoración del Perjuicio económico • Diferencial del beneficio generado Perjuicio económico total = Destrucción de valor • COSTES DIRECTOS • DIFERENCIA ENTRE VALOR A Y B Risc Valor

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