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Caracas- Venezuela de 2007

Gerencia de Asistencia Técnica Comunitaria . CARACAS-VENEZUELA 2007. Caracas- Venezuela de 2007. Caracas, Agosto de 2007. Comité Comunitario de Personas con Discapacidad. COMITES COMUNITARIOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Unidades Municipales

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Caracas- Venezuela de 2007

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Presentation Transcript


  1. Gerencia de Asistencia Técnica Comunitaria CARACAS-VENEZUELA 2007 Caracas- Venezuela de 2007 Caracas, Agosto de 2007 Comité Comunitario de Personas con Discapacidad COMITES COMUNITARIOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

  2. Unidades Municipales • Articulo 65: El Consejo Nacional Para las Personas con Discapacidad creara Unidades Municipales para las personas con Discapacidad, para lo cual podrá celebrar convenios con los Municipios. Este consejo determinara, según la población y las condiciones Geográficas de acceso que atienda a uno o varios Municipios. • Funciones y Competencias • Proponer al Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad estrategias y proyectos en materia de atención integral a las personas con discapacidad. • Ejecutar directrices en materia de atención integral a las personas con discapacidad, señaladas por el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad. • Promocionar la conformación de los comités comunitarios de personas con discapacidad y participación de las personas con discapacidad para el ejercicio de la contraloría social, la toma de decisiones sobre la planificación y el control de políticas especificas en las instituciones y servicios. CARACAS-VENEZUELA 2007 Caracas- Venezuela de 2007 Comité Comunitario de Personas con Discapacidad COMITES COMUNITARIOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

  3. Funciones y Competencias 4- Fomentar el interés de la sociedad, la familia y la comunidad organizada sobre la participación y atención integral a las personas con discapacidad. 5- Certificar la condición de personas con discapacidad de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el articulo 6 de esta ley. 6- Realizar y mantener actualizado un registro municipal de personas con Discapacidad y de los órganos y entes de la Administración Publica Nacional, Estadal y Municipal, y de todas las Personas Naturales y Jurídicas de derecho privado dedicadas a su atención integral.

  4. Comités Comunitarios de Personas con Discapacidad Instancias de participación y protagonismo pleno de las personas con Discapacidad para: Ejercer funciones Especificas Atender Necesidades y desarrollar las potencialidades de las personas con discapacidad. Viabilizar, organizar y priorizar todas las ideas, propuestas, solicitudes, necesidades y aportespara que mediante sus voceros se presenten ante los Consejos Comunales y los Consejos Locales de Planificación Publica.

  5. Comités Comunitarios de Personas con Discapacidad Artículo 49. Los comités comunitarios de personas con discapacidad son las organizaciones de participación y protagonismo pleno de las personas con discapacidad para ejercer funciones específicas, atender necesidades y desarrollar las potencialidades de las personas con discapacidad, así como también viabilizar, organizar y priorizar todas las ideas, propuestas, solicitudes, necesidades y aportes para que mediante sus voceros se presenten ante los Consejos Comunales y los Consejos Locales de Planificación Pública. Los miembros de estos comités tendrán carácter ad-honorem. Comité Comunitario Son Organizaciones de Participación y Protagonismo Pleno de Personas con Discapacidad para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de las Personas Con Discapacidad, para que mediante sus voceros se Presenten ante los Consejos Comunalesy los Consejos locales de Planificación Publica.

  6. Pasos para la conformación de los Comités Comunitarios de personas con Discapacidad Paso 01: Charla informativa sobre los comités comunitarios de personas con Discapacidad: Las personas que asisten a esta charla se constituyen en Activadores y Activadoras Comunitarias para la Inclusión Social de Personas con Discapacidad y Agrupados por Comunidades constituyen la Comisión Promotora para la constitución del Comité Comunitario de Personas con Discapacidad. Comité Comunitario Son Organizaciones de Participación y Protagonismo Pleno de Personas con Discapacidad para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de las Personas Con Discapacidad, para que mediante sus voceros se Presenten ante los Consejos Comunalesy los Consejos locales de Planificación Publica.

  7. Paso 02: Funciones de la Comisión Promotora para la Constitución del Comité Comunitario de Personas con Discapacidad: Con la información recibida en la charla la comisión promotora se organiza y con el apoyo de las diferentes instituciones oficiales y organizaciones comunitarias procede al levantamiento del Registro Preliminar Demográfico de Personas con Discapacidad para la conformación del Comité Comunitario de Personas con Discapacidad, este registro debe realizarse casa por casa en el ámbito geográfico correspondiente al Consejo Comunal respectivo. Comité Comunitario Son Organizaciones de Participación y Protagonismo Pleno de Personas con Discapacidad para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de las Personas Con Discapacidad, para que mediante sus voceros se Presenten ante los Consejos Comunalesy los Consejos locales de Planificación Publica.

  8. Paso 03: Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas con Discapacidad para la elección de los voceros y voceras de los comités comunitarios de personas con discapacidad: La Comisión Promotora con el apoyo del Consejo Comunal, en especial de la comisión electoral, convoca a todos y todas las personas con Discapacidad de la comunidad con la finalidad de elegir los voceros y voceras del Comité Comunitario de Personas con Discapacidad. Comité Comunitario Son Organizaciones de Participación y Protagonismo Pleno de Personas con Discapacidad para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de las Personas Con Discapacidad, para que mediante sus voceros se Presenten ante los Consejos Comunalesy los Consejos locales de Planificación Publica.

  9. Voceros y Voceras del Comité Comunitario de Personas con Discapacidad a elegir: 1 Vocero por Discapacidad Visual 1 Vocero por Discapacidad Auditiva 1 Vocero por Discapacidad Motora 1 Vocero por Discapacidad Intelectual (Familiares en primer grado de consanguinidad) 1 Vocero por Discapacidad Múltiple. Total: 5 voceros o voceras con sus suplente Comité Comunitario Son Organizaciones de Participación y Protagonismo Pleno de Personas con Discapacidad para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de las Personas Con Discapacidad, para que mediante sus voceros se Presenten ante los Consejos Comunalesy los Consejos locales de Planificación Publica.

  10. Paso 04: Proclamación del Comité Comunitario de Personas con Discapacidad: Una vez electos los voceros o voceras del Comité Comunitario de Personas con Discapacidad, se procede a su proclamación oficial por parte de la comisión electoral y demás autoridades del Consejo Comunal, mediante acta suscrita por todas las personas que participaron en el proceso de elección y demás personas presentes, en el caso de no presentarse la colaboración activa de los miembros del Consejo Comunal, las Personas con Discapacidad reunidas en Asamblea con la participación de mas del 75% de la población con discapacidad registrada, pueden realizar la elección de sus representantes, siendo el resultado de este proceso de aceptación obligatoria por parte de la directiva y demás órganos del Consejo Comunal Comité Comunitario Son Organizaciones de Participación y Protagonismo Pleno de Personas con Discapacidad para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de las Personas Con Discapacidad, para que mediante sus voceros se Presenten ante los Consejos Comunalesy los Consejos locales de Planificación Publica.

  11. Comité Comunitario Son Organizaciones de Participación y Protagonismo Pleno de Personas con Discapacidad para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de las Personas Con Discapacidad, para que mediante sus voceros se Presenten ante los Consejos Comunalesy los Consejos locales de Planificación Publica. Apoyo a los Comité Comunitario de Personas con Discapacidad Al Comité Comunitario de Personas con Discapacidad Se le debe facilitar el acceso de un representante en cada uno de los diferentes órganos de Dirección y Control del Consejo Comunal, con la finalidad que las Políticas Públicas que adelante el Poder Comunal en materia de Discapacidad sean efectivas.

  12. Funciones del Comité Comunitario de Personas con Discapacidad Los comités comunitariosde personas con discapacidad tendrán como objetivo fundamental las acciones dirigidas a la integración de personas con discapacidad a la comunidad y la participación en el mejoramiento de sus condiciones de vida, por medio de: La elaboración y asesoría de proyectos en materia de discapacidad. La priorización de las solicitudes de las personas con discapacidad ante el Consejo Comunal y el Consejo Local de Planificación Pública, correspondiente. La coordinación con distintas instituciones públicas para la creación y fortalecimiento de canales o redes de información entre los diferentes comités. La promoción de foros o charlas informativas y educativas inherentes al tema de las personas con discapacidad. La creación y desarrollo de programas o actividades educativas, deportivas, culturales y recreativas. La promoción de conformación de cooperativas, microempresas o cualquier otra forma asociativa que permita el empleo o inserción laboral a las personas con discapacidad. La participación en la formación, ejecución y control de la gestión pública en el área de discapacidad correspondiente a su ubicación geográfica y base poblacional. La contribución para la elaboración y el mantenimiento del registro de personas con discapacidad y de las instituciones dedicadas a su atención integral. La contribución para el registro de las personas con discapacidad en condiciones de ingresar al mercado laboral, cuya información debe ser enviada a la unidad municipal de personas con discapacidad correspondiente.

  13. FIN DE LA PRESENTACION

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