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Proyectos de ley sobre Eutanasia en Chile: una valoración biojurídica Dr. Max Silva Abbott

Proyectos de ley sobre Eutanasia en Chile: una valoración biojurídica Dr. Max Silva Abbott. Curso de Bioética para Sacerdotes Universidad Católica de la Santísima Concepción 2013. 1) Proyectos de ley presentados a la fecha. 1) Proyectos de ley presentados a la fecha (Cont.).

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Proyectos de ley sobre Eutanasia en Chile: una valoración biojurídica Dr. Max Silva Abbott

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  1. Proyectos de ley sobre Eutanasia en Chile: una valoración biojurídicaDr. Max Silva Abbott Curso de Bioética para Sacerdotes Universidad Católica de la Santísima Concepción 2013

  2. 1) Proyectos de ley presentados a la fecha

  3. 1) Proyectos de ley presentados a la fecha (Cont.) Motivo del Archivo: En virtud del Artículo 36 bisdel Reglamento del Senado y del Artículo17del Reglamento de la Cámara de Diputados, se ordena el archivo de los proyectos de ley cuando hayan transcurrido más de dos años sin que la comisión respectiva se hubiere pronunciado sobre los asuntos sometidos a su conocimiento.

  4. 2) Primer Proyecto (Senador Ávila) Boletín Nº 3690-11: Proyecto de Ley que permite y regula la aplicación de la eutanasia en los casos que indica.

  5. 2.a) Moción del parlamentario Los costos materiales y psicológicos de mantener la sobrevida. La muerte como parte de la vida, que debe tener condiciones mínimas para ser aceptada.

  6. 2.a) Moción del parlamentario (Cont.) Si existe la obligación de respetar y promover una vida plena en libertades, autonomía y dignidad, la muerte no debe quedar al margen: existe el derecho a morir con dignidad . Se debe respetar una autonomía individual (moralidad privada) a menos que ésta cause daño o perjuicio a terceros.

  7. 2.a) Moción del parlamentario (Cont.) Hace alusiones a diversos documentos internacionales: el seguir con vida sería equivalente a una “torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. No existe regulación alguna en esta materia, por lo que puede dar cabida a diversos abusos. Se propone regular la eutanasia pasiva y eutanasia activa.

  8. 2.b) Proyecto de Ley Artículo 1º.- Eutanasia es “la acción u omisión de un médico que por su naturaleza o intención provoque la muerte de un paciente que, cumpliendo los requisitos y manifestando su consentimiento en los términos que esta ley señala, ha expresado la firme voluntad de poner término a su vida por razones humanitarias.”

  9. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) • De la Eutanasia Pasiva • Artículo 2º.-Es derecho de todo paciente terminal otorgar o denegar su consentimiento a cualquier procedimiento médico que estime invasivo, complejo o innecesario cuando: • Se trate de un paciente en estado terminal. • Los cuidados sólo prolongar su agonía. • Requiere información completa por parte de los médicos.

  10. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) Artículo 4º.-Voluntad: verbalmente, pero quedando constancia por escrito ante testigos. Artículo 5º.- Si son menores de edad la decisión depende de los padres o algunos parientes. Artículo 6º.- Si sonincapaces: adoptada por el representante legal o parientes.

  11. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) Artículo 7º.-En caso de muerte cerebral para donar órganos: consentimiento de parientes. Artículo 8º.-la voluntad del paciente o parientes debe acatarse. Artículo 9º.-El médico debe consultar siempre a una Comisión Ética (el director del Servicio de Salud respectivo, dos médicos cirujanos, un médico psiquiatra y un abogado)

  12. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) • De la eutanasia activa • Artículo 10º.-Todo paciente que sufra una enfermedad incurable o progresivamente letal que le cause un padecer insufrible en lo físico y que se le representa como imposible de soportar podrá solicitar por razones humanitarias, y de conformidad a las normas que esta ley establece, que la muerte le sea provocada deliberadamente por un médico cirujano. • Previa información completa oral y en un acta que firme el paciente.

  13. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) Artículo 11º.- Consentimiento verbal; se escritura ante testigos o notario. Artículo 12º.-Menores: la decisión depende de los padres o algunos parientes. Artículo 13º.-Incapaces: adoptada por el representante legal o parientes.

  14. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) Artículo 14º.-La solicitud de autorización para auxiliar al suicidio deberá ser presentada ante el Director del Servicio de Salud correspondiente. Artículo 15º.- Formalidades de la solicitud. Artículo 16º.- Pronunciamiento de la Comisión ética.

  15. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) De la Comisión Ética Artículo 17º.-Una comisión ética por región. Artículo 18º.- Integrantes: al menos un médico cirujano, un psiquiatra y un abogado. Artículo 20º.-Sesiona a petición del interesado máximo en 10 días.

  16. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) • Artículo 21º.-Sesionan todos o sus subrogantes. Acuerdos por mayoría absoluta. • Artículo 22º.- 5 días para decidir, fundadamente. Es inapelable. • Si es rechazada, reintentable en 3 meses con nuevos antecedentes. • Artículo 23º.-Autorizada la eutanasia, se comunica al juez del crimen.

  17. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) Artículo 24º.- Plazo para la eutanasia desde su autorización: al menos 5 días, avisando 3 días antes. Artículo 25º.- Posibilidad de retirar el consentimiento en cualquier momento. Debe ser ratificado una hora antes de que se practique la eutanasia. Artículo 26º.- El Ministerio de Salud elaborará un protocolo para practicar eutanasias.

  18. 2.b) Proyecto de Ley (Cont.) • De la responsabilidad • Artículo 27º.-En los casos señalados precedentemente no existirá responsabilidad administrativa, penal ni civil para los médicos o para el establecimiento asistencial que haya atendido al paciente, derivada de la aplicación de procedimientos eutanásicos. • Salvo por omisiones graves. • Artículo 28º.- Se agrega la eutanasia como circunstancia eximente de responsabilidad penal (Art. 10)

  19. 3) Segundo proyecto de ley(Diputados Rossi y Bustos) Boletín 4201-11: Establece regulación legal de la Eutanasia. No propone una ley independiente, sino la modificación del C. Sanitario y del C. Penal. Se parece mucho a la propuesta del senador Ávila. Es el proyecto más fundamentado doctrinariamente.

  20. 3.a) Moción de los parlamentarios Se busca regular los requisitos y procedencia de la eutanasia activa y pasiva. También la posibilidad de un testamento vital . Se busca justificarlo desde el punto de vista del Derecho Penal . Eutanasia en sentido estricto: la muerte ya es inevitable.

  21. 3.a) Moción de los parlamentarios (Cont.) • Eutanasia en sentido amplio: el simple deseo de morir por ser una vida insoportable. • Dos grupos de casos: • Cuando no existe tratamiento • Cuando el paciente desea la eutanasia • Puede ser por deseo expreso o por voluntad presunta.

  22. 3.a) Moción de los parlamentarios (Cont.) Desarrolla el Derecho comparado (sobretodo alemán) en casos de eutanasia activa y pasiva Otros regímenes estudiados brevemente: México, Colombia, Holanda, Perú, Italia, España.

  23. 3.a) Moción de los parlamentarios (Cont.) Holanda era en ese momento (2006) único lugar en que se ha legislado directamente sobre la eutanasia, si bien como una situación excepcional, y si no cumple con esas condiciones, es penada: “Ley sobre Comprobación de la Terminación de la Vida a Petición Propia y del Auxilio al Suicidio”.

  24. 3.a) Moción de los parlamentarios (Cont.) La actual deontología médica sitúa en primer lugar el derecho de autodeterminación del paciente como justificación de la eutanasia.

  25. 3.b) Proyecto de Ley Artículo 1°. Agréguese en el Libro I del Código Sanitario, el siguiente título VI con sus párrafos y artículos (arts. 54 bis a 54bis Ñ) respectivos.

  26. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) Título VI De laEutanasia Art. 54° bis.- Para los efectos de esta ley se entenderá como eutanasia la terminación de la vida que lleva a cabo un médico a petición del paciente, cumpliendo los requisitos y manifestando su consentimiento en los términos que se señala en los siguientes artículos.

  27. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) De la eutanasia pasiva Art. 54° bis A.- De la eutanasia pasiva. Es derecho de todo paciente terminal otorgar o denegar su consentimiento a cualquier procedimiento médico que estime invasivo, complejo o innecesario cuando: Se trate de un paciente en estado terminal, … que haga prever que le queda muy poca expectativa de vida.

  28. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) • Art. 54° bis A.- De la eutanasia pasiva (cont.). • Que los cuidados que se le puedan brindar al paciente sean innecesarios, en cuanto éstos solo persigan prolongar su agonía. • Obligación de proporcionar información completa al paciente de forma oral y escrita.

  29. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) Art. 54ºbis B.- Excepciones: Riesgo para la salud pública Atenciones médicas de emergencia o urgencia para salvar la vida o de secuelas graves. Art. 54º bis C.- Voluntad verbal y constancia por escrito ante testigos o ministro de fe.

  30. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) Art. 54º bis D.- En caso de menores: los padres y si no están, parientes. Art. 54º bis E.- En caso de los legalmente incapaces: su representante legal. Art. 54º bis F.- En caso de muerte cerebral: parientes.

  31. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) Art. 54º bis G.- El médico deberá consultar siempre la opinión de una Comisión Ética.

  32. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) De la eutanasia activa Art. 54°bis H.- De la eutanasia activa.Todo paciente que sufra una enfermedad incurable o progresivamente letal que le cause un padecer insufrible en lo físico y que se le representa como imposible de soportar podrá solicitar por razones humanitarias, y de conformidad a las normas que esta ley establece, que la muerte le sea provocada deliberadamente por un médico cirujano.

  33. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) (Cont.). Se debe otorgar la información completa al paciente oral y por escrito en un acta que deberá firmar la persona o su representante legal.

  34. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) Art. 54ºbis I.- Consentimiento: ante dos testigos (familiares) o 4. Ante notario. Art. 54º bis J.- Si son menores de edad: los o el padres y si no, por parientes. Art. 54º bis K.- Si son legalmente incapaces: representante legal.

  35. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) De la Comisión Ética de comprobación Art. 54º bis L.- En cada región del país existirá una Comisión Ética de comprobación. Artículo 54° bis LL.- Composición: al menos 5 miembros, entre ellos: un médico cirujano un médico psiquiatra un abogado, un profesor de derecho penal, con el grado de doctor

  36. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) Art. 54º bis M.-Debe velar por el cumplimiento de los requisitos para la eutanasia. Art. 54º bis N.- Sesiona a petición del interesado en 5 días desde la solicitud.

  37. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) • Art. 54º bis Ñ.- Sesiona con todos sus miembros. Acuerdos por mayoría absoluta. 5 días para decidir, fundadamente, por escrito e inapelable. • Posibilidad de reintentar en 3 meses con nuevos antecedentes. • La autorización se comunica al Juzgado de Garantía y a la Fiscalía Local.

  38. 3.b) Proyecto de Ley (Cont.) Artículo 2°. Sustituyese el art. 393 del Código Penal para quitar la eutanasia como tipo de homicidio (pero subsiste la inducción y el auxilio al suicidio si éste se consuma).

  39. 4) Tercer proyecto de Ley Patrocinantes: Senadores Girardi, Gömez, Navarro, Ominami y Ruiz-Esquide. Boletín 4271-11: Proyecto de Ley que establece el Derecho a la Muerte Digna

  40. 4) Tercer proyecto de Ley (Cont.) Muy breve: 5 artículos Es menos detallada y con cláusulas más amplias que los anteriores proyectos. Hay menos posibilidades de control y de evitar fraudes. Posee una técnica legislativa precaria y es mucho más liberal que los proyectos anteriores. Permite nombrar un curador, incluso para un capaz, para solicitar la eutanasia

  41. 4.a) Moción de los parlamentarios Falta regular este hecho en Chile. La dignidad debe extenderse también al momento de morir: “Toda persona tiene derecho a que el fin de sus días y su muerte misma se den en condiciones de dignidad, lo que incluye al menos que ello se produzca como consecuencia y obra de la naturaleza.”

  42. 4.a) Moción de los parlamentarios (Cont.) “La ciencia y la tecnología médica, están al servicio de una vida y muerte digna y no deben ser utilizados para prolongar artificial e innecesariamente la vida.” Este derecho debe estar sobre la voluntad de terceros.

  43. 4.b) Proyecto de Ley Artículo 1º.-Toda persona tiene derecho a una muerte digna que incluya la libertad para determinar las terapias a las que desea ser sometido ante la proximidad de su muerte, el derecho a no padecer males o dolores innecesarios y a evitar la prolongación artificial de su vida.

  44. 4.b) Proyecto de Ley (Cont.) • Artículo 2º.-Toda persona mayor de edad tiene la libertad y el derecho a definir los cuidados y tratamientos a los que desea o no someterse ante la proximidad de su muerte. • Debe constar por escrito ante cualquier ministro de fe. • Artículo 3º.- Se puede designar un curador especial.

  45. 4.b) Proyecto de Ley (Cont.) Artículo 4º.-Estando en una situación de enfermedad que pueda desencadenar en la muerte, toda persona puede manifestar directamente su voluntad o nombrar el curador especial, por cualquier medio que exprese inequívocamente su consentimiento. En este caso, bastará la presencia y fe otorgada por el Director del establecimiento de salud y del representante legal o pariente más próximo.

  46. 4.b) Proyecto de Ley (Cont.) Artículo 5º.-Fuera de las circunstancias anteriores, esto es, bajo la imposibilidad de prestar consentimiento de cualquier forma, los facultativos médicos consultarán, en todo caso la voluntad de los parientes más próximos.

  47. 5) Cuarto proyecto de Ley(Diputados Rivas y Muñoz) Boletín 7736-11: Derecho a optar voluntariamente a recibir asistencia médica para acelerar la muerte en caso de enfermedad terminal e incurable.

  48. 5) Cuarto proyecto de Ley (Cont.) Breve: 8 artículos y con modificaciones al Código Civil y Código Penal. Es menos detallado que los dos primeros proyectos, pero más que el anterior. La eutanasia queda muy entregada a la evolución de la lex artismédica. Se trata a la vida como un derecho patrimonial más.

  49. 5) Cuarto proyecto de Ley (Cont.) Se establece el testamento vital. Si bien aún está en tramitación, por su fecha de presentación, debiera ser archivado.

  50. 5.a) Moción de los parlamentarios Como la Constitución protege el “derecho” a la vida, la vida es un derecho y no un deber . Por eso puede renunciarse a ella manifestando su voluntad de manera libre y sin vicios.

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