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CÓDIGO ÉTICO: Responsabilidad de los Profesionales con los Pacientes y Usuarios

Grupo de Interés de la Sociedad Española de Fertilidad sobre Ética y Buena Práctica Clínica. CÓDIGO ÉTICO: Responsabilidad de los Profesionales con los Pacientes y Usuarios. Rocío Núñez. 1. Introducción 2. Relación clínica y comunicación con los pacientes y usuarios

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CÓDIGO ÉTICO: Responsabilidad de los Profesionales con los Pacientes y Usuarios

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Presentation Transcript


  1. Grupo de Interés de la Sociedad Española de Fertilidad sobre Ética y Buena Práctica Clínica CÓDIGO ÉTICO: Responsabilidad de los Profesionales con los Pacientes y Usuarios Rocío Núñez

  2. 1. Introducción 2. Relación clínica y comunicación con los pacientes y usuarios 2.1 Pacientes y usuarios 2.2 Información y comunicación 2.3 Consentimiento 3.Apoyo psicoemocional a los pacientes 4. Confidencialidad 4.1. Privacidad y confidencialidad 4.2 Gestión de la historia clínica 5. Ética de la prescripción 6. Cobro por servicios 7. No discriminación de pacientes

  3. Introducción Las posibilidades que presentan las nuevas tecnologías reproductivas llevan consigo dilemas a veces difíciles de resolver, que nos obligan a reflexionar desde el punto de vista bioético a todos los profesionales implicados en la reproducción asistida.

  4. Relación clínica y comunicación con los pacientes y usuarios • Para garantizar la autonomía del paciente, este debe ser capaz de tomar decisiones libremente. • Los usuarios, pacientes y donantes de la reproducción humana asistida deben recibir una información adecuada sobre su diagnóstico y tratamiento. • El paciente o usuario debe conocer, no solamente la identidad de la persona que le atiende, sino su capacitación profesional. • El trabajo en equipo no impedirá que el paciente conozca cuál es el médico responsable de la atención que se le presta y que será su interlocutor principal ante el equipo asistencial.

  5. Relación clínica y comunicación con los pacientes y usuarios • La información debe ser veraz, completa, no sesgada, abierta al diálogo, progresiva y adaptada al paciente, atenta a los procesos psicológicos de este y que compruebe su comprensión. • En parejas heterosexuales el varón debe participar tanto en la información como en la toma de decisiones que se llevará a cabo a lo largo de todo el proceso de reproducción asistida. • El profesional no debe dejar que el paciente “cierre los ojos” a los problemas o posibles riesgos derivados de los tratamientos para “tener un hijo

  6. Relación clínica y comunicación con los pacientes y usuarios • El profesional debe orientar la toma de decisiones contando siempre con la opinión del paciente, aunque la formación y saber de éste no sean las del médico. • El profesional debe considerar a la hora de la toma de decisiones las posibles presiones que sobre un individuo puede ejercer la familia, el entorno e incluso la propia pareja

  7. Consentimiento informado • Es imperativo que el médico explique e informe detenidamente con antelación a ambos miembros de la pareja las opciones diagnósticas y terapéuticas existentes. • La información debe ser clara, utilizando palabras adaptadas al nivel de comprensión de cada paciente. • Los pacientes deben firmar el consentimiento informado antes de realizar cualquier procedimiento invasivo. • Es aconsejable que la información escrita suministrada al paciente, así como el formulario de consentimiento, estén en el mismo documento con las páginas numeradas de forma correlativa

  8. Consentimiento informado • Los pacientes tienen derecho a revocar su consentimiento en cualquier momento, sin tener que dar explicaciones de su decisión y sin que ello suponga ningún tipo de penalización ni discriminación. • La revocación puede afectar a cualquier tratamiento que se realice o ser específico para determinadas partes del mismo (por ejemplo, criopreservación de embriones). • El consentimiento informado debe preparar de forma realista a los pacientes para resultados inesperados tales como complicaciones médicas, embarazo múltiple, abortos y no consecución de embarazo. • Debe ponerse de manifiesto la existencia de otras opciones alternativas, como la adopción.

  9. Consentimiento informado • Se deben presentar las tasas reales de gestación en cada tratamiento, en función de factores tales como la edad y el diagnóstico previo, sin enmascarar los resultados y sin fomentar falsas expectativas. • Para asegurar una información realmente veraz, sería deseable que los equipos profesionales de reproducción asistida presenten sus resultados con la tasa de niño nacido vivo por cada ciclo iniciado (y no solamente por punción o transferencia), especificando la causa de la infertilidad y la edad. También deberían incluirse las complicaciones maternas y perinatales. • Los consentimientos informados deben presentar cláusula de confidencialidad de datos.

  10. Apoyo psico-emocional • Todos los profesionales en reproducción asistida deben facilitar el soporte psicológico. • Se recomienda el apoyo psicológico en el caso de donantes de ovocitos y de semen. • El apoyo psicológico es aconsejable en las pacientes receptoras de gametos o embriones antes de entrar en un programa de donación de ovocitos.

  11. Privacidad y confidencialidad • Los profesionales que intervienen en la práctica sanitaria tienen la obligación de preservar la confidencialidad de las informaciones que afectan a pacientes y usuarios. • Todo el personal adscrito a un centro de reproducción que acceda a información de los pacientes debería tener firmado el compromiso de confidencialidad. • Todo el personal (facultativos, personal de laboratorio, psicólogos, enfermería, auxiliares de enfermería, celadores, personal administrativo, etc.) que tiene acceso a cualquier información de los pacientes y/o usuarios, está obligado a mantener el secreto sobre la misma.

  12. Privacidad y confidencialidad • Es deseable la implantación de cuantas medidas de refuerzo se consideren oportunas en esta materia (ej.: documentos de confidencialidad entre centro y empleados, centro y proveedores, etc). • La confidencialidad de la información de los pacientes ya se inicia con la historia clínica, que debe estar custodiada de forma adecuada, permaneciendo accesible únicamente al personal autorizado y vinculado a la asistencia de los mismos. • Siempre se deben evitar las posibles referencias a los datos clínicos de otros pacientes.

  13. Privacidad y confidencialidad • En el supuesto caso de que se muestren fotografías de los niños, es recomendable tener una autorización previa de sus padres. • Los pacientes deben firmar una autorización en caso de que un tercero (pareja, familiar, etc.), acuda al centro a retirar el resultado de alguna de las pruebas realizadas en el mismo. • La intimidad de los pacientes y/o usuarios debe ser preservada en todos los campos.

  14. Gestión de la Historia Clínica -Confidencialidad - Seguridad - Única - Legibilidad - Veracidad - Exactitud - Rigor técnico de los registros - Coetaneidad de registros - Completitud

  15. Ética de la prescripción • La prescripción médica en Reproducción Asistida comprende la utilización de medicamentos para conseguir la gestación, y, también, los procesos terapéuticos que deben llevarse a cabo para tal fin. • De acuerdo a los principios de la ética, el médico deberá tratar de no hacer daño al paciente con su prescripción, que ésta le haga bien y que respete su autonomía. • Se deben compartir las expectativas con él, comprobar que conoce los riesgos a que se somete con el objetivo de alcanzar un fin terapéutico, que esta relación riesgo-beneficio sea aceptable para ambos y, por último, recabar su conformidad.

  16. Ética de la prescripción • La conducta terapéutica del médico debe ser proporcionada. • La menor invasividad en la acción médica es una exigencia no sólo técnica sino también ética. • Los profesionales de la Reproducción Asistida no deben aceptar peticiones de tratamientos que no estén regidos por la indicación médica.

  17. Cobro por servicios • En el proceso de consentimiento informado, se debe explicar con total transparencia los costes derivados del tratamiento propuesto. • No es aconsejable la realización de “contratos condicionados”. • El juicio clínico no debe estar afectado por un beneficio económico o comprometido por intereses comerciales que supongan un conflicto de intereses.

  18. Cobro por servicios • Los profesionales no deben desentenderse de las complicaciones que pudieran surgir a los pacientes como consecuencia de los procedimientos realizados. • Las condiciones económicas de los pacientes no pueden ser motivo de modificación de la indicación médica de tratamiento.

  19. No discriminación de pacientes En el caso general de la medicina reproductiva, los profesionales negarán la solicitud de un paciente desde el punto de vista ético, únicamente en el caso de que sea médicamente contraindicado, poniendo en peligro la salud de la mujer o del futuro niño.

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