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Propuesta de Reglamento Interno para Radiación Ionizante del Hospital de Clínicas (HC).

Propuesta de Reglamento Interno para Radiación Ionizante del Hospital de Clínicas (HC). Comisión de Seguridad e Higiene de APUBA. Equipo de trabajo dependiente de la Secreta-ría Gremial, a cargo del Cro. Ojeda Raúl José: Lopez, Abel. Orthusteguy, Fernando; Pezzutto, Raúl. Fundamentos.

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Propuesta de Reglamento Interno para Radiación Ionizante del Hospital de Clínicas (HC).

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Presentation Transcript


  1. Propuesta de Reglamento Interno para Radiación Ionizante del Hospital de Clínicas (HC). Normativa para Rayos Ionizantes.

  2. Comisión de Seguridad e Higiene de APUBA Equipo de trabajo dependiente de la Secreta-ría Gremial, a cargo del Cro. Ojeda Raúl José: Lopez, Abel. Orthusteguy, Fernando; Pezzutto, Raúl. Normativa para Rayos Ionizantes.

  3. Fundamentos En la actualidad podemos ver como en los hos-pitales se observa una tendencia a la transforma-ción en los modelos de la atención a la salud, donde el personal asistencial juega un rol muy importante y fundamental en la atención del pa-ciente. Normativa para Rayos Ionizantes.

  4. Fundamentos En particular, se considera que el ejercicio de la especialidad de la radiología e imágenes diag-nósticas es una actividad de alto riesgo. En consecuencia, quienes ejerzan la especialidad tendrán derecho a un tratamiento laboral especial (como se expresa en la Ley 657, 07 de Junio de 2001 de Colombia). Normativa para Rayos Ionizantes.

  5. Fundamentos Es así, que se hace necesario preservar la inte-gridad y la salud mental del personal asistencial, que desarrolla su trabajo conforme a caracterís-ticas claramente diferenciadas. Normativa para Rayos Ionizantes.

  6. Fundamentos Entendemos que el empleo de la Radiación Ioni-zante (RX, radiación gama y otras), conforman en la actualidad un indudable avance en el campo de la medicina y la investigación. Normativa para Rayos Ionizantes.

  7. Fundamentos Con los fundamentos precedentes se intentó realizar normativas específicas para el sector de Radiación Ionizante, que básicamente cubriera los siguientes ítems: Horario. Licencias especiales. Jubilación. Basado en normativas y leyes vigentes tanto nacionales como internacionales. Normativa para Rayos Ionizantes.

  8. Normativas La propuesta se elaboró tomando como base funda-mental de reglamentaciones tales como: Internacionales (ley 657-07/6/01-Colombia). Nacionales(Salud Pública de la Nación, Comisión Nacional de Energía Atómica); Provinciales (Pcias. de Jujuy, Entre Ríos y Santa Fé); Municipales (Digesto municipal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.), la ampliación del Artículo 1° del Decreto 8908/78 (B.M. 15.959) de la Intendencia Municipal de la Ciudad Autónoma de Bs. As. Aplicado al Hospital General de Agudos “José María Ramos Mejía”, entre otros. Normativa para Rayos Ionizantes.

  9. Áreas de Rayos • Equipos para radiodiagnóstico médico (radioscopias y radiografías) estáticos, móviles y portátiles. • Equipos para diagnóstico dental. • Equipos para radioterapia, superficial, intermedia y profunda. • Equipos convencionales para radiografía industrial. Basado en los servicios y equipos utilizados en el HC, la normativa diseñada cubrió las siguientes áreas: Normativa para Rayos Ionizantes.

  10. Áreas de Rayos Equipos convencionales para cualquier otro uso industrial o de investigación (estudios metadográficos, de medición de redes cristalografías, de espesores y de densidades, de irradiación, etc.). Equipos de TAC (Tomografía Axial Computada). Áreas de Medicina Nuclear expuesta a la radiación io-nizante. Fuentes abiertas de radicaciones tales como radio-isótopos y otras. Normativa para Rayos Ionizantes.

  11. Ámbito de Aplicación Comprende a todo el personal expuesto a Radiación Ionizante (RX, radiación gama y otras), los idóneos habilitados expresamente por autoridades competentes, en todos los casos de conformidad a las estatuidas por el Decreto Ley 17557/67 y sus Decretos reglamentarios y que trabajen en los servicios de Salud Pública, personal de Medicina Nuclear, de acuerdo con la normativa de la ARN (Autoridad Regulatoria Nuclear) y otros modificatorios o ampliatorios (Decreto 2349/88 de la Municipalidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), así como las normas, decretos o leyes que se dicten en el futuro en esta materia. Normativa para Rayos Ionizantes.

  12. Horario Las jornadas de trabajo en estas tareas no podrán exceder de cuatro (4) hs. diarias o veinticuatro (24) hs. semanales, y a los efectos remunerativos y jubilatorios se la considerará como jornada completa de siete (7) horas diarias o treinta y cinco (35) horas semanales (Según lo establecido en el Estatuto del Personal No Docente de la UBA), tomando como base y sintetizando lo expresado en el Digesto Municipal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ordenanza Nº: 14.838. Normativa para Rayos Ionizantes.

  13. Licencias Tendrán derecho a la Licencia Profiláctica los agentes del Hospital que trabajen con equipos destinados a la generación de RX u otras fuentes emisoras de radiación. Gozarán de tal beneficio los agentes mencionados que cumplan tareas en los distintos servicios, salas y secciones de las unidades sanitarias mencionadas. Asimismo los que estén expuestos a tareas insalubres (B. M. de la Ciudad Autónoma de Bs. As. N°: 17.151, Punto 3, del 07 de Noviembre de 1983) y que nece-sariamente requieran una acción protectora de salud por parte del Estado. Normativa para Rayos Ionizantes.

  14. Licencias El personal indicado dispondrá de una Licencia Profi-lácticade diez (10) días hábiles con goce de haberes la que deberá ser utilizada con una diferencia no menor de cinco meses ni mayor de siete respecto a la Licencia Anual Ordinaria, por un período, obligatorios y no acumulativos, como se lleva a cabo en otros estable-cimientos de orden Provincial y Municipal. Normativa para Rayos Ionizantes.

  15. Licencias Esta licencia no podrá suspenderse, postergarse ni renunciarse bajo ningún concepto. En este ítem, se intenta tomar como base de referencia la situación respecto de los compañeros y compañeras trabajadores que se desempeñan en los servicios Pro-vinciales reglamentados según: Decreto Ley N°: 4327 (Pcia. Jujuy); Ley Nº: 9596 B.O. 07/12/04 (Pcia. Entre Ríos), el Decreto 1919/89 de la (Pcia. Santa Fe), artículo 48, establecido como “Licencia Terapéutica”, entre otros. Normativa para Rayos Ionizantes.

  16. La MujerEmbarazada y Minoría de Edad Protección a la Mujer Embarazada Queda expresamente prohibido el trabajo en áreas con Radiaciones Ionizantes (RX y otras) para las mujeres embarazadas desde el momento en que se detecta la gestación, debiendo asignársele otro tipo de tareas sin riesgo, hasta que comience con el goce de la correspon-diente licencia por maternidad. Esto no significará reduc-ción alguna del salario de la trabajadora embarazada, debiendo abonársele todos los conceptos que le corres-ponderían de seguir las tareas habituales. Normativa para Rayos Ionizantes.

  17. La MujerEmbarazada y Minoría de Edad Protección a la Minoría de Edad: En ningún caso se aceptará el trabajo de todo agente menor de 18 años de edad (cadete), en el ámbito de ta-reas que impliquen la exposición a Radiaciones Ionizan-tes (RX y otras). Normativa para Rayos Ionizantes.

  18. De la Jubilación Se sugiere a las autoridades del ámbito de aplicación, gestionar, para que se modifiquen los siguientes as-pectos de las Normativas actuales: El personal de referencia, podrá solicitar derecho optativo a la jubilación ordinaria a los 20 años de servicio efectivo sin límite de edad. Se establecería una bonificación de 1 año por cada 2 años de servicio efectivo y permanente en la función fehacientemente demostrado y certificado por la autoridad responsable (Digesto Municipal Ciudad de Bs. As. Ordenanza 14.838, Ítem III). Normativa para Rayos Ionizantes.

  19. De la Jubilación Con relación al porcentaje (lo que se denomina depósito adicional a la cuenta de capitalización) ape-lamos a la Ley 24241, sancionada en septiembre 23 de 1993, haciendo referencia a lo que se rotula como regímenes especiales dentro del Art. N°: 157 (párrafo 3º). Normativa para Rayos Ionizantes.

  20. FIN Esta Comisión de Seguridad e Higiene Laboral: Agradece la atención y participación de todos las Cras. y Cros. presentes. Muchas Gracias !!  Normativa para Rayos Ionizantes.

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