1 / 9

BIOTECNOLOGÍAS : normas de acceso a los insumos

BIOTECNOLOGÍAS : normas de acceso a los insumos. Panamá, 1 al 5 de Agosto de 2005. Necesidad de una respuesta a los investigadores científicos Por Dra. Teodora Zamudio. Momentos de un investigación…. INVESTIGACIÓN. ARGENTINA:

quade
Download Presentation

BIOTECNOLOGÍAS : normas de acceso a los insumos

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. BIOTECNOLOGÍAS:normas de acceso a los insumos Panamá, 1 al 5 de Agosto de 2005 Necesidad de una respuesta a los investigadores científicos Por Dra. Teodora Zamudio

  2. Momentos de un investigación…. INVESTIGACIÓN ARGENTINA: C.N. Artículo 14-  … de trabajar y ejercer toda industria lícita; ... de enseñar y aprender 20.247 De Semillas y Creaciones fitogenéticas. 23.877 Promoción y fomento de la innovación tecnológica 24.481 Patentes de invención y Modelos de utilidad. 24.766 Confidencialidad sobre información 25.467 Marco de ciencia, tecnología e innovación. EXPLOTACIÓN LEGITIMIDAD DE ACCESO A LOS INSUMOS

  3. Insumos. términos legales material Genéticose entiende todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo que contenga unidades funcionales de la herencia. • especie Salvaje en la que no ha influido el ser humano de modo conciente. Aplicación desconocida • especie Domesticadaen cuyo proceso de evolución han influido los seres humanos para satisfacer sus propias necesidades

  4. Insumo genético Convenio sobre la Diversidad biológica Art. 15 Acceso a los recursos genéticos • 5. El acceso a los recursos genéticos estará sometido al consentimiento fundamentado previo de la Parte Contratante que proporciona los recursos, a menos que esa Parte decida otra cosa. • 3. A los efectos del presente Convenio, los recursos genéticos suministrados […] son únicamente los suministrados por […] países de origen de esos recursos o […] que hayan adquirido los recursos genéticos de conformidad con el presente Convenio

  5. “Propietarios” legales (CDB) • “país de origen de recursos genéticos” se entiende el país que posee esos recursos genéticos en condiciones in situ. • “condiciones in situ” se entienden las condiciones en que existen recursos genéticos dentro de ecosistemas y hábitat naturales y, en el caso de las especies domesticadas o cultivadas, en los entornos en que hayan desarrollado sus propiedades específicas. • “ecosistema” se entiende un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente que interactúan como una unidad funcional.

  6. … normas legales ARGENTINA (un caso especial en América) Recursos Naturales dominio provincial C.Nac 124 Leyes Provinciales  Leyes 1914 La Pampa. 3337 Misiones. 2600 Río Negro Recursos Genéticos  jurisdicción nacional, ley 24.375, art.15 • ¿Son lo mismo? • ¿Configuran una relación: accesorio↭principal? • ¿Son independientes? • JURISDICCIÓN  Quién legisla • TITULARIDAD  Quién es el dueño • DISPOSICIÓN  Quién está legitimado para contratar

  7. Insumo cultural Biodiversidad domesticada Recursos Culturales  conocimientos indígenas C.Nac. 75:17 ley 24.375, 8 j) Art. 75 inc17. Constitución Nacional • Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos… Garantizar el respeto a su identidad Asegurar su participación en la gestión referida asus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan. Art. 8. Conservación in situ • j) Con arreglo a su legislación nacional, respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, […] de las comunidades indígenas y locales […] y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes posean esos conocimientos, […] y fomentará que los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente;

  8. Biodiversidad Conocimiento tradicional Investigación científica Desarrollo tecnológico Conjunto eventual? Unión indisoluble? Una relación sin resolver… ¿Legislación: federal / provincial / regional / internacional? ¿Disposición: privada / pública? ¿Distribución de beneficios: legal / convenida?

  9. La información genética: Definición ecosistémica Nivel taxonómico variable de la base relevante (ampliación del rango geográfico) Evitar la Competencia desleal Estrategias regionales supra y subnacionales Fideicomisos de Gestión común y Distribución porcentual de beneficios ... sobre base de datos universales Jurisdicción concurrente Bases para normas bioéticas 1.- participación informada de todos los involucrados 2.- no alterar el ambiente, ni los estilos de vida 3.- distribuir equitativamente los beneficios, definiendo que significa “beneficios” para cada parte involucrada ¿con...viene?

More Related