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COMENTARIOS SOBRE CRÉDITO PÚBLICO PROVINCIA DE CHACO 23 de Septiembre de 2005

Ley 4.787. de la Administración Financiera Gubernamental. COMENTARIOS SOBRE CRÉDITO PÚBLICO PROVINCIA DE CHACO 23 de Septiembre de 2005. Control. Externo. Ley 4.787. de la Administración Financiera Gubernamental. TRADUCCIÓN NORMATIVA. Presupuesto. Crédito Público. Contabilidad.

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COMENTARIOS SOBRE CRÉDITO PÚBLICO PROVINCIA DE CHACO 23 de Septiembre de 2005

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Presentation Transcript


  1. Ley 4.787 de la Administración Financiera Gubernamental COMENTARIOS SOBRE CRÉDITO PÚBLICO PROVINCIA DE CHACO 23 de Septiembre de 2005

  2. Control Externo Ley 4.787 de la Administración Financiera Gubernamental TRADUCCIÓN NORMATIVA Presupuesto Crédito Público Contabilidad ControlInterno ControlInterno Administración ControlInterno Financiera Tesorería ControlInterno

  3. SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO

  4. Marco General de la Ley Administración Financiera Gubernamental Definir Sistemas CENTRALIZACIÓNNORMATIVA Órganos Rectores Órgano Coordinador • INGRESOS PUBLICOS Oficina de Ingresos Públicos Art. 19° Dirección de Finanzas y Prog. Presupuestaria • PRESUPUESTO Art. 30° SUBSECRETARÍA DE HACIENDA (OCSAF) • CRÉDITO PÚBLICO Art. 95° • TESORERÍA Tesorería General de la Provincia Art. 98° Contaduría General de la Provincia Art. 111° • CONTABILIDAD SISTEMA INTEGRADOR Art. 13°

  5. SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO Definición (Art. 81°) CRÉDITO PÚBLICO “... Capacidad que tiene el Estado para endeudarse ...” OBJETO “... de captar medios de financiamiento..” FINALIDAD “... realizar inversiones, atender casos de necesidad provincial, reestructurar su inversión o refinanciar pasivos .”

  6. SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO Competencia (Art. 96º) Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera de la provincia. Organizar un sistema de información sobre el mercado de capitales de crédito, coordinar las ofertas de financiamiento recibidas por el sector público provincial Tramitar las solicitudes de autorización para iniciar operaciones de crédito público provincial. Proponer al OCSAF las normas que el Poder Ejecutivo debe aprobar en materia de procedimientos de emisión, colocación y rescate de empréstitos. Mantener un registro actualizado del endeudamiento público, debidamente integrado al sistema de contabilidad gubernamental. Organizar un sistema de apoyo y orientación a las negociaciones que se realicen para emitir empréstitos o contratar préstamos e intervenir en las mismas.

  7. SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO Deuda Pública (Art. 82°) Emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo. La Emisión y colocación de Letras del Tesoro cuyo vencimiento supere el ejercicio financiero La contratación de préstamos con instituciones financieras La contratación de Obras, Servicios o Adquisiciones cuyo pago total o parcial se estipule realizar en el transcurso de mas de un ejercicio financiero posterior al vigente. El otorgamiento de avales, fianzas y garantías, cuyo vencimiento supere el periodo financiero. La consolidación, conversión y renegociación de otras deudas.

  8. SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO Servicio de la Deuda (Art. 92°) • Amortización del Capital • Intereses sobre el capital • Comisiones (de compromiso, Transferencias bancarias, etc). • Otros Gastos

  9. SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO Características de las operaciones (Art: 86) PREMISA: Toda operación de Crédito Público debe estar contenida en la Ley de Presupuesto o una Ley especifica • Tipo de Deuda (Interna o Externa) • Monto Máximo autorizado para la operación • Tipo de moneda • Destino de Financiamiento • Recursos afectados a la cancelación de la Deuda Pública

  10. PODER EJECUTIVO FASE OPCP tramita solicitud de autorización para el inicio de gestión de financiamiento El órgano rector autoriza el inicio de la Gestión. OPCP Registra autorización Entidades y jurisdicciones interesadas negocian operaciones de acuerdo a normas establecidas por el órgano rector OPCP Registra Contrato SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO ETAPA: "Uso del crédito público. Captación de Recursos" INICIO DE GESTION NEGOCIACION FORMALIZACIÓN

  11. PODER EJECUTIVO FASE Oficina Provincial de Crédito Público establece las normas e instructivos para el seguimiento, información y control del uso de los préstamos. Registra desembolsos Oficina Provincial de Crédito Público Fiscaliza el cumplimiento en tiempo y forma de los pagos por Servicios de la Deuda.. Registro del Pago SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO ETAPA: "Ejecución de las operaciones" y "Administración de la deuda pública y atención de su servicio" DESEMBOLSO Y EJECUCIÓN PAGO

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