1 / 12

Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Corea (TLC)

Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Corea (TLC) 17 de octubre de 2012 Nicolás Potdevin Stein. Agenda. Trato Nacional y Acceso a los Mercados. (Cap. 2) Reglas y procedimiento de origen. (Cap. 3)

orli
Download Presentation

Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Corea (TLC)

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Corea (TLC) 17 de octubre de 2012 Nicolás Potdevin Stein

  2. Agenda Trato Nacional y Acceso a los Mercados. (Cap. 2) Reglas y procedimiento de origen. (Cap. 3) Procedimiento Aduanero y Facilitación del Comercio. (Cap. 4.)

  3. Trato Nacional y Acceso a los Mercados • Obligación de Trato Nacional • El Estado Parte otorgará a los productos extranjeros el mismo trato que se le otorga a los productos nacionales. • Eliminación Arancelaria • No podrán incrementarse los aranceles existentes ni crear aranceles nuevos para productos originarios. • Deberá emprenderse la eliminación gradual de los existentes. • Regímenes Especiales • Prohibición de creación de nuevas exenciones condicionadas a requisitos de desempeño. • Admisión temporal de productos sin el pago de tributos aduaneros. equipos profesionales de TV, prensa, publicidad, deportivos, para demostración etc. • Reimportación de mercancías reparadas/alteradas. • Importación de muestras sin valor comercial sin el pago de tributos aduaneros sin importar el origen. Deben cumplirse algunas condiciones como no más de una y que sea para hacer pedidos posteriores.

  4. Trato Nacional y Acceso a los Mercados • Medidas no-arancelarias • No se pueden adoptar o mantener medidas que impidan la importación o exportación de bienes del otro país parte. • Esto no aplica para: • Exportación de Café, • impuestos a las bebidas alcohólicas, • controles a la importación de bienes usados, impo. no reembolsables, etc. (Art. 3 Decreto 3803/06), Excepto para bienes remanufacturados. (estos se definirán después de la entrada en vigencia) • Control a la importación de vehículos, incluyendo la prohibición de la importación de los usados. • Las medidas de los usados se revisarán diez años después de la entrada en vigencia.

  5. Reglas de Origen y Procedimientos de Origen • Reglas de origen. Qué son? • Bienes originarios: • Que el bien satisfaga una de las siguientes condiciones. • El bien es enteramente obtenido o producido en el territorio de una de las partes. • El bien satisface los requerimientos del Anexo 3-A (REO) como resultado de procesos adelantados en el territorio de una o ambas partes • El bien es producido enteramente en el territorio de una o ambas partes con materiales originarios b) Que el bien cumpla con cualquier otro requerimiento señalado en el capítulo de origen. B. Valor de contenido regional • Método reducción del valor (basado en el valor de materiales NO originarios) • Método aumento del valor (basado en el valor de materiales originarios) • Método del costo neto (sector automotor) Cada REO determina qué método se aplica y si se requiere o no un cambio de capítulo, partida o subpartida.

  6. Reglas de Origen y Procedimientos de Origen C. Acumulación Bienes o materiales coreanos que se utilicen en la producción de un bien en Colombia, pueden ser considerados como originario de Colombia. Un bien puede ser considerado originario si es producido en Colombia y en Corea bajo uno o más procesamientos, siempre que el bien cumpla con los requerimientos del capítulo. No acumulación de origen extendida (Chile, Perú). D. De Minimis Un bien que no cumpla con el cambio de clasificación arancelaria de acuerdo con los REO puede ser considerado originario si el valor de los materiales no originarios que no experimentan el cambio de clasificación no supera el 10% del valor ajustado. E. Procedimientos de Origen • Certificado de origen lo puede emitir el productor o el exportador. • Es válido para una importación o múltiples importaciones de bienes descritos en el certificado que no superen los 12 meses. • Vigencia de un año. • Se pueden pedir devoluciones si dentro del año siguiente a la importación se obtiene el certificado de origen. (Proyecto Estatuto Aduanero) • No certificado de origen para importaciones menores a USD $1.000. • Facturación desde un tercer país (Proyecto Estatuto Aduanero).

  7. Procedimiento Aduanero y Facilitación del Comercio • Las Partes se comprometen, en aras de la facilitación del comercio, a • Implementar procesos aduaneros simplificados, basados en estándares internacionales, reconociendo la importancia del balance entre cumplimiento de normas y facilitación del comercio. • Los procesos se basan en los principios de la evaluación de riesgos. • Cooperación mutua, asistencia técnica, intercambio de información.

  8. Procedimiento Aduanero y Facilitación del Comercio • Operador Económico Autorizado. (Proyecto Estatuto Aduanero). Hoy todos los exportadores. El proyecto elimina los UAP, ALTEX (12 meses) • Despachos aduaneros: • En 48 horas luego de la llegada de los bienes. • Nacionalizaciones en el punto de llegada sin envíos a depósitos. • Se permite el retiro de las mercancías antes de la determinación de los tributos aduaneros. Para ello las partes pueden exigir una garantía que cubra el pagototal de los tributos aduaneros. (ProyEstAdun. solo permite desaduanamiento previo para auxilio para damnificados y bienes de especial naturaleza o que respondan a una necesidad apremiante. Garantía 150% de los tributos aduaneros salvo para cinematografía VoBo Min Cultura.)

  9. Procedimiento Aduanero y Facilitación del Comercio • Envíos de entrega rápida. Hoy existe USD 2.000 Tráfico Postal y Envíos Urgentes. Proyecto Estatuto Aduanero consagra los «Envíos de entrega rápida». • Resoluciones anticipadas. Importador, exportador o productor. Respuesta en 90 días. (hoy solo clasificación arancelaria) (proyecto Estatuto Aduanero 150 días). • Clasificación arancelaria. • Valoración aduanera. • Origen. • Otras que las partes acuerden. Proyecto de Est. Adun. No recurso para las resoluciones anticipadas.

  10. Procedimiento Aduanero y Facilitación del Comercio • Revisión y Apelación. (Rev. Adm. diferente al funcionario – DIAN Independencia??. Revisión judicial. • Se crea un comité de aduanas. Revisar los REO. Formular resoluciones, recomendaciones u opiniones sobre reglas de origen.

  11. OPORTUNIDADES • Planeación Aduanera. • Análisis de la desgravación (Impo-Expo) • Análisis de origen • Comparación con otros tratados • Posibilidad de Zona Franca, Plan Vallejo.

  12. Gracias. npotdevin@gpzlegal.com

More Related