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Modificación a la NOM-022

Modificación a la NOM-022. ECOSISTEMAS DE MANGLAR. Historial de modificación.

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Modificación a la NOM-022

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Presentation Transcript


  1. Modificación a la NOM-022 ECOSISTEMAS DE MANGLAR

  2. Historial de modificación En Junio de 2005, el Secretario Luege, con el objeto de hacer más efectiva la regulación ambiental, dio instrucciones al Subsecretario Fernando Tudela de que se procediera a construir las líneas de política ambiental para la administración de los manglares, para lo cual se estableció un Grupo de trabajo Entre el mes de junio del 2005 y el mes de febrero del 2006, el grupo interno realizó diez reuniones de trabajo para abordar temas generales de humedales costeros, inventario y normatividad entre otros, con la finalidad de elaborar los lineamientos de política de manglar y recomendar lineamientos durante la revisión de la NOM-022-SEMARNAT-2003. .

  3. Historial de modificación Se instaló un Consejo Consultivo para conocer la opinión de los expertos . Entre las conclusiones más sobresalientes tenemos: • La protección a los manglares debe ser hecha por una gama de instrumentos de política ambiental. • La normatividad vigente debe ser modificada y fortalecida • Se debe contar con un marco jurídico coherente y que dé certidumbre • Se deben delimitar los procedimientos de restauración y mitigación .

  4. Historial de modificación Por tal motivo la Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental procedió a la instalación del GRUPO DE TRABAJO plural para modificar la NOM-022 Se realizaron 4 reuniones preparatorias para que cada sector eligiera a su interior los 5 titulares y 5 suplentes que representarían a sus sectores: Sociedad Civil Organizada (ONG): 15 de Febrero del 2006 Académico: 17 de Febrero del 2006 Privado: 21 de Febrero del 2006 Gubernamental: 23 de Febrero del 2006 Se recibieron las listas de los representantes elegidos por cada sector el 6 de Marzo del 2006 quedando representados los 4 sectores por 5 titulares y 5 suplentes.

  5. Historial de modificación • La conformación del Grupo de Trabajo y el inicio de sesiones se llevó a cabo el 10 de Marzo del 2006 y en ella se presentaron • Las reglas de operación para del Grupo • Las políticas y lineamientos por parte de la SEMARNAT • Los participantes expresaron su posición La segunda sesión del GT se efectuó el 22 de marzo del 2006 en la que se presentaron y recibieron comentarios al anteproyecto de la NOM-022. La primera sesión del Subgrupo de trabajo del Sector Académico se realizó mediante la modalidad de Videoconferencia en las Instalaciones de la UNAM y se efectuó el 27 de marzo, en la que se realizó la revisión Técnica y Científica de los criterios de evaluación del ecosistema de manglar.

  6. Historial de modificación La tercera sesión del GT se realizó el 4 de abril del 2006 y en ella se presentó la tabla de criterios de evaluación del Ecosistema de Manglar con las observaciones de los académicos, se recibieron los comentarios de las ONG’s. Se presentó la compensación ambiental en el anteproyecto de Norma. La cuarta reunión se llevo a cabo el 27 de abril del 2006, en la que se realizo la presentación de casos prácticos para la aplicación del Anteproyecto de la NOM-022. Se realizaron comentarios al anteproyecto. La segunda sesión del Subgrupo de trabajo del Sector Académico se realizo mediante la modalidad de Videoconferencia en las Instalaciones de la UNAM y se efectuó el 16 de mayo, en la que se realizó la revisión Técnica y Científica de las definiciones eje de la NOM

  7. Modificación a la NOM-022 Objetivo: Establecer criterios básicos para que la Secretaría determine los límites máximos permisibles para la realización de obras/actividades que se pretendan realizar en predios con manglar considerando su nivel de conservación; así como la determinación de las medidas que se deberán llevar a cabo para la restauración del ecosistema de manglar. * Esta norma oficial mexicana no exceptúa de otros requerimientos referentes a la evaluación de impacto ambiental y el cambio de uso de suelo

  8. SUPUESTOS BÁSICOS DE CONSTRUCCIÓN DEL ANTEPROYECTO El anteproyecto se basa en la necesidad de contar con una NOM que: • sea cuantificable • tenga métodos de medición claros y • cuente con criterios técnicos de decisión sin ambigüedades

  9. Modelo conceptual de la NOM-022

  10. Criterios Biológicos

  11. Criterios de Amenaza o Riesgo

  12. Criterios Económicos

  13. Económicos Biológicos Amenaza o Riesgo Criterios de Evaluación Usados

  14. SUPUESTOS DE CONSTRUCCIÓN EN TÉRMINOS DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE • El diseño propuesto regula los impactos en el grado de conservación no importando el tipo de actividad de que se trate. • Se distinguen tres niveles de conservación de la Comunidad de Manglar: • Bajo • Medio • Alto. • La autorización estará en función de que el manglar NO DISMINUYA al nivel de conservación inmediato inferior. .

  15. Se incluye la figura de la compensación, acotando su uso y destino • Todas las obras / actividades estarán sujetas al pago de compensación. • La compensación será dirigida a la restauración del EcosistemadeManglar.

  16. SUPUESTOS DE PROCEDIMIENTO • El particular deberá determinar con los datos de la COMUNIDAD DE MANGLAR el “Nivel de Conservación de Línea Base” para establecer el estado de conservación antes de realizar su proyecto y con los datos obtenidos en su predio determinará el “Nivel de Conservación con el proyecto.” (Tabla 2 “Criterios de evaluación de línea base y proyección de impactos por proyecto.”) • Comparando con la Tabla 1 “Criterios para la Determinación de límites máximos permisibles según el nivel de conservación” podrá tener una idea cercana de la respuesta de la autoridad; y en su caso, el porcentaje de aprovechamiento de manglar dentro de su predio, que se le podrá autorizar.

  17. VENTAJAS PARA EL PARTICULAR • El particular podrá verificar el impacto de su actividad antes de entregar su proyecto a la autoridad y podrá hacer las modificaciones al mismo en términos de disminuir el impacto. • Podrá tener una aproximación del valor de la compensación de manera previa a la entrega a la autoridad.

  18. VENTAJAS DE LA NUEVA ESTRUCTURA (1) • Es técnicamente cuantificable. • Incluye variables Biológicas, Ecológicas, Ambientales, de Riesgo y Económicas. • Caracteriza cada Comunidad de Manglar. • Establece el nivel de conservación en que se encuentra cada Comunidad de Manglar. • Puede realizar predicciones. • Considera un límite máximo permisible de autorizaciones precautorio.

  19. VENTAJAS DE LA NUEVA ESTRUCTURA (2) • Puede ser mejorado por la modificación, inclusión o exclusión de otras variables. • Asegura la compensación dirigida a la remediación preferentemente in situ. • Da certeza porque elimina la discrecionalidad en la toma de decisiones. • Y finalmente, no solo mantiene el nivel de conservación de las comunidades de manglar; si no que asegura quecon el tiempo se incrementará el área total de manglar conservado en el país.

  20. COMPENSACION • Se entiende como aquella (s) acción (es) que mantenga (n) o incremente (n) en la misma área o en otra designada por la SEMARNAT, los servicios ambientales que el ecosistema de mangle existente aportaría, de no ser desarrollado el proyecto, y pueden ser acciones de restauración, protección y/o conservación de un hábitat equivalente (manglar) contemplando para ello los siguientes criterios:

  21. Criterios usados para establecer la Compensación • La superficie ocupada por la comunidad de mangle • Los servicios ambientales que ofrece la comunidad de manglar, previo a la afectación (hábitat de fauna residente y migratoria, conformación del litoral y productividad primaria, entre otros) • Los servicios ambientales que prestará la comunidad de manglardespués de la remoción y / o alteración • Los servicios ambientales que ofrecerá la comunidad de manglar en el área de compensación • El tiempo en que la medida de compensacióntardará en alcanzar un nivel de desarrollo equiparable en el ecosistema antes de la realización del proyecto

  22. Para establecer la compensación se siguen los siguientes pasos: • Se establece el nivel de conservación de la comunidad de manglar antes del desarrollo del proyecto, determinándose el nivel de servicios ambientales que presta esa comunidad en particular. • Se determina el nivel de afectación (cambio) que sufrirá la comunidad de manglar en general y en términos de perdida de servicios ambientales con el proyecto y finalmente: • Con el Análisis de Hábitat Equivalente se establece el área de manglar que deberá compensar el promovente por el desarrollo de su proyecto.

  23. Para establecer la compensación (cont.) • La medición de cada factor (biológico, amenaza o riesgo y económicos) debe de ser realizada directamente en la comunidad de manglar y convertido (en la mayoría de los casos) a un valor de servicio; la suma de todos esos valores, indicará el nivel de conservación en que se encuentra esa comunidad: Bajo, Medio o Alto.

  24. Para establecer la compensación (cont.) • El cambio en el valor del nivel de conservación y la consecuente pérdida de servicios ambientales de la comunidad de manglar, se determina como la diferencia entre los valores de la línea base de conservación de la comunidad de manglar y los valores de conservación resultantes con el proyecto. • Este valor de cambio, es el que se utilizará para calcular el área a compensar; utilizando el Análisis de Habitat Equivalente, desarrollado por la Agencia Nacional para la Administración Oceanográfica y Atmosferica (NOAA) y que se considera un buen método de análisis para compensación.

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