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Diario Ámbito Financiero www.novedadesfiscales.com.ar. Nuevas Normas Contables. Aspectos Impositivos. Fernando D. García (basado en Enrique Fowler Newton y Hugo A. Luppi). Octubre de 2009. Nuevas normas contables. RT 26. Normas Internacionales Información Financiera
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Diario Ámbito Financierowww.novedadesfiscales.com.ar Nuevas Normas Contables.Aspectos Impositivos. Fernando D. García (basado en Enrique Fowler Newton y Hugo A. Luppi). Octubre de 2009.
Nuevas normas contables. RT 26 • Normas Internacionales Información Financiera • Resolución Técnica 26/05 FACPCE • Norma Internacional de Contabilidad 34. • Vigor: 2011 (2010 comparación): 1/1/2010 • UE “Reglamento NIC” 1606/2002 (2005) Fernando D. García
Normas Internacionales de Información Financiera • ¿Contabilidad o impuestos? • (Chrysler Financiera, Ind. Plast.D’Accord) • Obligatorios: cuando control estatal. • Cuasi obligatorios: si consolidan. • Aplicación parcial o supletoria. Casos. • Optativos: resto. ¿CONVIENE O NO? • NIIF completas (si no, no son NIIF) Fernando D. García
NIIF´s (cont.) • FACPCE: RT 17 Y 18 (+/- 100 diferencias) • www.facpce.org.ar/usuarios/plan NIIF CNV.pdf • CPCECABA Res. CD 25/2009 • Cambia terminología: “Estados Financieros” (Estados Contables), “Inventarios” (Bienes de Cambio) , “Propiedad, Planta y equipo” (Bienes de Uso). • ¿Tiene el mismo alcance legal? ¿Y fiscal? Fernando D. García
Consolidación (Grupo Sociedades) • Conflicto: pros & cons. • 12° Congreso CPCECABA (2008) • NIC’s 27, 28 y 31 no permiten consolidar (ídem LSC) • Información complementaria si mandato legal (LSC). • Estrictamente no se aplica NIIF´s si no se consolida. Difieren (?) si no se consolida. Fernando D. García
Consolidación (continuación) • Se debe consolidar con las sociedades de propósito especial (aún sin control accionario). • Si se obtiene beneficios de sus actividades o riesgos por su operación. • La contrapartida afecta el patrimonio neto. • Parte en resultados y parte en cuenta de capital. • Gastos de compra (acciones): gastos legales, auditoría de compra, valuadores, etc. se imputan a resultados. Hoy se activan. Fernando D. García
Quienes deben aplicar las NIIF. RT 16 y 18 • Oferta Pública • Emisoras de Obligaciones negociables • Que consoliden con quienes apliquen. • Excepciones: BCRA y aseguradoras • Las cooperativas? • Optativo. Quienes quieran hacerlo. • No puede/ debe haber superposición Fernando D. García
Medición contable. • No incluye información transacciones con vinculadas (art. 73 LIG). • ¿Desaparecen Precios de Transferencia? • Empresa en Marcha (NIC 10) • Costos históricos (excepto moneda “funcional”). • No hay mas ganancia por tenencia. • Valores descontados. Fernando D. García
Moneda de Cuenta (NIC 21) • Moneda Funcional. Definición. • Entorno primario (flujos de efectivo) • Hiperinflación: 100 % en 3 años. • IPIM (ex mayoristas); transición! • Moneda de presentación: cualquiera. • Si no coincide: convertir. • M/E (NIC 21): • Costos históricos; valores corrientes. Fernando D. García
Implicancias impositivas: • Primer efecto: a) Responsable sustituto (Bienes personales), b) Impuesto de Igualación, c) topes monetarios (p.ej. Honorarios directores). • Segundo efecto: a ) Resultados que se imputan directamente al patrimonio neto (se denominan “Otro Resultado Global”). • Cuando involucre ambos tipos de resultados; mediante la suma se obtiene el “resultado total” (que no es para LSC resultado “distribuible” por originarse en utilidades líquidas y realizadas). Fernando D. García
NIIF: Inventarios (ex Bienes Cambio contables; mercaderías impositivas) • Compra de bienes: costo original. • No reconoce resultados por tenencia. • Salidas: basado en el flujo de inventarios. • No es una opción. Se admiten: FIFO y PPP. • No se admite LIFO • Ciertos productos: identificación específica de sus costos individuales. • Inmuebles para vender: imputar costos financieros (similar a normas actuales). Fernando D. García
NIIF: Propiedad, planta y equipo (ex bienes de uso contables; amortizables impositivamente) • Costo original o revaluación, ambos menos amortizaciones acumuladas. • Si revalúo, es optativo desafectar la reserva creada por la revaluación (se transfiere a resultados acumulados). • Por lo tanto, el total de la amortización calculada sobre valores revaluados se imputa a resultados del ejercicio. • Los costos originales incluyen todos los costos de eliminación sobre el medio ambiente. Como contrapartida se registran como pasivo. • Luego, los costos activados, se amortizan dentro del costo total. Fernando D. García
NIIF: Propiedad, planta y equipo (continuación) • Imputar los costos de financiación de la construcción de un bien integrante de planta y equipo. Hoy es optativo. • Los bienes deben amortizarse segregando los componentes con distinta vida útil y el valor residual que se les estime. • La vida útil, el valor residual estimado y el método de depreciación deben revisarse anualmente. • Si se cambian las estimaciones, los efectos se computan hacia el futuro, pero sin recalcularse retroactivamente. Fernando D. García
NIIF: Intangibles (Bienes Inmateriales contable , fiscalmente Derechos y Gastos activados). • Intangibles adquiridos, con vida indefinida (p.ej. marca que no tenga vida legal limitada) no se amortizan. • Todos los años: recalcular valor recuperable (flujo de fondos descontado de los ingresos que generan). • Llave de negocio: no puede amortizarse. Sujeta al análisis de recuperabilidad cada año. • Si se castiga, éste no puede volver a recuperarse. • Se imputan directamente a resultados. • No puede haber llave negativa, • No se activan gastos de organización ni preoperativos. Fernando D. García
Cuestiones especiales. • Los canjes de activos no deben generar resultados. • Excepto si tiene “sustancia comercial” y los valores son confiables. • Canjes de “commodities”: no generan resultados. • Stock options. Fernando D. García
Cuestiones especiales (cont.) • Saldos entre partes independientes que no tengan su origen en operaciones comerciales, préstamos o sus refinanciaciones: “fair value”. • Reconocimiento de ingresos por ventas: condiciones más estrictas que en las actuales. • Se debe haber transferido al comprador los riesgos y los beneficios de los bienes. • Ver que las operaciones sean irreversibles. Fernando D. García