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Enfoque de la Dirección de Seguridad y Salud Ocupacional

Enfoque de la Dirección de Seguridad y Salud Ocupacional. Dirección de Seguridad y Salud. Dirección de Seguridad y Salud. MISIÓN Verificar, controlar y asesorar al Sector Público y Privado en el cumplimiento de la normativa legal en Seguridad y Salud Ocupacional. VISIÓN

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Enfoque de la Dirección de Seguridad y Salud Ocupacional

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  1. Enfoque de la Dirección de Seguridad y Salud Ocupacional Dirección de Seguridad y Salud

  2. Dirección de Seguridad y Salud MISIÓN Verificar, controlar y asesorar al Sector Público y Privado en el cumplimiento de la normativa legal en Seguridad y Salud Ocupacional. VISIÓN Fomentar, mantener y mejorar la cultura de Prevención a nivel nacional a través de la participación estatal como ente regulador y asesor.

  3. VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE INSPECCIONES VISITAS TÉCNICAS INSPECCIÓN Y/O AUDITORIA Dirección de Seguridad y Salud

  4. CHARLAS CAPACITACIÓN CONVENIOS PUBLICIDAD : CAMPAÑAS PUBLICITARIAS Y MATERIAL INFORMATIVO, WEB ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE NORMAS Dirección de Seguridad y Salud

  5. -Verificar las condiciones de las empresa publicas y privadas con el fin de reducir los riesgos laborales • Evaluación de los ambientes de trabajo con procedimientos bajo norma • Recomendar y verificar estrategias de control • OAE • Verificar el cumplimiento de la vigilancia en la Salud de los Trabajadores para mantener un medio de trabajo saludable Dirección de Seguridad y Salud

  6. ÁREAS DE TRABAJO Dirección de Seguridad y Salud

  7. Dirección de Seguridad y Salud Gestión de Seguridad y Salud en las Industrias

  8. Gestión de Seguridad y Salud en las Industrias

  9. 1. UNIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD. • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 15. Numeral 1. REQUERIMIENTOS LEGALES

  10. 1. UNIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD. • Empresas con más de 100 trabajadores / 50 a 100 categorizadas de alto riesgo. • Contarán con una Unidad dirigida por un técnico en la materia que reportará a la más alta autoridad de la empresa o entidad. • Funciones: • Reconocimiento y evaluación de riesgos; • Control de Riesgos profesionales; • Promoción y adiestramiento de los trabajadores; • Registro de la accidentalidad, ausentismo y evaluación estadística de los resultados. • Asesoramiento técnico REQUERIMIENTOS LEGALES

  11. Código del Trabajo Art. 430 Numeral 2. • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 16. • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas. 2. SERVICIO MÉDICO REQUERIMIENTOS LEGALES

  12. Las empresas con cien o más trabajadores organizarán obligatoriamente los Servicios Médicos con la planta física adecuada. • Los Servicios Médicos de Empresa, serán dirigidos por un Médico General, con experiencia en Salud Ocupacional o Salud Pública. El personal de enfermería trabajará a tiempo completo, cubriendo todos los turnos de labor de la empresa. 2. SERVICIO MÉDICO • Funciones: • HIGIENE DEL TRABAJO • ESTADO DE SALUD DEL TRABAJADOR • RIESGOS DEL TRABAJO • DE LA EDUCACIÓN HIGIÉNICO-SANITARIA DE LOS TRABAJADORES • DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN FAVOR DE LA PRODUCTIVIDAD REQUERIMIENTOS LEGALES

  13. 3. COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 14. REQUISITOS REQUERIMIENTOS LEGALES

  14. 3. COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO • En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo. • Funciones: • Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de riesgos profesionales. • Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad e Higiene • Realizar la inspección general de edificios, instalaciones y equipos de los centros de trabajo • Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales • Realizar sesiones mensuales • Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos • Analizar las condiciones de trabajo en la empresa • Vigilar el cumplimiento del Reglamento REQUERIMIENTOS LEGALES

  15. 4. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD • Art. 434 del Código del Trabajo. REQUISITOS REQUERIMIENTOS LEGALES

  16. REQUERIMIENTOS LEGALES En todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con más de diez trabajadores, se establecerá un reglamento de higiene y seguridad. 4. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD • Política Empresarial • Disposiciones Reglamentarias • Del Comité paritario de Seguridad e Higiene del Trabajo / De la Unidad de Seguridad / Del Servicio Médico • De las responsabilidades de Gerentes, Jefes y Supervisores / De la población vulnerable • De la prevención de riesgos del trabajo propios de la empresa • De los accidentes mayores / De la señalización de seguridad • De la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores / Del registro e investigación de accidentes e incidentes / De la información y capacitación en prevención de riesgos. • De la Gestión Ambiental

  17. 1. MATRIZ DE RIESGO • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Capítulo III-Artículo 11 Literal b) y c) • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. • Art. 15. Numeral 2. • Resolución 957 Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 1 literal b) IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS

  18. 2. MEDICIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGO • Método reconocido • Equipo calibrado • Profesional competente IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS

  19. 3. MAPA DE RIESGOS • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Capítulo III-Artículo 11 Literal b). IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS

  20. 1. CONTROL DE RIESGOS CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  21. 2. INDUCCIÓN , CAPACITACIÓN E INFORMACIÓN • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 11 literal h), I) • Art. 18, 19, 20 y 23 derechos de los trabajadores CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  22. 3. PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 11 literal e). • Resolución 957 Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 1. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  23. 4. PROFESIOGRAMAS • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas. Capítulo IV Art. 11 Numeral, Literal c) CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  24. 5. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Título VI. PROTECCIÓN PERSONAL. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  25. 5. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL • Debe considerarse como el último recurso de reducción del riesgo en el lugar de trabajo. • Utilización adecuada. • Obligatoriedad del uso. • Mantenimiento y conservación. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  26. 6. SEÑALETICA Prohibitiva • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Capítulo VI. • Señalización de Seguridad. 1 Obligación Preventiva Contra Incendios Informativa CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  27. 6. SEÑALETICA • Señalización de Seguridad. Normas Técnicas NTE INEN – ISO 3864 – 1 CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  28. 6. SEÑALETICA • Colores de identificación de tuberías Norma Técnica Ecuatoriana INEN 440 CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  29. 7. SERVICIOS PERMANENTES • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 37,38, 39, 40, 41, 42, 42, 43, 44, 45, 49, 50, 51 y 52. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  30. 7. SERVICIOS PERMANENTES • Salubridad y Ambientación en Comedores • Salubridad y Almacenamiento Adecuado de Alimentos • Dotación de Agua para Consumo Humano • Salubridad y Número Adecuado de: • Servicios Sanitarios • Lavabos • Vestuarios • Duchas CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  31. 8. ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Art. 7 Literal f); Art. 11 Literal g) • Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 15 Literal d) • Resolución 390 Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo. Art. 41, 42, 43 y 52. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  32. 8. ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES • Notificación • Estadística • Investigación • Índices CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  33. 9. PLAN DE EMEREGENCIA Y SIMULACROS • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Capítulo III Art. 16. • Reglamento de prevención, mitigación y protección contra incendios. CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  34. 1. HISTORIA DE EXPOSICIÓN LABORAL • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas Capitulo 4 Art. 11 Numeral 2 Literal a). • VIGILANCIA A LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

  35. 2. EXAMENES DE PRE EMPLEO, PERIODICOS Y DE RETIRO • Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Art. 14 y 22. • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas Capitulo 4 Art. 11 Numeral 2 Literal b). • VIGILANCIA A LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

  36. 3. VIGILANCIA ESPECÍFICA DE ACUERDO A LOS FACTORES DE RIESGO • Resolución 390 Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo. Capitulo 1 Art. 3 literal h) • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas Capitulo 4 Art. 11 Numeral 2 Literal c). • VIGILANCIA A LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

  37. 4. MORBILIDAD POR GRUPO DE RIESGO • Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas. Art. 11 numeral 5 literal b). • Acuerdo Ministerial 220 Compromiso con el Ministerio de trabajo y empleo en materia de Seguridad y Salud. Literal c). • VIGILANCIA A LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

  38. INSPECCIÓN ESPECIALIZADA DE SEGURIDAD Y SALUD Verificación y Cumplimiento de la Normativa y condiciones de seguridad en Centros de trabajo FORMATO

  39. INSPECCIÓN ESPECIALIZADA DE SEGURIDAD Y SALUD • A partir de julio del 2012 hasta la presente fecha se han realizado inspecciones de Seguridad y Salud a las empresas manufactureras, inspeccionando un total de:

  40. DIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD WEB: http://www.relacioneslaborales.gob.ec/seguridad-y-salud-en-el-trabajo/ e-mail: seguridadysalud@mrl.gob.ec

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