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LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 8422

LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 8422. REGIMEN DE RESPONSABILIDAD PENAL. En la exposición de motivos.

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LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 8422

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Presentation Transcript


  1. LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO EN LA FUNCIÓN PÚBLICAN° 8422

  2. REGIMEN DE RESPONSABILIDAD PENAL

  3. En la exposición de motivos • Se estableció que la Ley 8422 constituiría un instrumento jurídico destinado a promover y fortalecer los mecanismos necesarios para luchar contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública.

  4. En la exposición de motivos • Los señores diputados en su momento estimaron que el tema de la corrupción afecta gravemente un régimen democrático, dado que constituye uno de los obstáculos más severos en el logro de una gobernabilidad efectiva.

  5. En la exposición de motivos • Al ratificar la “Convención Interamericana contra la Corrupción”, Ley No. 7670 del 17 de abril de 1997, nuestro país se comprometió a crear, mantener y fortalecer las normas de conducta que aseguren el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas.

  6. Avances en materia de combate a la corrupción • Planteados por la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, desde la perspectiva de los tipos penales.

  7. Panorama Comparativo de Delitos Ley No.8422 - Ley No.6872

  8. Ley 8422 Artículo 45.- Enriquecimiento ilícito. Será sancionado con prisión de tres a seis años quien, aprovechando ilegítimamente el ejercicio de la función pública o la custodia, la explotación, el uso o la administración de fondos, servicios o bienes públicos, bajo cualquier título o modalidad de gestión, por sí o por interpósita persona física o jurídica, acreciente su patrimonio… Ley 6872 Artículo 26.- Incurrirán en el delito de enriquecimiento ilícito y serán sancionados con prisión de seis meses a seis años, los servidores públicos que en el ejercicio de un cargo público, o dentro del año siguiente a la cesación de su relación de servicio: b) Mejoren su situación económica en las circunstancias descritas, habiendo cancelado deudas o extinguido obligaciones que afectaban su patrimonio. Comparación de Delitos

  9. COMENTARIO • Se estableció un aumento en cuanto a la pena mínima, que pasa de seis meses a tres años de prisión.

  10. Ley 8422 Artículo 46.-Falsedad en la declaración jurada. Será reprimido con prisión de seis meses a un año, quien incurra en falsedad, simulación o encubrimiento al realizar las declaraciones juradas de bienes ante la CGR. Ley 6872 Artículo 27.- Será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años e inhabilitación especial para el cargo que desempeña, por igual tiempo, todo aquel que incurriere en falsedad u ocultamiento al hacer las declaraciones ante el registro de declaraciones de bienes. Comparación de Delitos

  11. COMENTARIO • A pesar de que existe una disminución de la pena. El avance radica en que la inhabilitación se regula en el artículo 59 específicamente, aumentándola de 1 a 10 años.

  12. Ley 8422 Artículo47.Receptación, legalización o encubrimiento de bienes. Será sancionado con prisión de uno a ocho años, quien oculte, asegure, transforme, invierta, transfiera, custodie, administre, adquiera o dé apariencia de legitimidad a bienes o derechos... Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  13. Ley 8422 Artículo 48.—Legislación o administración en provecho propio. Será sancionado con prisión de uno a ocho años, el funcionario público que sancione, promulgue autorice, suscriba o participe con su voto favorable, en las leyes, decretos, acuerdos y contratos administrativos que otorguen… Ley 6872 Artículo 26.- Incurrirán en el delito de enriquecimiento ilícito y serán sancionados con prisión de seis meses a seis años, los servidores públicos…d) Incurrirán en igual delito y serán sancionados con la misma pena, los miembros de los supremos poderes que dicten o promulguen leyes, decretos, acuerdos o resoluciones, en que se otorguen beneficios para su exclusivo provecho… Comparación de Delitos

  14. COMENTARIO • El tipo penal se establece ahora en un artículo, ya no en un inciso.

  15. Primero: Se da un aumento en cuanto a la pena, anteriormente era de seis meses a seis años, con la creación de la nueva ley, el legislador la incrementa de uno a ocho años de prisión. Segundo : la regulación se extiende a sujetos y personas jurídicas de carácter privado. Tercero: El grado de parentesco se modifica de un segundo a un tercer grado de consanguinidad o afinidad. Cuarto: El contenido de esta norma fue cuestionado de inconstitucional por la consulta de la Asamblea Legislativa a la Sala Const. en lo referente al “voto favorable, en las leyes”, por violación al Artículo 110 de la Const. P. COMENTARIO

  16. Ley 8422 Artículo 49.—Sobreprecio irregular. Será penado con prisión de tres a diez años, quien, por el pago de precios superiores o inferiores-según el caso- al valor real y corriente y según la calidad o especialidad del servicio o producto, obtenga una ventaja o un beneficio de cualquier índole para sí… Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  17. Ley 8422 Artículo 50.—Falsedad en la recepción de bienes y servicios contratados. Será penado con prisión de dos a ocho años, el funcionario público, el consultor o alguno de los servidores de éste, contratados por la respectiva entidad pública, que incurran en falsedad… Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  18. Ley 8422 Artículo 51.—Pago irregular de contratos administrativos. Será penado con prisión de uno a tres años, el funcionario público que autorice, ordene, consienta, apruebe o permita pagos, a sabiendas de que se trata de obras, servicios o suministros no realizados o inaceptables por haber sido ejecutados… Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  19. Ley 8422 Artículo 52.—Tráfico de influencias. Será sancionado con pena de prisión de dos a cinco años, quien directamente o por interpósita persona, influya en un servidor público, prevaliéndose de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su situación personal… Ley 6872 Artículo 26.- Incurrirán en el delito de enriquecimiento ilícito y serán sancionados con prisión de seis meses a seis años, los servidores públicos ...: ch) Consientan, faciliten o intervengan de cualquier modo, por su influencia, conocimiento o función, en el enriquecimiento de un tercero, funcionario público o no. Comparación de Delitos

  20. COMENTARIO • Nos encontramos con un artículo específico y no con un inciso. • El contexto del nuevo artículo abarca todo lo relacionado al tráfico de influencias, mientras que el anterior inciso ch), era omiso en la descripción de conductas y sujetos que practicaban o realizaban tal proceder en contravención del ejercicio de la función pública.

  21. COMENTARIO • Además el artículo, contiene una elevación de la pena a un tercio, cuando el delito sea cometido por jerarcas de puestos que conforman los Supremos Poderes de República, lo cual no preveía el inciso ch).

  22. Ley 8422 Artículo 53.—Prohibiciones posteriores al servicio del cargo. Será penado con cien a ciento cincuenta días multa, el funcionario público que, dentro del año siguiente a la celebración de un contrato administrativo..., acepte empleo remunerado o participación en el capital social con la persona física o jurídica favorecida, si tuvo participación en alguna de las fases del proceso... Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  23. Ley 8422 Artículo 54.—Apropiación de bienes obsequiados al Estado. Será penado con prisión de uno a dos años el funcionario público que se apropie o retenga obsequios o donaciones que deba entregar al Estado, de conformidad con el artículo 20 de esta Ley. Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  24. Ley 8422 Artículo 55.—Soborno transnacional. Será sancionado con prisión de dos años a ocho años, quien ofrezca u otorgue, a un servidor público de otro Estado o de un organismo o entidad internacional, directa o indirectamente cualquier dádiva… La pena será de tres a diez años, si el soborno se efectúa para que el funcionario ejecute un acto contrario a sus deberes… Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  25. COMENTARIO • Norma novedosa y necesaria. Acorde con tratados internacionales, como el de la OECD.

  26. Ley 8422 Artículo 56.-Reconocimiento ilegal de beneficios laborales. Será penado con prisión de tres meses a dos años, el funcionario público que, en representación de la Administración Pública y por cuenta de ella, otorgue o reconozca beneficios patrimoniales derivados de la relación de servicio, con infracción del ordenamiento jurídico aplicable. Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  27. Ley 8422 Artículo 57.—Influencia en contra de la Hacienda Pública. Serán penados con prisión de dos a ocho años, el funcionario público ... que,... influyan, dirijan o condicionen, en cualquier forma, para que se produzca un resultado determinado, lesivo a los intereses patrimoniales de la Hacienda Pública o al interés público,... Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  28. Ley 8422 Artículo 58.—Fraude de ley en la función administrativa. Será penado con prisión de uno a cinco años, el funcionario público que ejerza una función administrativa en fraude de ley.... Igual pena se aplicará al particular que, a sabiendas de la inconformidad del resultado con el ordenamiento jurídico, se vea favorecido o preste su concurso para este delito. Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  29. Ley 8422 Artículo59.Inhabilitación. A quien incurra en los delitos señalados en esta Ley, además de la pena principal se le podrá inhabilitar para el desempeño de empleo, cargo o comisiones públicas que ejerza, incluso los de elección popular, por un período de uno a diez años. Igual pena podrá imponerse a quienes se tengan como coautores o cómplices de este delito. Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  30. Ley 8422 Artículo 60—Violación de la privacidad de la información de las declaraciones juradas. Será penado con prisión de tres a cinco años, quien divulgue las declaraciones juradas de bienes presentadas ante la Contraloría General de la República. Ley 6872 Artículo 28.- El servidor público que violare la confidencialidad o el secreto a que se refieren los artículos 10 y 20 de la presente ley, será destituido de su cargo sin responsabilidad para el Estado. Comparación de Delitos

  31. Se refiere a quien divulgue las declaraciones juradas y se puede confrontar con el artículo 28 de la ley anterior, donde solamente sancionaba con destitución de cargo sin responsabilidad para el Estado. En la nueva ley se puede apreciar una ampliación de la conducta o acción, convirtiéndolo en delito y con pena de prisión de tres a cinco años a los funcionarios públicos que cometan el ilícito. COMENTARIO

  32. Ley 8422 Artículo 61—Consecuencias civiles del enriquecimiento ilícito. La condena judicial firme por el delito de enriquecimiento ilícito producirá la pérdida, a favor del Estado o de la entidad pública respectiva, de los bienes….. Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  33. COMENTARIO • Se establece el paso de Bienes a favor del Estado, que se regula a través del Reglamento, en los artículos 52 y 53. • Art. 52 Reglamenta el destino de los bienes muebles e inmuebles, valores, dineros y derechos recibidos por el Estado a causa de la condenatoria judicial firme por el delito de enriquecimiento ilícito. • Art. 61 de la ley dispone con relación a los bienes inmuebles-municipalidades.

  34. COMENTARIO • Art.53 Reglamenta el destino de los bienes muebles, valores, dinero y derechos recibidos por órganos y entes de la Administración descentralizada, los entes públicos no estatales y las empresas públicas, a causa de la condenatoria judicial firme por el delito de enriquecimiento ilícito.

  35. Ley 8422 Artículo 62.—Prescripción de la responsabilidad penal. Prescribirá en la forma establecida por la legislación aplicable; no obstante, regirán las siguientes reglas: a) Una vez interrumpida la prescripción, los plazos fijados en el art. 31 CPP volverán a correr por un nuevo período, sin reducción alguna. b) Además de las causales previstas en el art. 33 CPP, la acción penal podrá interrumpirse… Ley 6872 No había norma similar Comparación de Delitos

  36. REFORMAS A LOS DELITOS DEL CODIGO PENAL

  37. Disposiciones finales • Artículo 64.—Reformas del Código Penal.Refórmense los artículos 345, 354 y 356 del Código Penal.

  38. Artículo 345.—Penalidad del corruptor.Las penas establecidas en los cinco artículos anteriores serán aplicables al que dé o prometa al funcionario público una dádiva o la ventaja indebida”. Artículo 345.— Las penas establecidas en los cinco artículos anteriores son aplicables al que diere o permitiere al funcionario público una dádiva o la ventaja indebida”. Artículo 345.—Penalidad del corruptor

  39. COMENTARIO • Con esta reforma, queda subsanado el problema que se suscitaba al interpretar este artículo, pues se le incorpora el verbo prometer en lugar de permitir. • Voto 461-91, Sala Constitucional. Permitiere-prometa.

  40. Artículo 354.—Peculado. Será reprimido con prisión de tres a doce años, el funcionario público que sustraiga o distraiga dinero o bienes cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada en razón de su cargo; asimismo, con prisión de tres meses a dos años, el funcionario público que emplee, en provecho propio o de terceros, trabajos o servicios pagados por la Administración Pública o bienes propiedad de ella. Esta disposición también será aplicable a los particulares y a los gerentes, administradores o apoderados de las organizaciones privadas, beneficiarios, subvencionados, donatarios o concesionarios, en cuanto a los bienes, servicios y fondos públicos que exploten, custodien, administren o posean por cualquier título o modalidad de gestión”. Artículo 354.—Peculado. Será reprimido con prisión de tres a doce años, el funcionario público que sustragiere o distragiere dinero o bienes cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada en razón de su cargo… Artículo 354.—Peculado.

  41. COMENTARIO • Dentro de esta reforma, se incorpora una extensión para los bienes pertenecientes a la Administración Pública. • De igual modo, sé extendió a sujetos y personas jurídicas de carácter privado, que por las modalidades de gestión que indica el articulado se encuentren bajo su esfera de custodia.

  42. Artículo 356.—Malversación. Serán reprimidos con prisión de uno a ocho años, el funcionario público, los particulares y los gerentes, administradores o apoderados de las personas jurídicas privadas, beneficiarios, subvencionados, donatarios o concesionarios que den a los caudales, bienes, servicios o fondos que administren, custodien o exploten por cualquier título o modalidad de gestión, una aplicación diferente de aquella a la que estén destinados. Si de ello resulta daño o entorpecimiento del servicio, la pena se aumentará en un tercio”. Artículo 356.—Malversación. Serán reprimidos con treinta a noventa días multa, el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administre una aplicación diferente a aquella a que estuvieren destinados… Artículo 356.—Malversación

  43. COMENTARIO • Se da un aumento en cuanto a la pena, y cambia de treinta a noventa días multa a de uno a ocho años de prisión. • Ahora no solo tipifica conductas y acciones de los funcionarios, si no que se extiende a particulares y personas jurídicas privadas.

  44. VOTO 1707-95 • Mediante Voto 1707-95 de las 15:39 hrs del 28-3-95, la Sala Constitucional anuló por ser inconstitucionales, los incisos a) y c) del artículo 26 de la Ley número 6872, y declara por conexidad la inconstitucionalidad del inciso e) del mismo artículo. Por imponer al funcionario público de que se trate, el deber de demostrar el origen del aumento en su patrimonio, invirtiendo la carga de la prueba en contra del encausado violando con ello el principio de inocencia, en los términos prescritos por el art. 39 C.P., concerniéndole al órgano acusador la demostración de la procedencia ilícita del patrimonio del servidor público.

  45. COMENTARIO • Analizada la Ley 8422 y confrontada con la ley anterior se puede determinar que los vicios señalados por la Sala Constitucional en el voto 1707-95 de las 15:39 hrs del 28-3-95 no se encuentran presentes en la ley de estudio, lo cual evidencia un avance importante en la materia.

  46. VOTO 7242 • Mediante Voto 7242-2004 de las 17:03 hrs del 30-6-04, la Sala Constitucional señala el roce constitucional del artículo 48 del proyecto de Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, en cuanto incluye la referencia al “voto favorable” de las leyes, argumentando que esta disposición, que se refiere específicamente a la reacción penal contra los legisladores que pronuncien votos favorables para la aprobación de las leyes, es contraria a lo que dispone el artículo 110 C.P., en cuanto dice: “El Diputado no es responsable por las opiniones que emita en la Asamblea”.

  47. PROCURADURÍA DE LA ÉTICA PÚBLICA RESPONSABILIDAD CIVIL EN SEDE PENAL

  48. Funciones a Desarrollar: • Nuestra Ley Orgánica en cuanto a las atribuciones de la Procuraduría General de la República en sede Penal y que involucra a la Procuraduría de la Etica, establece en su artículo 3 inciso d): • “ ARTICULO 3º.- ATRIBUCIONES: Son atribuciones de la Procuraduría General de la República: ... • d) Intervenir en las causas penales, de acuerdo con lo que al efecto disponen esta ley y el Código de Procedimientos Penales."

  49. Funciones a Desarrollar: • COMO ACTOR CIVIL • Para ejercer este nivel de participación, se requiere un estudio del caso en particular y que se determine en forma clara un daño relevante, que pueda ser cuantificable y que exista prueba de ello.

  50. Funciones a Desarrollar: • ACCIÓN CIVIL POR DAÑO MATERIAL. • ARTICULO 37.- Ejercicio. La acción civil para restituir el objeto materia del hecho punible, así como la reparación de los daños y perjuicios causados, podrá ser ejercida por el damnificado, sus herederos, sus legatarios, la sucesión o por el beneficiario en el caso de pretensiones personales, contra los autores del hecho punible y partícipes en él y, en su caso, contra el civilmente responsable.

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