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REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

UNIDAD PROGRAMÁTICA UNO. ANTECEDENTES DE LA INTRODUCCIÓN A MÉXICO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO MTRO. MAURICIO PAVÓN PAVÓN. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA. OBJETIVO ESPECÍFICO DE LA UNIDAD. DAR A CONOCER LOS ANTECEDENTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

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REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

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  1. UNIDAD PROGRAMÁTICA UNO ANTECEDENTES DE LA INTRODUCCIÓN A MÉXICO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADOMTRO. MAURICIO PAVÓN PAVÓN REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  2. OBJETIVO ESPECÍFICO DE LA UNIDAD DAR A CONOCER LOS ANTECEDENTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  3. TEMÁTICA 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN. 1.3FILOSOFÍA DEL I.V.A. 1.3.1 ORIGEN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. 1.3.2 IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES. 1.4 TRATAMIENTO CONTABLE DEL I.V.A. 1.5 CASO PRÁCTICO. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  4. TEMÁTICA 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  5. 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y SU LEGALIDAD LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO SUPONE PARA ÉSTE LA REALIZACIÓN DE GASTOS Y LA PROCURA DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS INDISPENSABLES PARA CUBRIRLOS, AQUÍ ENTENDEMOS POR ESTADO LA POBLACIÓN ORGANIZADA JURÍDICAMENTE, CON UN GOBIERNO Y ESTABLECIDA EN UN TERRITORIO DETERMINADO, PERO INDISCUTIBLEMENTE SURGE EN ESTE MOMENTO UN PRIMER PROBLEMA, EL CUAL ES EL DE LA JUSTIFICACIÓN DEL ESTADO PARA CONSTITUIRSE EN PROPIETARIO DE UN CONJUNTO DE RIQUEZAS, CUYO ORIGEN FUNDAMENTAL ES LA APORTACIÓN QUE HACEN LOS MIEMBROS DEL PROPIO ESTADO, ESTE PROBLEMA ESTÁ REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  6. 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS ESTRECHAMENTE VINCULADO CON EL DE LOS FINES Y ATRIBUCIONES DEL MISMO ESTADO, PORQUE PRECISAMENTE NECESITA LA RIQUEZA PARA ESTAR ESTE EN POSIBILIDADES DE LOGRAR LOS FINES Y ATRIBUCIONES QUE SE LE HAN SIDO ASIGNADOS, ASI ES COMO SURGE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA, LA CUAL ES DEFINIDA POR MARGAIN MANAUTOU COMO: REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  7. 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS “ EL VINCULO JURÍDICO EN VIRTUD DEL CUAL EL ESTADO, DENOMINADO SUJETO ACTIVO, EXIGE A UN DEUDOR DENOMINADO SUJETO PASIVO, EL CUMPLIMIENTO DE UNA PRESTACIÓN PECUNIARIA, EXCEPCIONALMENTE EN ESPECIE”. ESTO ES PUES POR OBLIGACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA DEBE ENTENDERSE LA CANTIDAD DEBIDA POR EL SUJETO PASIVO AL SUJETO ACTIVO, CUYO PAGO EXTINGUE A DICHA OBLIGACIÓN. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  8. 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS TODA LEY TRIBUTARIA SEA QUE ESTABLEZCA UN IMPUESTO, CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS, DERECHOS O APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, DEBE SEÑALAR, CUALES SON LOS ELEMENTOS PARA SU DETERMINACIÓN, ESTO SE FUNDAMENTA DESDE NUESTRA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, AL ESTABLECER EN EL ARTÍCULO 31 FRACCIÓN IV, LA OBLIGACIÓN DE LOS MEXICANOS DE CONTRIBUIR A LOS GASTOS PUBLICOS DE LA MANERA PROPORCIONAL Y EQUITATIVA QUE DISPONGAN LAS LEYES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  9. 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN CRITERIO JURISPRUDENCIAL HA DICHO QUE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD CONSISTE EN QUE LAS AUTORIDADES SÓLO PUEDEN HACER LO QUE LA LEY LES PERMITE, EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD ESPECÍFICO PARA LA MATERIA TRIBUTARIA, PUEDE ENUNCIARSE MEDIANTE EL AFORISMO, ADOPTADO POR ANALOGÍA DEL DERECHO PENAL, "NULUM TRIBUTUM SINE LEGE", POR LO TANTO DESPUÉS DE LO DICHO SE CONCLUYE QUE LA LEY FISCAL DEBE ESTABLECER CUÁLES SON LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL TRIBUTO, A SABER, OBJETO, SUJETO, EXENCIONES, BASE, TARIFA, PAGO, INFRACCIONES Y SANCIONES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  10. 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS SEGÚN EL ARTÍCULO QUINTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, "LAS DISPOSICIONES FISCALES QUE ESTABLEZCAN CARGAS A LOS PARTICULARES Y LAS QUE SEÑALAN EXCEPCIONES A LAS MISMAS, ASÍ COMO LAS QUE FIJAN LAS INFRACCIONES Y SANCIONES SON DE APLICACIÓN ESTRICTA. SE CONSIDERA QUE ESTABLECEN CARGAS A LOS PARTICULARES LAS NORMAS QUE SE REFIEREN AL SUJETO, OBJETO, BASE, TASA O TARIFA", DEL ANÁLISIS DE ESTE PÁRRAFO SE DESTACA QUE LOS ELEMENTOS DE LA CONTRIBUCIÓN SON: OBJETO, SUJETO, EXENCIONES, BASE, TARIFA, PAGO, INFRACCIONES Y SANCIONES. ELEMENTOS DE LA CONTRIBUCIÓN REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  11. ESTRUCTURA JERARQUICA C.P.E.U.M. TRATADOS C.F.F. LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN. LEY I.V.A. LEY I.S.R. LEY INFONAVIT LEY DE CONTRIBUCIONES (ISAN, IEPS,ISAI) LEY FEDERAL DE DERECHOS 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  12. 1.1 CONCEPTO DE IMPUESTOS LA IMPORTANCIA DE ESTABLECER EL MARCO LEGAL BÁSICO DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE EN MÉXICO REGULAN LAS DIVERSAS CONTRIBUCIONES EXISTENTES, ES LA DE UBICAR JERARQUICAMENTE TANTO EL ORIGEN COMO SU IMPACTO EN LAS MISMAS, ASÍ COMO APRECIAR LAS REPERCUSIONES QUE PUEDA REPRESENTAR SU MODIFICACIÓN, SIN OLVIDAR LA JURISPRUDENCIA QUE ESTABLEZCA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA QUE ES DEFINITIVA Y TIENE FUERZA DE LEY. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  13. TEMÁTICA 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  14. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN EXISTE UNA NUTRIDA VARIEDAD DE CLASIFICACIONES DE CONTRIBUCIONES, YA SEAN REALES Y PERSONALES; PERIÓDICAS E INSTANTÁNEAS; GENERALES Y ESPECIALES; ETC. LOS ELEMENTOS QUE CONFIGURAN LAS CONTRIBUCIONES SE ESTABLECEN EN EL C.F.F. ART. 2°. SIN EMBARGO LA CLASIFICACIÓN MAS ACEPTADA POR LA DOCTRINA ES LA DE CONTRIBUCIONES DIRECTAS E INDIRECTAS, QUE SE HACE EN RAZÓN A LA INCIDENCIA O IMPACTO ECONÓMICO SOBRE QUIEN RECAE LA CARGA TRIBUTARIA. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  15. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN CONTRIBUCIONES DIRECTAS • LAS CONTRIBUCIONES DIRECTAS SON AQUELLAS QUE INCIDEN EN FORMA INEVITABLE EN LA ECONOMÍA DE QUIEN LOS PAGA. DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO, NO PUEDEN TRASLADAR SU EFECTO A OTRAS PERSONAS. • COMO EJEMPLOS SE TIENEN: • IMPUESTO SOBRE LA RENTA. • IMPUESTO PREDIAL. • IMPUESTO SOBRE TENENCIA Y USO DE VEHICULOS. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  16. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN CONTRIBUCIONES DIRECTAS EN LAS CONTRIBUCIONES DIRECTAS TIENE APLICACIÓN GENERAL EL PRINCIPIO PROPORCIONALIDAD DE LOS IMPUESTOS, QUE CONSISTE EN FIJAR LA CARGA FISCAL O MONTO DEL IMPUESTO A PAGAR EN FUNCIÓN DE LA CAPACIDAD ECONÓMICA DE LOS CONTRIBUYENTES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  17. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN CONTRIBUCIONES INDIRECTAS LAS CONTRIBUCIONES INDIRECTAS SON AQUELLAS EN LAS QUE EL OBLIGADO A PAGAR LAS MISMAS NO SUFRE EL IMPACTO ECONÓMICO, YA QUE ESTÁ LEGALMENTE PERMITIDO EL TRASLADO EXPRESO O TÁCITO DEL GRAVAMEN A LOS ADQUIRIENTES DE BIENES Y SERVICIOS. EL CONTRIBUYENTE ES QUIEN REALIZA LAS ACTIVIDADES AFECTAS AL TRIBUTO, PERO ESTÁ PREVISTA SU TRASLACIÓN, POR LO QUE FINALMENTE QUIEN SUFRE EL IMPACTO ECONÓMICO DEL GRAVAMEN ES EL CONSUMIDOR FINAL. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  18. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN CONTRIBUCIONES INDIRECTAS • EJEMPLOS DE ESTOS GRAVAMENES SON: • IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES. • IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. • IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS. • IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  19. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN EL CALIFICATIVO DE INDIRECTO RADICA EN QUE EL ESTADO PRETENDE GRAVAR AL RECEPTOR DEL SERVICIO O CONSUMIDOR, PERO POR RAZONES DE ORDEN PRÁCTICO RECAUDA A TRAVÉS DE LA FIGURA JURÍDICA DE LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA, ES DECIR, QUE HACE RECAER LA OBLIGACIÓN DE ENTERAR EL IMPUESTO AL ENAJENANTE O PRESTADOR DE UN SERVICIO. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  20. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN ENCONTRAMOS QUE LOS IMPUESTOS ATENDIENDO A LA VARIEDAD DE GRAVÁMENES QUE PUEDEN EXISTIR EN UN PAÍS Y CONSIDERANDO ELEMENTOS TALES COMO EL SUJETO Y/O LAS ACTIVIDADES QUE GRAVAN LOS PODEMOS CLASIFICAR DE LA SIGUIENTE FORMA: 1.- IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS, EL PATRIMONIO Y EL GASTO O CONSUMO. ESTA CLASIFICACIÓN SE ESTUDIA SEGÚN EL OBJETO DEL IMPUESTO, ESTO ES, LA REALIDAD ECONÓMICA QUE SE GRAVA. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  21. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN 2.- IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS. SON IMPUESTOS DIRECTOS AQUELLOS QUE NO PUEDEN SER TRASLADADOS, DE MODO QUE INCIDEN EN EL PATRIMONIO DEL SUJETO PASIVO DE LA OBLIGACIÓN, PUESTO QUE NO LO PUEDE RECUPERAR DE OTRAS PERSONAS. SON IMPUESTOS INDIRECTOS LOS QUE SI PUEDEN SER TRASLADADOS, DE MODO QUE NO INCIDEN EN EL PATRIMONIO DEL SUJETO PASIVO, SINO EN EL DE OTRAS PERSONAS DE QUIENES LO RECUPERA EL SUJETO PASIVO. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  22. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN 3.- IMPUESTOS REALES Y PERSONALES. LOS IMPUESTOS REALES SON LOS QUE SE ESTABLECEN DE ACUERDO A LOS BIENES O COSAS QUE SE GRAVAN, ESTO ES, SIN TOMAR EN CUENTA A LAS PERSONAS. LOS IMPUESTOS PERSONALES, ESTOS SI TOMAN EN CUENTA LAS PERSONAS, O SEA QUIEN VA A PAGAR EL IMPUESTO, SIN TOMAR EN CONSIDERACIÓN LOS BIENES O COSAS QUE POSEA. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  23. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN 4.- IMPUESTOS ESPECÍFICOS Y AD VALOREM. IMPUESTOS ESPECÍFICOS, ESTOS SE ESTABLECEN ATENDIENDO A LA UNIDAD DE MEDIDA O CALIDAD DEL PRODUCTO. IMPUESTOS AD VALOREM, ESTOS SE ESTABLECEN ATENDIENDO AL VALOR DE LO QUE SE GRAVA. 5.- IMPUESTOS GENERALES Y ESPECÍFICOS. GENERALES, SON AQUELLOS QUE GRAVAN DIVERSAS ACTIVIDADES U OPERACIONES, PERO QUE TIENEN UN MISMO DENOMINADOR COMÚN (POR EJEMPLO LA COMPRAVENTA). LOS ESPECIALES, GRAVAN UNA ACTIVIDAD O COSA DETERMINADA, (IMPUESTOS ESPECIALES SOBRE EL ALCOHOL). REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  24. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN 6. - IMPUESTOS CON FINES FISCALES Y CON FINES EXTRAFISCALES. CON FINES FISCALES, SON LOS QUE SE ESTABLECEN PARA CUBRIR EL PRESUPUESTO. CON FINES EXTRAFISCALES, SON LOS QUE SE ESTABLECEN CON FINALIDAD DIFERENTE, AL PRESUPUESTO, MUCHAS VECES CON CARÁCTER SOCIAL O ECONÓMICO. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  25. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN 7.-IMPUESTOS ALCABALATORIOS. ESTOS GRAVAN LA CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS EN UN TERRITORIO DETERMINADO, SE PUEDE PRESENTAR DE LA FORMA SIGUIENTE: ¨IMPUESTOS AL TRÁNSITO. ¨IMPUESTO DE CIRCULACIÓN. ¨IMPUESTO DE EXTRACCIÓN. ¨IMPUESTO DE INTRODUCCIÓN. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  26. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN 8.- IMPUESTOSFEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES. ESTOS SON DE ACUERDO AL LEGISLADOR QUE LOS ESTABLEZCA Y EL LUGAR EN QUE SE APLIQUEN DICHOS IMPUESTOS. SERÁN FEDERALES, LOS CREADOS POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN, Y SU APLICACIÓN ES EN TODA LA REPÚBLICA. LOS ESTATALES SON CREADOS POR LOS CONGRESOS LOCALES, Y SU APLICACIÓN SERÁ DENTRO DEL TERRITORIO DE UNA ENTIDAD FEDERATIVA. LOS MUNICIPALES SON CREADOS POR LOS CONGRESOS LOCALES Y SU APLICACIÓN SERÁ DENTRO DE UN MUNICIPIO. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  27. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN • UNA VEZ IDENTIFICADA LA CATEGORÍA DE IMPUESTOS INDIRECTOS, SE ANALIZAN CUÁLES DE LOS PRINCIPALES IMPUESTOS FEDERALES EN VIGOR EN MÉXICO, SE PUEDEN CLASIFICAR COMO INDIRECTOS. • IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- ES EL IMPUESTO DIRECTO POR EXCELENCIA. • IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.- ES EL IMPUESTO INDIRECTO POR EXCELENCIA. • IMPUESTO AL ACTIVO.- SE CLASIFICA COMO IMPUESTO DIRECTO, PUES ES UN IMPUESTO COMPLEMENTARIO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ADEMÁS DE QUE GRAVA EL RENDIMIENTO DE LOS ACTIVOS DEL CONTRIBUYENTE. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  28. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN • IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS.- AUNQUE POR SU NOMBRE PARECE QUE SE TRATA DE UN IMPUESTO ESPECIAL, SE DEBE CLASIFICAR COMO UN IMPUESTO INDIRECTO PUES LO QUE REALMENTE GRAVA ES EL CONSUMO DE CIERTO TIPO DE BIENES. • IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS.- SE TRATA DE UN IMPUESTO DIRECTO PUES SE GRAVA A LOS PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS Y NO SE TRATA DE UN IMPUESTO QUE SE PUEDA REPERCUTIR A OTROS CONTRIBUYENTES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  29. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN • IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS.- ES UN IMPUESTO INDIRECTO, PUES GRAVA EL CONSUMO DE CIERTO TIPO DE BIENES. • DE LA CLASIFICACIÓN ANTERIOR, SE DESPRENDE QUE PRÁCTICAMENTE EXISTEN TRES IMPUESTOS INDIRECTOS FEDERALES EN MÉXICO, A SABER, AL VALOR AGREGADO, ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS Y SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  30. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN CONTRIBUCIONES DIRECTAS E INDIRECTAS REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  31. 1.2 CONCEPTO DE IMPUESTOS INDIRECTOS Y SU CLASIFICACIÓN REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  32. TEMÁTICA 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  33. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. 1.3.1 ORIGEN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DURANTE SIGLOS, LA ECONOMÍA FUE DESARROLLADA COMO UNA SIMPLE “PRÁCTICA ECONÓMICA”, BASADA EN LA IMPROVISACIÓN Y LA ESPONTANEIDAD EN LA QUE LOS ELEMENTOS COMO LA PRODUCCIÓN, LA DISTRIBUCIÓN Y EL MERCADO EXISTÍAN Y SE COMBINABAN CON LA VIDA COTIDIANA. EL HOMBRE PRACTICABA EL COMERCIO INTERCAMBIANDO LAS MERCANCIAS QUE PRODUCIA POR MERCANCIAS QUE LE HACIAN FALTA PARA SU CONSUMO, SIN QUE LE PREOCUPARA LA NECESIDAD DE PENSAR ECÓNOMICAMENTE. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  34. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. EL INTERES DE PENSAR ECONÓMICAMENTE NACIÓ CUANDO EL HOMBRE DESCUBRIÓ QUE EL INTERCAMBIO EN EL MERCADO LE PERMITÍA OBTENER UN EXCEDENTE ECONÓMICO, SURGIENDO ASÍ EL DESARROLLO DEL “CÁLCULO ECONÓMICO” BASADO EN LA OBTENCIÓN DEL MÁXIMO BENEFICIO EN LAS OPERACIONES DE INTERCAMBIO. DURANTE LA PRIMERA MITAD DEL SIGLO XX, LA MAYORÍA DE LOS PAÍSES EUROPEOS YA HABÍAN IMPLEMENTADO GRAVÁMENES FISCALES A LOS MÁRGENES DE BENEFICIOS QUE RESULTABAN DEL VALOR DE CAMBIO EN EL PRECIO DE LAS MERCANCÍAS. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  35. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. EN LA ACTUALIDAD SE LE CONOCE COMO VALOR AGREGADO AL MARGEN DE BENEFICIO QUE RESULTA DEL VALOR DE CAMBIO EN EL PRECIO DE LAS MERCANCÍAS, CONSIDERÁNDOSE AL “HECHO ECONÓMICO” COMO EL EJE DE DESARROLLO DE LAS SOCIEDADES MODERNAS, TANTO A NIVEL INTERNO COMO A NIVEL EXTERNO, FORMANDO UNA CADENA GLOBAL QUE DA ORIGEN A LA “ECONOMÍA MUNDIAL”, DE TAL MODO QUE UNA CRISIS APARENTEMENTE SECTORIAL, DE UNA MATERIA PRIMA O DE UN PRODUCTO, TIENE INMEDIATAS REPERCUSIONES EN LAS REGIONES MÁS LEJANAS DEL PLANETA. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  36. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO TUVO SU ORIGEN EN EUROPA, POR EL AÑO DE 1925, BAJO EL REGIMEN TRADICIONAL DEL “IMPUESTO A LAS VENTAS”, MISMO QUE SE ESTABLECIÓ COMO UN SISTEMA DE “IMPUESTO EN CASCADA” TAMBIÉN CONOCIDO COMO FENÓMENO DE “IMPOSICIÓN ACUMULATIVA” QUE CONSISTE EN CUBRIR UN IMPUESTO SOBRE OTRO IMPUESTO DE LA MISMA NATURALEZA. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  37. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. FUE HASTA EL AÑO DE 1948 CUANDO DESPUÉS DE REALIZAR DIVERSOS ESTUDIOS TÉCNICOS SOBRE ESTE PARTICULAR, SE ESTABLECIÓ EN FRANCIA, PERO EN FORMA EXCLUSIVA PARA EL NIVEL DE MAYORISTA, EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EL CUAL YA CONTEMPLABA QUE DEBÍA RECAUDARSE EN ETAPAS PERIÓDICAS, PERMITIENDO A SU VEZ LA DEDUCCIÓN DE LA PARTE DEL IMPUESTO YA CUBIERTO EN LA ETAPA O PERIODO ANTERIOR. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  38. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. EN EL AÑO DE 1967, EL CONSEJO DE LA COMUNIDAD ECONÓMICA EUROPEA DECIDIÓ ADOPTAR LOS PRINCIPIOS DE ESTE IMPUESTO, ESTABLECIENDO ACUERDOS MEDIANTE LOS CUALES LOS ESTADOS MIEMBROS DEL “MERCOMÚN” CONVENÍAN EN SUSTITUIR SUS RESPECTIVOS SISTEMAS DE IMPUESTOS QUE GRAVABAN LAS TRANSACCIONES COMERCIALES, POR UN SISTEMA COMÚN QUE INCLUÍA AL MISMO TIEMPO EL IMPUESTO SOBRE EL “VALOR AGREGADO”, ASÍ COMO CIERTOS IMPUESTOS “COMPENSATORIOS” A LAS IMPORTACIONES, Y EXENCIONES O BONIFICACIONES A LAS EXPORTACIONES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  39. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. EN 1966 EL CONSEJO DE LA ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE LIBRE COMERCIO (ALALC) RECOMENDÓ REALIZAR ESTUDIOS TENDIENTES A DISEÑAR UN IMPUESTO A LAS VENTAS QUE SIRVIERAN DE MODELO A LOS PAISES LATINOAMERICANOS. ANTES DE TERMINAR LA DECADA DE LOS 60´S URUGUAY Y BRASIL ESTABLECIERON UN GRAVAMEN DEL TIPO DEL I.V.A., EL OBJETIVO CONSISTIA EN PROMOVER TRANSFORMACIÓN EN LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS INDIRECTOS Y REDUCIR LOS OBSTÁCULOS QUE IMPEDIAN UN COMERCIO MAYOR ENTRE LOS PAISES DEL ÁREA. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  40. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. EN 1967, CONCLUYÓ LA PRIMERA ETAPA DE INVESTIGACIÓN Y SE RECOMENDÓ LA APLICACIÓN DE UN GRAVAMEN DEL TIPO DEL I.V.A., QUE FUERA NO ACUMULATIVO, CON TASA ÚNICA, Y TRATAMIENTOS ESPECIALES A PEQUEÑOS COMERCIANTES, LIMITADO A BIENES MUEBLES CONSUMIBLES. EN 1973 LOS DEMAS PAISES SUDAMERICANOS ADOPTARON DICHO IMPUESTOS CON PARTICULARIDADES PROPIAS DE CADA PAIS. ACTUALMENTE LOS PAISES QUE TIENEN UN IMPUESTO AL VALOR AGREGADO MAS PURO, SON ARGENTINA, CHILE; URUGUAY Y MÉXICO. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  41. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. 1.3.2 IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES ANTES DE QUE ENTRARA EN VIGOR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.), EL IMPUESTO APLICABLE EN MÉXICO ERA EL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES (ISIM), VIGENTE DESDE 1948 A 1979, EL CUAL TENIA LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: INDIRECTO. EL CONTRIBUYENTE ES QUIEN REALIZA LAS ACTIVIDADES AFECTAS AL TRIBUTO, PERO ESTÁ PREVISTA SU TRASLACIÓN, POR LO QUE FINALMENTE QUIEN SUFRE EL IMPACTO ECONÓMICO DEL GRAVAMEN ES EL CONSUMIDOR. FEDERAL. ERA UN IMPUESTO FEDERAL PERO DE BASE ESTRECHA, LO CUAL DABA LA POSIBILDAD DE QUE LOS ESTADOS GRAVARAN CON CONTRIBUCIONES LOCALES LO QUE EL ISIM EXIMIA; PROPICIANDO CON ESTO, 32 SISTEMAS DE IMPUESTOS INDIRECTOS LOCALES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  42. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. DE BASE ESTRECHA. YA QUE SOLO GRAVABA LA MAYORÍA DE LAS ACTIVIDADES MERCANTILES, EXCLUYENDO POR LO TANTO LAS NO MERCANTILES, PERMITIENDOSE CON ELLO UNA DIVERSIDAD DE IMPUESTOS LOCALES. PLURIFÁSICO. GRAVABA TODAS LAS ETAPAS DEL PROCESO DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS. ACUMULATIVO. EL IMPUESTO DE UNA ETAPA PASABA A FORMAR PARTE DE LA BASE DE LA SIGUIENTE, PROPICIANDO DISTINTAS CARGAS FISCALES, DEPENDIENDO DEL NÚMERO DE ETAPAS POR LAS QUE ATRAVESABA EL PRODUCTO. ESTE EFECTO DE CASCADA ERA EL QUE MAS DISTORSIONABA AL SISTEMA DE PRECIOS. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  43. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. NO NEUTRAL. EN VIRTUD DE QUE AFECTABA MAS AL COSTO DE LOS BIENES PRODUCIDOS POR EMPRESAS NO INTEGRADORAS QUE POR LAS INTEGRADAS. EL EFECTO DE NEUTRALIDAD SE APRECIA EN QUE EN LAS EMPRESAS INTEGRADAS EL ISIM INCIDIA EN MENOR MEDIDA EN EL COSTO DEL BIEN, VIENDOSE FAVORECIDAS PUES ESTAS CONTROLAN LAS ETAPAS DEL PROCESO DE PRODUCCIÓN. TRATAMIENTOS DIFERENCIALES. CONTABA CON DIVERSOS TRATAMIENTOS DIFERENCIALES QUE DIFICULTABAN SU ADMINISTRACIÓN, YA QUE SE APLICABAN TASAS DEL 1.8%, 4%, 5%, 10% Y 30%, ASI COMO EXENCIONES SUBJETIVAS EN RAZÓN DEL SUJETO. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  44. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. POSIBILIDADES RECAUDATORIAS. LAS POSIBILIDADES REAUDATORIAS ERAN LIMITADAS, YA QUE DE ELEVARSE LA TASA SE INCREMENTARIA LA TENDENCIA A LA EVASIÓN Y LOS EFECTOS NEGATIVOS DE LA CASCADA GENERARÍAN UN CAOS EN EL SISTEMA DE PRECIOS. NO PERMITÍA DESGRAVACIÓN PARA EXPORTACIÓN. DESDE 1975 SE CREARON LOS ESTIMULOS FISCALES ORIENTADOS A LA EXPORTACIÓN, A TRAVES DE SISTEMAS COMPENSATORIOS QUE PROPICIABAN LA DESGRAVACIÓN TOTAL DEL BIEN EXPORTADO, MECANISMO QUE ADEMAS DE DESGRAVAR, DABA UN PEQUEÑO SUBSIDIO A LA EXPORTACIÓN VIOLANDOSE CON ELLO LAS REGLAS BÁSICAS DEL COMERCIO INTERNACIONAL QUE PROHIBEN SUBSIDIAR LAS EXPORTACIONES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  45. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. ANTECEDENTES DEL I.V.A. EN MÉXICO • EN 1966 LA S.H.C.P. INICIA EN MÉXICO LOS PRIMEROS ESTUDIOS PARA ESTABLECER EL I.V.A., IMPUESTO QUE SUBSANARIA LAS DEFICIENCIAS DEL I.S.I.M. EL CUAL : • NO PERMITÍA CONSOLIDAR EL PROCESO DE COORDINACIÓN CON ENTIDADES FEDERATIVAS. • NO PERMITÍA LA DEDUCCIÓN DEL I.S.I.M. PAGADO EN LA ETAPA ANTERIOR. • TENIA COMO REQUISITO PARA SU CAUSACIÓN, LA MERCANTILIDAD DE LAS ACTIVIDADES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  46. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. • EN 1967 FINALMENTE, CON BASE EN LOS ESTUDIOS REALIZADOS SE FORMULÓ EL PROYECTO DE LA LEY FEDERAL AL EGRESO, EL CUAL REGULABA UN GRAVAMEN CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: • QUE EL SUJETO DEL IMPUESTO FUERA EL ADQUIRIENTE Y NO EL ENAJENANTE. • QUE FUERA TRASLADABLE. • QUE SUPRIMIERA LA MERCANTILIDAD DEL OBJETO DEL GRAVAMEN. • QUE FUERA FEDERAL CON UNA TASA DEL 8%. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  47. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. • QUE EL IMPUESTO PAGADO EN LA COMPRA DE INSUMOS FUERA DEDUCIBLE DEL IMPUESTO CAUSADO EN LA VENTA DE BIENES. • QUE HUBIERA PAGOS MENSUALES Y SE PRESENTARA DECLARACIÓN DEL EJERCICIO. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  48. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. • POR DIVERSAS SITUACIONES: ECONÓMICAS, POLITICAS Y SOCIALES, NO SE APROBÓ EL PROYECTO DE LEY REFERIDO CON ANTERIORIDAD, DE LAS QUE SE PUEDEN CITAR LAS SIGUIENTES: • INCONCLUSA COORDINACIÓN CON LOS ESTADOS. • LIMITADO NIVEL DE ESTUDIOS SOBRE EL I.V.A. • DESFAVORABLES CONDICIONES ECONÓMICAS, POLITICAS Y ADMINISTRATIVAS. • REDUCIDA EXPERIENCIA DE APLICACIÓN DEL I.V.A. EN OTROS PAISES. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  49. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. EN 1978 SE FORMULA EL PROYECTO DE LEY, EL CUAL SE APRUEBA EN DICIEMBRE DE ESE AÑO, DÁNDOSE UNA VACATIO LEGIS PARA SU ENTRADA EN VIGOR HASTA 1980, LLEVÁNDOSE A CABO EN ESE AÑO UNA AMPLIA DIFUSIÓN DEL MISMO. EN DICIEMBRE DE 1979 SE PUBLICA EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, Y SE PROMUEVEN AJUSTES A LA LEY COMO RESULTADO DE LAS OBSERVACIONES TOMADAS DURANTE 1979. REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

  50. 1.3 FILOSOFÍA DEL I.V.A. EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, QUE INICIÓ SU VIGENCIA EN 1980, PRESENTABA LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS GENERALES: INDIRECTO. EL CONTRIBUYENTE ES QUIEN REALIZA LAS ACTIVIDADES AFECTAS AL TRIBUTO, PERO ESTÁ PREVISTA SU TRASLACIÓN, POR LO QUE FINALMENTE QUIEN SUFRE EL IMPACTO ECONÓMICO DEL GRAVAMEN ES EL CONSUMIDOR. FEDERAL. ES UN IMPUESTO FEDERAL, PERO EN VIRTUD DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL Y DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA FIRMADOS CON TODAS LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SU APLICACIÓN ES UNIFORME EN EL PAIS. ES CONVENIENTE SEÑALAR QUE LOS ACUERDOS DE COORDINACIÓN SUFRIERON EN EL AÑO 1990 GRANDES REGIMEN FISCAL DE IMPUESTOS INDIRECTOS- LEY IVA

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