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FORMAS DE PROPIEDAD Y SU REGISTRO

FORMAS DE PROPIEDAD Y SU REGISTRO. LAS TIERRAS INDÍGENAS Y RECURSOS NATURALES. La desaparición de los aborígenes, consecuencia del impacto de la colonización, ha obligado a numerosos investigadores, historiadores y otros profesionales a fines a realizar profundos estudios, aun no concluidos.

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FORMAS DE PROPIEDAD Y SU REGISTRO

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Presentation Transcript


  1. FORMAS DE PROPIEDAD Y SU REGISTRO

  2. LAS TIERRAS INDÍGENAS Y RECURSOS NATURALES.

  3. La desaparición de los aborígenes, consecuencia del impacto de la colonización, ha obligado a numerosos investigadores, historiadores y otros profesionales a fines a realizar profundos estudios, aun no concluidos.

  4. Se calcula que la población autóctona de Cuba ascendía a más de 100 mil habitantes al comenzar la ocupación en la Isla por los españoles, sin embargo en 1550 se advierte que solo quedaban 4 mil habitantes, fecha de las primeras Actas capitulares conservadas del Cabildo de La Habana.

  5. El 12 de octubre de 1492 desembarcó Cristóbal Colón a la primera del Nuevo Mundo “La tierra más hermosa que ojos humanos hayan visto” tal como sentenciara.

  6. Más de un mes dedicó Colón a explorar las costas cubanas, de la cual le causó embrujo su belleza, su naturaleza, sus puertos y sus tierras. Observaba a sus pobladores a los que llamó Indios, al igual que a los encontrados en sus sucesoras conquistas, buscaba las riquezas soñadas, principalmente el oro.

  7. Cuba fue la última preciada Joya de la Corona en el nuevo mundo, justamente duró la colonización hasta 1899. La vida colonial se asentó con el reparto de solares a los colonizadores y tierras para crías y labranzas, cuyas mercedes fueron confirmadas por España en 1516 y después elevadas a perpetuidad.

  8. Los Cabildos o Consejos municipales gobernaban las villas, el Gobernador representaba a los Reyes, la Casa de Contratación monopolizaba el comercio colonial y la Iglesia Católica era el otro gran poder.

  9. La Explotación de los indios mediante la servidumbre, la minería, la ganadería y la agricultura como las principales actividades económicas que existían, unido a

  10. la introducción de esclavos africanos para resolver las insuficiencias ante el trabajo rudo trajo como consecuencias la desaparición definitiva de los aborígenes, no trascendiendo a nuestros días poblaciones de tal naturaleza.

  11. En el siglo XVI queda determinado su exterminio, la Isla casi queda despoblada tras las sucesivas expediciones de conquista a México y la Florida, así como la emigración al Perú y otras tierras.

  12. En 1555 con la ocupación de La Habana por Corsarios y Piratas, hacen reflexionar a España acerca de la importancia estratégica de la mayor de las Antillas.

  13. Las tierras cubanas se destinan entonces, al desarrollo de la ganadería y la agricultura. La Habana debía convertirse en una Plaza fortificada, donde se reunieran cada año las dos flotas que debían partir juntas a España con el oro y la plata americana.

  14. A finales del siglo XVI aparecieron los primeros ingenios azucareros, reglón que a partir de ese momento marcaría los derroteros de la historia de Cuba. Esta industria se expandiría increíblemente. Aparece también el Tabaco como reglón importante.

  15. En el período comprendido entre 1899, fecha que marca el cese de la soberanía española y el 1º de enero de 1959, fecha en que triunfa la Revolución cubana que pone fin a la intervención norteamericana, no se producen cambios trascendentales en las relaciones de propiedad, más bien un asentamiento de los dispuesto por la legislación española que trascendió hasta nuestros días. Tómese en cuenta que el Código Civil estuvo vigente hasta 1987 y la Ley Hipotecaria Española de 1893 y su Reglamento aun están vigentes parcialmente.

  16. Con el triunfo de la Revolución cubana de 1959, se abre para Cuba una nueva etapa caracterizada por profundos cambios en lo político, económico y social que se expresarían en la transformación de las relaciones de propiedad y en la creación de forma progresiva, de un nuevo marco de relaciones jurídicas donde la propiedad estatal socialista y el sistema socialista de economía desempeñan un rol predominante, en torno a las cuales se establecen todas las demás relaciones, incluidas las de carácter privado.

  17. En 1959 se dicta una nueva Constitución, que tenía un carácter progresista fruto de las luchas de clases, fundamentalmente estableció:

  18. El derecho de tanteo del Estado en toda adjudicación o venta forzosa de propiedades inmuebles,

  19. La prohibición del latifundio y la limitación a la adquisición y posesión de la tierra por personas y compañías extranjeras,

  20. La prohibición de imponer gravámenes perpetuos sobre la propiedad del carácter de los censos y otros de naturaleza análoga, entre otros.

  21. A partir de esta Constitución se dictaron Leyes de profundo contenido social dirigidas a canalizar las transformaciones de las relaciones de propiedad existentes en el país: la eliminación del latifundio, la solución del problema de la vivienda, y la recuperación del patrimonio de la nación que había sido entregado por los gobiernos de la seudo república a las compañías extranjeras y a la burguesía nacional. Esas disposiciones afectaban en gran medida la propiedad inmueble, influyendo en el sistema de publicidad regulado en la Ley Hipotecaria de 1893, de todas ellas las fundamentales para el tema que nos ocupa son las siguientes:

  22. 1ra Ley de Reforma Agraria de 17 de mayo de 1959

  23. 2da Ley de Reforma Agraria de 3 de octubre de 1963

  24. Ley de Reforma Urbana de 14 de octubre de 1965

  25. Entre otras dedicadas al proceso de Nacionalización y Confiscación como rescate del patrimonio de la Nación.

  26. El 24 de febrero de 1976, fue proclamada la Constitución de la República vigente en nuestro país, que deroga la establecida en 1959. Entre diversas cuestiones que legitima y regula, refrenda las formas de propiedad existentes en nuestro país, materializadas a su vez, en la Ley No. 59 Código Civil de fecha 16 de julio de 1987, que derogó el Código Civil español de 5 de noviembre de 1889 como expresamos anteriormente.

  27. A continuación relacionamos las formas de propiedad:

  28. PROPIEDAD ESTATAL SOCIALISTA: Está integrada por:

  29. Las tierras que no pertenecen a los agricultores pequeños o cooperativas integradas por estos, el subsuelo, las minas, los recursos naturales tanto vivos como no vivos dentro de la zona económica marítima de la República, los bosques, las aguas y las vías de comunicación.

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