1 / 31

“Manejo optimo de la planilla”

“Manejo optimo de la planilla”. Presentado por: Gabino Zúñiga Reyes. Qué es una planilla de pago ?.

kyle
Download Presentation

“Manejo optimo de la planilla”

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. “Manejo optimo de la planilla” Presentado por: Gabino Zúñiga Reyes

  2. Qué esunaplanilla de pago? Si tenemos a nuestro cargo uno o más colaboradores, debemos llevar planillas de pago. Las planillas de pago son un registro contable. Brindan elementos que permiten demostrar, de manera transparente ante la autoridad competente, la relación laboral del colaborador con nuestra empresa, su remuneración y los demás beneficios que le pagan. Estos registros pueden ser llevados en libros, hojas sueltas o electrónicas.

  3. Qué esunaplanilla de declaración de cuotas? Planilla de declaración de cuotas: Documento presentado por el empleador o generado a través del sistema informático autorizado o implementado por la Caja de Seguro Social, a manera de planilla electrónica, en el cual se declaran los empleados y los salarios pagados; y que sirve de base para la facturación de las cuotas que deben cancelarse mensualmente

  4. Recomendaciones generales dentro del marco legal para el manejo de planillas

  5. Contratos de Trabajo

  6. Contrato de trabajo No podemos hablar sobre salarios y prestaciones laborales si no repasamos algunos conceptos sobre los cuales se basa la relación de trabajo. Se entiende por contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su denominación, el convenio verbal o escrito mediante el cual una persona se obliga a prestar sus servicios o ejecutar una obra a favor de otra, bajo la subordinación o dependencia de ésta.

  7. Contrato de trabajo Se entiende por relación de trabajo, cualquiera sea el acto que le dé origen, a la prestación de un trabajo personal en condiciones de subordinación jurídica o de dependencia económica. La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo anterior y el contrato celebrado producen los mismos efectos. La existencia de la relación de trabajo determina la obligación de pagar el salario.

  8. Contrato de trabajo El contrato de trabajo debe constar por escrito, se firmará al inicio de la relación de trabajo en tres ejemplares (empleador, empleado y Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral), y se presentará para sello ante la Dirección General de Trabajo. Debe prestarse especial atención a los pagos que se realizan a personas a las cuales no se les retienen cuotas de seguro, ya que la Caja tiene la potestad de determinar la existencia de una relación laboral.

  9. Los contratos de trabajos podrán realizarse por tiempo definido, por obra determinada y por tiempo indefinido; a su vez, la relación de trabajo se considerará por tiempo indefinido: Contrato de trabajo • Si vencido el término de un contrato por tiempo definido, el trabajador continúa prestando servicios. • Cuando se trate de un contrato para la ejecución de una obra determinada, si el trabajador continúa prestando las mismas tareas, luego de concluida la obra. • Cuando se celebren sucesivos contratos por tiempo definido o para obra determinada, o no se ajuste el pacto a la naturaleza del servicio, o si se desprende, por la cantidad y duración total de los contratos, que existen la intención de encubrir una relación indefinida.

  10. Salario Mínimo

  11. Salario Mínimo La nueva tasa de salario mínimo comenzó a regir a partir del 1 de enero de 2012 y es aplicable en las dos regiones laborales integradas por los siguientes  distritos: Región 1: Panamá, Colón, San Miguelito, David, Santiago, Chitré, Aguadulce, Penonomé, Bocas del Toro, La Chorrera, Arraiján, Capira, Chame, Antón, Natá, Las Tablas, Bugaba y Boquete. Región 2: Resto de los distritos del país.

  12. Salario Mínimo DECRETO EJECUTIVO No. 240 de 28 de diciembre de 2011 Se fijan nuevas tasas de salario mínimo por hora, según actividad económica, ocupación y tamaño de las empresas, en todo el territorio nacional.

  13. Salario Mínimo para domésticas

  14. Tipos de Salarios y beneficios laborales

  15. Qué es salario? Al tratar de establecer una correcta definición del concepto de “Salario”, para su aplicación a las diferentes legislaciones e instituciones que regulan su pago, (Caja de Seguro Social; (legislación de seguridad social); Dirección General de Ingresos (legislación fiscal) y el Ministerio de Trabajo (legislación laboral), es común que el mismo se preste para confusión, ya que nuestro ordenamiento jurídico contempla una legislación independiente para cada una de ellas.

  16. Salario para la Dirección General de Ingresos Mediante Resolución No. 201-01 de 4 de enero de 1983, la Dirección General de Ingresos señaló que: “Para los efectos tributarios debe entenderse como salario básico, las remuneraciones que el trabajador recibe de su patrono como consecuencia de su trabajo personal, debiendo incluirse los montos que se reciben por horas extraordinarias de trabajo, las comisiones, y otras sumas variables diferentes a las dietas, preavisos, viáticos, gratificaciones de Navidad y aguinaldos distintos al décimo tercer mes obligatorio.”

  17. Salario para la Caja de Seguro Social • Articulo 91: …sin perjuicio de la definición de salario contenida en el Código de Trabajo, se entenderá como salario o sueldo toda remuneración sin excepción, en dinero o especie, que reciban los empleados de sus empleadores como retribución de sus servicios o con ocasión de estos, incluyendo: • Las comisiones. • Las vacaciones. • Las bonificaciones. • Las dietas, siempre que sean recurrentes y que excedan el veinticinco por ciento (25%) de un mes de salario. • Las primas de producción, siempre que excedan el cincuenta por ciento (50%) de un mes de salario. • Los gastos de representación de los trabajadores del sector público y privado a partir del 1 de enero de 2006

  18. Salario para el MinisteriodeTrabajo Como norma general, el Artículo 140 del Código de Trabajo establece que se entiende por salario: “Artículos 140. Salario es la retribución que el empleador debe pagar al trabajador con motivos de la relación de trabajo, y comprender no sólo lo pagado en dinero y especie, sino también las gratificaciones, percepciones, bonificaciones, primas, comisiones, participación en las utilidades y todo ingreso o beneficio que el trabajador reciba por razón del trabajo o como consecuencia de éste”.

  19. Definición de Conceptos de Pagos Extraordinarios

  20. Definición y Conceptos de pagosExtraordinarios • Aguinaldo o Gratificación • Bonificación • Mejoras al XIII mes • Participación en Beneficios o Utilidades • Gastos de Representación • Prima de Producción • Salario en Especie • Viáticos y Transporte • Licencia por Maternidad • Honorarios profesionales • Pagos a jubilados • Dietas • Salarios pagados desde el extranjero • Pagos por Caja Menuda • Comisiones • Percepciones

  21. Terminación Laboral

  22. Terminación Laboral El artículo 210 del Código de Trabajo establece cuando una relación de trabajo termina: Artículo 210: La relación de trabajo termina: • Por mutuo consentimiento, siempre que conste por escrito y no implique renuncia de derechos. • Por la expiración del término pactado. • Por la conclusión de la obra objeto del contrato. • Por la muerte del trabajador. • Por la muerte del empleador, cuando conlleve como consecuencia ineludible la terminación de contrato. • Por la prolongación de cualquiera de las causas de suspensión de los contratos por un término que exceda del máximo autorizado en este Código para la causa respectiva, a petición del trabajador. • Por el despido fundado en causa justificada, o la renuncia del trabajador. • Por decisión unilateral del empleador, con las formalidades y limitaciones establecidas en este capítulo.

  23. Consideraciones importantes al momento de una terminación laboral • Tipo de Contrato (Definido, indefinido u obra determinada) • Periodo de Prueba • Tipo de Despido o Renuncia (Justificada o Injustificada) • Duración de la relación de trabajo • Derechos adquiridos del trabajador (Vacaciones, XIII mes) • Derechos adquiridos especiales (Prima de antigüedad, Indemnización, Preaviso) • Recargos de Indemnización (25% y 50%) • Descuentos legales según el artículo 161 del CT. • Mutuo Acuerdo

  24. Recargos por trabajos en Jornadas extraordinarias

  25. Términos: HORAS EXTRAS O EXTRAORDINARIAS JORNADAS EXTRAORDINARIAS

  26. Consideraciones importantes sobre el cálculo de las horas extras y jornadas extraordinarias • División del día (Periodos Diurno y Nocturno) • Jornadas de Trabajo (Diurna, Nocturna y Mixta) • Jornadas máximas de trabajo (Diurna 8, Nocturna 7, Mixta 7 ½) • Horario (Lo más importante) • Horas extras diarias (No más de 3 diarias) • Horas extras semanales (No más de 9 semanales) • Recargos por horas extras (25%, 50% y 75%) • Recargo Punitivo (75%) • Recargos por jornadas extraordinarias (Jornadas inferiores a 6 días, Domingos, Días feriados y días compensatorios)

  27. Descuentos Legales

  28. Descuentos Legales

  29. Técnicas eficaces para llevar adelante a las organizaciones con mayores y mejores resultados

  30. Técnicas eficaces para llevar adelante a las organizaciones con mayores y mejores resultados • Personal altamentecapacitado en temaslaborales, de seguridad social y planilla. • Un buenAsesorexterno

  31. Muchas Gracias

More Related