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El personal municipal y otros prestadores de servicios

El personal municipal y otros prestadores de servicios. Ab Guillermo Luis de Rivas Ab Marcelo Alejandro Gherro. “ PERSONAL AL SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD ". * Recursos Humanos: a) Consideraciones preliminares b) Individualidad c) Conceptualización: Criterio Amplio

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El personal municipal y otros prestadores de servicios

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  1. El personal municipal y otros prestadores de servicios Ab Guillermo Luis de Rivas Ab Marcelo Alejandro Gherro 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  2. “PERSONAL AL SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD". • * Recursos Humanos: • a) Consideraciones preliminares • b) Individualidad • c) Conceptualización: Criterio Amplio • Criterio restringido El personal municipal y otros prestadores de servicios 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  3. Importancia del tratamiento en el Marco del Control: a) Económico Incidencia presupuestaria. b) Funcional Competencia - Responsabilidad c) Legal Régimen aplicable: Derecho público – Derecho privado. El personal municipal y otros prestadores de servicios 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  4. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION • Intendente • Electivos Concejales • Funcionarios Políticos Tribunos de cuentas • No Electivos Secretarios, subsecretarios, asesor letrado • Planta Permanente • Personal de gabinete • Personal Interino • * Personal Municipal Personal No Permanente Personal contratado • Personal Transitorio • Personal suplente • Directores, subdirectores, etc • * Locaciones de servicios • * Becarios, pasantes, • * voluntariados, planes locales de empleo, etc El personal municipal y otros prestadores de servicios 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  5. El personal municipal y otros prestadores de servicios CARACTERIZACION a) Funcionarios políticos: desempeñan funciones establecidas en las distintas estructuras de gobierno, regidas por la Ley 8102 o C.O.M, cargos estos a los que se accede por elección popular y/o por designación del órgano correspondiente.- b) Personal Municipal: Planta permanente: ingresaron a la administración pública por la vía normativa correspondiente – regla: concurso -; su actividad se limita a cumplir directivas o ejercitar actividades materiales.- Poseen estabilidad y demás derechos reglados en estatuto del empleado público.- 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  6. El personal municipal y otros prestadores de servicios c) Personal Municipal No Permanente: c1) de gabinete: funciones de colaborador y asesor del DEM, y/o quienes por ordenanza ejerzan funciones de jerarquía equivalente a los cargos mencionados; c2) interino: designado en forma provisoria para cumplir funciones en un cargo escalafonario vacante, o por licencia otorgada al titular del cargo.- Retiene el cargo de planta permanente de donde se extrae para su designación.- Duración temporal.- c3) contratado: su relación laboral esta regida por contrato de plazo determinado, presta servicios en forma personal y directa.- Ejecuta tareas que por su especialidad no puedan ser llevados a cabo o no convenga hacerlo con personal permanente.- c4) transitorio: ejecutan servicios, explotaciones, obras, tareas, de carácter temporario, eventual o estacional, que por las características de la misma no convenga ser realizada por personal permanente.- c5) suplente: se designa para cubrir el cargo de un agente por ausencia del titular, mientras dure la misma.- Retiene su cargo c6) directores, subdirectores: por disposición legal o reglamentaria ejercen funciones de jerarquía, de mando.- 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  7. El personal municipal y otros prestadores de servicios d) Locaciones de servicio: la prestación (el trabajo) se traduce en la ejecución técnica de una prestación o actividad por parte del locador, con prudencia y diligencia medianamente exigibles.- Relevancia económica del “conocimiento” y la “habilidad”.- Relación externa con la Administración, mediante un contrato.- Facturan en forma independiente.- e) Becarios, pasantes: estudiantes que realizan actividades formativas dentro de la administración pública, relacionadas con los estudios cursados en unidades educativas, a los efectos de lograr experiencia laboral y pedagógica, sin carácter obligatorio.- f) Voluntariados, planes locales de empleo: programas implementados para paliar emergencias sociales u ocupacionales, con incorporación de talleres de capacitación.- 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  8. El personal municipal y otros prestadores de servicios  ASPECTOS LEGALES NECESARIOS PARA EL CONTROL * La ley Orgánica Municipal (Ley 8.102 y Mod.) no establece pautas especificas de control sobre este tipo de gastos. * Considerar lo que se establece en cada Municipio o Comuna en el del personal Municipal, régimen de contratación y de Contabilidad sobre este tipo de contratos. * Normas generales: Ley 8.102 Art. 9º.- “El presupuesto municipal prevé los recursos pertinentes, autoriza las inversiones y gastos, dentro de los que deberán tenerse en cuenta -en forma prioritaria- las retenciones fijadas por convenios con la Provincia, fija el número de agentes públicos y explicita los objetivos que deben ser cuantificados cuando la naturaleza de los mismos lo permitan. 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  9. El personal municipal y otros prestadores de servicios EN MUNICIPIOS: * Art. 30º.- Son atribuciones del Concejo Deliberante: Inc. 9 Fijar las remuneraciones del Intendente, de los Secretarios, funcionarios y empleados. Inc. 10) Sancionar Ordenanzas que aseguren el ingreso a la administración pública por concurso, la estabilidad, escalafón y la carrera administrativa del personal municipal. * Art. 49º- ATRIBUCIONES. Departamento Ejecutivo: Inc. 17) Nombrar y remover los funcionarios y empleados de la administración a su cargo de conformidad a los estatutos y escalafón vigente, y solicitar acuerdo del Concejo para el nombramiento de los funcionarios que lo necesitaren. 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  10. El personal municipal y otros prestadores de servicios EN COMUNAS: * Art.59º.- ATRIBUCIONES. Del plenario de la Comisión: 6) Fijar las remuneraciones de los funcionarios y empleados municipales. * Art.60º.- Son atribuciones del Presidente: 2) Nombrar y remover, conforme a las Ordenanzas vigentes, los funcionarios y empleados de la administración. 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  11. El personal municipal y otros prestadores de servicios PAUTAS PRACTICAS PARA EL CONTROL DEL GASTO DE SERVICIOS PERSONALES PRINCIPIOS GENERALES 1) Verificar el encuadre legal de la situación de la persona y su relación con el Municipio. 2) Previsión de partidas presupuestarias. Importe inicial – Saldos. 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  12. El personal municipal y otros prestadores de servicios Control Preventivo y Posterior del Gasto Funcionarios Políticos Electivos: - Régimen Legal: Ley Orgánica - Comienzo de Funciones: Asunción - Remuneración. Municipios Art. 30 Inc- 9 – Comunas: Art. 192 L.O.M. - Dieta Concejales: Art. 27 L.O.M. - Límite - Remuneración Tribual de Cuetas Art. Art. 82 L.O.M. - Adicionales - Régimen Aplicable: - Licencia planta permanente: Art. 17 L.O.M. - Fin de las tareas Funcionarios Públicos No Electivos: - Régimen Legal: Art. 30 Inc. 11 L.O.M.: - Organigrama - Presupuesto - Acto de designación expresa.- 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  13. El personal municipal y otros prestadores de servicios Del personal permanente: - Régimen legal: Ley 8.102 Art. 30 Inc. 10 - Estatuto del Personal Municipal - Acto de designación expreso: sistema de la Ley Orgánica Municipal. - Presupuesto. - Categoría. - Pago de servicios extraordinarios: incidencia Personal NO permanente: - Régimen Legal: Estatuto del Personal Municipal. - Acto de designación - Remuneración. Categorías - Existencia del Contrato: Derechos. 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  14. El personal municipal y otros prestadores de servicios Locaciones de Servicio: - Régimen Legal. Art. 77 INc. 2 L.O.M. - Ordenanza de contratación: verificar el proceso de selección en cada caso. Principio licitación pública el pliego y Bases de condiciones debe estar aprobado por el concejo Deliberante 8Art. 30 Inc. 23 de la Ord. 8.102) concurso de precios Excepción contratación directa: Aspectos particulares: Tareas a realizar: a.- Plazo.- Si hay habitualidad en las tareas y si las mismas pueden ser efectuadas por personal de planta permanente Contratación de Profesional: Verificación la existencia de título habilitante y Matricula Profesional respectiva.- b.- Determinación del precio - Forma de facturación y pago – Inscripciones en AFIP 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  15. El personal municipal y otros prestadores de servicios Voluntariado, planes sociales, becas, etc - Régimen Legal Aplicable: Art. 49 Inc. 17 párrafo incorporado por ley 8864: “ - Puesta en funcionamientos. Necesidad de dictar ordenanza de creación - Alcance: Programas diversos: pasantías, becas, trabajos comunitarios, capacitación , 1er. Experiencia laboral, hipótesis similares. - Plazo máximo: (90) días prorrogables. - Limite presupuestario: hasta el quince por ciento (15%) del total de la partida presupuestaria . - Obligación: Crear talleres de capacitación- - Efecto: No se pagan aportes 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

  16. FIN Gracias por escucharnos El personal municipal y otros prestadores de servicios 42 Jornadas de Capacitación, La Cumbre, octubre de 2009

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