1 / 22

Impuesto a la Renta sobre Ingresos Provenientes de Herencias Legados y Donaciones

Impuesto a la Renta sobre Ingresos Provenientes de Herencias Legados y Donaciones. Art. 2.- Concepto de renta.- Para efectos de este impuesto se considera renta:

jin
Download Presentation

Impuesto a la Renta sobre Ingresos Provenientes de Herencias Legados y Donaciones

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Impuesto a la Rentasobre Ingresos Provenientes de HerenciasLegados y Donaciones

  2. Art. 2.- Concepto de renta.- Para efectos de este impuesto se considera renta: 1.- Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito u oneroso, bien sea que provengan del trabajo, del capital o de ambas fuentes, consistentes en dinero, especies o servicios; y... Ingresos de Fuente Ecuatoriana

  3. Ingresos de Fuente Ecuatoriana • Antes de la Reforma: Art. 9 Los provenientes de herencias, legados y donaciones de bienes situados en el Ecuador; y,... • Con la Reforma: • Art. 9 Los provenientes de herencias, legados, donaciones y hallazgo de bienes situados en el Ecuador; y,....

  4. Tipos de Sucesiones: • Testada: Cuando el causante (fallecido) ha otorgado testamento legal y válido. • Intestada: Cuando el causante no otorgó testamento alguno. • Mixta: Cuando el causante ha dejado testamento, pero éste no abarca todos los bienes que tenía. Por lo que aquellos bienes se sujetarán a las normas de la sucesión intestada.

  5. Tarifa del Impuesto Art. 36 Tarifa del Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas: • Antes de la Reforma • Art. 36: • d. Los beneficiarios de ingresos provenientes de herencias, legados o donaciones, satisfarán la tarifa única del cinco por ciento (5%) sobre el exceso de la fracción básica no gravada del impuesto a la renta de personas naturales o sucesiones indivisas, de conformidad con el reglamento. • Con la Reforma • Art. 36 : • d. Los beneficiarios de ingresos, provenientes de herencias, legados, con excepción de los hijos del causante que sean menores de edad o con discapacidad de al menos el 40% según la calificación que realiza el CONADIS; así como los beneficiarios de donaciones, pagarán el impuesto, de conformidad con el reglamento, aplicando a la base imponible las tarifas contenidas en la siguiente tabla :

  6. TABLA DEL IMPUESTO A LA RENTA SOBRE HERENCIAS LEGADOS Y DONACIONES PARA EL 2008 La tarifa anterior era del 5% sobre la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta de Personas (USD. 7,850)

  7. SE EXCEPTUAN DEL PAGO: en caso de herencias y legados • Los hijos del causante menores de edad • Los hijos con una discapacidad de al menos el 40% Para los beneficiarios que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad con el causante, las tarifas de la tabla serán reducidas a la mitad.

  8. Se presumirá donación en los siguientes casos: • Toda transferencia de dominio de bienes y derechos de ascendientes a descendientes o viceversa. • La transferencia realizada por terceros

  9. Impuesto a la Renta de HLD • Hecho generador • Sujetos Activos y Pasivos • Ingresos Gravados • Gastos Deducibles • Declaración y Pago del Impuesto • Obligación de funcionarios y terceros

  10. Ejemplos Bienes adquiridos en la sociedad conyugal - El causante tuvo 3 hijos - Masa hereditaria 100000 - Gastos de ultima enfermedad y funerales 15000 100,000.00

  11. Ejemplos Bienes adquiridos en la sociedad conyugal - El causante tuvo 3 hijos - Masa hereditaria 100000 - Gastos de ultima enfermedad y funerales 15000 Normativa Anterior 50% => SC 50% 3 hijos = 16.67% 15,000 / 3 = 5,000

  12. Ejemplos Bienes adquiridos en la sociedad conyugal - El causante tuvo 3 hijos - Masa hereditaria 100000 - Gastos de ultima enfermedad y funerales 15000 Normativa Anterior • A cada hijo le corresponde la porción de 16.67% • 100000 * 16.67% = 16670 • 16670 – 5000 = 11670 • 11670 – 7850 = 3820 3820 * 5% = 191 TARIFA UNICA

  13. Ejemplos Bienes adquiridos en la sociedad conyugal - El causante tuvo 3 hijos - Masa hereditaria 100000 - Gastos de ultima enfermedad y funerales 15000 Normativa Actual • Porcentaje que le corresponde a cada hijo 16.67% • 100,000 * 16.67% = 16,670 • 16,670 – 5000 = 11670 Tarifa en primer grado de consaguinidad se reduce a la mitad

  14. Prescripción del Impuesto • En el caso de este impuesto se entiende que la Administraciòn ha perdido su derecho de exigir el pago al haber transcurrido 5 años desde que fue exigible.

  15. Anexos • Para concluir el trámite de Herencias, Legados y Donaciones se deberá llenar el Anexo al Formulario 108, en el plazo maximo de 20 días. • La presentacion tardia de los anexos, se sancionará de acuerdo a lo establecido en el Codigo Tributario.

  16. HECHO GENERADOR • En el caso de Herencias y Legados: • Para efectos tributarios se produce en el momento que fallece la persona. • En el caso de Donaciones • El hecho generador es el otorgamiento de actos o contratos para el cual se transfiere el dominio

  17. SUJETOS ACTIVOS Y PASIVOS • Sujeto Activo • El Estado • Sujetos Pasivos • Los Herederos, legatarios, donatarios. • También son responsables de este impuesto, cuando corresponda, los albaceas, los representantes legales, los tutores, apoderados o curadores.

  18. Declaración y Pago del Impuesto • Herencias y Legados • Dentro del plazo de 6 meses a partir de la fecha de fallecimiento. • Donaciones • En forma previa a la inscripción de la escritura o contrato pertinente. • La declaración se presentara aun en el caso de que no se haya causado impuesto.

  19. Ingresos Gravados • Bienes muebles • Bienes inmuebles • Acreencias Financieras • Vehículos • Hallazgos • Acciones y participaciones

  20. Gastos Deducibles • Gastos de ultima enfermedad • Gastos de funerales • Deudas hereditarias. • Sustentados con comprobantes de venta válidos

  21. Se prohíbe a los : Registradores de la Propiedad Registradores Mercantiles La inscripción de todo instrumentos en que se disponga de bienes hereditarios o donados Obligación de Funcionarios y terceros

More Related