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Seminario Internacional Formación de Trabajadores Técnicos en Salud en el Brasil y el MERCOSUR

Seminario Internacional Formación de Trabajadores Técnicos en Salud en el Brasil y el MERCOSUR Dr. Gilberto Ríos Ferreira Coordinador Nacional SGT N°11 “SALUD” y de la RMS. Propósito de la Presentación.

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Seminario Internacional Formación de Trabajadores Técnicos en Salud en el Brasil y el MERCOSUR

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  1. Seminario Internacional Formación de Trabajadores Técnicos en Salud en el Brasil y el MERCOSUR Dr. Gilberto Ríos Ferreira Coordinador Nacional SGT N°11 “SALUD” y de la RMS

  2. Propósito de la Presentación • Visión descriptiva del MERCOSUR desde un nivel macro hasta un nivel micro (subcomisión desarrollo y ejercicio profesional). • Realidad Uruguay desde la visión de la Autoridad Sanitaria sobre recursos humanos en salud en general y en particular. (tecnólogos y auxiliares)

  3. Tratado de Asunciónmarzo de 1991 ...objetivo primordial...es la integración de los cuatro Estados Partes, a través de la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos, el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común, la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales y la armonización de legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el proceso de integración

  4. Ouro Preto (Protocolo Adicional al Tratado de Asunción)Diciembre 1994 • Se establece la estructura institucional • Adquiere personalidad jurídica internacional. • Culmina el período de transición • Se adoptan instrumentos de política comercial común que rigen la zona de libre comercio y la unión aduanera: Arancel Externo Común. • Zona de libre comercio y unión aduanera es el paso previo al MERCADO COMUN

  5. Evolución del proceso de integración • Tratado de Asunción: • Refleja el sentido esencialmente económico – comercial. • Gradualmente la agenda va incorporando aspectos de la dimensión política y del campo social.

  6. MERCOSUR Dimensiones • MERCOSUR económico – comercial • MERCOSUR institucional. • MERCOSUR real.

  7. Voluntad política. Políticas de Estado. Señales claras. Pasos concretos. Simbología. Zona de libre comercio. (tratar restriciones no arancelarias) Unión aduanera (circulación de bienes intrazona) Ambito económico. (coordinación macroeconómica – integración de cadenas productivas) MERCOSUR económico - comercial

  8. CMC GMC SGT Reuniones de Ministros Comité de Cooperación Técnica Parlamento del MERCOSUR ALTERNATIVAS: Aplicación efectiva de la normativa vigente. Aprobación de normas en el marco del Protocolo de Ouro Preto MERCOSUR Institucional

  9. CMC – Consejo Mercado ComúnIntegración y Funcionamiento • Es el órgano superior del MERCOSUR al cual le incumbe la conducción política del proceso de integración y la toma de decisiones para asegurar el cumplimiento de los objetivos establecidos por el Tratado de Asunción y para alcanzar la constitución final del mercado común. • Está integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y por los Ministros de Economía, o sus equivalentes, de los Estados Partes.

  10. GMC – Grupo Mercado Común Composición El Grupo MercadoComún es el órgano ejecutivo del MercadoComún del Sur (MERCOSUR).

  11. MERCOSUR real • Preservación de los recursos naturales de la región. • Facilitar la circulación de personas. • Aprobar un protocolo socio laboral

  12. Problemas MERCOSUR • Objetivos planteados tempranamente • Frecuentemente ratificados. • Escasamente cumplidos. • Erosionan la perspectiva de la integración y generan incertidumbres.

  13. Salud y MERCOSUR • Liberación comercial implica reducciones arancelarias progresivas y eliminación de restricciones no arancelarias. • Para que productos y/o servicios circulen libremente en un mercado integrado, hay que armonizar leyes y reglamentos técnicos para evitar se constituyan en restricciones no arancelarias. • Los reglamentos sanitarios son uno de los tipos más frecuentes de barrera no arancelaria.

  14. Salud y MERCOSUR • Liberación comercial implica reducciones arancelarias progresivas y eliminación de restricciones no arancelarias. • Para que productos y/o servicios circulen libremente en un mercado integrado, hay que armonizar leyes y reglamentos técnicos para evitar se constituyan en restricciones no arancelarias. • Los reglamentos sanitarios son uno de los tipos más frecuentes de barrera no arancelaria: • Hay productos cuyo consumo y/o uso tienen una legislación sanitaria por sus riesgos para la salud individual o colectiva (alimentos, medicamentos, cosméticos, perfumes, desinfectantes de uso domiciliarios, productos para uso médico, laboratorios, hospitales y material para odontología.

  15. Salud y MERCOSUR • La armonización de la legislación sanitaria relacionada a estos productos fue la puerta de entrada para el tema salud en el MERCOSUR: • Primera etapa: Subgrupo de Trabajo N°3: Normas Técnicas dependiente del Grupo de Mercado Común (GMC).

  16. Reunión de Ministros del MERCOSUR Se crea por Decisión N° 03/95 del Consejo Mercado Común (CMC) Objetivo: “proponer medidas tendientes a la coordinación de políticas en el área de la salud para el Mercosur” Intento de aproximar las políticas sobre temas prevalentes en la región y apuntar a enfoques regionales. Armonización de políticas

  17. REUNIÓN DE MINISTROS DE SALUD (RMS) Organigrama Reunión de Ministros deSalud Comité Coordinador de la RMS (CC-RMS) Comisión Intergubernamental “Sistemas de Información y Comunicación en Salud” (CISICS) Comisión Intergubernamental “Política de Medicamentos” (CIPM) Comisión Intergubernamental “Control de Dengue” (CICD) Comisión Intergubernamental “VIH-SIDA” (CIVIH) Comisión Intergubernamental “Control del Tabaco” (CICT) Comisión Intergubernamental “Salud Sexual y Reproductiva” (CISSR) Comisión Intergubernamental “Salud y Desarrollo” (CISD) Comisión Intergubernamental “Gestión de Riesgo y Reducción de Vulnerabilidad” (CIGRRV) Comisión Intergubernamental “Salud Ambiental y del Trabajador” (CISAT) Comisión Intergubernamental “Implementación del RSI” (CIRSI) Comisión Intergubernamental “Donación y Transplantes” (CIDT)

  18. SGT N° 11 “SALUD” • Resolución GMC N° 151/96: SGT N° 11 “SALUD”. • Aparte de Productos para la Salud, se incorpora: vigilancia epidemiológica, el control sanitario de puertos, aeropuertos y fronteras, los servicios de atención a la salud, el ejercicio profesional y las tecnologías en salud. • Creación del SGT N°11 es un indicador de la evolución al componente social del proceso de integración. • armonización de normativa

  19. Organigrama SGT N° 11

  20. MERCOSUR – SALUDorganismos no decisorios • SGT Nº 11 “SALUD”: • armonización de normativa • Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR y Estados Asociados: • Intercambio de experiencias. • Proyectos de investigación. • Actividades conjuntas. • Programas

  21. MERCOSUR/GMC/SGT N°11 “Salud”/COMISIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PARA LA SALUD/SUBCOMISIÓN DE DESARROLLO Y EJERCICIO PROFESIONAL PAUTA NEGOCIADORA (i) • Identificar y especificar en función de las necesidades y de las políticas de salud de los EP que profesiones y áreas de actuación serán priorizadas • Definir criterios de evaluación y certificación de profesionales y especialistas. • Identificar las Instituciones formadoras de los EP para las profesiones de nivel superior.

  22. MERCOSUR/GMC/SGT N°11 “SALUD/COMISIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIONPARA SALUD/ SUBCOMISIÓN DE DESARROLLO Y EJERCICIO PROFESIONAL • Desarrollar el proceso de compatibilización de las especialidades de las profesiones de nivel superior. • Definir y acompañar el proceso de implementación de la Matriz Mínima para el Ejercicio Profesional. PAUTA NEGOCIADORA (ii)

  23. MERCOSUR REAL • Ese es el marco en el cual debemos insertar esta experiencia. • La suma de muchos aportes es un camino que puede contribuir al cambio en el proceso de integración.

  24. AVANCES DE LA SUBCOMISION DESARROLLO Y EJERCICIO PROFESIONALDISCUSIONES Y PROPUESTAS • Definir componentes del equipo de salud • Conocer las Universidades, Escuelas e Institutos que forman profesionales. • Conocer los mecanismos de control de apertura de Instituciones formadoras de profesionales • Conocer las legislaciones específicas de cada profesión • Implementar mecanismos de reconocimiento de títulos • Definir glosario común vinculado al ejercicio profesional • Especificar y uniformizar las especialidades de las diferentes profesiones • Uniformizar a nivel nacional, la formación y titulación tanto publica como privada que permita un registro único de profesionales. • Regulación de la formación y gestión de Recursos Humanos en Salud

  25. AVANCES DE LA SUBCOMISION DESARROLLO Y EJERCICIO PROFESIONAL DISCUSIONES Y PROPUESTAS (ii) • Necesidad de programas de Educación Continua en todas las profesiones. • Contar en las discusiones de la subcomisión con la participación de organismos y asociaciones que estén vinculados a los temas de ejercicio profesional. • Participar en las reuniones bilaterales de las comisiones de vigilancia epidemiológica y Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Pasos de Frontera y grupos ad hoc.

  26. AVANCES DE LA SUBCOMISIONDISCUSIONES Y PROPUESTAS (iii) • Desarrollar las Profesiones de grado universitario, técnico y auxiliar comunes de la región. (14 profesiones) • Necesidad de un código de ética común en cada profesión RESOLUCIONES • PRINCIPIOS ETICOS MEDICOS DEL MERCOSUR (2001) • DEFINICION DE PROFESIONES Y ESPECIALIDADES MEDICAS COMUNES • MATRIZ MINIMA DE REGISTRO DE PROFESIONALES DE LA SALUD (2004)

  27. FORMACION UNIVERSITARIA PRIORIZADA EN EL MERCOSUR MEDICO ODONTOLOGO LICENCIADO EN ENFERMERÍA PSICOLOGO FARMACEUTICO BIOQUIMICO LICENCIADO EN NUTRICION

  28. Subcomisión Desarrollo y Ejercicio Profesional • Pauta negociadora. • Agenda. • Metodología de Trabajo. • Temas prioritarios: • Médicos. • Enfermeros, etc • Dinamismo propio por factores internos y externos

  29. Subcomisión Desarrollo y Ejercicio ProfesionalPara el debate y reflexión • Conocemos la realidad de la formación de los técnicos en la región. • Los criterios de admisión son similares o existen asimetrías importantes. • Todos deben tener formación terciaria. • La disponibilidad se ajusta a la demanda. • Cuales han sido las políticas de intervención de cada país en esta materia.

  30. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DIGESA DIGESE DIVISION SERVICIOS DE SALUD DPTO.HABILITACION Y CONTROL DE PROFESIONALES DE LA SALUD DEPTO CONTROL DE CALIDAD DIVISION PRODUCTOS DE SALUD DIVISION EPIDEMIOLOGIA

  31. Grandes ejes de la política de salud • Salud como un bien social, derecho humanos esencial y una responsabilidad del Estado. • Encarada con un enfoque integral que incorpora los determinantes, ambientales, sociales, económicos, culturales y políticos que hacen a la calidad de vida de la población. • La atención a la salud orientada por los siguientes principios: • Universalidad, continuidad, calidad aceptable. • Equidad, oportunidad, eficacia, eficiencia social y económica, atención humanitaria y participación social. • Gestión democrática, derecho del usuario de la decisión informada sobre su situación. • Centralización normativa y descentralización en la ejecución, interdisciplinariedad y trabajo en equipo, sustentabilidad.

  32. Aspectos programáticos de la Reforma • Cambio del modelo de atención. • Desarrollo de la estrategia de la APS. • Fortalecimiento del Primer nivel de atención.

  33. MARCO NORMATIVOGeneral y RRHH - Ley 9202/1934 Orgánica del MSP - Ley 12.549/1958 Carta Orgánica de Udelar - Decreto 346/1972 Especialidades Médicas - Ley 15.372/1983 Residencias Médicas -Ley 15.661/1984 Universidades Privadas - Ley 16614/1994 Tecnólogos Médicos -Ley 17.155/1999 -Decreto 308/1995 Ordenamiento ETP - Ley 17.154 Psicólogos

  34. Ley Orgánica del Ministerio de Salud Pública Nº.920212 de enero de 1934 CAPITULO III DE LA POLICIA DE LA MEDICINA Y PROFESIONES DERIVADAS. Artículo 13.- Nadie podrá ejercer la profesión de Médico-Cirujano, Farmacéutico, Odontólogo y Obstétrico, sin inscribir previamente el título que lo habilite para ello, en las oficinas del Ministerio de Salud Pública. Articulo 14.- Corresponde al Ministerio de Salud Pública reglamentar y vigilar el ejercicio de las profesiones mencionadas en el Artículo anterior, y de todas las auxiliares de la medicina. También le corresponde reglamentar y vigilar el funcionamiento de las instituciones privadas de Asistencia, de las Sociedades Mutualistas y de las Instituciones de carácter científico y gremial cuando se refiere a los profesionales mencionados en este capítulo.

  35. Ejercicio de los Tecnólogos Médicos Ley 17.155/1999 • Quien haya cursado, aprobado y recibido el titulo correspondiente del curso respectivo de la Escuela de Tecnología Medica de la Facultad de Medicina. • Quien haya cursado, aprobado y recibido el título correspondiente del curso dictado por alguna Institución habilitada por el Ministerio de Salud Pública, cuyos programas, cursos y materias curriculares guarden una razonable equivalencia con los brindados por la Facultad de Medicina Decreto reglamentario 485/2002 Los títulos de Instituciones públicas o privadas habilitadas por el Ministerio, deberán contar con la aprobación de la Universidad de la Republica ( dictamen preceptivo de ésta respecto de los programas, cursos, materias, horas de clase y toda otra cuestión curricular.

  36. Administración Nacional de Educación Publica (ANEP) Universidad del Trabajo del Uruguay (1942 Ley 10.225) Se inicia en el siglo XIX como Escuela de artes y oficios En el área de salud forma: Educación no terciaria – Cocinero Masajista Pedicuría Educación Terciaria Técnico óptico

  37. COCAP-Consejo de Capacitación Profesional • Se crea por Ley 14.869- 23/02/1979 Optometristas Con prerrequisito de ser técnico óptico, No se registra en el MSP por no cumplir con la ley 17.155 (reconocimiento de la UDELAR)

  38. ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO Subsistema Público Subsistema Privado UDELAR ANEP MEC • FACULTAD DE MEDICINA • Esc. Graduados • Esc. Univ. de Tecnología • Esc. De Nutrición • Esc. De Parteras • FACULTAD DE ODONTOLOGIA • FACULTAD DE QUIMICA • FACULTAD DE VETERINARIA • FACULTAD DE ENFERMERÍA • FACULTAD DE PSICOLOGIA • FACULTAD DE C. SOCIALES • FACULTAD DE HUMANIDADES • FACULTAD DE CIENCIAS • UCUDAL – (1985) • U. De MONTEVIDEO – (1997) • INSTITUTOS UNIVERSITARIOS • CLAEH – 1997.F de MEDICINA • INSADE – 1997 • CEDIIAP – 2001 • DE PG en PSICOANALISIS – 2003 • EDUCACION PRIMARIA • EDUCACION SECUNDARIA • EDUCACIÓN TÉCNICA • EDUCACIÓN DOCENTE

  39. FORMACION UNIVERSITARIA • Ausencia de una Ley de Educación, que contemple los niveles o subsistemas de formación ( y por consiguiente las equivalencias en la formación) • Ministerio de Educación y Cultura- Escasa actuación en la esfera Educativa, le corresponde la conducción de la Instituciones de Enseñanza Terciaria Privada. • Universidad de la República- Monopolización de la Educación Universitaria. (90% de las matriculas) en base a su autonomía no se encuentra subordinada al MEC. ------------------------------------------------- Características de las Instituciones • Las Instituciones universitarias realizan todas; docencia, investigación y extensión. • Las Instituciones Universitarias se nuclean mayormente en la capital. • Instituto Universitario- Si ofrece una o dos áreas de conocimiento • Universidad- Si ofrece mas de tres areas disciplinarias no afines

  40. FORMACION UNIVERSITARIAPRIVADA------------------------------------------------------- MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA • CONSEJO CONSULTIVO DE ENSEÑANZA TERCIARIA PRIVADA • INTEGRACION: TRES MIEMBROS UDELAR DOS DEL MEC UNO DE ANEP DOS DE LAS INSTITUCIONES PRIVADAS • FUNCIONES: RECONOCIMIENTO DE INSTITUCIONES El Consejo Consultivo no tiene la conducción de la política educativa del nivel universitario. Las resoluciones son preceptivas pero no vinculantes. Los reconocimientos de Instituciones son por Resoluciones del Poder Ejecutivo (Presidencia de la Republica en acuerdo con el Ministro de Educación y Cultura)

  41. Privado Poseer el título expedido por la Institución Privada Registro en el Ministerio de Educación y Cultura Inscripción en el MSP División Servicios de Salud Departamento de Habilitación y Control de Profesionales de la Salud Requisitos para el Registro Validez para Ejercicio Profesional Publico • Poseer el título expedido por la UDELAR • Registro en la Bedelía de la UDELAR Inscripción en el MSP División Servicios de Salud Departamento de Habilitación y Control de Profesionales de la Salud

  42. Cometidos del Departamento de Habilitaciones y Control de Profesionales de la Salud. Decreto Nº 460/001 • Proponer políticas de certificación y re-certificación de los profesionales y técnicos del sector salud. • Monitorear la situación de los recursos humanos para la salud en los aspectos de Formación y en el mercado laboral.

  43. Cometidos del Departamento de Habilitaciones y Control de Profesionales de la Salud. Decreto Nº 460/001 • Habilitar el ejercicio de los profesionales, técnicos y auxiliares relacionados con la salud. • Coordinar con las instituciones formadoras y con instituciones prestadoras, pautas para la adecuación de los recursos humanos a las necesidades de la salud de la población.

  44. 1. QUE TITULOS SE REGISTRAN 2. REQUISITOS TECNICOS PARA EL REGISTRO 3. INSTRUMENTO DE REGISTRO

  45. 40 54 35 1 3 3 1. QUE TITULOS SE REGISTRANNúmero de Títulos de Grado Terciarios y de Postgrado • Títulos de Grado • Esp. Medicas • Esp. en Enfermería • Esp. Odontología • Esp. en Psicología • En Farmacia

  46. Tipos de titulo • Universitarios Licenciaturas Maestrias Doctorados • Terciarios no universitarios • No terciarios

  47. PROFESION PUBLICO PRIVADO MEDICO UDELAR/FM INST-.UNIV –CLAEH ODONTOLOGO UDELAR/FO UNIV. CATOLICA LIC. ENFERMERÍA UDELAR/FE UNIV. CATOLICA INST-UNIV- INSADE PSICOLOGO UDELAR/FP UNIV. CATOLICA Ley 17.154 Q.FARMACEUTICO UDELAR/FQ BIOQUIMICO UDELAR/FQ Formación Universitaria

  48. Tipos de Instituciones Universitarias • Universidad: Cuando se realizan actividades de enseñanza, investigación y extensión en tres o mas áreas disciplinarias no afines, orgánicamente estructuradas en facultades, departamentos, o unidades académicas equivalentes • Instituto Universitario: Cuando se realizan actividades de enseñanza, investigación y extensión en una o mas áreas disciplinarias afines o en dos no afines, orgánicamente estructuradas en facultades, departamentos, o unidades académicas equivalentes

  49. Decreto PE 360/2002 • La inscripción de los títulos ,certificados o diplomas se deberá hacer a los efectos de la habilitación y contralor del ejercicio de las profesiones vinculadas con la salud. • Se inscribirán los títulos de primer grado y postgrado, terciarios y no terciarios que provengan de Instituciones Docentes, Públicas o Privadas, habilitadas por los organismos competentes, Ministerio de Educación y Cultura, Universidad de la República, Ministerio de Salud Pública 3

  50. Conclusiones realidad Uruguay • Heterogénea modalidad de formación de técnicos y auxiliares. • Sector formador público y privado. • Nivel terciario y nivel medio. • Oferta no adecuada a la demanda. • Calidad de la formación no asegurada. • Concentración en capital y principales ciudades. (dificulta desarrollo primer nivel de atención resolutivo)

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