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Carlos Fernando Correa carlosfcorrea

ELEMENTOS DEL VALOR EN ADUANAS . 2. CONCEPTOS INCLUIDOS EN EL PRECIO PAGADO DEPENDIENDO DE LA REGLA Incoterms

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    1. Carlos Fernando Correa www.carlosfcorrea.com

    2. ELEMENTOS DEL VALOR EN ADUANAS

    4. 2.1 Las 11 reglas (Características) Términos internacionales de comercio, de aplicación opcional. Emitidos por la Cámara Internacional de Comercio (CIC) Sirven para facilitar las operaciones de comercio y para evitar malos entendidos Sirven para distribuir riesgos Cada 10 años se revisan o cambian (se publicaron en 1936 y se revisaron en 1953, 1967, 1980, 1990, 2000 y ahora 2010.

    5. Reglas Incoterms® 2010

    6. 2.2 PRINCIPALES CAMBIOS ENTRE LOS INCOTERMS 2000 Y LAS NUEVAS REGLAS Incoterms ® 2010 Las Reglas Incoterms® son propiedad intelectual de la Cámara de Comercio Internacional y de sus Capítulos Nacionales. Para su revisión y publicación se recogen las propuestas de los grupos nacionales y se configura un panel de expertos que deciden su redacción final. El proceso involucra un total de 130 países.

    7. Ejemplos de cambios propuestos. Australia, Brasil, Francia y Noruega para eliminar el término DAF, lo que en efecto se llevó a cabo. Australia Japón y Suecia por su parte pidieron una mayor claridad acerca de los medios de transporte específico para cada Regla. Estados Unidos de América, Suecia y la FIATA (Federación internacional de Asociaciones de Transitarios y Similares) pidieron incluir referencias a los costos adicionales que se pueden enfrentar por tener que cumplir con un programa de seguridad derivados de los atentados 9/11, como por ejemplo el C-TPAT

    8. Grupos de Reglas Incoterms® 2010

    9. Medios de transporte 1) Mutimodal o Cualquiera: EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP, DDP. 2) Marítimo o Fluvial: FAS, FOB, CFR. CIF

    11. ASPECTOS RELEVANTES RECONOCIDOS EN LAS NUEVAS REGLAS Incoterms ® 2010 Simplificación y unificación del derecho internacional privado, Proliferación en el mundo de “mercados integrados”, entendiendo por tales las regiones del mundo en las que la mercancía puede circular sin necesidad de trámites aduaneros significativos, Aumento o disminución de ciertas prácticas comerciales en el mundo, y; Amenazas a la seguridad de los países que ha hecho necesario la creación de programas como el estadounidense C-TPAT o la figura del “Operador Logístico” en la Comunidad Económica Europea.

    13. 1. Reducción de 13 Incoterms a 11. Se suprimieron los Incoterms DAF, DES, DEQ y DDU Se agregaron dos Reglas mas: DAT (Delivered at Terminal) y DAP (Delivered at Place).

    14. 2 Las reglas Incoterms 2010, continúan con una estructura acotada de 10 puntos programáticos correspondientes a las obligaciones del vendedor (encabezados “A”) y a las del comprador (encabezados “B”), precedidas de una introducción denominada “Nota de Guía” que resume brevemente las característica de cada regla Incoterms, pero cuyo texto no debe ser considerado parte de las mismas.

    15. 4. En algunas Reglas Incoterms se sustituyeron los posesivos masculinos (“his account”) por posesivos neutros (“it”). 5. Para los trámites aduaneros de importación y exportación se utiliza la expresión “cuando sean aplicables” por efecto de los mercados integrados en los que los trámites de ese tipo han desaparecido prácticamente. 6. En los apartados A 10 de cada Regla Incoterms 2010, se establece la obligación del vendedor de proporcionar cualquier información relacionada con seguridad para cumplir con los programas anti terrorismo y anti contrabando de países como EEUU, Canadá o en la Comunidad Europea por citar algunos.

    16. 7. En los términos FOB, CFR y CIF desaparece el concepto de que la entrega se lleva a cabo cuando el vendedor coloca los bienes por encima de la barandilla del buque, por ser difícil de verificar por las partes en la vida real, y se sustituye por el concepto de “legalmente abordo” lo que significa que la entrega se lleva a cabo cuando la naviera expide el conocimiento de embarque correspondiente. 8. En las Reglas Incoterms CIF y CIP se establece que el seguro pagado por el vendedor en beneficio del comprador debe reunir la cobertura mínima prevista en las cláusula C del las Institute Cargo Clauses, desapareciendo por lo tanto el concepto del 110% del valor de los bienes a que se referían las reglas Incoterms 2000.

    17. 9. Esta edición de las reglas Incoterms 2010 hacen especial énfasis en la propiedad intelectual, pues indica claramente que “Incoterms” es una marca registrada de la ICC y contienen un apartado en el que se menciona que cuando se usen en un contrato de compra venta internacional se deberán observar las siguientes reglas: a) Usar la marca registrada “Incoterms” para referirse únicamente a las reglas Incoterms de la ICC y otros productos relacionados de la ICC b) En los textos citar “Incoterms” como un adjetivo y no un sustantivo c) No usar la expresión “Incoterms” sin poner la primer letra en mayúscula d) No usar “Incoterm” como un singular de cada regla. Un término individual debe ser referido como una regla Incoterms. e) Usar el símbolo ® después de la marca registrada “Incoterms”. f) Cualquier uso de la marca registrada “Incoterms” en cualesquiera bienes o servicios no proporcionados por la ICC se debe hacer con licencia de la ICC.

    18. 2.3 Uso de las Reglas Incoterms ® 2010 en los contratos, el arbitraje y los medios de transporte correcto para cada Regla Incoterms® 2010. Las reglas Incoterms® 2010 se deben usar en el contrato y en los documentos relativos a la compra venta especificando el lugar y puerto con la mayor precisión posible, como por ejemplo: EXW Chicago Illinois, Estados Unidos, Bodega de Textronic Inc, 5234 Road Drive Incoterms® 2010.

    19. ¿Qué no regulan los INCOTERMS? Transmisión de la Propiedad. Estado de la Mercancía. Forma de Pago. Condición de la mercancía. Exoneraciones de responsabilidades. Otros derechos conexos No están pensados para remplazar términos contractuales.

    20. El contrato. Un contrato, en términos generales, es definido como un acuerdo privado, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas. Es un acuerdo de voluntades que genera, extingue, modifica o transfiere derechos y obligaciones para las partes. El contrato de compra-venta es el factor central de toda transacción comercial, constituyéndose en el punto de partida del comercio internacional e instrumento jurídico de la actividad económica mundial.

    21. Tipos de contratos. 1.Contrato de Transporte 2.Contrato de Seguro. 2. Comisión, representación y distribución. 3. Prestación de servicios (asistencia técnica, análisis, etc.). 4. Licencia para el uso y explotación de patentes y marcas. 5. Franquicias.

    22. El Contrato de Compraventa El contrato de compra-venta internacional de mercancías está regido por la convención de las Naciones Unidas sobre contratos de compra-venta internacional de mercancías, que fue aprobada y suscrita en Viena el 11 de abril de 1980, este convenio entró en vigencia el 1 de enero de 1988: Aplica solo a contratos de Compraventa entre partes que tengan su establecimiento en estados diferentes. Regula exclusivamente el contrato de Compra-Venta Por su carácter de tratado Internacional es Norma Suprema de la nación mexicana (Art 133. constitucional, aunque solo aplique a operaciones de forma Internacional).

    23. Se refiere a los aspectos: - Formación del Contrato y disposiciones generales. (ser de forma escrito., ausencia de Vicios del Consentimiento) - Obligaciones del Vendedor (Conforme a las condiciones, pretensiones de terceros patentes propiedad industrial derechos y acciones por incumplimiento) - Obligaciones del Vendedor. (pagar el precio de las mercancías, recibir las mercancías, derechos y acciones por incumplimiento) - Transmisión del Riesgo (En que momento se transmite, responsabilidades, mercancías claramente identificadas) - Disposiciones comunes a las Obligaciones (indemnización, intereses, exoneración, efectos de la Resolución del contrato, conservación de las mercaderías). - Disposiciones Finales (de la misma convención, no prevalecerá sobre acuerdos ya celebrados, adhesión, entrada en vigor)

    24. Cláusula de Arbitraje: “TODAS LAS DESAVENIENCIAS QUE DERIVEN DE ESTE CONTRATO SERAN RESUELTAS DEFINITIVAMENTE DE ACUERDO CON EL REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE LA CAMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL POR UNO O MÁS ARBITROS NOMBRADOS CONFORME A ESTE REGLAMENTO”

    25. Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional Decisiones definitivas y vinculantes Neutralidad Especialización de los árbitros Rapidez y economía Confidencialidad Reconocimiento Internacional de los Laudos “Convención de Nueva York” (1959)

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