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Microsoft y la Adaptación a la LOPD

Microsoft y la Adaptación a la LOPD. (Ley Orgánica de Protección de Datos). LOPD, una nueva Obligación para las Empresas y Profesionales. art. 18 de la Constitución(LOPD):

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Presentation Transcript


  1. Microsoft y la Adaptación a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos)

  2. LOPD, una nueva Obligación para las Empresas y Profesionales. • art. 18 de la Constitución(LOPD): “Este nuevo derecho fundamental adopta la denominación de libertad informativa o autodeterminación informática, protegiendo el control que a cada una de las personas le corresponde sobre la información que les concierne personalmente, sea intima o no, para preservar el libre desarrollo de la personalidad”

  3. OBLIGACIONES BÁSICAS IMPUESTAS POR LA LOPD Las obligaciones básicas impuestas por la LOPD se pueden resumir en: • Legalizar • Legitimar • Protección

  4. Legalizar • Todos los ficheros de datos de carácter personal deberán estar inscritos y legalizados ante la Agencia Española de Protección de Datos.

  5. Legitimar Todos los datos personales recogidos por la empresa, deben cumplir una serie de principios básicos como son: • Principio del consentimiento del afectado. • Principio de información • Principio de calidad de los datos

  6. Principio del consentimiento del afectado. • Ese consentimiento no se basa en dar los datos, sino en qué nosotros seamos conscientes de que los damos. • Ello supone la declaración del Responsable del fichero (la empresa que los recaba) en la que se indiquen • los datos que van a ser objeto de tratamiento • y las finalidades a que van a ser destinados Actualmente, se recaban estos datos a través de formularios en páginas web

  7. Principio del consentimiento del afectado. Excepciones No es necesario el consentimiento … • … para el ejercicio propio de las Administraciones Públicas • …cuando los datos se refieran a las partes de un contrato o precontrato en una relación negocial, laboral o administrativa • …si los datos son recabados de fuentes accesibles al público

  8. Principio de información Es la obligación que tienen las empresas de informarnos: • De la existencia de un "fichero" al que serán incorporados los datos que nos solicitan. • Del carácter obligatorio o facultativo de consignar determinados datos. • De las consecuencias de la obtención de los datos. • De los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos. • De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante.

  9. Principio de calidad de los datos La calidad hace referencia a que los datos son recogidos para una concreta finalidad, y no podrán ser destinados por el Responsable del Fichero a otras finalidades.

  10. Protección • Entre estas medidas se incluye la elaboración de un Documento de Seguridad en el que se detallarán los datos almacenados, las medidas de seguridad adoptadas, así como las personas que tienen acceso a esos datos.

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