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Jorge E. Vergara Villanueva Director de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia Piura

Jorge E. Vergara Villanueva Director de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia Piura. “Reflexionando Objetivamente (Plausiblemente) en la Aplicación del Nuevo Código Procesal Penal”. Análisis Certero. Tener en Cuenta. “Hay que hacer lo que uno cree que debe hacer”

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Jorge E. Vergara Villanueva Director de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia Piura

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Presentation Transcript


  1. Jorge E. Vergara Villanueva Director de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia Piura “Reflexionando Objetivamente (Plausiblemente) en la Aplicación del Nuevo Código Procesal Penal”. Análisis Certero.

  2. Tener en Cuenta “Hay que hacer lo que uno cree que debe hacer” Juez Español Baltazar Garzón

  3. Filosofía • ¿Cuál es la filosofía del nuevo modelo procesal penal peruano?. • ¿Cuál es nuestra cultura procesal penal?. • ¿Existe una justicia penal oportuna y transparente?. • ¿Existe un conocimiento veraz del derecho penal sustantivo por parte de Juez, Fiscal y abogado defensor?. • ¿Se podrá asumir un cambio de mentalidad?. • ¿Y la exposición de motivos del CPP?

  4. ¿Modelo o Sistema - Idem?

  5. Incidencias

  6. Muestra – Casos reales • Armando encontrándose en su casa, logra advertir desde la alberca que su esposa intempestivamente cae en la piscina de casa y se esta ahogando, frente a ello Armando regresa a su cuarto y continua mirando la TV. Al cabo de 15 minutos sale nuevamente a la alberca y ve a su esposa flotando muerte. ¿Hay Delito? ¿cuál? ¿grado de participación?. Resultado=

  7. Juan, Luis, José y Jorge conjuntamente con María, Luisa, Karla y Nuri acuden a una discoteca a bailar; todos los amigos, excepto Nuri están bien avanzados en libar licos (ebrios), siendo que animado por el alcohol José conquista a Nuri y la convence para ir juntos a dar una vuelta en su carro. En el trayecto (camino) José por su avanzado estado de alcohol pierde el control de su vehículo y se desbarranca. Muere Nuri y José solamente tiene heridas leves. ¿Qué delito? ¿grado de participación?. Resultado

  8. La Audiencia en el NCPP La audiencia es el mejor escenario donde el derecho a la presunción de inocencia del imputado y sus demás derechos, se garantizan mejor. La audiencia es el mejor escenario donde las víctimas pueden encontrar tutela. La audiencia es el mejor escenario donde se garantiza un mejor trabajo profesional de jueces, abogados y fiscales. La audiencia es el mejor escenario donde se garantiza la transparencia de la justicia. La audiencia es el escenario que garantiza una mejor decisión judicial, más imparcial.

  9. Utilización de Mecanismos Alternativos

  10. Buenas y Malas Prácticas Procesales en la Implementación del NCPP Realidad del Distrito Judicial de Piura

  11. Problemas Advertidos • MINISTERIO PÚBLICO EXIGE EL COBRO DE TASA ADMINISTRATIVA POR EXPEDICIÓN DE COPIAS SIMPLES. Con motivo del ejercicio de la defensa técnica se advirtió que el Ministerio Público pretendía efectuar el cobro de una tasa administrativa por la expedición de copias simples de los actuados fiscales, este pago debía efectuarse a través del Banco de la Nación y previa presentación del voucher respectivo.

  12. ESTABLECIMIENTO DE PLAZO EN LA CONCESIÓN DE LAS PRISIONES PREVENTIVAS. Vgr. En el Distrito Judicial de Piura, con buen criterio la mayoría de Jueces de Investigación Preparatoria vienen otorgando prisión preventiva sujeta a un tiempo y/o plazo determinado y cuantificable, en virtud de la presencia necesaria del imputado para los actos de investigación.

  13. Los Reconocimientos Fotográficos • Articulo 189º CPP: Son actos de investigación o son actos de identificación. Veamos. ¿Es importante la participación de un abogado defensor cuando no existe imputado?

  14. Plazo Razonable • Al asumir la defensa (sea esta particular o subrogada por la defensa pública); la asunción es inmediata. • ¿Cuál es el tiempo razonable?: artículo 8º de la Convención Americana de Derechos Humanos (Garantías Judiciales).

  15. Perfectible • El CPP es perfectible y en la medida de la progresividad en su aplicación, ello se logrará. • Entendimiento del tratamiento del imputado como ser humano. • Desterrar el concepto de impunidad. • Caso Penal de Varones Piura (Río Seco).

  16. ROL PROTAGONICO El Defensor en prevalencia del principio de igualdad de armas, asume un rol protagónico y activo en la defensa de los derechos de sus patrocinados. (Ley Nº 29360) ¿Defensor contestatario? ¿Defensor conciliador? ¿Defensa Activa? ¿Defensa Pasiva?

  17. Los Acuerdos Plenarios¿Son Vinculantes, Qué son?

  18. ¿Que hemos avanzado?

  19. Institucional “El que lucha contra nosotros nos refuerza los nervios y perfecciona nuestra habilidad”. Edmund Burke

  20. Muchas Gracias

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