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GESTIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

GESTIÓN PÚBLICA MUNICIPAL. capacitacion_municipios2010@hotmail.com. REFERENCIAS HISTÓRICAS. En este año 2010, POR VEZ PRIMERA, se realizaron elecciones concurrentes para gobernador, diputados y concejales en el Estado de Oaxaca.

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GESTIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

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  1. GESTIÓN PÚBLICA MUNICIPAL capacitacion_municipios2010@hotmail.com

  2. REFERENCIAS HISTÓRICAS • En este año 2010, POR VEZ PRIMERA, se realizaron elecciones concurrentes para gobernador, diputados y concejales en el Estado de Oaxaca. • Se advierte un proceso electoral competido en la búsqueda del voto, con el planteamiento de propuestas que se deberán convertir en acciones de gobierno. • Se genera, pues, el primer hecho trascendental al conocer, con poco más de CINCO meses de anticipación, a las autoridades electas municipales que entrarán en funciones a partir del 1 de enero de 2011.

  3. ¿QUÉ SUCEDE EN ESTE LAPSO DE TIEMPO HACIA LA TOMA DE POSESIÓN? Se advierte la necesidad de aprovechar al máximo estos CINCO meses para emprender una política de trabajo sustentada en la planeación de actividades que permita, entre otras cosas: • Preparar, en coordinación con las autoridades salientes, un proceso de entrega-recepción organizado, claro y oportuno, que transparente la gestión municipal y que fortalezca la rendición de cuentas a la ciudadanía. • Revisar y priorizar el cúmulo de peticiones y compromisos que realizaron los ciudadanos en la campaña y que se deben aterrizar en cuanto tomen posesión y sean gobierno.

  4. ¿QUÉ SUCEDE EN ESTE LAPSO DE TIEMPO HACIA LA TOMA DE POSESIÓN? • Identificar las fuentes de recursos federales, estatales y municipales que se requerirán para satisfacer dichas demandas de una manera realista, responsable y eficiente, así como identificar adeudos y proyectos no realizados derivados de tales recursos a efecto de devolverlos a la Dependencia correspondiente. • Revisar las acciones prioritarias sobre las cuales girará su programa de gobierno y que servirá de base para la integración de su Plan Municipal de Desarrollo. • Conocer, con la oportunidad debida, la situación financiera del Municipio a efecto de garantizar la continuidad de los servicios que la ciudadanía requiere, así como el cumplimiento de las obligaciones inmediatas de carácter administrativo que se hayan generado por la Administración saliente.

  5. MARCO DE OPORTUNIDAD El camino exitoso de una Administración Municipal se fundamenta en TRES premisas: • Responsabilidad al entender que el ser gobierno implica derechos, pero también una serie de deberes y obligaciones a cumplir con los ciudadanos del Municipio, dada la expectativa que se genera con el cambio de Administración. • Reconocer que el preparar y capacitar a los Concejales Electos con la calidad y oportunidad suficientes representa uno de los pilares sobre los que se soporta la gestión. • Entender que el quehacer municipal infiere planeación, organización y ejecución de actos enmarcados en la Ley.

  6. OBJETIVO GENERAL DEL TALLER DE CAPACITACIÓN Que las autoridades Municipales entrantes inicien con su preparación y conozcan el marco contextual en el que desarrollarán sus actividades, así como el protocolo que deberán seguir el día de su toma de posesión y las actividades iniciales prioritarias que tienen que desarrollar. Que las autoridades Municipales entrantes logren: Dar cumplimiento a la Ley en el procedimiento de la Toma de Posesión. Evaluar cómo reciben la Administración Municipal en todos los rubros de impacto, sobre todo el financiero. Identificar la priorización de las acciones que nos permitirán el cumplimiento de las propuestas de campaña. Integrar una estructura administrativa eficiente en las que los recursos humanos, materiales y económicos, garanticen el éxito de la gestión municipal. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  7. MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS El estado mexicano es una Federación que está constituida por Estados Libres y Soberanos y por el Distrito Federal. Dichos Estados tienen como base de su división territorial y de su organización política y administrativa al municipio libre, de esta manera se constituyen los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal. Articulo 39.-La Soberanía Nacional reside esencial y originariamente en el Pueblo. Articulo 40.-Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República Representativa, Democrática, compuesta de Estados Libres y Soberanos en lo concerniente a su régimen interior, unidos en una Federación. 570 Municipios

  8. MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Articulo 41.- El Pueblo ejerce su Soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de su competencia y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores. Articulo 115.- Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de Gobierno Republicano, Representativo y Popular. El Municipio es la base de su división territorial y de su organización política y administrativa.

  9. MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL Art. 115 CONSTITUCIONAL (EXTRACTO) ARTÍCULO 115 CONSTITUCIONAL (EXTRACTO) Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno Republicano, Representativo y Popular. teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio libre conforme a las bases siguientes: FRACCIÓN-I POLÍTICA Su administración será por un ayuntamiento de elección popular directa, integrada por un presidente y los síndicos y regidores que la ley municipal y el código electoral para los estados designen. No habrá autoridad intermedia entre el Ayuntamiento y el Gobierno del Estado. Las Legislaturas Locales, por acuerdo de las 2/3 partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que estos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan. En caso de declararse desaparecido un ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los estados designarán de entre los vecinos a los concejos municipales y estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de elegibilidad establecidos para los regidores.

  10. MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL Art. 115 CONSTITUCIONAL (EXTRACTO) ARTÍCULO 115 CONSTITUCIONAL (EXTRACTO) FRACCIÓN II JURÍDICO Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los estados, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organice la administración publica municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y asegure la participación ciudadana y vecinal, CUMPLIENDO DESDE LUEGO CON LAS LEYES QUE LES APLICAN EN MATERIA DE OBRA PÚBLICA Y APERTURA PROGRAMÁTICA DE LOS FONDOS, entre otras.

  11. CÓMO SE INTEGRA EL AYUNTAMIENTO Art. 25 de La Ley Municipal para el Estado de Oaxaca y 17 del CIPPEO. El Ayuntamiento estará integrado por: I.- Un presidente municipal que corresponderá a quién ocupe el primer lugar de la lista de concejales en los términos de la Ley Electoral vigente. II.- Los Síndicos, que con base en el último censo de población se determinarán de la siguiente manera: a).- Un Síndico, si el municipio tiene menos de veinte mil habitantes. b).- Dos Síndicos, si tiene más del número de habitantes señalados en el inciso anterior. La o las sindicaturas corresponderán a quien o quienes ocupen el segundo, o segundo y tercer lugar, según sea el caso, de la lista de Concejales.

  12. CÓMO SE INTEGRA EL AYUNTAMIENTO Si tiene menos de quince mil habitantes Cinco Concejales elegidos por el principio de mayoría relativa y hasta dos concejales elegidos por el principio de representación proporcional. Si tiene quince mil hasta cincuenta mil habitantes. Siete Concejales elegidos por el principio de mayoría relativa y hasta tres elegidos por el principio de representación proporcional. III.- Los Concejales, cuyo número se determinará tomando en cuenta el último censo de población municipal, de la siguiente forma:

  13. Si tiene más de cincuenta mil habitantes, hasta cien mil Nueve Concejales elegidos por el principio de mayoría relativa y cuatro concejales elegidos por el principio de representación proporcional. Si tiene más de cien mil pero menos de trescientos mil habitantes Once Concejales elegidos por el principio de mayoría relativa y hasta cinco elegidos por el principio de representación proporcional. Si tiene trescientos mil habitantes o más Quince Concejales elegidos por el principio de mayoría relativa y hasta siete concejales elegidos por el principio de representación proporcional.

  14. ¿Cómo se asignan los concejales de representación proporcional? • Procede en aquellos Municipios en que se haya registrado más de 1 planilla. • Tienen derecho a participar los partidos que hayan obtenido 6% o más de la totalidad de votos emitidos en la circunscripción municipal. • La suma de votos de ésos partidos conformará el 100% para efectos de la asignación. • Se asignan los Concejales a cada partido de acuerdo al porcentaje obtenido de ése 100%, tomando en cuenta sólo el número entero obtenido. • Si quedan Regidurías por repartir se asignan a los partidos de acuerdo al resto mayor en orden decreciente. • Se asignan a los ciudadanos que aparezcan en las planillas registradas en orden decreciente. • El Consejo Municipal Electoral expide las constancias de asignación correspondientes. FUENTE: Art. 254 CIPPEO

  15. ACCIONES INMEDIATAS

  16. TOMA DE POSESIÓN ¿QUÉ ES LA TOMA DE POSESIÓN? Es el acto jurídico-administrativo por medio del cual, las Autoridades Municipales Electas, encabezadas por el Primer Concejal, rendirán protesta, quienes se comprometen a cumplir su mandato con legalidad, transparencia y honradez, constituyendo así el H. Ayuntamiento 2011-2013, y recibiendo, inmediatamente después, mediante la suscripción del Acta de Entrega-recepción, la Administración Municipal.

  17. TOMA DE POSESIÓN FECHA DE LA TOMA DE POSESIÓN El Art. 22 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, obliga a las Autoridades Electas a iniciar su periodo de gestión el 1 de enero del año próximo a la elección. El art. 31 de la misma Ley obliga a las Autoridades Salientes a convocar a una sesión solemne a la que invitarán a la comunidad en general, en la que se tomará protesta a los integrantes del Ayuntamiento entrante. La sesión solemne de referencia deberá acatarse, en lo que le sea aplicable, a lo dispuesto por los Arts. 55 al 64 de la Ley en mención. En los municipios de usos y costumbres, los concejales electos, también tomarán posesión de sus cargos en la misma fecha, y desempeñarán sus funciones durante el tiempo que sus tradiciones y prácticas democráticas determinen, pero no podrá exceder de tres años.

  18. TOMA DE POSESIÓN DESARROLLO DE LA SESION SOLEMNE DE CABILDO Al inicio de la sesión solemne, las autoridades salientes llevarán ésta a través del Secretario Municipal, en base al siguiente PROCEDIMIENTO(deberá contemplarse en la ORDEN DEL DÍA): • Lista de Asistencia. • Determinación del Quórum Legal. • Lectura del Orden del día. • Instalación de la Sesión de Cabildo. • Lectura en lo conducente del Acta de Cabildo de la sesión anterior.

  19. TOMA DE POSESIÓN DESARROLLO DE LA SESION SOLEMNE DE CABILDO Se acuerda una pausa a la Sesión Solemne a efecto de que se realice el acto protocolario de bienvenida a los Concejales Electos para la toma de protesta de Ley, en base a los siguientes puntos: • Se designa una Comisión de Bienvenida que acude por los integrantes del Cabildo Electo al recinto oficial. • Recepción de los integrantes del Cabildo Electo. • Toma de Protesta al C. Presidente Municipal Constitucional. • Toma de Protesta a los C. Concejales por parte del Presidente Municipal Constitucional. • Declaratoria del Ayuntamiento 2011-2013.

  20. TOMA DE POSESIÓN DESARROLLO DE LA SESION SOLEMNE DE CABILDO • El nuevo Cabildo designa una Comisión de Cortesía para que conduzcan al presídium a los invitados de honor y acompañen al Presidente saliente al área de invitados. • Mensaje del C. Presidente Municipal Constitucional. • Mensaje de los invitados especiales (en su caso). • Cita a la próxima sesión de Cabildo. • Clausura de la sesión solemne. • Traslado del Presidente Municipal y Síndico(s) entrantes, con el Presidente Municipal y Síndico(s) salientes, para la firma del Acta Administrativa Circunstanciada de Entrega-Recepción.

  21. ACCION INMEDIATA A LA TOMA DE POSESIÓN • En la Sesión de Cabildo, preferentemente Extraordinaria, posterior a la Toma de Posesión, se requiere realizar la designación de los principales funcionaros de la Estructura Administrativa y que garantizarán la continuidad de las operaciones administrativas del Municipio: • Secretario • Tesorero • Contralor (en su caso)

  22. ACCIONES PRIORITARIAS

  23. ENTREGA-RECEPCIÓN ¿QUE ES LA ENTREGA-RECEPCIÓN? • Es el proceso legal-administrativo a través del cual las autoridades Municipales salientes preparan y entregan el Gobierno a las Autoridades Municipales entrantes, todos los bienes, fondos y valores; así como la información y documentación debidamente ordenada, legalizada y protocolizada que haya sido generada en la Administración. • También implica la traslación de responsabilidades y obligaciones, que las Autoridades Electas deben cumplir en apego a las disposiciones jurídicas y a los recursos disponibles. • El capítulo IV de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca prevé en sus artículos 37 al 41 el proceso de Entrega-Recepción de la Administración Municipal y el Art. 46 fracción XI nos obliga a glosar las cuentas del ayuntamiento anterior dentro del término de 60 días contados a partir de la fecha de instalación del Ayuntamiento en funciones.

  24. ENTREGA-RECEPCIÓN ¿QUIÉNES INTERVIENEN EN LA ENTREGA-RECEPCIÓN? • AUTORIDAD ENTRANTE: Presidente Municipal Constitucional, Síndico(s), así como los funcionarios habilitados para tal fin. • AUTORIDAD SALIENTE: Presidente Municipal saliente, Síndico(s) y servidores públicos obligados por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca. • Representante de la Auditoría Superior del Estado. • Contraloría interna (en su caso) • Secretario Municipal que da fe y levanta ACTA CIRCUNSTANCIADA del evento.

  25. ENTREGA-RECEPCIÓN ¿QUÉ IMPLICA LA ENTREGA-RECEPCIÓN? • Debido a la importancia del acto y de las consecuencias legales que implica detallaremos los puntos que integran este proceso a efecto de dar certeza jurídica y administrativa al trámite: • La Entrega-Recepciónse plasma en un documento (o serie de documentos) que contiene la situación que guarda la administración pública municipal, preferentemente por área funcional (Direcciones, departamentos) y en relación a su estructura orgánica. denominado comúnmente Acta de Entrega-Recepción.

  26. ENTREGA-RECEPCIÓN ¿QUÉ IMPLICA LA ENTREGA-RECEPCIÓN? • Art. 39 de la Ley Municipal … “ El secretario municipal levantará acta circunstanciada de la Entrega-Recepción, la cual deberá ser firmada por los que intervinieron “. • Art. 40 de la Ley Municipal … se designa una comisión especial que se encargará de analizar el expediente integrado para formular un dictamen en un plazo de 30 días naturales.

  27. ENTREGA-RECEPCIÓN ¿QUÉ IMPLICA LA ENTREGA-RECEPCIÓN? • Una vez determinado el dictamen, se someterá dentro de los 15 días hábiles siguientes al conocimiento y consideración del Ayuntamiento, el cual podrá llamar a los servidores públicos señalados para solicitar cualquier información o documentación necesaria, los que estarán obligados a proporcionarla y atender las observaciones consecuentes. • El Ayuntamiento emitirá el acuerdo correspondiente, mismo que no exime de responsabilidad a los integrantes de la administración saliente y remitirá copia del expediente a la Auditoria Superior del Estado de Oaxaca dentro de los 15 días hábiles siguientes.

  28. ENTREGA-RECEPCIÓN DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN • El Acta de Entrega-Recepción deberá contener, por lo menos, la siguiente documentación e información: • Libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores. (Sindicatura y Secretario Municipal) • La documentación relativa al estado financiero del Ayuntamiento, que comprende: (Comisión Hacienda o Regidor de Hacienda y Tesorero Municipal):

  29. ENTREGA-RECEPCIÓN DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN • Balanza de Comprobación • Estado de Flujo de Efectivo • Balance General y Estado de Resultados • Documentos justificativos y comprobatorios del ingreso, del gasto público y del ejercicio presupuestario de ingreso y egresos que maneje.EJEMPLO: EXPEDIENTE DE MINISTRACIONES, CUENTAS BANCARIAS, SELLOS, INGRESOS: FOLIOS DE RECIBOS OFICIALES, EGRESOS: POLIZAS CONTABLES, ETC. • Documentación relativa al estado que guarda la Cuenta Pública del Municipio, la que incluirá el dictamen, opinión o determinación emitidos por la Auditoría Superior del Estado del H. Congreso del Estado. (Comisión de Hacienda) EJEMPLO: EXPEDIENTE DE ACUSES DE TOMOS RECIBIDOS POR EL H. CONGRESO. • La situación de la Deuda Pública Municipal, la documentación relativa a la misma y su registroEJEMPLO: CONTRATO DE DEUDA, BANOBRAS, ETC..

  30. ENTREGA-RECEPCIÓN DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN • El estado de la obra pública ejecutada y en proceso en el municipio y la documentación relativa a la misma. (Regiduría de Obras, Director de Obras y Tesorero )EJEMPLO: EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRAS TERMINADAS Y EXPEDIENTES TECNICOS DE LAS OBRAS EN PROCESO. • La situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales, así como los informes y comprobantes de los mismos, ante la Contraloría General del Poder Ejecutivo del Estado(SE DENOMINA: SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA) • La Plantilla y los expedientes del Personal al Servicio del Municipio, antigüedad, prestaciones, catálogo de puestos y demás información conducente.

  31. ENTREGA-RECEPCIÓN DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN • Documentación relativa a convenios o contratos que el Municipio tenga con otros Municipios, con el Estado, con el Gobierno Federal o con particulares. • Documentación relativa a los programas municipales y proyectos aprobados y ejecutados, del estado que guardan los mismos en su proceso de ejecución. • El registro, inventario, catálogo y resguardo de bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal. INVENTARIO DE ACTIVOS FIJOS

  32. ENTREGA-RECEPCIÓN DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN • Documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por las comisiones del Ayuntamiento. (Sindicatura y Regidurías ) • La demás informaciónque se estime relevante para garantizar la continuidad de la Administración Pública Municipal. • FUENTE: Art. 38 Ley Municipal para el estado de Oaxaca.

  33. ACCIONES PRIORITARIAS COMPLEMENTARIAS • Es indispensable revisar de inmediato la Ley de Ingresos autorizada por el Congreso del Estado, evaluar el nivel recaudatorio y de ingreso a que estará afecto el Municipio en el ejercicio 2011. • En base a lo anterior, analizar y definir la Política Hacendaria que en materia de ingreso tendrá el Municipio; establecer los programas de incentivo, de apoyo a los contribuyentes a efecto de motivar el pago de las contribuciones a que están afectos. No debemos olvidar que el nivel de recaudación propia juega en la fórmula de distribución de las participaciones municipales. • Este ejercicio previo servirá de base para el análisis de su presupuesto de egresos.

  34. ACCIONES PRIORITARIAS COMPLEMENTARIAS • Revisar y analizar el Presupuesto de Egresos que autorizó la Administración saliente es VITAL. De acuerdo a la disponibilidad de recursos derivada del análisis de la Ley de Ingresos, el Ayuntamiento está en facultad de ajustar su Presupuesto de Egresos de acuerdo a su plan de gobierno. • Con base en los documentos de entrega-recepción, evaluar y determinar las partidas etiquetadas y/o comprometidas, a efecto de definir el remanente que servirá de base para la operación inmediata del Ayuntamiento. • Revisar las asignaciones Presupuestalesreferentes a las participaciones federales y/o estatales a efecto de priorizar sus obras y acciones del 2011.

  35. ¿DUDAS? ¿COMENTARIOS? Contáctanos en: capacitacion_municipios2010@hotmail.com

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