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Asociación de Inspección de Servicios Sanitarios de Castilla-La Mancha

Asociación de Inspección de Servicios Sanitarios de Castilla-La Mancha. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM: ¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? Ramón Ortega Atencia (Médico Inspector SESCAM - Albacete) Toledo, 3 de febrero de 2006.

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  1. Asociación de Inspección de Servicios Sanitarios de Castilla-La Mancha LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM: ¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? Ramón Ortega Atencia (Médico Inspector SESCAM - Albacete) Toledo, 3 de febrero de 2006

  2. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • La carrera profesional es una histórica reivindicación de los profesionales del Sistema Nacional de Salud, por lo que significa de: • reconocimiento de los conocimientos y experiencia adquiridos. • posibilidad de cambiar el sistema funcional y retributivo vigente.

  3. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • COMISIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL SNS (documento de 14 de marzo de 2005) • Propuesta al CISNS para establecer los principios y criterios generales para la homologación del reconocimiento del desarrollo profesional en todo el SNS. • El documento elaborado la presenta en 3 apartados: • Ámbito de aplicación. • Grados de carrera y efectos. • Evaluación de las competencias

  4. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • ÁMBITO DE APLICACIÓN: • Será de aplicación a los Licenciados y Diplomados, incluidos en los artículos 6 (Licenc. Sanitarios) y 7 (Diplom. Sanitarios) de la LOPS. • Que tengan una vinculación de carácter fijo con la Administración Sanitaria. • Con independencia del tipo de vinculación (funcionarial, estatutaria o laboral)

  5. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • La Propuesta del SESCAM de Carrera Profesional para licenciados y diplomados sanitarios (septiembre 2005) recoge: “La carrera profesional será de aplicación al personal licenciado y diplomado sanitario fijo y con dedicación exclusiva al SESCAM, que perciba sus retribuciones por el sistema establecido en el RDL 3/1987, sobre retribuciones del personal estatutario del INSALUD”.

  6. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? ¿TIENEN CABIDA LOS INSPECTORES Y SUBINSPECTORES DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM, EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL?

  7. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? SI APORTEMOS ALGUNOS ARGUMENTOS

  8. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? PRIMER ARGUMENTO: PROFESION SANITARIA • Reconocidos en la LOPS . • Exigencia de título oficial como REQUISITO para: • Acceso al puesto superando pruebas selectivas específicas para personal sanitario. • Ejercicio de la profesión sanitaria (autónomo, con sujeción a principios y valores del ordenamiento jurídico y deontológico). • Ejercicio histórico de la profesión, en la Administración, corroborado por su normativa reguladora.

  9. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • NORMATIVA REGULADORA: • ORDEN 28-4-1978 (ESTATUTO DEL INP) que crea el Cuerpo Sanitario de la Seguridad Social –Médicos y Farmacéuticos Inspectores y ATS Visitadores-. • Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública (Disp. Adic. 16ª y Transit. 4ª) • RD 2664/1986 de homologación del régimen del personal de la SS con el de la Admón. Civil del Estado y se ordenan los Cuerpos de Funcionarios de la SS. • Normas estatales y autonómicas mantienen la consideración de personal sanitario. • Ley 18/2002 que modifica la Ley 3/1988 de OFP de C-LM, creando las Escalas Superior y Técnica de Inspección y Evaluación Sanitaria.

  10. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? SEGUNDO ARGUMENTO: DERECHO AL DESARROLLO PROFESIONAL Y A LA CARRERA PROFESIONAL • Desarrollo Profesional:referido a los conocimientos y experiencia adquiridos individualmente y la utilidad de estos en la organización sanitaria de la que forman parte. • Carrera Profesional:derecho a progresar como reconocimiento público y expreso del desarrollo profesional alcanzado (progreso reconocido por la propia organización)

  11. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • El desarrollo profesional es clave para la modernización del SNS, al reconocer a los profesionales como determinantes de su calidad y progreso. • El establecimiento de un sistema de carrera profesional es un MANDATO LEGAL a las Administraciones Sanitarias (art. 38 LOPS). • El sistema propuesto por cada Administración (SESCAM, SAS, SACYL, SES, SERGAS, SVS, SCS, OSASUNBIDEA, …) debe ser homologable para el conjunto del SNS.

  12. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • COMISIÓN DE RR.HH. elaborará una propuesta al CISNS que fije los principios y criterios generales de homologación de la Carrera Profesional, ofreciendo líneas orientativas que permitan: • Garantía de igualdad de oportunidades de los profesionales en el conjunto del SNS. • No discriminación entre Administraciones Sanitarias y profesionales. • Libre circulación. • Participación de los profesionales en la gestión de los centros

  13. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? TERCER ARGUMENTO: UN MODELO BASADO EN LA EVALUACIÓN DE LA COMPETENCIA La propuesta de configuración del modelo de CP de la Administración se cimenta en unos principios: * Voluntaria * Acceso individualizado * Homologable en todo el SNS * Independiente del puesto de trabajo * Estructurada en cuatro grados, consolidables

  14. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? MATERIAS DE EVALUACIÓN DEL PROFESIONAL(establecidas en la Ley; incluidas en la propuesta del SESCAM): • Conocimientos y competencias profesionales (art. 42 LCC). • Formación continuada acreditada (art. 33 y ss LOPS). • Actividades docentes y de investigación. • Actividad asistencial. • Resultados y Calidad de la actividad. • Cumplimiento de los indicadores establecidos para su valoración. • Implicación y compromiso con la organización.

  15. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • Los miembros de la Inspección del Servicio de Salud podemos y debemos ser evaluados. • El modelo que se defina, para nuestro Servicio de Salud incorporará elementos y factores que componen cada uno de los bloques y materias, con la amplitud precisa y la acomodación a las condiciones y características organizativas de cada uno de los centros (art. 38.f LOPS)

  16. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? Se está definiendo un nuevo escenario, sin retorno, en el ámbito sanitario que pivota sobre: • GESTIÓN. • CALIDAD. • COMPETENCIA PROFESIONAL. Frente a este presente, nos encontramos con unas funciones de la Inspección Sanitaria definidas por la Circular 3/1999 del INSALUD.

  17. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • La Inspección está inmersa en el proceso asistencial, del que constituye un elemento más que garantiza el carácter integral e integrado del servicio que recibe el ciudadano. • Como el resto de centros y servicios del SESCAM, sobre la base de un Plan de Inspección, la Inspección debe contar con un Contrato de Gestión que concrete sus objetivos específicos, defina su papel y su participación coordinada con los diferentes niveles asistenciales.

  18. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? Estos avances en desarrollo profesional, facilitarán un mejor encaje de la Inspección en el modelo propuesto de Carrera Profesional, junto con los aspectos a evaluar: • Clara presencia de la Inspección en la vertiente asistencial. • Acceso a una formación continuada específica reglada. • Consolida el cuerpo de conocimientos propio, avanzando en el reconocimiento como Área de Capacitación Específica. • Desarrollar y ofertar al SESCAM su capacidad docente. • Integración en las líneas de investigación estratégica del SESCAM. • Un Contrato de Gestión fortalece el compromiso con la institución y permite evaluar las competencias.

  19. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? CUARTO ARGUMENTO: LA VINCULACIÓN COMO FACTOR DETERMINATE A estas alturas, es muy complicado afirmar que el tipo de vinculación pueda determinar que un profesional sanitario pueda acceder o no a la Carrera Profesional.

  20. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? La normativa reguladora de la Carrera Profesional posibilita un proceso negociador abierto, ya que está se configura como: • Un derecho, no vinculado a la relación laboral. • Una opción individual. • Imbricada en el desarrollo profesional. • Derecho individual y colectivo de los profesionales y una obligación de la institución, como garante de la calidad del servicio que se presta.

  21. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? Los Servicios de Salud de distintas CCAA han optado por diferentes modelos de CP. OSASUNBIDEA (NAVARRA) • Parte de un proceso previo de funcionarización de su personal. • Establece su modelo de CP en el Decreto Foral 376/2000. • Incluye al personal de la Inspección (art. 22). • Establece especificidades en la propia norma y las que determine la Comisión de Evaluación que se constituye.

  22. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? S.E.S. (EXTREMADURA) • En el ámbito de aplicación incluye: • Personal estatutario fijo incluido en art. 6 y 7 LOPS. • Personal estatutario temporal. • Personal funcionario retribuido según RDL 3/1987. • Personal funcionario y laboral fijo contemplados en art. 6 y 7 LOPS* … en la forma que se determine en la Comisión de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo. *Dicha Comisión constituida (24.10-2005) establece el acceso a la CP, en tanto se realice el proceso de estatutarización promovido por el SES, siempre y cuando estos, adquieran tal condición.

  23. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • No dejan de ser dos fórmulas, adaptadas a la realidad y necesidad de cada Servicio de Salud y pactada sindicalmente en un proceso leal de negociación. • Debe abrirse un proceso de discusión técnica y de negociación laboral para concretar cuál es el modelo que se ajusta a nuestra realidad presente y al futuro que el SESCAM y sus profesionales definan.

  24. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? • Hay una responsabilidad ineludible de todos (SESCAM, Organizaciones Sindicales y Profesionales y del propio colectivo de la Inspección de Servicios Sanitarios) por consolidar y fortalecer el papel de la Inspección en el conjunto del SNS (Alta Inspección y Coordinación General –MSC-, como a nivel autonómico) como un elemento de cohesión del mismo. • Eso pasa por el pleno desarrollo profesional de los trabajadores que integran la Inspección.

  25. LA CARRERA SANITARIA EN LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SESCAM:¿CUÁL ES LA RAZÓN DE EXCLUSIÓN? Como interviniente y asistente a esta Jornada, me mueve: • la oportunidad de un primer encuentro, para impulsar un proceso participado de diálogo y negociación. • Reclamar de los representantes de la Administración e institucionales que no es admisible que se nos excluya de un legítimo derecho de mejora y progreso profesional que ha de revertir en el propio Servicio de Salud.

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