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INDUCCIÓN AL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PUBLICA

INDUCCIÓN AL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PUBLICA. Gregorio Airola G. Subdirector de Alta Dirección Pública Servicio Civil Reunión de Inducción Jefes de Gabinetes Ministeriales Santiago, Septiembre 2010.-. Proceso de Modernización del Estado. AÑO 2003: ACUERDO NACIONAL POLÍTICO-LEGISLATIVO

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INDUCCIÓN AL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PUBLICA

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  1. INDUCCIÓN AL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PUBLICA Gregorio Airola G. Subdirector de Alta Dirección Pública Servicio Civil Reunión de Inducción Jefes de Gabinetes Ministeriales Santiago, Septiembre 2010.-

  2. Proceso de Modernización del Estado AÑO 2003: ACUERDO NACIONAL POLÍTICO-LEGISLATIVO • Gobierno y Oposición firman la llamada Agenda de Reforma del Estado y de Aumento de la Transparencia. SE DEFINEN TRES EJES MODERNIZADORES: • Modernización del Estado y de la Gestión Pública(Ley 19.882 del Nuevo trato Laboral). • Transparencia y Probidad (compras públicas, transparencia fiscal, licitación de proyectos de inversión, financiamiento de la política, información pública, entre otros). • Promoción del Crecimiento (tribunales tributarios, tribunales Defensa de la Competencia, ley de Quiebras, gobierno electrónico, tribunales del Trabajo, entre otros).

  3. Reforma a la gestión de los Recursos Humanos del Estado • CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL: Institución que implementa en los servicios públicos la nueva política de personal. • CREACIÓN DEL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA: Destinado a la selección, desarrollo y evaluación de los directivos de I y II nivel jerárquico encargados de dirigir los organismos que prestan servicios directos a la ciudadanía. • MODERNIZACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN DE LA CARRERA FUNCIONARIA: Perfeccionando los mecanismos de ingreso, promoción y egreso de los funcionarios del Estado, mediante un sistema de concursabilidad transparente y meritocrático. • POLÍTICA DE MEJORA DE REMUNERACIONES: Que adiciona a la remuneración fija, una parte variable asociada al desempeño institucional.

  4. Ley del Nuevo Trato Laboral (Ley19.882) • OBJETIVOS: • Profesionalizar política de RRHH en el sector público. • Fortalecer el mérito y evitar uso de cargos como botín electoral. • Devalúa el factor antigüedad como criterio de promoción. • Equilibrar estabilidad con desempeño. • Mejorar la gestión pública. CHILE OPTÓ POR: - MODERNIZAR LA GERENCIA PÚBLICA: SE CREA EL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA. - SE FIJÓ UNA NUEVA POLÍTICA DE ACCESO Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS QUE TRABAJAN EN EL ESTADO: CARRERA FUNCIONARIA. - SE ESTABLECIÓ UNA NUEVA INSTITUCIONALIDAD PARA IMPULSAR ESTOS OBJETIVOS: SE CREA EL SERVICIO CIVIL.

  5. Estructura del empleo público en Chile 1.180 cargos Confianza política Elección Antes 3.625 cargos 104 cargos I Nivel Jerárquico Alta Dirección Pública * 782 cargos II Nivel Jerárquico Total 886 cargos 2.233 cargos III Nivel Jerárquico Pasan a concurso Carrera funcionaria Promoción Interna Ingreso a planta 186.935 funcionarios * Otros 84 cargos pertenecientes a organismos públicos no adscritos al SADP

  6. Valores del Sistema de Alta Dirección Pública • Profesionalización • Transparencia • Idoneidad • Legalidad • No discriminación • Probidad • Mérito

  7. El Sistema de Alta Dirección Pública

  8. Sistema de Alta Dirección Pública PROPÓSITOS: • Profesionalizar los equipos directivos del Gobierno Central. • Integrar a los servicios personal idóneo que ejecuta las políticas públicas. • Seleccionar en base al mérito y competencias por sobre otras consideraciones. • Introducir eficiencia y calidad en la implementación de las políticas públicas. • Optimizar la entrega de bienes y servicios a la ciudadanía. • Optimizar el cumplimiento de políticas públicas y programas definidos por la autoridad elegida por la ciudadanía. • Restringe exclusiva confianza en la designación, pero no en la remoción.

  9. Particularidades del Modelo Chileno • ALIANZA PÚBLICO-PRIVADA PARA PROCESO DE BÚSQUEDA Y SELECCIÓN: • Empresas especializadas participan en el proceso. • Consejo de Alta Dirección Pública establece y fija los lineamientos. • SE TRABAJA EN BASE A PERFILES FUNDADOS EN COMPETENCIAS DIRECTIVAS: • Visión estratégica • Gestión y logro • Liderazgo • Relación con entorno y gestión de redes • Manejo de crisis y contingencias • Innovación y flexibilidad • Conocimientos técnicos • CONDICIONES DE DESEMPEÑO DE LOS ALTOS DIRECTIVOS PÚBLICOS: • Exclusiva confianza • Dedicación exclusiva • Asignación de Alta Dirección Pública • Duran tres años en su cargo, prorrogables por 2 periodos • Derecho a indemnización • Suscriben un convenio de desempeño

  10. SADP se aplica a Servicio públicos que implementan políticas públicas, no en los Servicios que elaboran políticas públicas • Cargos de I nivel jerárquico (104 cargos): • Jefes Superiores de Servicios Públicos, por ejemplo: Directores de • Cargos de II nivel jerárquico (782 cargos): Cargos dependientes directamente de Directores de Servicios Públicos, por ejemplo: Subdirectores, Directores Regionales, Jefes de Divisiones y Departamentos, Superintendentes, Directores de Hospital, entre otros. ADP

  11. ACTORES PRINCIPALES Sistema de Alta Dirección Pública Dirección Nacional Servicio Civil Consejo Alta Dirección Pública Comités de selección Empresas especializadas en búsqueda de ejecutivos y selección

  12. Ciclo Sistema de Alta Dirección Pública Proceso de búsqueda, selección, y desarrollo de profesionales competentes e idóneos para liderar los servicios públicos del país, mediante un proceso abierto, transparente y de amplia difusión. Sistema Postulación en Línea (SPEL) – Hunting Reclutamiento y Selección

  13. El SADP. Aprueba perfil Desarrolla concurso Elabora nómina Garantiza: Selección técnica No discriminación Reserva LA AUTORIDAD Solicita concurso Propone perfil Nombra Declara desierto Evalúa desempeño Pide la renuncia Define políticas Sistema de Alta Dirección Pública: balance entre mérito y confianza

  14. Rol de los Ministerios en el Sistema de Alta Dirección Pública • DESARROLLO DE PERFILES: Elaboración de perfiles de cargos I nivel, en conjunto con DNSC. • % ADP: Presentación a DIPRES de propuesta de % ADP para cargos de II nivel jerárquico. • REPRESENTANTES EN COMITÉS: Participación en comités de selección de cargos de II nivel jerárquico a través de un representante del Ministro/a del ramo. • METAS CONVENIO DE DESEMPEÑO: Conducción en la fijación de metas en el convenio de desempeño directivo entre el Ministro/a y el ADP nombrado, dentro de los 3 primeros meses de gestión.

  15. Rol de los representantes en los comités de selección Representante Consejo de Alta Dirección Pública • Preside el Comité de Selección. • Vela por el cumplimiento de los lineamientos del CADP. • Resguarda los valores del Sistema de Alta Dirección Pública. Representante Ministro/a del Ramo • Transmite la visión sectorial respecto del cargo, su contexto y las políticas públicas del sector. Representante Jefe/a Superior del Servicio • Transmite la visión de la autoridad a la cual representa, sobre características, énfasis, complejidades, desafíos y necesidades del Servicio respecto del cargo. Profesional Dirección Nacional del Servicio Civil • Asesora, coordina y guía las actividades de los comités de selección para el adecuado funcionamiento del mismo.

  16. LOGROS: Aumento progresivo de cargos: se inició con 417 cargos, actualmente son 970. Renovación de cuadros directivos: 59% de los nombrados no era titular del cargo. Aumento de la participación de la mujer en la gerencia pública: el 32% de los nombrados es mujer. Incorporación de profesionales del sector privado: 60%* de postulantes y 15% seleccionados. Más de 110 mil postulaciones a la fecha. Mayor interés por postular: en 2005 el promedio de postulaciones por concurso era de 66. En lo que va del 2010 sube a 141. Mayores espacios a la transparencia y fomento de la concursabilidad. Barreras a la discrecionalidad. SADP: Una reforma exitosa AVANCE DE UN 76% EN LA PROVISIÓN DE CARGOS * Promedio año 2010.

  17. TEMAS JURÍDICOS • NOMBRAMIENTOS Y DESVINCULACIONES DE ALTOS DIRECTIVOS PÚBLICOS. • ROL DE LOS MINISTERIOS EN LOS PROCESOS DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA. • COMITÉ DE SELECCIÓN EN LOS PROCESOS DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA.

  18. NOMBRAMIENTOS DE PRIMER NIVEL JERÁRQUICO (JEFES SUPERIORES DE SERVICIO) • Decidida por S.E. el Presidente de la República una designación de cargos de I Nivel Jerárquico, el ministerio del ramo deberá emitir el Decreto Supremo de Nombramiento correspondiente. • Paralelamente, el ministerio del ramo deberá oficiar a la Dirección Nacional del Servicio Civil sobre el hecho de la emisión del Decreto Supremo respectivo, la individualización del candidato designado y la fecha en que asumirá funciones.

  19. NOMBRAMIENTOS DE PRIMER NIVEL JERÁRQUICO (JEFES SUPERIORES DE SERVICIO) • La Dirección Nacional del Servicio Civil remitirá los antecedentes del proceso de selección al ministerio del ramo, (carpeta de nombramiento del designado) para que sean acompañados al trámite de toma de razón del Decreto Supremo de nombramiento respectivo. • El ministerio del ramo deberá oficializar el nombramiento en coordinación con la Presidencia de la República y con la Dirección Nacional del Servicio Civil.

  20. DESVINCULACIÓN, RENOVACIÓN Y NO RENOVACIÓN DE DIRECTIVOS DE I NIVEL JERÁRQUICO • Desvinculado un directivo de primer nivel jerárquico, el ministro del ramo, por encargo del Presidente de la República, deberá informar de dicha circunstancia y sus fundamentos a la DNSC. • Se informará acerca de los fundamentos de la decisión, considerando las evaluaciones disponibles del alto directivo público, como también la calidad jurídica de la solicitud de renuncia (voluntaria/no voluntaria). • La comunicación de vacancia y solicitud de concurso, como también la aprobación del perfil de selección por parte del Consejo de Alta Dirección Pública, son requisitos indispensables para nombrar jefes superiores de servicio en calidad de provisional y transitorio.

  21. DESVINCULACIÓN, RENOVACIÓN Y NO RENOVACIÓN DE DIRECTIVOS DE I NIVEL JERÁRQUICO • Si se decide no renovar el período de nombramiento, no corresponderá emisión de un Decreto Supremo, bastando con la remisión de la comunicación respectiva a la Dirección Nacional del Servicio Civil. • Si se decide renovar el período de nombramiento de un alto directivo, el ministerio del ramo emitirá un Decreto Supremo de renovación, que deberá señalar, entre otras materias, el fundamento de la decisión de renovación, considerando las evaluaciones disponibles del alto directivo público.

  22. DESVINCULACIÓN, RENOVACIÓN Y NO RENOVACIÓN (DIRECTIVOS DE NIVEL IJERÁRQUICO) • Tratándose de renovación o no renovación de los períodos de nombramientos, el ministro del ramo, por encargo del Presidente de la República, deberá comunicar dicha circunstancia tanto a la DNSC, como al interesado, esto con 90 días de anticipación al vencimiento del respectivo período de nombramiento.

  23. ROL DE LOS MINISTERIOS EN LOS PROCESOS DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA • En cargos de I Nivel Jerárquico, el ministerio debe, en un plazo de 20 días desde producida la vacante, remitir una proposición de perfil a la DNSC. • Sin perjuicio de la asesoría que, a partir de allí, entregue la Subdirección de Alta Dirección Pública.

  24. ROL DE LOS MINISTERIOS EN LOS PROCESOS DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA • Para cargos de II Nivel Jerárquico, en el plazo de 20 días contados desde producida la vacante de cargo en un servicio dependiente, el ministro del ramo debe remitir una propuesta de porcentaje de asignación de alta dirección pública al Ministro de Hacienda. • En idéntico plazo, el ministro del ramo debe designar un representante ante el Comité de Selección respectivo y nombre de la contraparte técnica encargada de proporcionar información que permita ajustar y definir el perfil de selección.

  25. ROL DE LOS MINISTERIOS EN LOS PROCESOS DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA • En un plazo de 5 días contados desde su nombramiento o prórroga, debe proponerse un convenio de desempeño al alto directivo público. • Finalmente, en un plazo de 3 meses deberá suscribirse el convenio de desempeño respectivo.

  26. COMITÉ DE SELECCIÓN (CDS) EN PROCESOS DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA DE CARGOS II NIVEL JERÁRQUICO • Instancia regulada en el artículo quincuagésimo segundo de la Ley Nº 19.882 y tiene la función de conducir los concursos de II Nivel Jerárquico. • Integración: • Un representante del ministro del ramo • Un representante del jefe superior del servicio respectivo que debe ser funcionario de la planta directiva del mismo • Un profesional experto, representante del Consejo de ADP en dicho comité. • Entrevista a candidatos en última etapa del concurso y conforma la nómina de elegibles que se remite a la autoridad administrativa correspondiente. • Puede fundadamente declarar desierto el concurso.

  27. ¡Muchas Gracias! Gregorio Airola G. gairola@serviciocivil.cl www.serviciocivil.cl

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