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Nuevo Compendio de Normas de Cambios Internacionales

Nuevo Compendio de Normas de Cambios Internacionales. Banco Central de Chile Abril 2001. Marco General de las Normas Cambiarias. Contribuir a velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos.

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Presentation Transcript


  1. Nuevo Compendio de Normas de Cambios Internacionales Banco Central de Chile Abril 2001

  2. Marco General de las Normas Cambiarias • Contribuir a velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. • Promover una eficiente integración comercial y financiera de Chile con el resto del mundo. • Disponer de información confiable y oportuna para la generación de estadísticas.

  3. Elementos Esenciales del Nuevo CNCI • Economía nacional está preparada para completar apertura de cuenta de capitales • Se suprimen restricciones cambiarias contempladas en el Artículo 49 de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central.

  4. Elementos Esenciales del Nuevo CNCI • Es necesario mantener una adecuada base de información • Se mantiene canalización de operaciones financieras vía MCF. • Se continuará exigiendo informar ciertas operaciones, después de realizadas.

  5. Implicancias Operaciones Financieras 1. Se elimina autorización previa para: • Entrada de créditos externos, bonos y ADRs prepagos de créditos externos, retornos y aportes de capital y dividendos de las inversiones. • Retorno de capital de las inversiones externas de residentes.

  6. Implicancias Operaciones Financieras 2. Se elimina restricciones a: • Cláusulas especiales de prepago y aceleración de créditos externos • Clasificación de riesgo mínimo y plazos. ponderados mínimos para emisión de bonos. • Emisiones de ADRs. • Monedas en que se emite o contrae deuda externa.

  7. Implicancias Operaciones Financieras 3. Se elimina obligación de liquidar en MCF, manteniendo la canalización de flujos a través de ese mercado 4. Se elimina el encaje cambiario a las entradas de capital (0% al 18 de abril de 2001).

  8. Implicancias Operaciones Comercio Exterior • Exportadores e importadores podrán optar por efectuar todas sus operaciones en el mercado cambiario informal • En tal caso, deberán informar directamente. • Los Anticipos de Comprador son considerados créditos externos.

  9. Implicancias Adicionales • Características de nuevo CNCI • Texto de 19 Capítulos y un Manual. • La recopilación de información de operaciones de cambio se amplia: “Desde la compra y venta de divisas, al incluir también las Transferencias hacia y desde el país”.

  10. Implicancias Adicionales • Disposiciones entraron en vigencia el 19 de abril. • Se mantienen en forma transitoria el envío de Planillas Estadísticas de Operaciones de Comercio Exterior entre el 19 de abril y el 30 de junio de 2001.

  11. Disposiciones de Cambios • Están establecidas en el capítulo I del Manual de Procedimientos y Formularios de Información del Compendio de Normas de Cambios Internacionales.

  12. Disposiciones de Cambios • Se eliminan requisitos de códigos • Concepto transferencia

  13. Transferencias • Estas deberán ser informadas a partir del 1 de julio. • Utilizarán para ello los mismos plazos y codificación del Sistema de Posición de Cambios.

  14. Comercio Exterior-Exportaciones (XV) • Operaciones exportación no están obligadas a ser retornadas por el MCF • Se mantiene obligación de información (30 días después del pago en vez de dentro 270) • Anticipos de comprador se consideran crédito y pueden no ingresarse al país (debe canalizarse a través del MCF) • Se elimina autorización previa para operaciones sin pago de divisas.

  15. Comercio Exterior-Importaciones (XVI) • Pago operaciones importación no están obligados a realizarse a través del MCF • Importadores informan directamente al Banco Central (disponibilidades propias fuera del MCF) al cabo de 30 días de efectuado el pago.

  16. Nuevo Compendio de Normas de Cambios Internacionales Banco Central de Chile Abril 2001

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