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Jurista y teórico político alemán.

CARL SCHMITT. Jurista y teórico político alemán. Nacido el 11 de Julio de 1888 en la localidad de Plettenberg , Westphalia . Fue profesor de Derecho en las universidades de Bonn, Berlín y Colonia.

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Jurista y teórico político alemán.

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  1. CARL SCHMITT • Jurista y teórico político alemán. • Nacido el 11 de Julio de 1888 en la localidad de Plettenberg, Westphalia. • Fue profesor de Derecho en las universidades de Bonn, Berlín y Colonia. • En 1933, tras el ascenso al poder en su país de Adolf Hitler, se adhirió al nacionalsocialismo y elaboró las líneas maestras y los principios jurídicos del nuevo régimen. • En 1945 fue arrestado por las fuerzas de ocupación aliadas y, posteriormente, procesado. • Aunque fue absuelto, se le obligó a abandonar la docencia. • Entre sus principales obras destacan: La dictadura (1921), (1922), El concepto de la política (1927), Teoría de la constitución (1928) y Legalidad y legitimidad (1932). • Muere el 7 Abril 1985.

  2. LA DICTADURA • El concepto de dictadura nace en la República Romana bajo la figura de un magistrado extraordinario nombrado por solicitud del senado por un plazo de 6 meses. • Sus funciones estaban orientadas a eliminar la situación peligrosa que motivó su nombramiento y a reprimir cualquier brote de rebelión interna. • El dictador no legisla sino ejecuta

  3. Para la República, la dictadura es fundamental pues es necesario un medio de constitución para hacer valer la libertad. Libertad frente al enemigo. “LA LIBERTAD MUERE PARA SALVAGUARDARLA”

  4. Maquiavelo: “El Príncipe” son consejos tácticos de cómo se hace para llegar al poder y cómo se mantiene. No trata una fundamentación moral o jurídica, sino la técnica racional del absolutismo político • Direcciones de la dictadura: Racionalismo, tecnicidad y ejecutividad constituyen el comienzo del Estado moderno. • El Estado moderno surge de la dictadura. • El pueblo es irrelevante

  5. ARCANA DOMINATIONIS ARCANA IMPERII SITUACIÓN DE PODER EN TIEMPOS NORMALES. MÉTODOS PARA MANTENER TRANQUILO AL PUEBLO ACONTECIMIENTOS EXTRAORDINARIOS JURA DOMINATIONIS: Derecho público de excepción (constantes luchas) JURA IMPERII. Derechos de soberanía

  6. El pueblo es una masa uniforme irracional al cual hay que dominarlo por la astucia o la fuerza. EL SOBERANO ESCOGE CÓMO HACER EL PODER CONSTITUIDO

  7. HITLER NO MATÓ A UN SOLO JUDÍO EN LA ILEGALIDAD.

  8. DICTADURA COMISARIAL

  9. Bodino= para formular una concepto jurídico político general opone funcionario y comisario. 2 especies de ejercicio de poder estatal Funcionario: persona pública a la que ha confiado una esfera de acción limitada por la ley. Comisario: persona pública que tiene un cometido extraordinario limitado tan solo por la comisión. El dictador es un comisario (APODERAMIENTO) = UN COMISARIO DE ACCIÓN ABSOLUTO.

  10. La comisión ha de hacer lo que corresponda en cada momento al interés determinante unida a las facultades correspondientes para representar estatal. = contenido de un comissio.

  11. El estado de excepción como paradigma de gobierno Giorgio Agamben

  12. Giorgio, Agamben • Nació en Italia, Roma en 1942 • Filósofo y jurista • Cargos: Director del Collège International de Philosophie de París (1986-93), Profesor de estética en las universidades italianas de Macerata (1988-93), Verona (1993-2003) y Venecia (2003) • Obras: L’uomosenzacontenuto (1970), La fine del pensiero (1982), Homo sacer I. Ilpoteresovrano e la nuda vita (1995), Mezzisenza fine (1996), Homo sacer III.

  13. TESIS: • El estado de excepción constituye “una tierra de nadie entre el derecho y el hecho político, entre el orden jurídico y la vida”. Política Derecho EE

  14. Es posible ubicar el edo. de excepción en un ámbito jurídico? • “Si los procedimientos excepcionales son fruto de los períodos de crisis política y, como tales, han de ser comprendidos no en el terreno jurídico sino en el político constitucional, acaban por encontrarse en la situación paradójica de procedimientos jurídicos que no pueden comprenderse en el ámbito del derecho… el estado de excepción se presenta como la forma legal de lo que no puede tener forma legal” (pp.9-10)

  15. Necessitaslegemonhabet • Justificación jurídica: “La necesidad no tiene ley” a. La necesidad no reconoce ley alguna (original) b. La necesidad crea su propia ley (dominante) • Santi Romano: la NECESIDAD es el fundamento de la validez de los decretos con fuerza de ley promulgados por el ejecutivo en edo. de excepción. “En el estado de excepción y la revolución, la instauración de un ordenamiento constitucional es una medida ilegal pero perfectamente jurídica que se concreta en la producción de nuevas normas.” (pp. 43-44)

  16. Questio de facto o de iure? • Si lo propio del edo. de excepción es la suspensión del ordenamiento jurídico entonces: • El hecho se vuelve derecho? • El derecho es suspendido y se vuelve hecho? • El problema NO es sólo topográfico. • La necesidad es realmente un dato • Subjetivo relativo al objetivo que se quiere alcanzar.

  17. La suspensión de la norma no significa su abolición • La necesidad no es fuente de ley ni la suspende siempre, sino sólo en casos particulares. Ej: pag. 61 • “El fundamento último de la excepción no es la necesidad sino el principio según el cual toda ley se da para la salvación del hombre”. p.62

  18. La estrecha relación con la guerra civil: “Respuesta del poder estatal a los conflictos internos” p.25 • Aparición de “guerra civil legal” Ej: Estado Nazi: Decreto para la protección del pueblo y del Estado. (12 años) • Aparición del Totalitarismo moderno • “Una medida provisoria y excepcional se vuelve técnica de gobierno” p.25 • Entonces: El estado de excepción se presenta como un umbral de indeterminación entre democracia y absolutismo.

  19. De medida provisional a técnica de gobierno. • Plenos poderes: se le da al poder ejecutivo el poder de emancipar decretos que tienen fuerza de ley. • Dictadura constitucional: Transformación de los regímenes democráticos como consecuencia de la expansión de los poder del ejecutivo. • Advertencia: El estado de excepción ha devenido la regla y “aunque un uso temporario y controlado de los plenos poderes es compatible con las constituciones democráticas un ejercicio sistemático y regular de la institución conduce necesariamente a la liquidación de la democracia”p.33

  20. Gracias por escuchar atentamente! • ¡FIN !

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