1 / 11

Ley nº 12.818

Ley Provincial Nº 12.818 Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe. Ley nº 12.818. Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe Previsión (jubilación) Obra Social. Ley nº 12.818. Previsión

dareh
Download Presentation

Ley nº 12.818

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Ley Provincial Nº 12.818Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe

  2. Ley nº 12.818 Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe • Previsión (jubilación) • Obra Social

  3. Ley nº 12.818 Previsión • C ategorías • Módulos previsionales (unidad de valor para determinación de aportes) • “A” 3 módulos previsionales • “B” 12 módulos previsionales • “C” 18 módulos previsionales • “D” 24 módulos previsionales • “E” 30 módulos previsionales

  4. Categoría “A” / 3 M.P. • a) 5 primeros años de antigüedad en el ejercicio profesional y menos de 27 años de edad • b) más de 35 años de antigüedad en el ejercicio profesional y mas de 80 de edad

  5. Categoría “B” / 12 M. P. • a) 9 años de antigüedad en el ejercicio profesional y con 31 años de edad • b) más 35 años de antigüedad en el ejercicio profesional con más de 69 años de edad

  6. Categoría “C” / 18 M.P. • a) 13 años de antigüedad en el ejercicio profesional y menos de 35 años de edad • b) más de 35 años de ejercicio profesional y menos de 64 de edad

  7. Categoría “D” / 24 M.P. • a) 18 años de antigüedad en el ejercicio profesional y menos de 40 años de edad • b) más de 30 años de antigüedad en el ejercicio profesional y más de 59 años de edad

  8. Categoría “E” / 30 M.P. a) 30 años de antigüedad en el ejercicio profesional y menos de 60 años de edad b) Para los afiliados no encontrados en las categorías precedentes

  9. Art. Nº 28 Estampillado • Estampillas: deben aplicarse a cualquier tipo de certificación, constatación o documental que realice o expida todo profesional Art. Nº 29 inc. D • Veterinarios: certificados, pericias y cualquier otra documentación vinculada con la salud animal, que emitan en función de su actividad profesional.

  10. Ingreso • Todo matriculado que ejerce la profesión en forma independiente Exceptuados • Relación de dependencia a cargo de empresas full time • Relación de dependencia a cargo del estado full time

  11. Ingreso – opciones • Previsión: • 50% 75% 100% • Obra Social: • Plan A – Plan B • 4 primeros años, optativa

More Related