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POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR

POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR. PROCEDIMIENTO POLICIAL ABUSO SEXUAL A UNA NIÑA. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR. ABUSO SEXUAL A UNA NIÑA “VIOLACIÓN”

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POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR

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Presentation Transcript


  1. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR

  2. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR PROCEDIMIENTO POLICIAL ABUSO SEXUAL A UNA NIÑA

  3. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR ABUSO SEXUAL A UNA NIÑA “VIOLACIÓN” • Existe flagrancia cuando se aprehende al autor en el mismo momento de la comisión de la infracción o inmediatamente después de su comisión, si es aprehendido con armas, instrumentos, huellas o documentos relativos a la infracción recién cometida. • Art. 68.- Concepto de abuso sexual.- Constituye abuso sexual todo contacto físico, sugerencia de naturaleza sexual, a los que se somete un niño, niña o adolescente, aun con su aparente consentimiento, mediante seducción, chantaje, intimidación, engaños, amenazas, o cualquier otro medio.

  4. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Art. 4.- Definición de niño, niña y adolescente.- Niño o niña que no ha cumplido doce años de edad. • Adolescente doce y dieciocho años de edad • Art. 5.- Presunción de edad.- duda edad presumirá es niño o niña antes que adolescente; y que es adolescente, antes que mayor de dieciocho años.

  5. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR PROCEDIMIENTO • Acudir inmediatamente al lugar de los Hechos: • Evitar la fuga del autor. • Prestar el auxilio inmediato a las victimas. • Desalojar a los curiosos y establecer un cordón de protección, recopilando toda la información posible. • Establecer vigilancia en los accesos del lugar. • Prohibir el acceso de personas ajenas a la investigación.

  6. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Informar a la Central de Radio Patrulla de la existencia de la novedad: • Para que exista un registro del procedimiento(datos exactos del lugar, la hora , nombre de la victima, sexo, edad, nombre del aprehendido, sexo, edad, nombre de quien toma el procedimiento). • Para que se informe al oficial de control de la novedad. • Para pedir la colaboración oportuna de otras unidades policiales.

  7. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Proteger inmediatamente el lugar de los hechos: • La protección es responsabilidad del primer policía que se apersone del lugar, por lo que se adoptarán medias oportunas para alejar a los curiosos y disponer de un cordón de seguridad que delimite la superficie en la que se considera pueden existir inicios de interés para la investigación, a esta protección se la considera preliminar, ya que a la llegada del personal especializado se verificará que esta se encuentre debidamente realizada y se realizarán las correcciones del caso para una mejor disposición del dispositivo de protección.

  8. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • De ser necesario solicitar la colaboración del personal de criminalística : • Realicen el estudio científico del lugar de los hechos. por medio de la protección, observación, búsqueda, localización, fijación, recolección, embalaje, rotulación, envío al laboratorio y conservación de todos los indicios encontrados en el lugar, observando la cadena de custodia.

  9. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Se trasladará a la victima a un centro de salud o a un hogar de protección. • Para brindarles los primeros auxilios. • Acompañados por sus padres, familiares y con un miembro policial. • Reportara a la CRP, el nombre de la casa asistencial que va a ser traslado la niña.

  10. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Se debe proteger a la víctima sobre toda circunstancia. • No se debe interrogar a la víctima bajo ninguna circunstancia sobre lo ocurrido ( no volver a re victimizar ). • Se debe evitar el careo entre la víctima y el sospechoso del hecho. • Se mantendrá en todo momento separados a la victima y agresor. • Evitará que médicos y otras personas interroguen innecesariamente a la víctima.

  11. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Recabar información sobre lo ocurrido. • Tomar datos exactos del lugar de los hechos. • Nombres completos, edad, números de cedula, números telefónicos, del denunciante, victima, agresor, testigos (domicilio).

  12. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Se debe trasladar a la víctima y a sus familiares a la fiscalía. • Para que presente la respectiva denuncia. • Para que se le otorgue la orden de reconocimiento y se realice el examen médico legal. • Art. 80.- Exámenes médico legales.- Los exámenes médico legales a un niño, niña o adolescente, se practicarán en estrictas condiciones de. confidencialidad y respeto a la intimidad e integridad físicas y emocional del paciente. • La Junta Cantonal de Protección de Derechos también puede disponer los exámenes médicos legales de la víctima.

  13. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Ingreso al domicilio • Previa autorización del dueño . • Presencia del señor Fiscal o Procurador del menor • Delito flagrante ingresamos inmediatamente, pero adoptando las debidas medidas de seguridad para el caso.

  14. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Se debe aprehender al autor • Se procede a indicarle sus derechos contemplados en el Art 77 de la Constitución: • Ponerlo a órdenes del señor fiscal de turno para la avalizacion de la detención. • Que avoque conocimiento el juez de flagrancia para la respectiva audiencia de calificación de flagrancia

  15. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Sacar el respectivo certificado médico del aprehendido • Y revisar en los archivos de la policía judicial para ver si el aprendido tiene antecedentes penales

  16. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Se debe realizar el parte de aprehensión dirigido al jefe provincial de la policía judicial, y el parte informativo al jefe del comando, para conocimiento de causa y se continúe con el trámite conforme a la ley. • Los indicios en relación al hecho se procederá entregar en las oficinas de la policía judicial con la respectiva cadena de custodia.

  17. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • SUBDIRECCIÓN TÉCNICO CIENTÍFICA DE LA POLICÍA JUDICIAL • UNIDAD DE APOYO CRIMINALÍSTICO DE LOS RÍOS • CADENA DE CUSTODIA • Con fines periciales se recibe la evidencia: • ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… • Oficio recibido: Nº 636-2008-MFD-X-IL. Suscrito por Dr. Iván León Rodríguez. • Entregado por:……………………………...Firma…….………………CI………………. • Recibido por:……..………………………... Firma……………………CI………………. • Fecha:………………………………………..Hora:…………………. • Observaciones…………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. • ..………………………………………………………………………………… • Entregado por:……………………………...Firma…….………………CI………………. • Recibido por:……..………………………... Firma……………………CI………………. • Fecha:………………………………………..Hora:…………………. • Observaciones…………………………………………………………………………….........................................................................................................................................................................................................................

  18. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR • Se procederá dentro de las 24 horas presentarle al aprehendido ante la autoridad correspondiente, con el parte pormenorizado de las circunstancias, las evidencias materiales y los posibles testigos para la formulación de cargo.

  19. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR MUCHAS GRACIAS

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