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Los programas de medidas y su coordinación con otras políticas sectoriales Manuel Menéndez

Los programas de medidas y su coordinación con otras políticas sectoriales Manuel Menéndez Coordinador de Área Gabinete del Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad. ÍNDICE. Antecedentes

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Los programas de medidas y su coordinación con otras políticas sectoriales Manuel Menéndez

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  1. Los programas de medidas y su coordinación con otras políticas sectoriales Manuel Menéndez Coordinador de Área Gabinete del Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad

  2. ÍNDICE • Antecedentes • Medidas de coordinación en la situación actual. La ley 11/2005 de modificación del PHN (Modificación Ley 10/2001). • Informes CCHH • Informes de viabilidad • La coordinación como parte del proceso de aplicación de la Directiva Marco • Política Regional • Fondos de desarrollo rural • Ordenación territorial e inundaciones

  3. Antecedentes

  4. Planes hidrológicos de cuenca • Principal instrumento para la planificación hidrológica y de coordinación con otras planificaciones sectoriales • Objetivo principal de la planificación hidrológica cuando se redactaron : Mejor satisfacción de las demandas de agua (Art. 70 RAPAPH) • Incrementar disponibilidad • Proteger calidad • Economizar empleo y racionalizar usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales • Ahora tras DMA : buen estado y no deterioro (Art. 40 TRLA) • Según ámbito geográfico: • Intracomunitarios • Intercomunitarios

  5. Planes hidrológicos de cuenca • Contenidos más importantes • Inventario de recursos hídricos • Usos y demandas • Características básicas de calidad de las aguas • Infraestructuras básicas • Largo proceso de elaboración desde aproximadamente 1987 hasta que sus normativas son aprobadas en 1999

  6. PHN • PHN contenidos según Ley de Aguas (Art.43): • Medidas de coordinación de los planes de cuenca • Solución para posibles alternativas ofrecidas por los planes de cuenca • Previsión y condiciones de transferencia de recursos hidráulicos entre ámbitos territoriales de distintos planes de cuenca. • Modificaciones que se prevean en el uso del recurso y que afecten a abastecimiento de poblaciones o regadíos existentes • En Abril de 1993 se publica un anteproyecto de Ley de Plan Hidrológico Nacional que no se aprueba fundamentalmente porque: • No estaban aprobados los planes de cuenca • No estaba elaborado el Plan Nacional de Regadíos • En 2000 el Ministerio de Medio Ambiente publica el “Libro Blanco del Agua en España”

  7. PHN • PHN en Ley 10/2001 de 5 de Julio de 2001 • Acuíferos compartidos con asignación de recursos anuales (anejo I) • Trasvase del Ebro • Otros: • Art. 27 Gestión de las sequías • Art. 33 Red básica de datos hidrológicos • Disposición adicional cuarta: Plan especial del Alto Guadiana • Disposición adicional décima: Plan Integral de Protección del Delta del Ebro • Anexo II: Listado de inversiones contempladas en los planes hidrológicos de cuenca para el periodo 2001-2008

  8. La situación actual

  9. El nuevo PHN • Ley 10/2001 del PHN es modificada por Ley 11/2005 de 22 de Junio (procede de Real Decreto Ley 2/2004) • Se deroga el trasvase del Ebro • Se derogan y/o modifican algunos artículos del TRLA y se incluyen otros nuevos: • Concesiones para la actividad de desalación de aguas • Sistemas de control de consumos • Policía de aguas • … • Informes Confederaciones Hidrográficas a determinados actos de las CCAA • Informes de viabilidad

  10. Informes CCHH • Las Confederaciones Hidrográficas deben emitir un informe previo de los actos y planes de las CCAA (o entidades locales) en materia de medio ambiente, ordenación del territorio y urbanismo, espacios naturales, pesca, montes regadíos y obras públicas de interés regional, etc, si afectan al régimen o aprovechamiento de las aguas continentales o se localizan en el dominio público hidráulico o en sus zonas de servidumbre o policía. • Cuando los actos o planes de las CCAA o entidades locales comporten nuevas demandas de recursos hídricos, el informe se pronunciará expresamente sobre la existencia o no de recursos. • Informe se entiende desfavorable si no se emite en el plazo establecido

  11. Informes CCHH • Informes negativos simplemente por falta de previsiones sobre el tema. Hasta ahora los planes urbanísticos no incluían ninguna previsión sobre la forma de obtener recursos hídricos. • En todo caso, falta de medios en las CCHH • ¿Informes vinculantes?

  12. Informes de viabilidad • Ley 10/2001 del PHN es modificada por Ley 11/2005 de 22 de Junio (procede de Real Decreto Ley 2/2004) • Se mantiene el Anexo II con algunas modificaciones referentes a actuaciones concretas • Se incluye un Anexo IV con Actuaciones prioritarias y urgentes en las cuencas mediterráneas (En el Anexo III se declaran de interés general) y que, por cuencas, se clasifican en: • Actuaciones en incremento de la disponibilidad de recursos hídricos. (Ej: Desaladoras) • Actuaciones en mejora de la gestión de recursos hídricos (Ej: Modernización de regadíos, reutilización) • Actuaciones en mejora de la calidad del agua, prevención de inundaciones y restauración ambiental (Ej: Potabilizadoras, encauzamientos)

  13. Informes de viabilidad • Con carácter previo a la declaración de interés general de una obra hidráulica (o a su ejecución), deberá elaborarse un informe que justifique su viabilidad económica, técnica, social y ambiental, incluyendo un estudio específico sobre la recuperación de costes. • Los informes son estratégicos. No sustituyen (sino que son adicionales) a los correspondientes trámites de aprobación técnica o ambiental de una actuación.

  14. Informes de viabilidad • Formato de informe en internet (www.mma.es) • Contenidos: • Objetivos de la actuación • Adecuación de los objetivos a la legislación y los planes y programas vigentes • Descripción • Eficacia de la propuesta técnica para la consecución de los objetivos • Viabilidad técnica: Idoneidad de la alternativa elegida, seguridad, flexibilidad ante cambios • Viabilidad ambiental: Tipo e intensidad de la afección y riesgo de impacto crítico • Análisis financiero y de recuperación de costes • Análisis socioeconómico

  15. Informes de viabilidad • El concepto de viabilidad que se emplea en los informes es conforme a lo que establece la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE). • Nuevas actuaciones que cambian las características físicas de las masas de agua deben cumplir una serie de requisitos (sólo están justificadas en determinados casos y deben adoptarse todas las medidas factibles para paliar sus aspectos adversos) • Principio de recuperación de costes. • El análisis financiero y de recuperación de costes incluye: • Cálculo del VAN (Valor Actual Neto) que haría que los ingresos se igualaran a los gastos en la vida útil de la actuación. • Descripción del plan de financiación • Descripción de la recuperación de costes prevista en la realidad y si no es total, justificación de las necesidades de subvención • El informe concluye con un pronunciamiento expreso de quién lo realiza (DG Agua, Confederación Hidrográfica o Sociedad Estatal) sobre la viabilidad del proyecto y, en su caso, los condicionantes necesarios para que sea efectiva.

  16. Informes de viabilidad 1. Envío para evaluación (e-mail) 2. Evaluación , envío de comentarios y realización de nuevas versiones (en media, dos iteraciones) (todo por e-mail) DG AGUA 3. Versión finalmente aceptada pasa a Sec. Gral 4.Tras decisión del Sec Gral: Se comunica a interesados, se solicita versión “en papel” definitiva y se cuelga en Internet INTERNET Secretario General CCHH Soc. Estatales Gabinete SGTyB

  17. Informes viabilidad • 3 tipos de decisión del Secretario General:

  18. Informes viabilidad • Ejemplos de condicionantes

  19. La coordinación con otras políticas sectoriales como parte del proceso de aplicación de la Directiva Marco

  20. La política de cohesión • Encaminados a reducir diferencias entre los países de la Unión. Los instrumentos financieros para una política de cohesión son (2000-2006): • Los fondos estructurales • Fondo europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para regiones menos desarrolladas. Unas dos terceras partes de este fondo son para las llamadas Regiones de objetivo 1 (PIB medio per cápita inferior al 75% de la media de la UE) • Fondo Social Europeo (FSE) • Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA) • Instrumento Financiero de Orientación Pesquera (IFOP) • El fondo de Cohesión • Financia actuaciones relacionadas con el medio ambiente e infraestructuras de transporte (redes transeuropeas) • Válido para aquellos estados miembros cuyo PNB per cápita sea inferior al 90% de la media comunitaria. En la actualidad, Grecia, España, y Portugal (Irlanda dejó de ser elegible a partir de 1 de enero de 2004)

  21. La política de cohesión • Durante 2000-2006 España ha recibido unos 50.000 millones € (casi 8,5 billones de pts) en fondos estructurales (objetivo 1) y unos 12.000 millones € (2 billones de pts) en fondos de cohesión. • En España 11 CCAA han sido elegibles en objetivo 1: Andalucía, Valencia, Galicia, Castilla-León, Canarias, Castilla-La Mancha, Murcia, Extremadura, Asturias y Ceuta y Melilla. Cantabria disfrutó de una situación de “transición”.

  22. La política de cohesión Situación en 2007-2013: • Fondos de cohesión desaparecerán para España a partir de 2010 (Se recibirían unos 3.000 millones de €, en total, en los cuatro años que van de 2007 a 2010). • Fondos estructurales: • Cuatro quedan fuera por efecto estadístico (phasing-out) (al pasar de UE15 a UE25 pasan de aprox 72% a aprox 80%): Asturias, Murcia, Ceuta y Melilla. • Tres quedan realmente fuera (phasing-in) (aprox 80% para UE15 85-90% para UE25): Castilla y León, Valencia y Canarias • Sólo cuatro CCAA serán elegibles en objetivo 1 (< 75% del PIB medio per cápita): Galicia, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía.

  23. La política de cohesión • De fondos FEDER (2000-2006) se certifica hasta 31 de diciembre de 2008, pudiéndose las obras terminar hasta el año 2011 (o pasar al siguiente periodo de programación 2007-2013 en las regiones elegibles) por lo que la cartera de proyectos disponibles del programa AGUA supera las ayudas. • Grandes proyectos (más de 50 millones de €) necesitan solicitud individualizada antes de próximo 30 de Junio. Entre ellos: • Desaladoras: Alicante 2, Torrevieja, Águilas, Campo de Dalías • Conducción Cerro Blanco-El Atabal (Málaga) • Nuevo trazado Conducción Júcar-Vinalopó

  24. Desarrollo rural • Las sucesivas reformas de la PAC (Política Agraria Comunitaria) tienden a reducir los incentivos a la producción que puedan perjudicar al medio ambiente. • Entre las modificaciones que se han producido se encuentran: • La introducción (desde 2005) de pagos a los agricultores que no dependen del volumen de su producción y que se condicionan al “cumplimiento cruzado” de diversas normativas (medioambientales, sanitarias, etc) • La reducción de los subsidios directos a las explotaciones más grandes. Los fondos se utilizan para medidas de desarrollo rural (“modulación”) • Mecanismos de disciplina financiera que eviten desviaciones del presupuesto definido hasta 2013 • Revisión de las políticas de mercado (leche, cereales, etc) • Las políticas de Desarrollo Rural, por tanto, adquieren una mayor trascendencia, tendiéndose a considerar la agricultura en un contexto más amplio que tenga en cuenta: • La protección del medio rural • Fomentar la atracción del medio rural a nuevos residentes • La producción de alimentos de mejor calidad

  25. Desarrollo Rural • Los fondos totales para Desarrollo Rural (2000-2006) han sido 50.000 millones de € (8,5 billones de pts) y han sido cofinanciados por el FEOGA y los Países Miembros. • Oportunidad de financiar aquí actuaciones que antes se presentaban a los fondos de cohesión

  26. Desarrollo Rural • Ejemplos de actuaciones elegibles en este contexto, según las “orientaciones estratégicas para 2007-2013”: • Desastres naturales y actuaciones de previsión (Art 20 b) (vi)) • Modernización de instalaciones agrícolas (Art. 26) • Mejora del valor económico de los bosques (Art.27) • Infraestructuras para el desarrollo de la agricultura y la gestión forestal (Art.28) • Ayudas para cumplir standards exigidos por la legislación comunitaria (Art. 31) • Medidas para compensar costes derivados de la implementación de la red NATURA 2000 y de la Directiva Marco del Agua (Art.38 y Ar. 46) • Medidas agro-ambientales (Art. 39) • Reforestación de tierras agrícolas y no agrícolas (Art.43 y 45)

  27. Hacia una Directiva sobre inundaciones… • Noviembre 2002 (Dir Agua, Copenhague) Después de inundaciones de Verano 2002 (Danubio y Elba) comienza una iniciativa sobre “Predicción, prevención y control de inundaciones”.En Junio 2003 (Dir Agua, Atenas). Se presenta documento de buenas prácticas. • Julio 2004 (Consejo Informal de Ministros de Medio Ambiente, Maastrich) discute una comunicación que le envía la Comisión y decide realizar un “Programa de Acción” que empieza a tomar cuerpo en reunión Directores Agua en Amsterdam en Nov 2005. • Junio 2005 (Dir Agua, Luxemburgo). Se define más en detalle el programa de acción a partir de “Stakeholders meetings” en Enero y Abril de 2005. • Noviembre 2005. En la reunión de Directores del Agua de Londres se confirma la inminente propuesta legislativa. • Enero 2006. La Comisión Europea propone al Consejo una propuesta de Directiva sobre “Evaluación y gestión de las inundaciones”

  28. Documento buenas prácticas • Algunas ideas clave: • Las inundaciones son parte de la Naturaleza • La actual sociedad es más vulnerable que antes a los desastres naturales • La protección frente a inundaciones nunca es absoluta • Los ríos no tienen fronteras. • Siempre que sea posible, el efecto de las actividades humanas debe ser reversible.

  29. Documento buenas prácticas • Los usos deben adaptarse a los riesgos. • Las medidas no estructurales son las más sostenibles a largo plazo. • Las medidas estructurales deben centrarse en la protección de vidas humanas. • Toda persona en peligro por causa de las inundaciones debe tomar sus propias precauciones para lo que necesita una información adecuada.

  30. Documento buenas prácticas • Conclusiones generales: • Necesidad de planes de emergencia en todas las cuencas. • Transformar las medidas defensivas que deben constituir una auténtica gestión de los riesgos lo que significa reducir los impactos sin necesariamente reducir la probabilidad de ocurrencia. Riesgo = (Probabilidad de ocurrencia) x (impacto) VIVIR CON LAS INUNDACIONES EN VEZ DE VIVIR CONTRA LAS INUNDACIONES

  31. Propuesta de directiva • Propuesta legislativa: • Aplicable a ríos y costas con riesgo “razonablemente previsible”. • Subsidiaridad, no duplicar esfuerzos • Dejará a los Países Miembros la decisión sobre: • Nivel de protección • Medidas para alcanzar el nivel de protección • Calendario de aplicación de las medidas

  32. Propuesta de directiva • 3 contenidos principales: • Evaluación preliminar de riesgos de inundación • Mapas de inundaciones • Planes de gestión del riesgo de inundaciones

  33. Evaluación preliminar de riesgos • Basada en información ya disponible (fundamentalmente de avenidas históricas) • Definición de “riesgo significante”. • Identificación de cuencas (o subcuencas) y zonas costeras sin “riesgo significante” y, en consecuencia, en las que no habría que aplicar la Directiva (a no ser que la situación cambie) • Identificación de cuencas (o subcuencas) y zonas costeras donde el trabajo está hecho (aunque sea parcialmente)

  34. Mapas de riesgo • Información a autoridades y público de cuales son las zonas peligrosas según tres hipótesis: • Alta probabilidad de inundación (Periodo de retorno menor de 10 años) • Probabilidad media de inundación (Periodo de retorno entre 10 y 100 años) • Baja probabilidad de inundación (Periodo de retorno superior a 100 años) Nota: Los T de cada una siguen en discusión • En cada una de las hipótesis anteriores los mapas deben indicar: • Niveles de agua previstos • Velocidad de la corriente • Zonas de erosión y sedimentación (Nota: En la última versión se ha eliminado) • Daños potenciales: nº habitantes afectados, daños económicos, daños al medio ambiente.

  35. Planes de gestión del riesgo • Deben tener en cuenta: • Las Directivas Marco del Agua y de Evaluación Ambiental Estratégica. • Tener en cuenta cambios a largo plazo: Usos de suelo, cambio climático… • Coordinarse con otras políticas: ordenación del territorio, etc • Solidaridad: No afectar a terceros • Distintas fases: Prevención, protección, preparación, respuesta en crisis, recuperación y “lecciones aprendidas”. • Un único plan por demarcación situada totalmente dentro del territorio de un país. • Deben contener, al menos: • Conclusiones de la evaluación preliminar del riesgo de inundación • Los mapas de riesgo de inundación • Descripción del grado de protección adecuado • Medidas necesarias para alcanzar el grado de protección • Descripción de medidas en materia de información y consulta a la población • Descripción de medidas de coordinación en demarcaciones internacionales, coordinación con la aplicación de la Directiva Marco del Agua, lista de Autoridades Competentes (no necesariamente las mismas definidas para la aplicación de la Directiva Marco)

  36. CALENDARIO (fechas límite en discusión) Entrada en vigor: X (20 días después de su publicación en el DOCE) Trasposición: X + 2 años Realización de la evaluación preliminar del riesgo de inundación: X + 3 años Elaboración de los mapas de riesgo de inundación: 22 Diciembre de 2013 Actualización de los mapas de riesgo de inundación: 22 Diciembre de 2019 y, a partir de ahí, cada 6 años Planes de gestión del riesgo de inundación completados y publicados: 22 Diciembre de 2015 (Misma fecha que consecución del buen estado de las aguas y de la primera revisión de los planes de cuenca según la Directiva Marco del Agua) Actualización de los planes: 22 Diciembre de 2021 y, a partir de ahí, cada 6 años

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