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PLAN DE ACCIÓN, ESTRATEGIAS DE LA DGA EN LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO Y AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA VENTANILLA Ú

PLAN DE ACCIÓN, ESTRATEGIAS DE LA DGA EN LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO Y AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA VENTANILLA Ú NICA DE COMERCIO EXTERIOR .

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PLAN DE ACCIÓN, ESTRATEGIAS DE LA DGA EN LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO Y AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA VENTANILLA Ú

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  1. PLAN DE ACCIÓN, ESTRATEGIAS DE LA DGA EN LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO Y AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR. PARA HACER FRENTE A LA EVENTUAL DISMINUCIÓN DE LAS RECAUDACIONES FISCALES NACIONALES POR LOS IMPACTOS ESPERADOS CON LA ELIMINACIÓN DE ARANCELES A LOS PRODUCTOS DE ORIGEN DR-CAFTA 10 de Junio de 2014, Senado de la República Dominicana.

  2. PONENTE: GABINO JOSE POLANCO, SUBDIRECTOR TECNICO DGA. DIA: 10 DE JUNIO DE 2014 HORA: 4:00 PM LUGAR: SENADO DE LA REPÚBLICA, SANTO DOMINGO, DN.

  3. INDICE DE CONTENIDO • VENTANILLA UNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE). • LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) • PAPEL DE LA DGA EN LAS NEGOCIACIONES DEL ACUERDO DE FACILITACIÓN , FIRMADO EN BALI, INDONESIA, DEL 3 AL 7 DE DICIEMBRE, DE 2013. • COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA ADUANA Y DEMÁS INSTITUCIONES PARA-ADUANERAS. • REPÚBLICA DOMINICANA Y LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO. • PROCESO LLEVADO POR LA UNCTAD PARA LA IMPLEMENTACION DEL ACUERDO DE FACILITACION DEL COMERCIO DE LA OMC. • MEDIDAS QUE SE FORTALECERAN AL IMPLEMENTAR EL ACUERDO. • OPERADOR ECONOMICO AUTORIZADO (OEA). • CONCLUSIONES

  4. MARCO CONCEPTUAL Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) QUE ES UNA VUCE: Es un sistema que permite la entrega de información estandarizada a una única entidad,para el cumplimiento de todos los requerimientos relacionados con la importación, exportación y tránsito de mercancías. Si la información es electrónica, entonces los datos deben ser enviados una sola vez.

  5. MARCO CONCEPTUAL BENEFICIOS DE LA VUCE Único punto de entrada de información; Armonización de requisitos y procedimientos; Transparencia en la interacción de los actores públicos y privados (trazabilidad); Reducción costos de movilización de tramitadores de institución a institución; Reducción en los costos de papelería y en las certificaciones; Economías de escala en la inversión y mantenimiento tecnológico; Controles estadísticos para decisiones comerciales públicas y privadas; Transparencia y seguridad financiera con la utilización del pago electrónico.

  6. ANTECEDENTES • Aprobación de asistencia financiera No reembolsable, del CARTFUND del Reino Unido, a través del Banco del Desarrollo del Caribe. • Licitación Internacional para selección de empresa Consultora: Crown Agents (UK), y se crea un Equipo Técnico en la DGA para la coordinación y asistencia operativa a Crown Agents. • En el Desarrollo del Proyecto VUCE también participó el Comité Publico – Privado integrado por DGA, CNC, AIRD, ADOEXPO y AMCHAMDR. Liderado y coordinado por la Dirección General de Aduanas.

  7. PROYECTO VUCE Cronología • Marzo del año 2010. Firma un convenio interinstitucional en el marco del comité de acción sectorial de facilitación de comercio, que permite un marco de referencia para la celebración de proyectos específicos y que crea el denominado Petit Comité, integrado por la Dirección General de Aduanas (DGA), el Consejo Nacional de Competitividad (CNC), La Cámara Americana de Comercio de la República Dominicana (AMCHAMDR), Asociación de Industrias de la República Dominicana, INC (AIRD) y la Asociación Dominicana de Exportadores (ADOEXPO). • Septiembre del 2011.Se firmó un Grant-Agreement entre el Banco de Desarrollo del Caribe y la Dirección General de Aduanas, que es el instrumento legal para el desembolso de los fondos no reembolsables(US$465,073.00).

  8. PROYECTO VUCE Cronología • Diciembre de 2011. Firma de contrato de consultoría de la DGA con la empresa ganadora del proceso de licitación para el Proyecto VUCE (Crowmn-Agents, UK). • Octubre de 2013. Conclusión contrato de asistencia DGA – Crown Agents. Entrega de Informe Final. • 5 Diciembre de 2013. Remisión Anteproyecto de DECRETO, socializado. • Enero 2014. inicio Pre-implementación Proyecto VUCE.

  9. PROYECTO CONTENIDO - VUCE - • OBJETIVO • Desarrollar un Estudio para la Formulación de una Propuesta de Diseño de un Sistema de Ventanilla Única de Comercio Exterior para R. D., teniendo en cuenta la realidad comercial e institucional de nuestro país • Producto Final: Cinco (5), entregables conteniendo las recomendaciones que se deben implementar. • COMPONENTES DE LA PROPUESTA • El estudio contiene las Recomendaciones que deben implementarse en 4 componentes del sistema. Las principales son: • Marco Legal del Sistema (Anteproyecto de Decreto Presidencial) • Estructura Organizativa (Unidad Operativa VUCE, incluye Comité Consultivo Mixto) • Procesos Claves de cada institución, vinculados al tramite del Despacho Aduanero • plataforma Tecnológica ( Herramienta Informática, complementaria al SIGA )

  10. PROYECTO VUCE INSTITUCIONES RELACIONADAS • Las instituciones integradas en el proyecto VUCE son: • Dirección General de Aduanas (DGA), • Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social (MISPAS), Ministerio de Agricultura (MA), • Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), • Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MAREMA), • Ministerio de las Fuerzas Armadas (FFAA), • Autoridad Portuaria (APORDOM), • Instituto Azucarero Nacional (INAZUCAR), • Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO), • Instituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL) • Ministerio de Obras Públicas (MOPC).

  11. IMPLEMENTACION DE LA VUCE LA PROPUESTA CONTIENE UN PLAN DE IMPLEMENTACIÓN QUE INCLUYE ACTIVIDADES QUE DEBEN DESARROLLARSE EN UN PLAZO DE DOS AÑOS • OBJETIVO • Desarrollar un Entorno VUCE, basado en las Mejores Practicas y teniendo en cuenta las características del comercio exterior de la R.D. • ALCANCE • Integración y desarrollo del Sistema VUCE por fases, promoviendo la gestión de cambio y automatización, en los procesos relacionados con la emisión de certificaciones y permisos para la importación o exportación • ESTRATEGIA • Implementación gradual por módulos, integrando al Sistema VUCE • las Agencias Oficiales por medio de Pruebas Pilotos focalizadas

  12. PLAN PILOTO DE LA VUCE • OBJETIVO • VALIDAR Y ADECUAR LAS FUNCIONALIDADES DEL SISTEMA VUCE, ORIENTANDO LA CREACION DE CAPACIDADES EN EL MANEJO DE LOS COMPONENTES DEL SISTEMA. • MODULOS A SER IMPLEMENTADOS: • 1.- TRAMITE ELECTRONICO DE SOLICITUDES Y APROBACIONES. • 2.- FIRMA DIGITAL PARA LOS DOCUMENTOS ELECTRONICOS. • 3.- PAGO ELECTRONICO DE LOS SERVICIOS DE LAS AGENCIAS.

  13. PLAN PILOTO DE LA VUCE • ENTIDADES PARTICIPANTES: • 1.- MINISTERIO DE HACIENDA (Trámites de Exoneraciones). • 2.- INSTITUTO DOMINICANO DE LA CALIDAD (INDOCAL). • 3.-MINISTERIO DE AGRICULUTURA (SANIDAD VEGETAL Y S. ANIMAL). • ADMINISTRACION ADUANERA: • PUERTO DE HAINA ORIENTAL.

  14. La Organización Mundial del Comercio (OMC) • La Organización Mundial del Comercio (OMC), nace en 1995, como resultado de los acuerdos de la Ronda Uruguay, 1987-1993, se ocupa de las normas mundiales por las que se rige el comercio internacional. • Su principal función es velar por que el comercio se realice de la manera más fluida, previsible y libre posible, además es un foro, donde los Miembros discuten sus diferencias, relacionadas con dicho comercio y los Acuerdos abarcados, con miras a determinar el cumplimiento o incumplimiento de los mismos. • La Conferencia Ministerial, es el órgano rector de la OMC y por tanto de mayor jerarquía, de donde se tranzan las políticas que rige su gobernanza, está compuesta por representantes de todos los Miembros, se reúne una vez cada dos a años, por lo que desempeña las funciones de la OMC y adoptará las disposiciones necesarias a tal efecto.

  15. LA DGA EN LAS NEGOCIACIONES EN EL CICLO DE NEGOCIACIONES DEL ACUERDO DE FACILITACION • La Aduana Dominicana mantuvo un seguimiento permanente y la participación activa de sus funcionarios en la ronda DOHA de la OMC desde el año 2004, en cumplimiento de los compromisos de aclarar y mejorar aspectos pertinentes de los artículos V (tránsito), VIII (tasas y formalidades) y X (Publicación y administración de reglas comerciales) del GATT de 1994, con miras a agilizar aún más el movimiento y despacho, así como la puesta en circulación de las mercancías en las aduanas, incluidas las que circulan en la modalidad de tránsito. • Las negociaciones sobre facilitación del comercio concluyeron en la 9na Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada del 3 al 6 de diciembre de 2013, en Bali, Indonesia, y tuvieron por objetivo “potenciar la asistencia técnica y el apoyo a la creación de capacidades en esta esfera”, y establecer “disposiciones para la cooperación efectiva entre las autoridades aduaneras o cualesquiera otras autoridades competentes, en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros”.

  16. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Con la entrada en vigor del acuerdo alcanzado en la 9Na Conferencia Ministerial de Bali, Indonesia, la Aduana Dominicana y demás instituciones deben, oportunamente, implementar medidas de facilitación de comercio en los siguientes temas: • Publicación:Obligación de las instituciones reguladoras de publicar la información relativa a los trámites para la importación, exportación, tránsito, así como los contingentes, impuestos, tasas y cargas de los referidos procedimientos. • Información disponible por medio de Internet:Obligación de publicar por internet la información relativa a los trámites para la importación, exportación, tránsito, así como los impuestos, tasas y cargas de los referidos procedimientos. • Servicios de información:Centros de servicios de información dedicadas a responder a los gobiernos, comerciantes y partes interesadas sobre sus solicitudes de información, formularios y documentación relativa.

  17. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Plazo entre la publicación y la entrada en vigor:Obligación de dar un plazo razonable entre la publicación y la entrada en vigor de una nueva ley, norma o reglamento. • Oportunidad de formular observaciones sobre leyes, reglamentos y normas nuevas o modificadas:Obligación de dar un plazo razonable a los comerciantes y partes interesadas para que hagan observaciones a las nuevas leyes, reglamentos o modificaciones de los mismos. • Consultas:Obligación de las autoridades, incluyendo las que intervienen en la frontera, de dar consultas regulares a los comerciantes. • Resoluciones anticipadas:Obligación de la Aduana de emitir decisiones vinculantes por escrito antes de la importación, sobre aranceles, origen de la mercancía, metodologías, etc. • Derecho de recurso:Sistema de recursos contra las decisiones tomadas por las Aduanas (Otros organismos que intervienen en la frontera), Recurso Administrativo-Recurso Judicial.

  18. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Notificaciones de Controles o Inspecciones Reforzados:Cuando se adopte un sistema para elevar los controles sobre alimentos y bebidas, para proteger la vida de las personas y de los animales se deberá seguir las disciplinas del Acuerdo OMC, tales como emitir la notificación en base al riesgo, uniformidad de tratamiento en todos los puntos de entrada de la mercancía, poner fin sin demora cuando varíen las causas de la notificación y publicar la finalización de la misma. • Retención:Obligación de notificar a la brevedad posible al importador o su agente autorizado sobre la retención de mercancías sea por la Aduanas o por otro organismo. • Procedimientos de Prueba:Posibilidad de dar la oportunidad de realizar una segunda prueba, cuando el resultado de la primera prueba de una muestra de mercancías declaradas para la importación dé lugar a una decisión desfavorable. Se debe publicar la lista de laboratorios autorizados por la autoridad competente para tales fines.

  19. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Disciplinas sobre los derechos y cargas establecidos para la importación y la exportación o en relación con ellas (Tasas de servicios): En la tramitación aduanera, los derechos y cargas se limitarán al costo aproximado de los servicios prestados para la importación o exportación específicas de que se trate o en relación con ellas. • Un Miembro podrá percibir derechos y cargas que no estén relacionados con una operación de importación o exportación específica siempre que dichos servicios estén estrechamente vinculados con la tramitación aduanera de mercancías.

  20. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Tramitación previa a la llegada:Procedimiento que permita a los importadores presentar la documentación de la importación antes de la llegada de la mercancía. • Pago Electrónico:Opción para que los comerciantes puedan pagar los derechos, cargas, impuestos de manera electrónica. • Separación entre el levante y la determinación definitiva y el pago de los derechos de aduanas, impuestos, tasas y cargas: Procedimientos que permitan el levante de las mercancías antes de la determinación definitiva de los derechos de aduana, impuestos, tasas ycargas. • Gestión del riesgo:Sistema de gestión de riesgo de las autoridades reguladoras del comercio, que determinen el riesgo de las operaciones aduaneras, a los fines de agilizar los procesos de tránsito, levante y despacho. • Establecimiento y publicación de los plazos promedios de levante: Procedimiento para calcular y publicar los plazos estimados del levante de las mercancías, siguiendo los lineamientos de la OMA, y compartiendo con el comité de facilitación del comercio las experiencias respectivas.

  21. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Operadores Autorizados:Obligación de dar Medidas de facilitación y beneficios adicionales a los operadores de menor riesgo, con historial de cumplimiento favorable. En República Dominicana esta medida se cumplirá cuando se concluya la implementación del Operador Económico Autorizado. • Envíos urgentes:Procedimiento que permita el levante rápido de las mercancías importadas por las instalaciones de carga aéreas. (Se dará la opción de presentar las mercancías por medios electrónico), es el mismo concepto de los “Courier” para toda la mercancía de carga aérea, la aduana deberá establecer los criterios, conforme a los enumerados en el acuerdo. • Mercancías Perecederas:Procedimiento para despachar las mercancías perecederas en el plazo más breve posible, con el fin de evitar pérdidas, permitiendo al importador almacenar las mercancías en depósitos aprobados por las autoridades competentes.

  22. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Cooperación entre los organismos que intervienen en la frontera: Coordinación de horarios, procedimientos, servicios, controles entre las aduanas y las instituciones reguladoras del comercio, y en la medida de lo posible con los países que hacen fronteras. • Traslado de la mercancía bajo control aduanero para la importación:Obligación de permitir que las mercancías destinadas a la importación sean trasladadas en su territorio bajo supervisión aduanera desde la oficina de aduanas de entrada, hasta la otra oficina de aduanas donde se ejecutará el levante y despacho de la mercancía. • Examen de las formalidades y los requisitos de documentación: Obligación de revisar los procedimientos, documentación, requisitos y demás medidas relacionadas con la importación, exportación y el tránsito a los fines de reducir costos y tiempos. Cuando las medidas ya no sean necesarias, deben ser suprimidas. • Aceptación de Copia:Obligación de hacer esfuerzos para aceptar copias impresas o electrónicas en los tramites aduaneros, y de no volver a exigir los originales cuando otro organismo ya los posea.

  23. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Utilización de las normas internacionales:Mejor práctica de utilizar las normas internacionales en la aplicación del acuerdo de facilitación del comercio, en los procedimientos de tránsito, levante y despacho de las mercancías. • Ventanilla Única:Obligación de hacer esfuerzos parautilizar una ventanilla única que permita a los comerciantes presentar la documentación yla información exigidas para la importación, la exportación o el tránsito de mercancías por conducto de un punto de entrada único a las autoridades u organismos participantes. Después de que las autoridades u organismos participantes examinen la documentación, se notificará oportunamente los resultados a los solicitantes a través de la ventanilla única. • Inspección previa a la expedición:No exigir la utilización de inspecciones previas a la expedición en relación con la clasificación arancelaria y la valoración en aduana.

  24. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Recurso de Agentes de Aduanas:Obligación de dar la opción al importador del uso o no de los agentes de aduanas. Las empresas podrán utilizar su propio agente de aduanas o contratar un tercero, y la autoridad no podrá, a partir del acuerdo, imponer obligaciones de uso. • Procedimientos comunes en frontera y requisitos de documentación uniformes:Obligación de tener procedimientos comunes y exigencias de documentación en todas las administraciones de aduanas y puntos de entradas de la mercancía. • Mercancías Rechazadas: Opción dada por la autoridad de devolver al importador las mercancías rechazadas por problemas fitosanitarios o sanitarios. • Admisión temporal de mercancías:Cada Miembro permitirá que se introduzcan en un territorio aduanero mercancías con suspensión total o parcial condicional del pago de los derechos e impuestos de importación si dichas mercancías se introducen en un territorio aduanero con un fin determinado, que estendestinadas a la reexportación dentro de un plazo determinado y no han sufrido ninguna modificación, excepto la depreciación y el deterioro normales.

  25. COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA DGA Y OTRAS INSTITUCIONES • Perfeccionamiento Activo y Pasivo:Cada Miembro permitirá, de conformidad con lo dispuesto en sus leyes y reglamentos, el perfeccionamiento activo y pasivo de mercancías. • Libertad de tránsito:Los reglamentos sobre el tránsito no se aplicarán de manera que constituyan restricción al comercio; El trafico en tránsito no estará supeditado a la recaudación de derechos. Si se exige una garantía esta se limitará a asegurar el cumplimiento de prescripciones y estos procedimientos deben ser publicados. Las escoltas aduaneras solo podrán ser utilizadas en tránsitos de alto riesgo o cuando no se puedan asegurar los cumplimientos aduaneros con las garantías. • Cooperación Aduanera: Los miembros intercambiaran información sobre la importación y la exportación en sus territorios. Los puntos de contactos serán notificados al comité de FC de la OMC, para esos fines se ha establecido un procedimiento para la solicitud y la facilitación de la información de parte del que responde.

  26. Proceso llevado por la UNCTAD para la implementación del Acuerdo OMC • La UNCTAD organizó el texto del acuerdo de facilitación de comercio, asumiendo que este es obligatorio y que entraría en vigor inmediatamente. • Para realizar un plan de implementación del acuerdo se contrató un Consultor Nacional, quien organizó entrevistas a instituciones del Sector Público y del Sector Privado, con la coordinación de la Aduana Dominicana y el apoyo del Comité interinstitucional de Facilitación de Comercio. • Se estimaron los costos y el tiempo que conllevaría implementar el Acuerdo OMC, clasificándolo en A, B o C, conforme al artículo relativo al Trato Especial y Diferenciado.

  27. ENTRADA EN VIGOR • El Acuerdo entrará en vigor a partir de que las dos terceras partes de los Miembros de la OMC, lo ratifiquen en sus parlamentos o congresos, respectivos, y de acuerdo con proyecciones, la fecha estimada es el 31 de Julio de 2015. • Para los países Desarrollados el Acuerdo será exigible inmediatamente entre en vigor, y para los Países en Desarrollo y los Países Menos Adelantados (PMA), será exigible conforme al artículo del trato especial y diferenciado, de acuerdo a las notificaciones que para tales efectos hayan hecho a la OMC. Dicho en otras palabras, esto es de acuerdo con las posibilidades económicas, legislativas y administrativa y la voluntad política dispuesta por estos Miembros.

  28. MEDIDAS QUE SE FORTALECERAN AL IMPLEMENTAR DEL ACUERDO DE FACILITACION DEL COMERCIO DE LA OMC • Publicación y Disponibilidad de la información; • Publicación y Consultas Previas; • Resoluciones Anticipadas; • Procedimientos de Apelación; • Procedimiento antes de la llegada; • Pago Electrónico; • Ventanilla Única; • Separación entre el levante y la determinación definitiva del pago de impuestos, tasas y derechos de aduanas; • Gestión de Riesgo; Auditoria Posterior al Despacho; • Establecimiento y publicación de los plazos medios de levante; Procedimientos y Prescripciones comunes en frontera; • Opción del devolver la mercancía rechazada al Exportador.

  29. OPERADOR ECONOMICO AUTORIZADO (OEA) DE LA REPUBLICA DOMINICANA

  30. Qué es el Operador Económico Autorizado (OEA) - (AEO) Quées el Operador Económico Autorizado? Es un Operador confiable, que tras cumplir una serie de requisitos podrá disfrutar de ventajas aduaneras y será considerado seguro frente a todos los actores de la cadena logística de comercio internacional. El OEA se encuentra en el pilar Aduana-Empresa del marco SAFE de la Organización Mundial de Aduanas (OMA)

  31. Objetivos Combatir el fraude, el crimen organizado, el narcotráfico y el terrorismo. FACILITAR Y ASEGURAR EL COMERCIO INTERNACIONAL Proteger la Propiedad Intelectual. Incrementar la protección medioambiental y sanitaria.

  32. Avances del Programa Certificación de las Empresas: • PUERTO: HAINA INTERNATIONAL TERMINALS • EXPORTADOR: KIMBERLY CLARCK • PUERTO: ZONA FRANCA MULTIMODAL CAUCEDO • NAVIERA: MARITIMA DOMINICANA • AGENTES DE ADUANAS: CARIBETRANS, MARITIMA DOMINICANA, AMERIMAR, DIF. • En Enero 2014, se publicaron todos los requisitos de los distintos eslabones de la cadena logística, se proyecta un gran número de solicitudes. • La meta de la DGA, es que parte de las empresas que actualmente se benefician de la modalidad de Despacho Expreso, se certifiquen OEA, previo cumplimiento de las formalidades que ello conlleva.

  33. BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS CERTIFICADAS OEA-RD • Número reducido de requisitos de documentación y datos, según proceda; • Despacho Expreso: Número reducido de inspecciones físicas y exámenes, según proceda; • Coordinación de Controles y Levante rápido, según proceda; • Pago diferido de los derechos, impuestos, tasas y cargas, según proceda; • Utilización de garantías generales o reducción de las garantías; • Una sola declaración de Aduana para todas las importaciones, o exportaciones realizadas en un período dado; y • Despacho de las mercancías en los locales del OEA, o en otro lugar autorizado por la Aduana. • Asignación de Agentes de Cuenta para dar seguimiento y operatividad a los beneficios del OEA dentro de las Aduanas.

  34. CONCLUSIONES

  35. La DGA está enfocada en fortalecer la institucionalidad, enfrentar los ilícitos aduaneros como la subvaluación y la triangulación de mercancías. La Aduana promueve alianzas con el sector privado, a través del programa Operador Económico Autorizado (OEA), la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), fortalecimiento de capacidades en las materias relacionadas con las gestiones de comercio exterior, dirigido a empleados de las industrias, empresas de servicio y usuarios en general, entre otros tópicos de interés mutuo.

  36. GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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