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METODOLOGIA Y EVALUACIÓN DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

METODOLOGIA Y EVALUACIÓN DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. 16 de octubre de 2009. Criterios de Evaluación de los Portales de Transparencia Ley 27806. Título II , Portal de Transparencia ,

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METODOLOGIA Y EVALUACIÓN DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

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  1. METODOLOGIA Y EVALUACIÓN DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 16 de octubre de 2009

  2. Criterios de Evaluación de los Portales de TransparenciaLey 27806 • Título II, Portal de Transparencia, • Artículo 5º Publicación en los portales de las dependencias públicas. • Datos generales de la entidad de la Administración Pública que incluyan principalmente las disposiciones y comunicados emitidos, su organización, organigrama, procedimientos, el marco legal al que está sujeta y el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, que la regula, si corresponde. • La información presupuestal que incluya datos sobre los presupuestos ejecutados, proyectos de inversión, partidas salariales y los beneficios de los altos funcionarios y el personal en general, así como sus remuneraciones. • Las adquisiciones de bienes y servicios que realicen. La publicación incluirá el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y calidad de bienes y servicios adquiridos. • Actividades oficiales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entendiéndose como tales a los titulares de la misma y a los cargos del nivel subsiguiente. • La información adicional que la entidad considere pertinente. • La entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración del portal de transparencia. • Capítulo I,Publicación de Información sobre Finanzas Públicas • Artículo 25ºInformación que deben publicar todas las Entidades de la AdministraciónPública. Especifica que toda entidad de la Administración Pública debe publicar trimestralmente lo siguiente: • Su Presupuesto, especificando: los ingresos, gastos, financiamiento, y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales vigentes. • Los proyectos de inversión pública en ejecución, especificando: el presupuesto total de proyecto, el presupuesto del período correspondiente y su nivel de ejecución y el presupuesto acumulado. • Información de su personal especificando: personal activo y, de ser el caso, pasivo, número de funcionarios, directivos, profesionales, técnicos, auxiliares, sean éstos nombrados o contratados por un período mayor a tres (3) meses en el plazo de un año, sin importar el régimen laboral al que se encuentren sujetos, o la denominación del presupuesto o cargo que desempeñen; rango salarial por categoría y el total del gasto de remuneraciones, bonificaciones, y cualquier otro concepto de índole remunerativo, sea pensionable o no. • Información contenida en el Registro de procesos de selección de contrataciones y adquisiciones, especificando: los valores referenciales, nombres de contratistas, montos de los contratos, penalidades y sanciones y costo final, de ser el caso. • Los progresos realizados en los indicadores de desempeño establecidos en los planes estratégicos institucionales o en los indicadores que les serán aplicados, en el caso de entidades que hayan suscrito Convenios de Gestión.

  3. El Consejo de la Prensa Peruana también considera: • La omisión de información correspondiente a tan sólo uno de los rubros establecidos en los artículos 5° y 25° de la Ley Nº 27806, resultará en una evaluación negativa. • Los vínculos y enlaces deben indicar claramente la información que contienen, según los rubros establecidos en la Ley Nº 27806. En el caso de que la información esté ubicada en otro vínculo y/o en la práctica, sea difícil de encontrar, resultará una evaluación negativa. • Puntualidad en el cumplimiento: de los plazos que la Ley establece para actualizar la información dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de concluido cada trimestre.

  4. Indicadores utilizados para evaluar el cumplimiento de los artículos 5° y 25° de la Ley 27806: Portales de Transparencia de entidades públicas (*)

  5. Indicadores elaborados por el Consejo de la Prensa Peruana y el Grupo Propuesta Ciudadana(*).En Octubre del 2008, el Consejo de la Prensa Peruana y el Grupo Propuesta Ciudadana, realizaron un ejercicio de evaluación estandarizada del cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a partir de sus experiencias en el monitoreo de portales de transparencia de ministerios y gobiernos regionales respectivamente y elaboraron indicadores de evaluación comparativa, de estos portales, en temas de presupuesto, programa de inversiones, personal y contrataciones públicas, aplicables a toda entidad Estado.

  6. Informe Cumplimiento de los artículos 5º y 25° de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en Portales de Transparencia: Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ministerio Público y Contraloría General de la República (*) Periodo evaluado: I trimestre 2009

  7. Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 5 de mayo de 2009. Vencimiento del plazo para actualizar la información correspondiente al primer trimestre 2009: 30 de abril de 2009 (¨**¨) Incluye cumplimiento en la difusión de presupuesto, especificando ingresos, gastos y financiamiento según inciso 1 artículo 25 de Ley No. 27806 (¨**¨) Incluye cumplimiento en la difusión de relación de personal activo, pensionistas, número de funcionarios, rango salarial por categoría y total de gasto por remuneraciones, bonificaciones y cualquier otro concepto de índole remunerativo, según el inciso 3 del Artículo 25 de Ley 27806.

  8. Cumplen con actualizar información según los artículos 5° y 25° de la Ley 27806: • Presidencia del Consejo de Ministros • Ministerio de Comercio Exterior y Turismo • Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social • Ministerio de Salud • Ministerio del Interior • No cumplen con actualizar la información señalada en los artículos 5° y 25° de la Ley 27806: • Ministerio del Ambiente • Ministerio de Educación • Ministerio de Relaciones Exteriores • Congreso de la República

  9. Periodo evaluado: I trimestre 2009 Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 5 de mayo de 2009.

  10. Periodo evaluado: I trimestre 2009 Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 5 de mayo de 2009.

  11. Periodo evaluado: I trimestre 2009 Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 5 de mayo de 2009.

  12. Periodo evaluado: I trimestre 2009 Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 5 de mayo de 2009.

  13. Informe Cumplimiento de los artículos 5º y 25° de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en Portales de Transparencia: Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ministerio Público y Contraloría General de la República (*) Periodo evaluado: II trimestre 2009

  14. Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 18 de septiembre de 2009. Vencimiento del plazo para actualizar la información correspondiente al II trimestre 2009: 30 de julio de 2009 (¨**¨) Incluye cumplimiento en la difusión de presupuesto, especificando ingresos, gastos y financiamiento según inciso 1 artículo 25 de Ley No. 27806 (¨**¨) Incluye cumplimiento en la difusión de relación de personal activo, pensionistas, número de funcionarios, rango salarial por categoría y total de gasto por remuneraciones, bonificaciones y cualquier otro concepto de índole remunerativo, según el inciso 3 del Artículo 25 de Ley 27806.

  15. Cumplen con actualizar información según los artículos 5° y 25° de la Ley 27806: • Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social • Ministerio del Interior No cumplen con actualizar la información señalada en los artículos 5° y 25° de la Ley 27806: • Ministerio del Ambiente • Congreso de la República

  16. Periodo evaluado: II trimestre 2009 Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 18 de septiembre de 2009.

  17. Periodo evaluado: II trimestre 2009 Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 18 de septiembre de 2009.

  18. Periodo evaluado: II trimestre 2009 Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 18 de septiembre de 2009.

  19. Periodo evaluado: II trimestre 2009 Fuente: Consejo de la Prensa Peruana (*) Evaluación concluida el 18 de septiembre de 2009.

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