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Exportación de Servicios Aspectos Tributarios

Exportación de Servicios Aspectos Tributarios. Adolfo Sepúlveda Zavala Noviembre 6, 2007. Exportación Servicios - Tributación. Impuesto a la Renta Doble Tributación Internacional Países sin Convenio o Tratado Países con Convenio o Tratado. Derechos Reservados Deloitte.

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Exportación de Servicios Aspectos Tributarios

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Presentation Transcript


  1. Exportación de Servicios Aspectos Tributarios Adolfo Sepúlveda Zavala Noviembre 6, 2007

  2. Exportación Servicios - Tributación Impuesto a la Renta Doble Tributación Internacional Países sin Convenio o Tratado Países con Convenio o Tratado Derechos Reservados Deloitte

  3. Prestación de los Servicios 1.)Prestados a través de sociedades constituidas en el exterior 2.) Prestados al exterior a.) Sin desplazamiento b.) Con desplazamiento (profesionales – trabajadores) Derechos Reservados Deloitte

  4. Prestación de los Servicios 1.)Prestados a través de sociedades constituidas en el exterior Derechos Reservados Deloitte

  5. Renta Mundial Salvo disposición en contrario de la presente ley, toda persona domiciliada o residente en Chile, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la fuente de entradas esté situada dentro del país o fuera de él Derechos Reservados Deloitte

  6. Sociedades constituidas en el exterior Los dividendos percibidos o utilidades percibidas se gravan en Chile con los siguientes impuestos: a.) Impuesto de Primera Categoría, tasa de 17% b.) Impuesto Global Complementario, tasas progresivas, o Impuesto Adicional, tasa de 35%, según sea el caso Derechos Reservados Deloitte

  7. Impuestos pagados en el exterior Los impuestos a la renta pagados en el exterior, ya sea que correspondan a una retención sobre el dividendo o retiro de utilidades, como el impuesto corporativo que corresponda a la sociedad, constituyen un crédito contra los impuestos de: Primera Categoría, y Global Complementario o Adicional Derechos Reservados Deloitte

  8. Impuestos pagados en el exteriorCrédito - Determinación Es la cantidad menor entre: a.) El o los impuestos pagados al Estado Extranjero, y b.) El 30% de una cantidad tal que, al restarle dicho 30%, la cantidad resultante sea el monto neto de la renta percibida respecto de la cual se calcula el crédito El crédito no puede exceder del 30% de la Renta Neta de Fuente Extranjera Derechos Reservados Deloitte

  9. Renta Neta de Fuente Extranjera Es el resultado consolidado de utilidad o pérdida de fuente extranjera, en cada ejercicio, deducidos los gastos necesarios para generar dicho resultado, en la proporción que corresponda Derechos Reservados Deloitte

  10. Ejemplo – impuestos pagados en el exterior Utilidad antes impuestos 100 menos: 25% Impuesto Corporativo <25> Sub-Total 75 menos: Retención dividendo 10% sobre 75 7,5 Remesado a Chile 67,5 Total Impuestos Pagados (25+7,5) = 32,5 Derechos Reservados Deloitte

  11. Determinación crédito en Chile, por impuestos pagados en el exterior Cantidad tal 96,43 menos: 30% <28,93> Renta Neta 67,5 (67,5 : 0.7) Factor (0.42857) (67,5 x 0.42857) Derechos Reservados Deloitte

  12. Requisitos para utilizar el crédito por impuestos pagados en el exterior 1.) Registro de Inversión Extranjera ante el Servicio de Impuestos Internos 2.) Equivalentes a los impuestos a la renta chilenos, que sean obligatorios, pagados o retenidos 3.) Deberán acreditarse con un certificado oficial expedido por la autoridad competente del país extranjero, debidamente legalizado y traducido, cuando corresponda Derechos Reservados Deloitte

  13. Dividendos o retiros de utilidades provenientes de Argentina Los dividendos y participaciones en las utilidades de empresas, incluidos los retornos de excedentes de las cooperativas, sólo serán gravables por el Estado Contratante donde estuviere domiciliada la empresa que los distribuye Para Chile son rentas exentas Derechos Reservados Deloitte

  14. Servicios prestados al exterior 2.)Servicios prestados al exterior a.) Sin desplazamiento a.2.1) A países sin convenio a.2.2) A países con convenio Derechos Reservados Deloitte

  15. Servicios prestados desde Chile – sin desplazamiento – países sin convenio Según el SII este tipo de servicios son rentas de fuente chilena En general los impuestos a la renta pagados o retenidos en el extranjero, constituyen una deducción o rebaja de la renta o ingreso Debiendo reportarse en Chile la renta percibida Esta situación produce un efecto de doble tributación Derechos Reservados Deloitte

  16. Servicios prestados desde Chile – sin desplazamiento – países con convenio El aspecto más importante en esta situación es la calificación del servicio como un “Beneficio Empresarial” Derechos Reservados Deloitte

  17. Convenios de Doble Tributación - vigentesListado de países Argentina Croacia Brasil Dinamarca Canadá España Ecuador Francia México Noruega Perú Polonia Reino Unido e Irlanda Corea del Sur del Norte Nueva Zelandia Suecia Derechos Reservados Deloitte

  18. Convenios de Doble Tributación – suscritosListado de países Colombia Irlanda Malasia Paraguay Portugal Rusia Tailandia Derechos Reservados Deloitte

  19. Convenios de Doble Tributación – en negociación – Listado de países Australia Hungria Bélgica India China Italia Cuba Kuwait Estados Unidos República Checa Finlandia Suiza Holanda Venezuela Derechos Reservados Deloitte

  20. Beneficio Empresarial Los beneficios de una empresa de un Estado Contratante solamente pueden someterse a imposición en ese Estado, a no ser que la empresa realice su actividad en el otro Estado Contratante por medio de un Establecimiento Permanente situado en él Derechos Reservados Deloitte

  21. Establecimiento Permanente Significa un lugar fijo de negocios mediante el cual una empresa realiza toda o parte de su actividad Las sedes de dirección Las sucursales Las oficinas Las fábricas Los talleres Derechos Reservados Deloitte

  22. Servicios Prestados a Argentina Los beneficios resultantes de las actividades empresariales sólo serán gravables por el Estado Contratante donde éstas se hubieren realizado Las rentas obtenidas por empresas de servicios profesionales y asistencia técnica de cualquier naturaleza, serán gravables por el Estado Contratante en cuyo territorio se prestaren tales servicios Derechos Reservados Deloitte

  23. Servicios prestados al exterior – con desplazamiento – países sin convenio Si las rentas se generan por el uso de marcas, patentes, fórmulas, asesorías técnicas y otras prestaciones similares, tienen la alternativa de utilizar como crédito los impuestos pagados o retenidos en el exterior El crédito es sólo contra el Impuesto de Primera Categoría de la Ley de Renta Derechos Reservados Deloitte

  24. Servicios prestados al exterior – con desplazamiento – países con convenio El aspecto importante en este tipo de prestación es la calificación de “Beneficio Empresarial”, tal como se comentó en transparencias anteriores, y su relación con el concepto de Establecimiento Permanente Derechos Reservados Deloitte

  25. Establecimiento PermanenteIncluye Una obra o proyecto de construcción, instalación o montaje y las actividades de supervisión relacionadas con ellos, pero sólo cuando dicha obra, proyecto de construcción o actividad tenga una duración superior a seis meses Derechos Reservados Deloitte

  26. Establecimiento PermanenteIncluye La prestación de servicios por parte de una empresa, incluidos los servicios de consultorías, por intermedio de empleados u otras personas naturales encomendados por la empresa para ese fin, pero sólo en el caso que tales actividades prosigan en el país durante un período o períodos que en total excedan de 183 días, dentro de un período cualquiera de doce meses Derechos Reservados Deloitte

  27. Servicios prestados al exterior – con desplazamiento – países con convenio En el caso que la prestación se efectúe en Argentina, sólo es gravable por dicho país La renta argentina debe ser considerada como una renta exenta Derechos Reservados Deloitte

  28. Regalías – Países con Convenio En general las regalías en los países con convenio se encuentran gravadas a tasas rebajadas, y que corresponden básicamente al pago por el uso de la propiedad intelectual o industrial Sin embargo, también se grava como una regalía el uso o el derecho al uso de informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas Derechos Reservados Deloitte

  29. Deloitte se refiere a uno o más entre Deloitte Touche Tohmatsu, una asociación suiza, sus firmas miembro, y sus respectivas filiales o afiliadas. Como una asociación suiza, ni Deloitte Touche Tohmatsu ni cualquiera de sus firmas miembro tienen responsabilidad por los actos u omisiones cometidos por otra de las partes. Cada una de las firmas miembro es una entidad legal separada e independiente que funciona bajo los nombres de "Deloitte", "Deloitte & Touche", "Deloitte Touche Tohmatsu", u otros nombres relacionados. Los servicios son proporcionados por las firmas miembro, sus filiales o afiliadas y no por la asociación suiza Deloitte Touche Tohmatsu. Una firma miembro deDeloitte Touche Tohmatsu

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