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NOVEDADES TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2008

NOVEDADES TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2008. Pamplona, marzo 2008. Índice. NOVEDADES RELEVANTES EN EL IRPF. PRINCIPALES NOVEDADES EN EL IVA. VALORACIÓN GLOBAL DE LA REFORMA Y NUEVAS MEDIDAS PROPUESTAS DESDE LA C.E.N. NOVEDADES RELEVANTES EN EL IRPF. Novedades IRPF 2008. Introducción.

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NOVEDADES TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2008

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  1. NOVEDADES TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2008 Pamplona, marzo 2008

  2. Índice • NOVEDADES RELEVANTES EN EL IRPF. • PRINCIPALES NOVEDADES EN EL IVA. • VALORACIÓN GLOBAL DE LA REFORMA Y NUEVAS MEDIDAS PROPUESTAS DESDE LA C.E.N.

  3. NOVEDADES RELEVANTES EN EL IRPF

  4. Novedades IRPF 2008 • Introducción. • Beneficios introducidos para el fomento del arrendamiento de viviendas. • Modificaciones en la tributación de la transmisión lucrativa inter-vivos de empresas familiares. • Deflactación de la tarifa de gravamen. • Otras novedades destacadas.

  5. Fomento del arrendamiento de viviendas (I) • Reducción del 55 por 100 del rendimiento neto positivo obtenido por los propietarios de viviendas. • Comentarios: • Incentivo positivo y necesario. • Aplicable, únicamente, sobre los rendimientos positivos. • Porcentaje general en territorio estatal: 50 por 100. • Porcentaje específico en territorio estatal para alquileres a jóvenes entre 18 y 35 años: 100 por 100.

  6. Fomento del arrendamiento de viviendas (II) • Incremento de 300 € en el límite máximo de la deducción aplicable por arrendatarios/ inquilinos de viviendas. • Régimen de deducción: • Deducción en la cuota del 15 por 100 de las rentas satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual. • Importe máximo de la deducción: 900 € (antes 600 €). • Requisitos: • Retribuciones del inquilino < a 30.000 €. • Rentas pagadas por el inquilino superiores al 10 por 100 de sus retribuciones.

  7. Transmisión inter-vivos de empresas familiares (I) • No existirá incremento o disminución de patrimonio, a efectos del IRPF, en las transmisiones lucrativasinter-vivos de la totalidad del patrimonio empresarial o profesional, o de participaciones en sociedades familiares. • Régimen anterior Reducción limitada a donaciones de activos empresariales (no participaciones). • Problemática anterior: • Excesiva tributación en las donaciones de empresas familiares Riesgo viabilidad sucesión familiar. • Régimen existente en territorio común Discriminación. • Petición histórica de la C.E.N.

  8. Transmisión inter-vivos de empresas familiares (II) • Régimen de aplicación: • Concepto empresas familiares Regulación deducción IP. • Transmisión en favor de descendientes en línea recta, o colaterales consanguíneos hasta el tercer grado inclusive. • Que el transmitente hubiera adquirido las participaciones con cinco años de antelación a la transmisión. • Que los adquirentes mantengan esas participaciones durante un plazo mínimo de cinco años. • Que el transmitente tenga ≥ 60 años, o se encuentre en situación de invalidez absoluta o de gran invalidez. • Que el transmitente ponga de manifiesto a la Administración la aplicación de este beneficio en su declaración del IRPF.

  9. Deflactación de la tarifa del IRPF • Deflactación del 2 por 100 tarifa del IRPF Efectos retroactivos para el ejercicio 2007. • Objetivo Mitigar el incremento de tributación de los contribuyentes por efecto de la inflación. • Inflación real año 2007: 4,2 por 100. • Resultado Incremento carga tributaria por efecto de la inflación. • Discriminación frente a actualizaciones en tarifas de otros impuestos (IVTM).

  10. Otras novedades destacadas en el IRPF • Régimen transitorio rentas procedentes de seguros de vida. • Incremento importe exento por restitución gastos de locomoción a trabajadores: 0, 29 €/ Km. • Nuevo límite máximo exento sobre la entrega de vales-comida a trabajadores: 9 €/ día. • Retención 1 por 100 ingresos “módulos”. Actividades obligadas: • Transporte de mercancías por carretera. • Servicios de mudanzas. • Nueva tabla retenciones rendimientos del trabajo Desde 16/10/07.

  11. PRINCIPALES NOVEDADES EN EL IVA

  12. Novedades IVA 2008 • Introducción. • Introducción Régimen Especial Grupos de Sociedades • Cláusula contra el denominado fraude carrusel.

  13. Régimen Grupos de Sociedades (I) • Régimen voluntario aplicable a partir de 01/01/2008. • Concepto de Grupo El constituido por una Sociedad Dominante y sus Sociedades Dependientes • Entidad Dominante Requisitos: • Personalidad jurídica. • Participación ≥ 50 por 100 entidades dependientes, manteniendo dicha participación todo el año. • Que no sea dependiente de una entidad, potencialmente, dominante. • Entidad Dependiente Aquélla participada por una entidad dominante.

  14. Régimen Grupos de Sociedades (II) • Modalidades régimen especial: • Modalidad general • Integración y compensación de los saldos individuales de cada sociedad del Grupo. • Modalidad especial • Operaciones intra-grupo Base imponible similar al coste de adquisición de los bienes o servicios. • Aplicable a las operaciones efectuadas en el Territorio de Aplicación del IVA.

  15. Régimen Grupos de Sociedades (III) • Modalidad general Operativa: • Se determinan las cuotas individuales de cada una de las entidades del Grupo, pero sin ingresar o compensar el resultado. • Se agregan todas esas cuotas en una declaración integrada del Grupo ingresándose la cuota resultante o, en su caso, solicitando la compensación o la devolución en el caso de que el resultado fuese negativo. • La compensación o devolución de los saldos negativos se regirá por la normativa general del Impuesto. • Los saldos negativos compensados en la declaración del Grupo no podrán compensarse de manera individual posteriormente.

  16. Régimen Grupos de Sociedades (IV) • Modalidad general Ejemplo: • Régimen general: liquidaciones individuales. • Régimen especial: compensación saldos. Resultado: - 35 SOC A Saldo IVA: 10 100% 100% Saldo IVA: 5 SOC C Saldo IVA: -50 SOC B

  17. Régimen Grupos de Sociedades (V) • Modalidad especial Operativa: • La base imponible del IVA correspondiente a las operaciones intra-grupo estará constituida por el coste de adquisición original, a terceros, de los bienes y servicios empleados por las distintas entidades, por los que se hubiese satisfecho el correspondiente tributo. • Ello supone que dicha base imponible no se corresponderá, necesariamente, con la contraprestación intra-grupo pactada, ya que en aquélla no se incluirán los bienes o servicios incorporados por cada entidad. • Cuando dichos bienes o servicios salgan del Grupo será cuando se incorporé todo el IVA correspondiente a las operaciones internas Diferimiento.

  18. Régimen Grupos de Sociedades (VII) • Obligaciones formales (I): • La formalización del Grupo debe ser acordada por los Órganos de Administración de cada una de las entidades integrantes. • La opción por este régimen tendrá una validez de 3 años, prorrogable automáticamente, y la renuncia al mismo tendrá la misma duración. • A efectos tributarios, se considerara que el Grupo es un único sujeto pasivo, siendo su representante la Entidad Dominante, aunque todas responderán solidariamente del ingreso de la deuda. • La Entidad Dominante deberá de comunicar a la Hacienda la constitución del Grupo y, anualmente, cualquier variación en su estructura.

  19. Régimen Grupos de Sociedades (VIII) • Obligaciones formales (II): • Las declaraciones del Grupo deberán presentarse, obligatoriamente, con carácter mensual si bien no podrá solicitarse la devolución de los saldos negativos hasta la última declaración del año. • En la modalidad especial, las operaciones intra-grupo constituirán, obligatoriamente, un sector diferenciado. • Obligaciones de información La Entidad Dominante deberá confeccionar y conservar un sistema de información sobre las operaciones intra-grupo, debiendo reflejar la utilización sucesiva de los bienes y servicios originales hasta su aplicación final externa.

  20. Cláusula anti fraude carrusel • Se establece que serán responsables subsidiarios de las cuotas del IVA aquellos destinatarios de las operaciones que debieran razonablemente presumir que el Impuesto repercutido por el vendedor o prestador de servicios no iba a ser ingresado. • ¿Cuándo se debe sospechar de una operación? Cuando el precio de la misma sea notoriamente anómalo.

  21. VALORACIÓN GLOBAL REFORMA Y MEDIDAS PROPUESTAS POR LA C.E.N.

  22. Índice • PROPUESTAS EN EL ÁMBITO DEL IRPF. • PROPUESTAS EN EL ÁMBITO DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO. • PROPUESTAS PARA EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. • OTRAS PROPUESTAS

  23. Propuestas en el ámbito del IRPF • Eliminación del límite máximo de 180.000 € previsto para la exención de las indemnizaciones percibidas por despido o cese de los trabajadores Discriminación frente a contribuyentes de territorio común. • Desarrollo de un régimen especial para trabajadores extranjeros desplazados a territorio foral Atracción de talento y empresas. • Actualización, no sólo de la tarifa del Impuesto, sino de otras magnitudes (bonificaciones, deducciones, etc.), cuyo impacto final se ve reducido como consecuencia de la inflación. • Deducción por inversión en vivienda habitual Eliminación del límite máximo de aportaciones históricas con derecho a deducción. • Aportaciones a sistemas de previsión social Incremento límite. .

  24. Medidas en el IP: Empresas Familiares • Impuesto sobre el Patrimonio en Navarra Deducción en cuota de aquella parte de la misma que se corresponda con elementos afectos a un negocio individual o participaciones en empresas familiares. • Territorio común Exención de elementos afectos a un negocio individual o de participaciones en empresas familiares. • Resultado La progresividad del Impuesto provoca que los empresarios familiares navarros soporten una tributación mayor sobre sus activos no relacionados con la empresa familiar • Propuesta Modificación técnica regulando este beneficio a través de una exención en la base imponible. .

  25. Medidas en el IP: Empresas Familiares

  26. Propuestas Impuesto sobre Sociedades (I) • Ampliación supuestos Exención por Reinversión a plusvalías y/o reinversiones en valores y a operaciones de permuta. • Mejora del régimen existente para la Reserva Especial para Inversiones: • Incremento porcentaje reducción (actualmente el 45 por 100 de la dotación efectuada). • Eliminación importe mínimo dotación de 150.000 € Discriminación PYMEs y MICROPYMEs. • Eliminación exclusión bienes usados y terrenos entidades agrícolas. • Liberalización destino final de la REI tras plazo de mantenimiento. .

  27. Propuestas Impuesto sobre Sociedades (II) • Impulso régimen especial Sociedades de Promoción de Empresas. • Ampliación supuestos deducción por aportación a Entidades de Capital Riesgo. • Continuación tendencia reducción de tipos impositivos • Introducción deducción por elaboración de protocolos familiares. .

  28. Otras medidas propuestas • ISyD Ampliación del supuesto de EXENCIÓN de tributación previsto para las adquisiciones por herencia de empresas familiares a los supuestos de donación de las mismas. • Intereses de demora Fijación del importe de los intereses de demora en una cuantía similar a la del interés legal del dinero (5 por 100).

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