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Seguro de vehículos funcionarios y familiares de Empresas CMPC y Filiales RSA GROUP S.A.

Seguro de vehículos funcionarios y familiares de Empresas CMPC y Filiales RSA GROUP S.A. BC SEGUROS S.A. SERVICIOS COMPARTIDOS CMPC S.A. Vigencia junio 2012 – junio 2013. Esta presentación es de carácter informativo y en ningún caso reemplaza a la Póliza de Seguros. INTRODUCCIÓN.

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Seguro de vehículos funcionarios y familiares de Empresas CMPC y Filiales RSA GROUP S.A.

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  1. Seguro de vehículos funcionarios y familiares de Empresas CMPC y Filiales RSA GROUP S.A. BC SEGUROS S.A. SERVICIOS COMPARTIDOS CMPC S.A. Vigencia junio 2012 – junio 2013 Esta presentación es de carácter informativo y en ningún caso reemplaza a la Póliza de Seguros

  2. INTRODUCCIÓN Empresas CMPC está conciente de la importancia que hoy en día se le da al vehículo particular y de los riesgos de sufrir el robo de su automóvil o de estar involucrado en un accidente, es por ello, que da la oportunidad a sus trabajadores y familiares directos de contratar con la Compañía RSA Group, a través de Blanlot Corredora de Seguros, un Seguro para Automóviles de uso Particular, en condiciones preferenciales de cobertura, precio y forma de pago. RSA cuenta con Centros de Atención en todo Chile.

  3. CONDICIONES DEL CONVENIO Vigencia del Seguro La vigencia de la Póliza es de 12 meses a contar del 11 de junio de 2012. Hasta 11 cuotas iguales y sucesivas, la primera con vencimiento al 5 de agosto de 2012. En caso de incorporaciones posteriores, la prima se cobra proporcional a los días de vigencia desde la fecha de incorporación hasta el 11 de junio de 2013 y la primera cuota se pacta automáticamente a 30 días de iniciada la vigencia. Cargo de Cuotas en Cuenta Corriente o Tarjeta de Crédito (PAC o PAT) Modalidad Pago Primas Vehículos de uso particular, de trabajadores de Empresas CMPC S.A, Filiales y sus familiares Materia Asegurada Se comprende la República de Chile, excluyendo Isla de Pascua, Archipiélago Juan Fernández y el Territorio Antártico e incluyendo la Isla Grande de Chiloé Ámbito Territorial 3

  4. COBERTURA Según condiciones generales de la Póliza de Vehículos Motorizados, inscrita en el registro de Pólizas bajo Código POL 1.07.045 de la Superintendencia de Valores y Seguros. • Daños materiales. • Robo, hurto o uso no autorizado. • Robo de accesorios, hasta el 10% del valor comercial del vehículo, con un tope de UF 60. • Responsabilidad Civil hasta UF 2.500 como límite único y combinado para daño emergente, daño moral y lucro cesante. • Daños materiales causados por la carga. • Daños a terceros causados por la carga. • Daños materiales causados por conductores dependientes.

  5. COBERTURA (continuación) • Daños a terceros causados por conductores dependientes. • Huelga y terrorismo. • Actos maliciosos. • Riesgos de la naturaleza. • Sismo. • Granizo. • Plan sin deducibles, sin embargo, se aplicará un deducible en toda y cada pérdida, de acuerdo a lo siguiente:

  6. COBERTURA (continuación) Deducible Responsable: Consiste en un deducible que NO se aplicará cuando en un siniestro exista un tercero claramente culpable de los daños ocasionados al vehículo asegurado. Para esto, es condición que: El no cumplimento de los puntos anteriores implicará que la Aseguradora aplicará el deducible normal a los daños presentados en el vehículo asegurado. 1. El asegurado Identifique al tercero plenamente, es decir, nombre completo, dirección, teléfono, marca, modelo, patente y color del vehículo del tercero. 2. En la constancia o parte policial, quede claramente establecido que el tercero es culpable del accidente y preferentemente el asegurado acuda a Carabineros conjuntamente con el tercero culpable o en su defecto llame a Carabineros para que concurra al lugar del accidente y en el mismo acto deje la constancia policial.

  7. COBERTURA (continuación) Deducible Responsable (continuación): Se entiende como tercero culpable a los siguientes casos: • El tercero se declara culpable. • El tercero no respeta letrero pare, ceda el paso, semáforo en rojo o derecho preferente de paso. • Otras circunstancias en que quede demostrada la culpabilidad del tercero. • Deducibles no se aplican a las coberturas de Responsabilidad Civil, Defensa Penal, Asiento de Pasajeros y Asistencia. Los deducibles indicados son IVA incluido.

  8. BENEFICIOS INCLUIDOS EN LA COBERTURA BeneficiosAdicionales: • Auto de reemplazo por 30 días con un co-pago de $ 4.000 diario (IVA incluido) + TAG. • Asistencia al vehículo dentro del territorio nacional incluyendo en las Islas sólo la Isla Grande de Chiloé y además considera países limítrofes. • Asiento de pasajeros con la siguiente cobertura - Plan A (Muerte Accidental) UF 300 por asiento - Plan B (Invalidez por Accidente) UF 300 por asiento - Plan C (Gastos médicos por accidente) UF 30 por asiento • Asistencia Penal y constitución de Fianzas con límite de UF 160.

  9. BENEFICIOS INCLUIDOS EN LA COBERTURA (Continuación) Indemnización para mejoras en el hogar o vehículo por incapacidad del asegurado a consecuencia de accidente con límite de UF 50 Determinación de pérdida total cuando los daños que afecten al vehículo producto de un siniestro sean iguales o superiores al 60% del valor comercial del mismo. Reposición a nuevo del vehículo, de la misma marca y modelo (de existir en el mercado), en caso de pérdida total, si la antigüedad de éste es inferior a 365 días. Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) para el periodo 2013 -2014, sin costo adicional. 9

  10. BENEFICIOS INCLUIDOS EN LA COBERTURA (Continuación) • Reparación de vehículos con hasta 3 años de antigüedad desde la fecha de adquisición nuevo, en talleres oficiales de la marca en convenio con RSA. Si el vehículo mantiene hoja de vida con mantenciones al día en taller representante de la marca, se extiende hasta una antigüedad de 5 años la reparación en talleres oficiales de la marca en convenio con RSA. • Vehículos con antigüedad superior a 5 ó 3 años, dependiendo si las mantenciones periódicas están al día y realizadas en taller representante de la marca o no, en talleres reguladores que RSA designe según cada caso, los que pueden ser de la marca o multimarca.

  11. ¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTROS? Usted debe efectuar las siguientes gestiones: 1.- Colisión sin Tercero o Robo: • Daños de vehículo: Para una mejor atención, presentar la denuncia de siniestro a RSA inmediatamente después de hecha la constancia policial, en caso de no ser posible, cuenta con 10 días corridos contados desde la fecha del accidente. • Registrar Comisaría, Folio y Párrafo de la constancia policial para informarlo a RSA cuando haga el denuncio de siniestro.

  12. ¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTROS? (Continuación) 2.- Colisión con Tercero Inocente: • Tomar los datos del tercero afectado: Nombre, RUT, teléfono de contacto, vehículo afectado, marca, patente y compañía aseguradora si la tiene. • Idealmente solicitar a Carabineros que se presente en el lugar del accidente al momento de ocurrido para dejar la constancia policial in situ. • En caso contrario, dejar constancia inmediata en la unidad policial más cercana al lugar del accidente, idealmente en conjunto con el tercero y tomar los datos del tercero afectado para informarlos a su asegurador. • Presentar la denuncia de siniestro a la Aseguradora dentro de los 10 días siguientes de ocurrido el accidente. • Registrar Comisaría, Folio y Párrafo de la constancia policial para informarlo a la Aseguradora.

  13. ¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTROS? (Continuación) • 3.- Colisión con Tercero Culpable: • Tomar los datos del tercero culpable: Nombre, RUT, teléfono de contacto, vehículo afectado, marca, patente y compañía aseguradora si la tiene. • Idealmente solicitar a Carabineros que se presente en el lugar del accidente al momento de ocurrido para dejar la constancia policial in situ. • En caso contrario dejar constancia inmediata en la unidad policial más cercana al lugar del accidente, estableciendo claramente la culpabilidad del tercero en la causa del accidente. • Preferentemente hacer la denuncia junto con el tercero y tomar los datos del tercero culpable para informarlos a su Asegurador. • Registrar Comisaría, Folio y Párrafo de la constancia policial para informarlo a la Aseguradora. • Presentar la denuncia de siniestro a la Aseguradora dentro de los 10 días siguientes de ocurrido el accidente.

  14. ¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTROS? (Continuación) • En caso de requerir traslados de personas, vehículos, estadías temporales, etc. llame al Call Center de RSA al fono600 411 1000, las 24 horas del día. • Junto con el envío de su Póliza vía e-mail, BC Seguros le enviará un Manual de Consulta rápida para facilitar el conocimiento y uso del Seguro en caso de siniestro, cambio de vehículo, cobranza y otros aspectos importantes para el manejo de su Póliza.

  15. ¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTROS? (Continuación) Para la pronta y efectiva atención de los eventuales siniestros que se presenten, los Asegurados contarán con las siguientes alternativas: A)Si Ud. posee iPhone o Blackberry, puede efectuar el denuncio desde su teléfono, para lo cual deberá previamente descargar la aplicación desde la página web de RSA en www.rsagroup.com   B) Efectuar denuncio telefónico a RSA al fono 600 411 1000desde red fija o al fono (02) 382 2300desde celulares.

  16. ¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTROS? (Continuación) C)Contacto directo con el Corredor BC Seguros S.A. de Lunes a Viernes de 9.00 a 13.00 y de 15.00 a 18.00 hrs. Contacto:

  17. CONTACTOS COMERCIALES: Ana María Blanlot Ejecutiva Cuenta CMPC Fonos (02) 235 6996 Santiago (09) 7608 3673 Mail amblanlot@bcseguros.cl Dirección La Concepción 81, piso 2, oficina 209. Providencia, Santiago María Elena Blanlot Subgerente Líneas Personales Fonos (071) 238 791 – 226 336 – 511 125 Mail meblanlot@bcseguros.cl Dirección 1 Norte 963, of 302. Edificio Centro 2000, Talca

  18. CONSULTAS DE PAGO O DOCUMENTACIÓN DE PRIMAS En caso de requerir mayor asistencia por consultas de Pago de Primas u otros trámites que requiera, podrá hacerlo a: Cobranzas o Documentación:

  19. ASISTENCIA AL VEHÍCULO

  20. ASISTENCIA AL VEHÍCULO (Continuación)

  21. ASISTENCIA AL VEHÍCULO (Continuación)

  22. ASISTENCIA AL VEHÍCULO (Continuación) Tales enfermedades o accidentes deben ocurrir dentro del territorio de la República a partir del Km. 100 de distancia del domicilio o residencia registrado del Asegurado.

  23. ASISTENCIA AL VEHÍCULO (Continuación) Importante: • El monto reembolsado será en exceso a lo reembolsado el de sistema de salud previsional que posea el asegurado. • En caso de que el beneficiario no esté inscrito en ningún sistema de salud previsional, se aplicará un deducible de UF 5 por evento. Gastos Incluidos: Consultas médicas, medicamentos (hasta UF 3), exámenes, odontología (hasta UF 3), intervenciones quirúrgicas e internación. Procedimiento a seguir para obtener los reembolsos: • Aviso telefónico del problema, y el lugar donde se encuentra. • Presentación de copia de los comprobantes de gastos, en concordancia con el llamado y el lugar desde donde fue realizado. • Presentación de comprobante de pago de la institución de salud.

  24. ASISTENCIA AL VEHÍCULO (Continuación) Reparación In Situ (sólo Chile): Si una avería o accidente impidiera que el vehículo asegurado circule por sus propios medios, el Servicio de Asistencia proporcionará la ayuda técnica necesaria para intentar reparación de emergencia, a fin de que este pueda continuar su viaje. Su alcance no superara el correspondiente a media hora de mano de obra, en el lugar donde se haya producido el hecho, quedando excluido de esta prestación el costo de las piezas de recambio que fuera necesario sustituir. En caso de que el vehículo no pudiera ser reparado en el tiempo indicado, entrará en vigor la prestación de remolque.

  25. ASISTENCIA AL VEHÍCULO (Continuación) Tipos de reparaciones incluidas en la cobertura de reparación in situ: • Carga o reemplazo de baterías, cambio de neumáticos, reemplazo de fusibles, reemplazo de correas, ajuste de piezas y/o partes sueltas, apertura de vehículos cerrados, problemas de encendido, de alarma, de refrigeración, de embrague, de transmisión, de frenos, de dirección, fallas eléctricas; entrega de combustible hasta 5 litros (sin costo para el Asegurado y disponible a 10 Km. del domicilio registrado por el Asegurado en la póliza), reparaciones de emergencia en general susceptibles de ser efectuadas en el lugar del requerimiento. • La reparación in situ está disponible sólo en Chile (no incluye costos de repuestos). • Servicio de entrega de combustibles disponible a 10 Km. o más del domicilio registrado por el Asegurado en la póliza.

  26. CENTROS DE ATENCIÓN RSA Nota: En ambos puntos de AUTOMOVIL CLUB; es necesario llamar al fono 4311000 y coordinar con ellos una hora para la Inspección, para evitar una larga espera.

  27. CENTROS DE ATENCIÓN RSA

  28. CENTROS DE ATENCIÓN RSA 28 28

  29. CENTROS DE ATENCIÓN RSA

  30. Coberturas Adicionales de contratación voluntaria

  31. COBERTURAS VOLUNTARIAS Responsabilidad Civil en exceso de la cobertura base • Cobertura de Responsabilidad Civil combinada (Daño Moral, Daño Emergente y Lucro Cesante) por UF 3.000 en exceso de las UF 2.500 de la cobertura base. Tarifa Prima Anual UF 1,0 + IVA Prima mínima por periodo corto UF 0,5 + IVA Cobertura Exclusividad de Taller / Taller de Marca Tarifa • UF 5 + IVA Libre elección

  32. COBERTURAS VOLUNTARIAS (Continuación) Daños al vehículo durante viaje al extranjero (países del cono sur) Tarifa Prima anual: UF 1,5 + IVA Prima por periodo corto de hasta 1 mes: UF 0,5 + IVA Responsabilidad Civil Internacional (Argentina) Tarifa

  33. Exclusiones

  34. EXCLUSIONES GENERALES • Los daños producidos por deterioro, desgaste, uso normal, carga en exceso, o que se deban a desperfectos mecánicos. Sin embargo, se indemnizarán los daños causados por accidentes cubiertos por la póliza que provengan de dicho deterioro, desgaste, uso normal o desperfectos mecánicos. • Los daños producidos por personas, animales u objetos transportados en el vehículo y en la carga o descarga de los mismos. • Los daños a los neumáticos y cámaras, a no ser que provengan de un accidente que provoque daño indemnizable al resto del vehículo. • Los daños que sufra el vehículo mientras es trasladado por un medio transportador distinto a una grúa o por el servicio de transporte combinado de vehículos y pasajeros de Ferrocarriles o por un medio transportador de uso permitido por la autoridad competente y necesario en la ruta que transita el vehículo asegurado, como transbordadores y balsas.

  35. EXCLUSIONES GENERALES • Los daños que sufra el vehículo asegurado cuando sea conducido por una persona bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos desinhibidores, alucinógenos o somníferos, o cuando el conductor siendo sometido a un examen de alcoholemia previsto por la ley, arroje un resultado igual o superior a 0,8 gramos de alcohol por mil gramos de sangre al momento del accidente. Para estos efectos, se establece que la cantidad de alcohol en la sangre en una persona desciende 0,11 gramos por mil cada hora. También quedará la compañía eximida de la obligación de indemnizar cuando el conductor se niegue a practicarse el examen de alcoholemia u otro que corresponda. • Los daños sufridos por el vehículo asegurado cuando su conductor huye del lugar del accidente.

  36. EXCLUSIONES GENERALES • Los daños que sufra el vehículo asegurado cuando el hecho que los origine haga responsable al conductor de delito penado por la Ley. • Las pérdidas de beneficios, el lucro cesante del asegurado y otros perjuicios indirectos de cualquier tipo. • Los daños sufridos por el vehículo asegurado mientras recorre, atraviesa o se encuentra detenido en cualquier curso de agua, río, arena, playa de mar, lago o terreno no destinado para el tránsito de vehículos a motor, salvo que éstos sean trayecto obligado en camino público. • Los daños que sufra el vehículo asegurado cuando participe en apuestas, desafíos, carreras o concursos de cualquier naturaleza o en las pruebas preparatorias para tales eventos. • Los daños que sufra el vehículo asegurado cuando esté siendo destinado a un fin diferente al declarado al contratar el seguro.

  37. EXCLUSIONES GENERALES • Los daños que sufra el vehículo asegurado, que directa o indirectamente tuvieren por origen o fueren agravados por reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radiactiva. • Los daños que sufra el vehículo asegurado, que directa o indirectamente tuvieren por origen o fueren una consecuencia de guerra, invasión, actos cometidos por enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o hechos que las leyes castigan como delitos contra la seguridad interior del Estado. • Los daños ocasionados por accidentes ocurridos fuera del territorio de la República de Chile. • Los daños causados al motor como consecuencia de la aspiración de agua u otro líquido en su interior, por cualquier causa.

  38. EXCLUSIONES A LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL • Daños materiales causados a o por las personas, animales u objetos transportados o remolcados por el vehículo asegurado. • Muerte o lesiones causados a o por las personas u objetos transportados o remolcados por el vehículo asegurado. • La responsabilidad contractual. • Los daños a puentes, básculas, viaductos, carreteras y a todo lo que pueda existir bajo los mismos, debidos al peso del vehículo, de sus acoplados o de la carga transportada. • Los daños a los bienes de las personas que dependen del asegurado, de su cónyuge, de sus ascendientes, sus descendientes, o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2 grado, así como toda persona que viva bajo el mismo techo con el asegurado.

  39. EXCLUSIONES A LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL • Los daños ocasionados por el cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado o trabajadores dependientes del asegurado, como consecuencia del uso no autorizado del vehículo. • Los daños a cosas confiadas al asegurado para que las controle, custodie, vigile, transporte, arrastre o remolque y, en general, las que tenga bajo cualquier título que produzca la obligación de restituirlas o devolverlas. • La responsabilidad proveniente de perjuicios indirectos. • La Aseguradora quedará eximida de la obligación de indemnizar, conforme a esta póliza, cuando el conductor se negase a practicarse cualquier examen que sirva para determinar la cantidad de alcohol o drogas en su organismo. • Los daños producidos cuando el hecho que origine los daños o pérdidas sea causado intencionalmente por el asegurado o haga responsable de delito al asegurado o al conductor.

  40. Beneficios Adicionales 2012-2013 GPS Prevención de Robo para su Vehículo

  41. SOBRE LOJACK: Es una capa adicional de protección para los propietarios de vehículos que buscan reducir las amenazas de robo. Se da aviso a los propietarios cuando el vehículo es utilizado sin el llavero de presencia, generando una alerta temprana. ¿Qué es LoJack Call? El sistema de Recuperación de LoJack Call incluye un sensor de movimiento de alerta temprana, una capa adicional de protección de alerta al propietario del vehículo si el vehículo se mueve sin autorización. ¿Qué se incluye LoJack Call? El sensor de movimiento de alerta temprana se utiliza para detectar el movimiento autorizado o no autorizado del vehículo. Si el vehículo es conducido sin el llavero de alerta temprana, se notifica al propietario. ¿Cómo funciona? Con el fin de dar a los asegurados la máxima flexibilidad, LoJack proporciona los siguientes métodos básicos de contacto para la notificación de alerta temprana: Correo electrónico, teléfono particular, teléfono celular y teléfono del trabajo. Opciones de contacto

  42. PREGUNTAS FRECUENTES: • ¿Cuánto tiempo demora la instalación?

  43. BENEFICIO El servicio no tiene costo de instalación /activación, ni costo asociado al dispositivo para las marcas/modelos más robados que detallamos a continuación: Para las marcas/modelos  que no estén es el cuadro anterior, el costo del servicio será de UF 1,5 + IVA, por concepto de instalación/activación. Al igual que el caso anterior, no existe costo asociado al monitoreo.

  44. IMPORTANTE : Para hacer efectivo este beneficio, los asegurados deben llamar personalmente al Call Center de LoJack (02-6569112, opción 1). Además en caso de no poder comunicarse, favor discar anexo 212, informando que pertenece al Convenio RSA-CMPC y coordinar el horario de instalación.

  45. Seguro de Vehículos del Personal de CMPC y Filiales y sus Familiares

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